Imprimir
Categoría: Uncategorised
Visto: 1678

Boletín Normativo Sectorial

FotoPiloto54

Dar click sobre el color de la sección a consultar.

Contexto Normativo

Contexto Normativo

favor dar click en el día deseado (el primero es el más reciente):

Jue. 17 de Agosto de 2023

Gobierno – Energía. Hoja de Ruta de la Transición Energética Justa. Sobre la Oferta de Energía (1) Carbón

En este capítulo se analizan los requerimientos de cada energético para los diferentes escenarios considerados en este estudio. Inicialmente, se presenta un análisis de carbón, gas natural y derivados del petróleo, en comparación con los recursos disponibles, y las implicaciones para futuras exportaciones e importaciones. Posteriormente, se analizan los requerimientos de hidrógeno verde para abastecer tanto las necesidades internas del país como las metas de exportación. Finalmente, se presentan los requerimientos para el sector eléctrico, incluyendo la capacidad instalada de FNCER que se requerirá tanto para la demanda final de energía como para la producción de hidrógeno verde.

Carbón. El mercado de carbón colombiano es altamente dependiente de los mercados internacionales. Sin embargo, estos impactos son diferenciados para el carbón térmico y el carbón metalúrgico. Se plantean las posibles trayectorias de producción de carbón térmico y carbón metalúrgico colombiano, teniendo en cuenta tanto las condiciones de mercado internacional como las políticas internas de transición energética y reindustrialización.

La producción colombiana de carbón térmico no logró dicha recuperación después de la pandemia, pa, pues la salida de Prodeco redujo la capacidad de producción del país. En 2018 la UPME planteó los escenarios mineros para Colombia a 2035, que consideraban tres posibles trayectorias para el carbón térmico (UPME et al., 2018). Cinco años después, la evolución de la producción nacional da cuenta de que se está materializando el escenario pesimista (Divergencia), pasando de 100 Mt exportadas en 2017 a 55 Mt en 2022.

img1779

Contrario al carbón térmico, la producción anual de carbón metalúrgico en Colombia se ha duplicado en los últimos 7 años, alcanzando cerca de 9 Mt en 2022 (incluyendo el carbón necesario para la producción de coque). A nivel internacional, se espera que la demanda de carbón metalúrgico en los próximos años se mantenga estable (IEA, 2022a). Para el caso colombiano, los escenarios planteados por la UPME para carbón metalúrgico en 2018 consideraban un escenario optimista (Escenario Coexistencia) con un potencial de producción de hasta 12 Mt/año (UPME, 2022c).

Este escenario se está materializando antes de lo que se esperaba en ese momento, por lo que en el presente estudio se considera un escenario tendencial que alcanza una producción estable, mientras que el escenario TEJ, en donde hay una fuerte apuesta por la reindustrialización, la producción decrece lentamente después de 2035, alcanzando en 2050 valores de producción similares a los actuales, en consistencia con las tendencias de estabilización que se esperan a nivel mundial. En todos los casos se considera que el 80 % de la producción se exporta en forma de coque, un subproducto industrial del carbón metalúrgico, y se utiliza para fabricación de otros productos con valor agregado, como el acero, mientras que el restante se exporta como carbón metalúrgico sin procesar.

Al respecto, cabe resaltar que se propende minimizar el carbón metalúrgico que se exporta sin procesar, considerando las apuestas del sector de coquización por desarrollar cadenas de valor ligadas a esta materia prima. Finalmente, en el escenario consistente con la carbono-neutralidad (Compromisos COP26), se espera una estabilización de la demanda de acero como resultado de procesos de reciclaje y reutilización a nivel mundial, y una reducción en la demanda de coque para la producción de acero, como resultado del despliegue de nuevas tecnologías como el acero verde (Huxham & Anwar, 2023).

Las trayectorias para carbón térmico y metalúrgico, según los supuestos anteriores, se muestran en la Figura 12. Para el carbón térmico la extracción se ubicaría en 2030 entre 25-60 Mt/año. A partir de este año, en todos los escenarios se reduciría la demanda mundial, por lo que a 2050 se habrían reducido los volúmenes de extracción entre 66 % y 90 % con respecto a 2022. Para el carbón metalúrgico se tiene mayor incertidumbre, pues si bien en el corto plazo se espera un aumento y estabilización en la producción, es posible que a 2050 la producción se reduzca en un 78 % con respecto a los valores actuales.

 img1790

img1780

La Figura 13 compara los resultados de demanda interna y potencial de exportación de carbón térmico. En los escenarios Tendencial y Políticas Anunciadas se mantendría hasta 2050 un consumo aproximado de 2,3 Mt de carbón térmico en la industria.

Para la generación de electricidad con termoeléctricas a carbón, los resultados del modelo muestran que se dejaría de producir energía con estas plantas a partir de 2040 debido a los altos costos en comparación con otras fuentes. Dados los supuestos de optimización de la producción, en los escenarios Tendencial y Políticas Anunciadas habría un aumento leve en las exportaciones para 2030, alcanzando 55 Mt, y una acelerada reducción a partir de ese año, alcanzando 15 Mt en 2050. En el Escenario de Transición Energética Justa (TEJ) el carbón saldría de la industria (debido a los crecientes costos relativos de uso generados por la entrada en vigor del impuesto al carbono) y de la generación de electricidad en 2035 (cuando se acaban las últimas obligaciones de energía firme de termoeléctricas a carbón), y las exportaciones se reducen de forma acelerada alcanzando 8 Mt en 2040 y 2 Mt en 2050.

Finalmente, en el escenario alineado con los compromisos de carbono-neutralidad (Escenario Compromisos COP26) las exportaciones se reducirían en un 55 % para 2030, y el mercado internacional para Colombia desaparecería para 2040, considerando que en dicho escenario que no solo Colombia trataría de cumplir sus metas climáticas, sino que los demás países también lo harían

img1781

Para el carbón metalúrgico se observa cómo, según los supuestos considerados, el carbón se destinaría en su mayoría para la producción de coque (ver Figura 14). En 2021 la industria nacional demandó menos de 1 Mt/año de coque. Ante un escenario de reindustrialización y fortalecimiento de la industria siderúrgica, la demanda nacional de coque podría crecer; sin embargo, se espera que la gran mayoría de la producción de este producto procesado elaborado con base en carbón metalúrgico siga siendo para exportación.

Los escenarios de carbón térmico y metalúrgico presentan diferentes perspectivas para una transición justa apoyada en una economía reindustrializada y diversificada. Por un lado, dado que la industria nacional y las termoeléctricas del interior del país se abastecen en su mayoría de producción de carbón a pequeña escala, sería necesario alinear los planes de transición justa y salida de carbón en toda esta cadena de abastecimiento. Los impactos de la salida de carbón térmico se extienden más allá de los empleos directos en minería, por lo que la TEJ deberá contemplar empleos indirectos en toda la cadena, efectos en precios para las pequeñas y medianas industrias, impactos en la competitividad de estas, entre otros. Por otro lado, apostar por una migración a gran escala de empleos del carbón térmico hacia carbón metalúrgico podría ser riesgoso, toda vez que este segundo sector también enfrenta posibilidades de decrecimiento en la demanda en el largo plazo. De esa manera, se puede anticipar que una solución estructural sería necesaria en ambos casos. Como se detalló anteriormente, la reindustrialización de otros sectores de la economía puede representar una oportunidad para este fin.

https://www.minenergia.gov.co/documents/10442/3._Escenarios_nacionales_TEJ._Rutas_que_nos_preparan_para_el_futuro.pdf

Mié. 16 de Agosto de 2023

Gobierno - Hacienda. Proyecto de decreto. “Por el cual se adiciona un inciso al parágrafo del artículo 2.12.3.1.4. de la Parte 12 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con la administración del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales -FONPET-”

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, para compilar y racionalizar las normas de carácter reglamentario que rigen el sector de Hacienda y Crédito Público.

Que el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales -FONPET-, fue creado mediante el artículo 3° de la Ley 549 de 1999, como un fondo sin personería jurídica administrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, “(…) el cual tiene como objeto recaudar y asignar los recursos a las cuentas de los entes territoriales y administrar los recursos a través de los patrimonios autónomos (…)”, con destino al pago del pasivo pensional de las entidades territoriales.

Que de acuerdo con el numeral 4 del artículo 7º de la Ley 549 de 1999, los recursos del FONPET, “(…) se administrarán a través de Patrimonios Autónomos que constituirá el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Públicas Territoriales en las sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías, en sociedades fiduciarias o en compañías de seguros de vida que sean seleccionadas a través de un proceso de licitación pública, la cual se adelantará conforme a lo previsto por la Ley 80 de 1993 (…)”.

Que el numeral 5 del artículo 2.12.3.1.4 del Decreto 1068 de 2015, estableció que: “5. En cualquier evento en que no sea posible asignar los recursos adicionales de que trata el numeral 4 anterior, o no sea viable prorrogar los contratos de administración o suscribir nuevos contratos, o cuando los cupos ofrecidos por las entidades licitantes no sean suficientes para atender los recaudos del Fonpet, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá disponer la administración transitoria de los recursos del Fonpet a través de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional”.

Que el parágrafo del artículo 2.12.3.1.4 del Decreto 1068 de 2015, establece que “Durante la administración transitoria de que trata el numeral 5 de este artículo, la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional podrá realizar eventualmente las operaciones de recaudo en las cuentas que corresponda, así como el giro de las obligaciones pensionales que resulten necesarias para cumplir con las funciones del FONPET durante dicho período, teniendo en cuenta la naturaleza especial de los recursos, conforme a los lineamientos que expida el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para tal efecto.”

Que el inciso 5 del artículo 6° de la Ley 549 de 1999, refiriéndose al desahorro de recursos excedentes del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales -FONPET establece que “(…) Así mismo, cuando los pasivos pensionales, de una entidad estén cubiertos, los recursos a que se refiere el artículo 2o. de esta ley que se causen a partir de dicha fecha podrán ser destinados por la entidad titular de los mismos a los fines que correspondan de acuerdo con las leyes que regulan la destinación de cada uno de estos recursos. (…)”

Que de conformidad con el artículo 3° de la Ley 549 de 1999 y los artículos 2.7.9.1.1.3, 2.12.3.8.3.6, 2.12.3.8.3.7 y 2.12.3.8.3.8 del Decreto 1068 de 2015, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, como administrador del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales -FONPET-, debe autorizar el giro de los recursos excedentes, por sector del Fonpet, Salud, Educación y Propósito General. Que para desarrollar a cabalidad las competencias que tiene la Dirección General de Regulación Económica de la Seguridad Social del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público le corresponde realizar no sólo el giro de las obligaciones pensionales inherentes a la administración transitoria, sino que además, debe efectuar el giro de los recursos excedentes del FONPET, conforme a las normas legales vigentes y a los lineamientos que para tal efecto expida el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Que de acuerdo con lo anterior, se hace necesario adicionar un inciso al parágrafo del referido artículo con el objeto de que la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional realice además de las operaciones de giro de las obligaciones pensionales, las de desahorro de los recursos excedentes que sean necesarias para cumplir con el objeto del FONPET durante el período de administración transitoria de que trata el numeral 5 del artículo 2.12.3.1.4 del Decreto 1068 de 2015.

En la parte resolutiva establece:

Artículo 1°. Adiciónese un inciso al parágrafo del artículo 2.12.3.1.4 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, el cual quedará, así: “Durante la administración transitoria de que trata el presente parágrafo, la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional podrá realizar también el giro de los recursos excedentes del FONPET a las entidades territoriales con destino a la realización de proyectos de inversión, de acuerdo con los requisitos establecidos en las normas aplicables.”.

https://www.minhacienda.gov.co/webcenter/ShowProperty?nodeId=%2FConexionContent%2FWCC_CLUSTER-227550%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased

Mar. 15 de Agosto de 2023

Gobierno - Salud. Decreto 1270 de 2023, "Por el cual se adoptan medidas en materia de salud en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado en el departamento de La Guajira" (1) Consideraciones normativas y de situación de salud en la región

En sus consideraciones el decreto remite al artículo 49 de la constitución, que señala que corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad.

También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley. Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad. La ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria. Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y de su comunidad".

Que el artículo 24 de la Ley 1751 de 2015, Ley Estatutaria de la Salud, señala que el Estado deberá garantizar la disponibilidad de los servicios de salud para toda la población en el territorio nacional, en especial, en las zonas marginadas o de baja densidad poblacional. La extensión de la red pública hospitalaria no depende de la rentabilidad económica, sino de la rentabilidad social. En zonas dispersas, el Estado deberá adoptar medidas razonables y eficaces, progresivas y continuas, para garantizar opciones con el fin de que sus habitantes accedan oportunamente a los servicios de salud que requieran con necesidad.

Que, dada la grave crisis, se requiere en el sector tributos y de inversiones además de explorar la relevancia de establecer nuevos impuestos o modificar los existentes o incluso generar incentivos a las inversiones y el turismo en el departamento de La Guajira.

Se evidencia, por ejemplo, la necesidad de reactivar la economía y el turismo, como una forma de ofrecer una respuesta a la problemática evidenciada y promover la sostenibilidad y la función social y transformadora de las inversiones y el turismo, el fortalecimiento de los destinos turísticos y los planes estratégicos de inversión, y del impulso a la demanda de viajeros locales e internacionales en el departamento de La Guajira.

El Decreto 1085 del2 de julio de 2023 que declaró la emergencia en la Guajira, establece,en el cso del sector salud:

Que se requieren medidas legislativas para reorganizar la estructura y funcionamiento del sistema de salud en La Guajira, en lo relacionado con la gobernanza y rectoría, el financiamiento, la administración y el flujo de recursos, con un modelo de salud propio e intercultural construido en acuerdo con las Autoridades Tradicionales Indígenas del pueblo Wayúu y de los demás pueblos indígenas, que permita la alineación de todos los actores del sistema de salud, garantice la atención en salud con cobertura territorializada, universal, sistemática, permanente y resolutiva, elimine barreras de acceso sociales, geográficas, económicas, culturales, asistenciales y administrativas en salud y garantice el goce del Derecho Fundamental a la Salud a la población del departamento.

Que se debe establecer un mecanismo administrativo y financiero en el que se dispongan los recursos excepcionales necesarios para atender, mitigar y superar las causas que dieron origen a la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica en el departamento de La Guajira y la intervención directa que garantice la adquisición y/o suministro de bienes, servicios e infraestructura en salud.

Que actualmente el modelo de atención en salud en el departamento de La Guajira presenta fallas consistentes en: (i) resultados en salud deficientes e inequitativos con presencia de morbilidad y mortalidad evitable en cifras superiores a las registradas en el país y bajas coberturas para la gestión del riesgo en salud especialmente en zonas rurales; (ii) oferta de servicios fragmentada y segmentada que impide la continuidad de la atención, con distribución insuficiente y desigual entre los ámbitos rural y urbano, que no responde a las condiciones socio-demográficas de la población ni a la dispersión geográfica del departamento; así como el deterioro de la infraestructura hospitalaria y disminución del número de prestadores de servicios de salud; (iii) baja disponibilidad de profesionales de medicina, enfermería y auxiliares de enfermería con densidades por debajo del promedio nacional y de la OCDE; y (iv) servicios de salud que no reconocen la salud propia e intercultural ni las particularidades de los pueblos indígenas que lo habitan.

Que esta situación afecta principalmente a la población perteneciente a los pueblos indígenas poniendo en riesgo la vida y la salud de los niños, niñas y adolescentes, mujeres gestantes y lactantes y personas mayores de estas comunidades. Que la mortalidad en niños y niñas menores de cinco años en el departamento de La Guajira, se mantienen desde el 2017 por encima de la mortalidad nacional, con una tasa ocho (8) veces más alta para Desnutrición, tres (3) veces más alta para Infección Respiratoria Aguda y seis (6) veces más alta para Enfermedad Diarreica Aguda y que además se evidencia un aumento en las tasas de mortalidad por Desnutrición para las vigencias 2022 y 2023 (Semana epidemiológica 23) en comparación con los años 2017 a 2021 y un aumento en el 2023 para la tasa por Enfermedad Diarreica Aguda con respecto al mismo periodo del año 2022 (Semana epidemiológica 23).

Que el Gobierno Nacional, a través de la Superintendencia Nacional de Salud, desconcentró el desarrollo de sus funciones en el departamento de La Guajira, desde el primer trimestre de 2023, con el objeto de atender las necesidades de salud que aquejaban a la población en el territorio, mediante el trámite de peticiones, quejas o reclamos relacionadas con la prestación del servicio de salud, constatándose durante la presente vigencia 2023 el registro de 5.201 reclamos en salud, de los cuales 1.818 se clasificaron como riesgo de vida, 2.417 reclamos más que lo registrado en el mismo período del 2022; resultados que junto con los hallazgos de la inspección y vigilancia, llevaron a la Superintendencia a tomar medidas de control, incluyendo órdenes de cumplimiento inmediato para el departamento de La Guajira y los municipios de Uribia, Manaure, Maicao y Riohacha, así como para las EPS que operan en el departamento, por la no articulación de los servicios que garantice el acceso efectivo y la garantía de la calidad en la prestación de los servicios.

Que durante el proceso de inspección y vigilancia se han llevado a cabo diversas acciones para garantizar una atención oportuna de la población. Sobre el particular, se han realizado mesas de trabajo, auditorías de seguimiento con los prestadores de servicios e implementación de medidas cautelares en IPS indígenas, evidenciándose entre otras, que la red de atención no cumple con las directrices para el manejo integral y seguimiento de mujeres gestantes con morbilidad materna, niños y niñas en riesgo de desnutrición y desnutrición aguda con importantes deficiencias en la gestión del riesgo en salud, lo que impide la detección oportuna y la prevención de muertes materno perinatales y en población menor de cinco años

https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%201270%20DEL%2031%20DE%20JULIO%20DE%202023.pdf

Lun. 14 de Agosto de 2023

Gobierno - Hacienda Asegurador. Clausura congreso Fasecolda, Ministro de hacienda, Ricardo Bonilla. Sobre las reformas y los productos de aseguramiento como el SOAT, las ARL y las Rentas vitalicias

El ministro señala tres temas como estratégicos para el país: los retos de la regla fiscal y la expectativa de las reformas, sobre el sector asegurador y sus logros y la discusión en torno al SOAT, las ARL y las Rentas Vitalicias.

Las reformas no las aprueba el ejecutivo si no el congreso. Hay reformas en las cuales el gobierno debe dar aval y otras donde no tiene control. El presidente quiere llegar a un acuerdo nacional para que las reformas tengan un mejor curso, reconociendo que hay problemas en salud, pensiones, educación, etc y hay que llegara a ajustar y acordar de la mejora manera cómo se hace este proceso para que haya un efectivo cambio real, lo que tiene que ser acordado y esto lo aprueba el congreso. Cómo no tener mermelada?, por que esto tiene implicaciones políticas serias y solo por convicción aprobar las reformas.

El estado de las reformas salud y pensiones están en segundo debates, volverá a discutirse si hay o no propuesta de reforma laboral. Hay otros proyectos como la reforma a la ley 30 y la reforma de servicios públicos para que pequeños operadores y acueductos comunitarios puedan entrar al mercado. Como crear las condiciones, un margen de acción para las aseguradoras, cómo entran a apoyar estos acueductos comunitarios que hay en todo el país? Como apoyar proyectos de energización local de barrios, edificios que pueden implementar energía solar. Como apoyar la economía popular?

Sobre la reforma las discusión es cúal es el umbral, como se manejará el fondo de ahorro y cúal va a a ser la transición por que la corte introdujo modificaciones en cuanto al tiempo cotizado por parte de las mujeres. Cual es el tiempo cotizado por maternidad por que no puede haber dos beneficios, son temas que van a discutirse. La preocupación es como será la gobernabilidad del fondo de ahorro?.

Tres temas de preocupación en torno a los productos de aseguramiento: SOAT, hoy es difícil comprar el SOAT, hay reclamos de fraude en la venta. Hay que buscar los mecanismos para que sea fácil antes se hacía en un supermercado, en una cooperativa, en un fondo de empleados. Hoy todos dicen ya no lo puedo vender, el canal cerrado. Las plataformas están generando Fraudes.

Se puede convertir el SOAT en un mecanismo didáctico y preventivo?. Por que no puede ser mecanismo para abusar de la velocidad, que haga consciente al usuario que abarca el seguro y que esta permitido y que no, se tiene un desafío de pedagogía.

El segundo problema es el que hay con el Cartel de las ambulancias y las IPS. Está largamente demostrado que hay un problema donde hay una carterlización en términos de como llega más ráṕido una ambulancia de uno o de otro, a donde es que lo llevan y cómo es que se pagan las cuentas relacionadas con el SOAT.

Este es un recurso que va ligado al sistema de salud, y este es un elemento financiador del sistema de salud con una característica final que es cubrir accidentalidad, pero son pacientes crónicos o que va tener limitaciones en la vida así que saliendo del SOAT queda en el sistema de salud. Hay que trabajar conjuntamente.

El segundo producto es las ARL El congreso en el Plan de desarrollo, aprobó unas disposiciones sobre las ARL sin el gobierno estar de acuerdo. Detrás de la ARL hay una historia clínica y una atención primaria en salud. Algunas ARL tienen equipos para empresas para tener mejor acercamiento para mejor conocimiento para los trabajadores., Este es un apoyo al sistema de salud. La historia de la ARL debe integrarse a la historia del paciente, el mejor conocimiento de los pacientes está en las ARL pero no se usa en la atención en salud, se pueden adelantar proyectos conjuntos con la industria aseguradora en este sentido.

El tercero, Fasecolda tiene renta vitalicia, pero no se tiene una información clara y transparente sobre quienes son los pensionados en esta modalidad. No se tiene la mejor información sobre los que reciben mesadas distintas a las de Colpensiones, donde si hay mejor información.

Esta información se podría tener tanto de los fondos como de Fasecolda como de lo que trasladan los fondos a renta vitalicia. Esta información se podría tener tanto de los fondos como de Fasecolda en términos de renta vitalicia. Solo se sabe es cuantos recursos trasladan los fondos por concepto de renta vitalicia pero no la información de las personas, por ejemplo en el caso de pensiones superiores a 10 salarios mínimos, que se conocen las de Colpensiones pero no las de los Fondos, un proyecto conjunto que podría adelantarse.

https://www.youtube.com/watch?v=ZsNipwjY9xU

Sector de la semana

Sector de la semana

favor dar click en el día deseado (el primero es el más reciente):

Jue. 17 de Agosto de 2023

Gobierno – Energía. Hoja de Ruta de la Transición Energética Justa. Sobre la Oferta de Energía (2) Gas Natural

El gas natural tiene un rol fundamental en la transición justa en algunos sectores estratégicos de difícil descarbonización, y en los que no es factible implementar una electrificación directa. En esta sección se analiza el potencial de producción de gas natural según los recursos disponibles con que cuenta el país, en comparación con los resultados de la demanda de gas natural en los diferentes sectores y escenarios.

Como se menciona en el diagnóstico base para la TEJ (Ministerio de Minas y Energía, 2023a), a nivel internacional se espera que la demanda de gas natural aumente levemente en esta década, y se mantenga estable entre 2030 y 2050 en un escenario tendencial (IEA, 2022c). Ante un escenario consistente con la descarbonización, se espera una reducción de la demanda de gas natural de hasta un 70 % para 2050 (IEA, 2021).

Sin embargo, para un país como Colombia el gas natural tiene un papel crucial en la transición energética. Actualmente el país autoabastece el 95 % del consumo de gas natural, con unas importaciones de entre 6 y 10 Gpc anuales (UPME, 2022a) principalmente para dar respaldo a las termoeléctricas a gas. Ante un escenario tendencial de crecimiento de la demanda de gas natural para diferentes usos, y teniendo en cuenta la declaración de producción hasta 2028, el Plan de Abastecimiento de Gas Natural 2019-2028 (PAGN) estima que las importaciones de gas natural aumentarían en los próximos años (UPME, 2020a).

Para los escenarios que se presentan en este estudio, se consideran entonces las proyecciones de reservas reportadas por la ANH (2023). En los diferentes planes energéticos nacionales que presenta la UPME se han considerado, como ejercicios de prospectiva, proyecciones de posibles aumentos en la producción de gas natural como resultado de la incorporación de nuevos recursos (UPME, 2023a). Dichas proyecciones se hacen a partir de análisis probabilísticos, y enmarcados en diferentes metodologías internacionales. Las diferencias entre los escenarios del PEN 2022-2052 y los supuestos del presente estudio se detallan en el anexo A.

Resultados para el gas natural

En la Figura 15 se muestra la comparación de la demanda por sector ante los diferentes escenarios. Consistente con lo descrito anteriormente, en el Escenario de Políticas Declaradas se presentaría una reducción de consumo con respecto al tendencial principalmente debido a las políticas de eficiencia energética en curso: sin embargo, la demanda crecería en el tiempo en todos los sectores.

En el Escenario TEJ se lograría una reducción en la demanda final en los sectores residencial e industrial a partir de 2040. Sin embargo, para garantizar el respaldo al sistema eléctrico y atender el crecimiento del transporte de carga debido a la reindustrialización, la demanda de estos dos sectores crecería.

En el sector petrolero (otros usos) se requeriría una optimización en la utilización de gas natural desde esta década, por medio de las diferentes medidas que se contemplan en el PIGCCme, muchas de las cuales ya se encuentran en implementación. En el escenario alineado con la descarbonización profunda (Escenario COP26) se tendría que iniciar en 2023 con el desmonte del uso de gas natural de uso domiciliario, lo que iría en contravía de la meta del actual Plan Nacional de Desarrollo de aumentar la cobertura de gas en 1,5 millones de nuevos usuarios residenciales (Ley 2294 de 2023, 2023). Además, sería necesario limitar la venta y reconversión de vehículos a gas e implementar tecnologías más eficientes para el aprovechamiento de este combustible tanto en usos de calor directo como de calor, por medio de medidas más estrictas como prohibiciones o mandatos.

img1782

En la Figura 16 se muestra la demanda de gas natural esperada en los diferentes escenarios, en comparación con las reservas de gas reportadas por la ANH y la capacidad actual de importación. Los escenarios Tendencial y Políticas Declaradas tendrían un crecimiento de la demanda de gas natural consistente con el escenario de demanda media presentado en el plan de abastecimiento de gas natural de la UPME (2020a), alcanzando alrededor de 1300 Mpcd en 2034, que corresponde a un aumento del 30 % con respecto a 2022. En adelante, el Escenario Tendencial tendría una demanda creciente que se duplicaría para 2050 con respecto al valor actual.

En el Escenario de Políticas Declaradas, la demanda en 2050 sería un 8% inferior a la del Escenario Tendencial, como consecuencia de las medidas de eficiencia energética en los diferentes sectores. En el Escenario TEJ habría un crecimiento a una menor tasa que en el Escenario Tendencial, alcanzando aproximadamente 1160 Mpcd en 2030. Entre 2030 y 2045 se mantendría una demanda estable, con un promedio de 1150 Mpcd. Hacia el final del periodo empezaría el decrecimiento en la demanda, alcanzando 1050 Mpcd en 2050. En el escenario alineado con la descarbonización profunda (Escenario COP26) habría una demanda estable de gas natural en los próximos años, y una reducción continua de la demanda de gas natural a partir de 2030.

img1783

img1784

img1785

Ante estos resultados, y de manera consistente con lo que presenta la UPME en el plan de abastecimiento de gas natural (UPME, 2020a), a menos de que los hallazgos actuales de yacimientos de gas natural se conviertan en reservas o se tomen medidas adicionales para reducir el consumo de gas, el país requeriría importaciones crecientes de gas natural en los próximos años. Para minimizar esto, la política pública puede considerar, en primer lugar, materializar recursos contingentes de gas natural tanto costa adentro como costa afuera (ver figura 16(b)), y avanzar en diferentes políticas para la gestión estratégica de las reservas y recursos. Cabe resaltar que, según el más reciente reporte de ANH, los recursos contingentes se estiman en 5803 Gpc, un valor superior al reportado para reservas (4211) (ANH, 2023). Esto es un factor importante por considerar en la política del Gobierno, para habilitar que los recursos contingentes puedan convertirse en reservas. En segundo lugar, el país podría avanzar en alternativas para evitar crecimientos drásticos en la demanda total de gas natural en el mediano plazo, promoviendo alternativas para la sustitución de usos en el largo plazo.

https://www.minenergia.gov.co/documents/10442/3._Escenarios_nacionales_TEJ._Rutas_que_nos_preparan_para_el_futuro.pdf

Mié. 16 de Agosto de 2023

Gobierno - Energía. Hoja de Ruta de la política de Transición Energética Justa. Ministerio de Minas y Energía. Julio de 2023 (1). Sector Industria

El consumo de energía del sector industrial en el Escenario de Transición Energética Justa, destaca el papel fundamental de la electrificación, la bioenergía y la eficiencia energética en los diferentes sectores de la industria. Estos elementos estratégicos permiten que sectores intensivos en energía, como alimentos, bebidas y tabaco; minerales no metálicos, y minería y cantería, logren reducir significativamente su dependencia de combustibles fósiles y a su vez disminuyendo las emisiones de GEI del sector industrial.

Durante el periodo comprendido entre 2023 y 2030, se daría una notable reducción en el uso de carbón en el sector industrial, pasando de un consumo de 68 PJ a 35 PJ. Esta disminución representa una reducción de aproximadamente el 50 % y se vería compensada por el uso de energéticos como bagazo, residuos y electricidad en procesos de baja temperatura inferiores a 120 °C. Por otro lado, el uso de gas natural se incrementaría en un 27%, impulsado por la sustitución de combustibles líquidos en procesos de calor directo e indirecto, así como por la actualización de equipos debido a su envejecimiento.

Además, la implementación de estrategias de eficiencia energética desempeñaría un papel fundamental en la reducción del consumo de energía. Aunque algunas empresas estarían ampliando sus capacidades operativas, la gestión eficiente de la energía permitiría obtener mejores rendimientos sin un aumento significativo en el consumo energético. Es fundamental destacar que en este período sería crucial establecer una estrecha colaboración entre el sector privado y público para impulsar cambios en las matrices energéticas de las industrias y asegurar, a través de casos exitosos, la rentabilidad y beneficios de llevar a cabo una transición energética.

Entre 2030 y 2040 se presentaría un hito importante en la transición energética, con la sustitución total del carbón como fuente de energía en procesos de calor directo e indirecto. Es importante mencionar que este cambio no incluye el uso del carbón en la industria siderúrgica, ya que es fundamental para la producción de acero.

Sin embargo, se esperaría que durante esta década se avance en el desarrollo de tecnologías como la del hidrógeno verde que puede ser un agente reductor en la generación de aleaciones, lo que permitiría reducir progresivamente la dependencia del carbón en este sector. Por otro lado, en este periodo habría un aumento significativo en el uso de la electricidad como resultado de medidas de actualización tecnológica y la eliminación de equipos ineficientes que consumen combustibles fósiles.

En subsectores como la industria siderúrgica de producción de acero primario (hierro y acero), química, petroquímica (refinerías), y la industria de minerales no metálicos como cementeras, cerámica y vidrio, se requiere una gran cantidad de calor de alta temperatura (superior a 600 °C). Este tipo de requisitos son difíciles de satisfacer con calefacción electrificada, aunque el calor de baja y media temperatura (entre 120 a 600 °C), a menudo generado por vapor o combustión directa, puede ser sustituido por tecnologías eléctricas comerciales como calderas eléctricas y bombas de calor (IEA, 2021; Schoeneberger et al., 2022).

Asimismo, se incentivaría el uso de tecnologías en diferentes sectores, tales como hornos de inducción utilizados en la producción de metales, tecnologías de calentamiento dieléctrico, como el calentamiento por microondas y por radiofrecuencia, que se podrían utilizar en la industria de alimentos y bebidas, plásticos y caucho (Wei et al., 2019), la calefacción resistiva, para la producción de vidrio (Sorknæs et al., 2022), la electrodiálisis y la electrólisis que utilizan gradientes de potencial eléctrico para la separación de materiales, para el refinado electrolítico de alúmina y cobre (Rissman et al., 2020), entre otras, que se encuentran actualmente en una madurez tecnológica que podría estar a gran escala en este periodo de tiempo.

Por lo tanto, la electrificación se vería reflejada en la sustitución de energéticos con tecnologías de calor directo e indirecto de baja y media temperatura, lo que permitiría transitar de una participación de 28% en 2030 a 35% en 2040. Este cambio no solo mejoraría la eficiencia energética en el sector, observando una disminución en el consumo de energía, sino que también contribuiría a descarbonizar una gran parte de las industrias que no tienen acceso a la red de gas natural.

A su vez permitiría generar un mercado de nuevas tecnologías con potencial de manufactura nacional, habilitando procesos de reconversión laboral y reindustrialización. También, se incorporaría el hidrógeno verde mediante la mezcla del 2 % con gas natural en industrias que tienen acceso a la red de gas industrial (blending), así como su uso directo en aquellas ubicadas cerca de los centros de producción de hidrógeno verde que se espera se establezcan en este periodo de tiempo. El biogás se empezaría a usar en industrias como las de alimentos, bebidas, tabaco, y pulpa, papel e imprenta.

También se comenzarían a implementar microrredes para la distribución de energía a industrias cercanas. Estos cambios transformarían la matriz energética del sector, pasando de una participación del 43% de combustibles fósiles en 2030 a un 33% en 2040. La electricidad jugaría un papel protagonista con un 35%, seguida de la bioenergía con un 28% y el hidrógeno verde con un 1,6%.

Entre 2040 y 2050 aumentaría el consumo de energía en el sector industrial como resultado del proceso de reindustrialización del país. Esta reindustrialización implicaría la incorporación de nuevas industrias que agreguen valor a insumos previamente subutilizados, permitiendo la producción de equipos, herramientas e insumos necesarios para impulsar la transición energética del país. Es fundamental destacar que estas nuevas industrias tendrían que emplear las mejores prácticas de eficiencia disponibles en sus procesos y no depender de combustibles fósiles.

En este periodo, crecería significativamente el uso de electricidad, de hidrógeno verde y, en menor medida, de biogás. Se proponen estas tecnologías, pues se espera sean más rentables y eficientes para el sector industrial debido al avance tecnológico y las mejoras en su implementación. Como resultado, bajaría la dependencia del gas natural en el sector, siendo reemplaza por equipos de cero emisiones y alta eficiencia. Por otra parte, el consumo de diésel, asociado a los equipos y maquinaria utilizados en el sector de la construcción, se electrificaría en el transcurso del tiempo, pero de manera moderada considerando el desarrollo actual de las tecnologías.

En suma, la matriz energética en 2050 tendría una participación de combustibles fósiles del 26 %, siendo el gas natural el principal entre ellos con 20%. La electricidad ocuparía un 44 % de la matriz, seguida por la bioenergía con un 26 % y el hidrógeno verde con un 3,8 % en 2050. Esta composición de la matriz reflejaría así los esfuerzos realizados para reducir la dependencia de los combustibles fósiles y promover el uso de energías más limpias y sostenibles en el sector industrial.

img1772

El Escenario de Transición Energética Justa se distingue entonces por su enfoque ambicioso y sólido en términos de desarrollo industrial, reindustrialización con manufactura nacional y descarbonización, en comparación con otros escenarios como el Tendencial o las Políticas Anunciadas. Este enfoque se basa en procesos integrales que buscan impulsar un cambio en la matriz energética y promover una industria más sostenible y respetuosa con el medio ambiente, que facilite el reemplazo de la actividad económica que dejaría de ocurrir en el sector extractivo.

En la Figura 8 se observa la distribución de la matriz por energético en el sector industrial en los años 2022, 2030, 2040 y 2050 por cada escenario. En el Escenario Tendencial y el de Políticas Anunciadas no se observan cambios en las matrices en los años mencionados, destacando principalmente una disminución en el consumo de energía debido a la aplicación del 100% del PAI-PROURE en el Escenario de Políticas Anunciadas. Por otra parte, en los escenarios de Transición Energética Justa y Compromisos COP26 se observa la integración de nuevos energéticos como el hidrógeno y biogás, además de un incremento en el consumo de energía en comparación con el Escenario Tendencial en 2050 por el proceso de reindustrialización en la manufactura colombiana, el cual tendría una implementación a finales de la década de los treinta.

El Escenario Compromisos COP26, en comparación con el Escenario TEJ, presenta una inclusión acelerada de tecnologías que consumen hidrógeno verde, biogás y electricidad en 2040 y 2050, dando como resultado una matriz en 2050 de 56% de uso de electricidad, 26,6% de bioenergía y 14% de hidrógeno. Asimismo, se observa una participación del 0,7% de combustibles fósiles, lo que resulta en casi un 100% de sustitución de estos energéticos. Sin embargo, la sustitución total de los combustibles fósiles por fuentes de energía renovable y tecnologías limpias es un desafío complejo que implica superar obstáculos en términos de escala, intermitencia, infraestructura, economía y madurez acelerada de las tecnologías

img1773

img1774

Mar. 15 de Agosto de 2023

Gobierno - Salud. Decreto 1270 de 2023, "Por el cual se adoptan medidas en materia de salud en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado en el departamento de La Guajira" (2) Dinámicas y cambios planteados para el funcionamiento del sistema del sector salud

El decreto establece que se hace necesario adoptar medidas en tres aspectos estructurales del sector salud: la gobernanza y rectoría, la prestación de servicios de salud y el financiamiento; con ello se pretende reorganizar la estructura y el funcionamiento del sistema de salud en el departamento de La Guajira propio e intercultural construido en acuerdo, con la participación de las Autoridades Tradicionales de los pueblos indígenas, afrodescendientes y Rrom, en donde a partir de la alineación de todos los actores se garantice la atención en salud con cobertura territorializada, universal, sistemática, permanente y resolutiva, eliminando barreras de acceso sociales, geográficas, económicas, culturales, asistenciales y administrativas en salud.

Que el funcionamiento del sistema de salud debe ser propio e intercultural y ejecutarse sobre la base de un ordenamiento territorial, que permita la ejecución de las acciones y recursos de los diferentes sectores y actores en un ejercicio de transectorialidad que impacte en los determinantes sociales de la salud, incluyendo el acceso al agua potable y a condiciones sanitarias adecuadas, así como la seguridad y soberanía alimentaria, para garantizar la accesibilidad y suficiencia de alimentos sanos y nutritivos, para una buena y adecuada nutrición en la población del departamento.

Que para la implementación de la protección en salud propia e intercultural es necesario equilibrar la oferta de servicios de salud buscando que haya suficiencia de capacidad instalada especialmente en zonas rurales e infraestructura diferenciada que reconozca las particularidades étnicas y culturales.

Que la Ley 715 de 2001, dispone como competencias de la Nación en el sector salud, entre otras, la de "42.11. Establecer mecanismos y estrategias de participación social y promover el ejercicio pleno de los deberes y derechos de los ciudadanos en materia de salud", norma jurídica que es indispensable desarrollar en el marco sistemático del . modelo propio e intercultural de salud a implementar, a efectos de crear espacios adecuados y coordinados con la población del departamento La Guajira.

Que la gobernanza en salud en el departamento de La Guajira se ejercerá por el Ministerio de Salud y Protección Social en coordinación con la Secretaría de Salud del departamento, la Secretaría Distrital de Riohacha, las secretarías de salud municipales, la participación directa y vinculante de las Autoridades Tradicionales de los pueblos indígenas, afrodescendientes y Rrom que habitan el departamento de La Guajira, a través de un Mecanismo Especial de Concertación en el marco del Diálogo Genuino que funcionará articuladamente con un Comité Coordinador.

Que la creación del comité coordinador anteriormente señalado, será un mecanismo efectivo de participación social, que por su carácter vinculante y participativo permitirá el ejercicio pleno de los deberes y derechos de la comunidad del departamento de La Guajira, y de esta manera, materializar el Modelo de Salud Propio e intercultural que se desarrollará en el respectivo territorio.

Que a su vez, es indispensable la creación de un Comité de Emergencia Nutricional y Materna para el departamento de La Guajira, que deberá sesionar de manera permanente y bajo un Puesto de Mando Unificado - PMU, como un espacio de coordinación, articulación y toma de decisiones necesarias, suficientes, eficaces y efectivas para superar la emergencia, mitigando los riesgos asociados a la desnutrición y a la morbilidad materna.

Que la Ley 1438 de 2011 establece la conformación de redes integradas de servicios de salud bajo el liderazgo de las entidades territoriales del orden departamental, distrital y municipal, los criterios determinantes para su conformación y la articulación de la red a cargo de aquellas en coordinación con las Entidades Promotoras de Salud y que adicionalmente la Ley Estatutaria 1751 de 2015 señaló en su artículo 13 que "El sistema de salud estará organizado en redes integrales de servicios de salud, las cuales podrán ser públicas, privadas o mixtas".

Que actualmente según la base de datos única de afiliados-BDUA con corte a mayo de 2023, existen en el departamento de La Guajira 10 redes de servicios de salud por EPS y que de acuerdo con el comportamiento de las peticiones, quejas, reclamos y denuncias en salud y solicitudes de información de la Superintendencia Nacional de Salud se registran para el referido departamento los siguientes motivos, a saber: falta de oportunidad en la asignación de citas de consulta médica especializada, falta de oportunidad en la entrega de medicamentos, demora de la programación de exámenes de laboratorio o diagnósticos, falta de oportunidad en la programación de cirugías, entre otros.

Que en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2022 - 2026 Colombia Potencia Mundial de la Vida, se busca hacer efectiva la Atención Primaria en Salud - APS, para lo cual es necesaria la creación de Centros de Atención Primaria en Salud - CAPS, que permitan dar cumplimiento a los tres componentes de esta estrategia y generar una respuesta desde el primer nivel de atención con acciones universales, sistemáticas, permanentes, contiguas a los lugares de residencia de la población y territorializadas.

Que en virtud de ello, la operación de esta red integral e integrada territorial e intercultural de servicios de salud realizará el fortalecimiento del primer nivel de atención, como puerta de entrada y primer contacto con las personas, familias, pueblos y comunidades, con Centros de Atención Primaria en Salud - CAPS, constituidos como unidades de cuidado de base territorial con servicios que reconocen e integran los saberes propios e interculturales bajo un enfoque diferencial de salud pública, y equipos de salud territoriales, con agentes de salud propia, promotores, traductores y otros perfiles comunitarios, auxiliares, técnicos, tecnólogos, profesionales y especialistas para el cuidado de la salud con acciones continuas, cercanas a las personas y los territorios donde ellas habitan, de carácter resolutivo, respetando la diversidad poblacional, los saberes y prácticas de la salud propia.

Que en ese sentido, para la adecuada prestación de los servicIos de salud es indispensable la creación de Instituciones de Salud del Estado - ISE, como una categoría especial de entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, con un carácter social, que serán financiadas por oferta con base en un presupuesto que considere costos y gastos de operación, según reglamentación del Ministerio de Salud y Protección Social, y de esta manera, poder conjurar las causas que dieron origen a la declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira.

Que con el fin de administrar de una manera eficiente los recursos y garantizar su correcta ejecución se hace menester gestionar los mismos por intermedio de patrimonios autónomos, en la medida que estos permiten ejecutar proyectos transversales de diferentes vigencias fiscales, garantizando el uso eficiente de los recursos a la par de la respectiva ejecución contractual. Asimismo, bajo la figura del patrimonio autónomo, estos podrán celebrar contratos regidos bajo el derecho privado, lo cual permitirá garantizar agilidad y eficiencia en la ejecución de recursos para conjurar las causas que dieron origen a la emergencia sanitaria.

Que si bien la Ley 1438 de 2011 estableció los equipos básicos de salud, los mismos son insuficientes, pues solamente se centran en la realización de acciones de salud pública de tipo colectivo y de promoción y prevención de la salud. No obstante, yen el marco de la APS, se requiere la conformación de unos equipos de salud territoriales, que sean resolutivos y que puedan prestar la atención básica en salud ambulatoria.

Que en efecto, es indispensable dar cumplimiento a los tres componentes de la Atención Primaria en Salud y generar una respuesta con equipos de salud territoriales como parte de los CAPS en el primer nivel de atención con acciones universales, sistemáticas, permanentes, contiguas a la población creando equipos de salud territoriales resolutivos, para lograr superar las causas que dieron origen a la Declaratoria de Estado de Emergencia pluricitada.

Que en virtud de lo anterior, se considera pertinente que el Ministerio de Salud y Protección Social, en coordinación con los demás actores del sistema, defina unos territorios para la gestión en salud en el departamento de La Guajira, bajo criterios de contigüidad, territorialización, continuidad, integralidad y respeto por los saberes propios, posibilitando a través de la concentración de afiliados la asunción de costos administrativos que favorecen el acceso de la población a los servicios de salud y facilitando la labor de agencia de las EPS en cuanto a la representación del usuario, la gestión del riesgo, las auditorias de calidad y demás funciones de las EPS, con la finalidad de dar un abordaje integral y sistemático para la superación de las causas que justificaron la declaratoria de Estado de Emergencia, estableciendo la operación del aseguramiento, teniendo en cuenta la distribución de la población, la oferta de servicios de salud, el desempeño de las EPS y EPS indígenas, de manera tal que se garantice la accesibilidad, eficiencia y calidad.

Que para garantizar el acceso oportuno y pertinente a los servicios de salud en las zonas rurales y rurales dispersas donde se concentra la mayor proporción de población del departamento, se requiere contar con talento humano organizado en equipos de salud territorial, así como la dotación para realizar atención en salud en la modalidad extramural con carácter resolutivo.

Que en ese mismo sentido, el modelo de UPC se encuentra limitado para situaciones logísticas y requerimientos propios de la cultura territorial del departamento de La Guajira, por lo que es importante establecer otras fuentes de financiación diferentes a los recursos de la UPC, así como una flexibilización en la destinación de estos últimos, dirigiéndose no solamente a tecnologías y servicios en salud, sino que además, generando cobertura de los saberes propios e interculturales y del talento humano requerido para atender la emergencia declarada en el departamento pluricitado.

Que por consiguiente, para superar las causas de la declaratoria de emergencia, se hace menester modificar la lógica de sostenimiento del sistema de salud, basada en la venta de servicios de las Instituciones Prestadoras de Salud para transitar hacia el reconocimiento y pago de manera directa de un presupuesto per cápita para el financiamiento de la Atención Primaria en Salud, con consideración de variables geográficas, poblacionales, de dispersión poblacional, patologías prevalentes en el territorio, costos de operación y demás variables que sean pertinentes. Por tanto, todos los recursos del sistema serán manejados por la Entidad Administradora de los Recursos del Sistema de Salud - ADRES-, con los debidos controles.

Que la Ley 1438 de 2011 prevé el mecanismo del giro directo en cabeza del Ministerio de Salud y Protección Social, únicamente para la administración del régimen subsidiado, situación jurídica que impide el recaudo y giro directo a los prestadores de servicios de salud de las redes integrales e integradas que hacen parte de las Entidades Promotoras de Salud del régimen contributivo.

Que a pesar de que el Plan de Desarrollo permitió el giro directo para los regímenes contributivo y subsidiado, tal facultad quedó limitada únicamente para las EPS que no se encuentran adaptadas al Estado y aquellas que en su desempeño financiero no cumplan con el patrimonio adecuado.

Que el nivel de recaudo de las Empresas Sociales del Estado - ESE de La Guajira, durante el periodo 2019 a 2022, en promedio fue del 76% de lo facturado al régimen subsidiado y el 41 % de lo facturado al régimen contributivo, viéndose especialmente afectadas las ESE de segundo nivel de atención ya que durante el mismo periodo recaudaron en promedio el 64% y el 41% de lo facturado al régimen subsidiado y al contributivo, respectivamente.

En lo que atañe al primer nivel de atención, si bien ha venido recaudando en promedio el 88% del régimen subsidiado, las EPS del régimen contributivo le han cancelado el 42% del valor facturado por la atención a la población afiliada a dicho régimen.

Que lo anterior viene impactando la sostenibilidad de la operación corriente de la red pública hospitalaria del departamento de La Guajira, máxime si se tiene en cuenta, que dichos regímenes financian el 69% de los gastos operacionales de estas entidades, como prueba de ello, se encuentra entre otros el déficit operacional con recaudo que ha venido presentando la red, en donde los ingresos recaudados por ventas de servicios de salud cubren en promedio el 70% de los gastos operacionales de las ESE y adicionalmente por las medidas adoptadas dado el riesgo financiero presentado por seis (6) de las dieciséis (16) Empresas Sociales del Estado del departamento, en las que se encuentra que dos de las tres ESE de segundo nivel de complejidad, se hallan en intervención forzosa administrativa para administrar o en acuerdo de reestructuración de pasivos y las demás deberán adoptar un programa de saneamiento fiscal y financiero por haber quedado categorizado en riesgo alto.

Que el régimen jurídico de las actuales Empresas Sociales del Estado, y en particular, el régimen presupuestal basado en un sistema de reembolso contra prestación de servicios ha llevado a estas instituciones a tener una permanente crisis financiera que pone en riesgo la prestación del servicio público esencial a cargo del Estado.

Que, con corte al 31 de marzo de 2023, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES informó que, en virtud del mecanismo actual de giro directo, durante la presente vigencia se ha girado aproximadamente el cincuenta y uno por ciento (51%) de los recursos de la Unidad de Pago por Capitación del Régimen Subsidiado correspondiente al departamento de La Guajira; y que, uno de los retos es el pago oportuno de los servicios y tecnologías en salud prestados, siendo necesario implementar medidas que permitan mitigar los riesgos en el flujo de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Que se hace indispensable utilizar los saldos que no puedan ser ejecutados del Fondo de Salvamento y Garantías para el Sector Salud - FONSAET y que se encuentren en la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, para conjurar las causas que dieron origen a la declaración de Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el Departamento de La Guajira, de conformidad con los criterios que para el efecto establezca el Ministerio de Salud y Protección Social.

Que como medida urgente que contribuya a superar la emergencia se debe mejorar la infraestructura, equipamientos, dotación y tecnología en salud del Departamento, para favorecer el acceso oportuno y de calidad a los servicios de salud; lo cual exige inversiones y ajustes administrativos que permitan mayor celeridad y eficacia en la ejecución de proyectos.

Que dado la anterior, es necesario permitir al Ministerio de Salud y Protección Social, a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES- y al Instituto Nacional de Salud -INS-, que puedan adelantar procedimientos de contratación ágiles y expeditos, a través de la modalidad de contratación directa ante la urgencia en adquirir bienes, obras o servicios para conjurar las causas que dieron origen a la declaratoria de emergencia pluricitada, máxime cuando la escasez de dichos bienes y/o servicios requieren procedimientos rápidos o inmediatos que habilitan su adquisición para proteger los derechos a la salud y la vida.

https://www.youtube.com/watch?v=ZsNipwjY9xU

Lun. 14 de Agosto de 2023

Gobierno - Hacienda Asegurador. Clausura congreso Fasecolda, Ministro de hacienda, Ricardo Bonilla. Papel y dinámica reciente del sector asegurador

El sector asegurador registra una tendencia de crecimiento superior al total del PIB, registrando crecimientos por encima del promedio de la economía colombiana, aumentando su participación en el pib de 3 a 4,8% en 2022, el mayor crecimiento de participación de todos los sectores de la economía. El índice de penetración de los seguros es de 3,2, mayor al de América latina pero menor al de los paíes de la OCDE, de 9,4%, indicando que el sector cuenta con espacio para crecer.

img1767

img1768

 

Los resultados en términos de primas y pago de siniestros, donde hidroituango explica el mayor volumen de los recursos asociados a estos pagos. El empleo del sector asegurador es de 63 mil personas.

img1769

img1770

https://www.youtube.com/watch?v=ZsNipwjY9xU

Noticias de la semana

Noticias

favor dar click en el día deseado (el primero es el más reciente):

Mié. 17 de Agosto de 2023

Aseguradoras

16 de agosto de 2023

Contrato de seguro se prueba por confesión o por escrito, siendo este último evento mediante presentación de la póliza | Ámbito Jurídico

Energía

16 de agosto de 2023

La SDA consideró jurídicamente viable condicionado, el proyecto de acuerdo del Concejo de Bogotá que promueve la instalación de páneles solares para la autogeneración energética del D.C.
Orientaciones de la CREG sobre el cálculo del Precio Marginal de Escasez
Ampliación plazo de comentarios sobre documentos de la Hoja de Ruta de la Transición Energética Justa

Gobierno

16 de agosto de 2023

Colombia renegocia TLC con Estados Unidos, reveló presidente Petro en encuentro con pequeños caficultores en Pitalito, Huila

Salud

16 de agosto de 2023

Minsalud pretende reabrir los mataderos municipales | Ámbito Jurídico

Telecomunicaciones

16 de agosto de 2023

MinTIC establece condiciones para la entrega de Computadores para Educar a los niños, niñas y adolescentes del país

Mié. 16 de Agosto de 2023

Energía

15 de agosto de 2023

Ministerio de Minas explicó cuál es la naturaleza y el fundamento jurídico de las multas y/o sanciones pecuniarias que impone la entidad

Gobierno

15 de agosto de 2023

Seminario virtual sobre los impuestos territoriales | Ámbito Jurídico

Infraestructura

15 de agosto de 2023

Listo proceso licitatorio del corredor Tumaco - Pedregal, Nariño

Salud

15 de agosto de 2023

Minsalud establece criterios para reclamaciones y pagos a cargo de la Adres | Ámbito Jurídico

Servicios Financieros

15 de agosto de 2023

SuperFinanciera absolvió consulta en relación con la celebración de contratos marco para la negociación de instrumentos financieros derivados

Telecomunicaciones

15 de agosto de 2023

Sala de Consulta del CE analizó la exigibilidad de la obligación de pago de la contraprestación por el uso de bienes objeto de la reversión pactada en un contrato de concesión para la prestación del servicio de telefonía celular
La CRC avanza en el cumplimiento de la Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2022 - 2026 con una propuesta que impulsa el despliegue de infraestructura para la prestación de servicios de comunicaciones en Colombia

Mar. 15 de Agosto de 2023

Energía

14 de agosto de 2023

Contexto normativo del Ministerio de Minas y Energía relacionado con el trámite de imposición de servidumbres eléctricas

Gobierno

14 de agosto de 2023

Procuraduría inició investigación contra gobernadores por irregularidades en proyectos

Hidrocarburos

14 de agosto de 2023

Colombia Compra definió aspectos relativos a la Ley de Infraestructura en lo relacionado con la instalación y traslado de redes de servicios públicos e hidrocarburos

Infraestructura

14 de agosto de 2023

10 consorcios están interesados por la estructuración integral de la navegabilidad del río Meta | Portal ANI
Abrimos inscripciones para la 7ª Rueda de Innovación y Sostenibilidad: “Innovaciones para la transformación de la infraestructura de transporte, la conectividad y la competitividad regional del país”

Salud

14 de agosto de 2023

Supersalud: situación de la salud en el Tolima
Aspectos relevantes del Sistema General de Salud

Lun. 14 de Agosto de 2023

Energía

11 de agosto de 2023

CREG estableció nuevos procedimientos para supervisar la formación de precio en la bolsa de energía
CREG definió un esquema para vigilar el ejercicio de poder de mercado en los precios de oferta que se presentan en la bolsa de energía

10 de agosto de 2023

Proyecto de norma del MinHacienda busca crear línea de crédito de redescuento con tasa compensada para proyectos del sector energético

Gobierno

11 de agosto de 2023

Realizan últimos ajustes al nuevo proyecto de reforma laboral | Ámbito Jurídico

10 de agosto de 2023

Colombia: del centralismo a la federalización

Infraestructura

10 de agosto de 2023

MinMinas: proyectos hidroeléctrico de empresas de energía deben ser considerados como obra pública de infraestructura

Salud

10 de agosto de 2023

Estas son las transferencias que realizan las EPS exentas del gravamen a los movimientos financieros | Ámbito Jurídico
Corte Constitucional presentó balance sobre sentencia mediante la cual se impartieron órdenes para superar problemas estructurales al interior del Sistema de Seguridad Social en Salud

Telecomunicaciones

11 de agosto de 2023

Conozca el informe de evaluación de permisos de uso del espectro del quinto corte de bandas altas

10 de agosto de 2023

MinTIC publica el informe de evaluación de permisos de uso del espectro del corte cuatro de bandas bajas
MinTIC publica para comentarios borrador de Resolución que modifica las reglas del uso de las obligaciones de hacer, para llevar servicios de telecomunicaciones a las regiones

Coyuntura normativa

Coyuntura normativa

favor dar click en el día deseado (el primero es el más reciente):

Jue. 17 de Agosto de 2023

 

Gobierno – Energía. Hoja de Ruta de la Transición Energética Justa. Sobre la Oferta de Energía (3) Petróleo y derivados

Similar al gas natural, en esta sección se analiza el potencial de producción de petróleo según los recursos disponibles en el país, la capacidad de abastecimiento de combustibles derivados del petróleo, en comparación con la demanda estimada ante los diferentes escenarios. Además, se tienen en cuenta las recomendaciones que surgieron en los Diálogos Nacionales para este sector (ver Recuadro 9). La inclusión de estas recomendaciones en el modelado de escenarios se presenta en el Anexo C.

Supuestos para el petróleo y derivados A nivel mundial, los escenarios planteados por la industria petrolera estiman que, según las tendencias actuales, la demanda pico de petróleo se podría alcanzar antes de 2030 (BP, 2023). A partir de este año, la demanda sería relativamente estable en un escenario tendencial, alcanzando alrededor de 100 Mbd en 2050. Sin embargo, ante las diferentes políticas de descarbonización a nivel mundial y la aceleración de la entrada de electromovilidad, dicha demanda podría reducirse drásticamente en otros escenarios, alcanzando entre 60 y 20 Mbd en 2050 (IEA, 2022c).

Como se detalla en el Diagnóstico base para la TEJ (Ministerio de Minas y Energía, 2023a), en el periodo 2006 a 2021 Colombia exportó un 61% de la extracción primaria petróleo, mientras que el 39% fue destinado a procesos de refinación. Sin embargo, las exportaciones de crudo han mantenido una tendencia decreciente desde 2014, como resultado del declive de los campos existentes. Por otro lado, actualmente el país consume alrededor de 380 Kbd de derivados del petróleo, destinados en su mayoría para el sector transporte. Este consumo es ligeramente Supuestos para el petróleo y derivados A nivel mundial, los escenarios planteados por la industria petrolera estiman que, según las tendencias actuales, la demanda pico de petróleo se podría alcanzar antes de 2030 (BP, 2023). A partir de este año, la demanda sería relativamente estable en un escenario tendencial, alcanzando alrededor de 100 Mbd en 2050. Sin embargo, ante las diferentes políticas de descarbonización a nivel mundial y la aceleración de la entrada de electromovilidad, dicha demanda podría reducirse drásticamente en otros escenarios, alcanzando entre 60 y 20 Mbd en 2050 (IEA, 2022c).

Como se detalla en el Diagnóstico base para la TEJ (Ministerio de Minas y Energía, 2023a), en el periodo 2006 a 2021 Colombia exportó un 61% de la extracción primaria petróleo, mientras que el 39% fue destinado a procesos de refinación. Sin embargo, las exportaciones de crudo han mantenido una tendencia decreciente desde 2014, como resultado del declive de los campos existentes. Por otro lado, actualmente el país consume alrededor de 380 Kbd de derivados del petróleo, destinados en su mayoría para el sector transporte.

Este consumo es ligeramente inferior a la capacidad máxima de refinación del país con 419 kbd. A pesar de esto, el país importó en 2022 el 27 % del consumo de combustibles líquidos, principalmente gasolina de alto octanaje, con el propósito de mejorar la calidad de los combustibles de consumo nacional para cumplir con los estándares de calidad exigidos en la regulación actual, para actividades puntuales mineras y mantenimiento de las refinerías. Adicional a lo anterior, el Plan Indicativo de Abastecimiento de Combustibles Líquidos (UPME, 2021b) estima que a partir de 2030 el país tendría que importar crudo para abastecer las refinerías. Dichas importaciones se darían en un escenario tendencial de aumento de la demanda de combustibles líquidos, principalmente para el transporte, y ante el panorama de agotamiento de los pozos petroleros en producción y la baja inversión en exploración que se presentó en el país entre 2015 y 2021. En el presente estudio, para todos los escenarios se tienen en cuenta la proyección de agotamiento de reservas y recursos planteada por la UPME en el PIACL (UPME, 2021b), teniendo en cuenta las reservas (1P, 2P y 3P), y los recursos contingentes. En el presente estudio no se consideran los recursos prospectivos de yacimientos no convencionales. Las diferencias entre los escenarios del PEN 2022- 2052 y los supuestos del presente estudio se detallan en el Anexo A.

Resultados para petróleo y derivados La Figura 17 muestra la demanda estimada de combustibles derivados del petróleo en los diferentes escenarios. En el escenario Tendencial, el consumo aumentaría en un 70% para 2050. En el Escenario de Políticas Declaradas el crecimiento sería inferior como resultado de los planes en marcha para electrificación del transporte público masivo, que permitirían reducir principalmente el consumo de diésel.

Consistente con el plan indicativo de abastecimiento de combustibles líquidos, las importaciones en ambos escenarios serían cada vez mayores a partir de 2023 (UPME, 2021b). En el Escenario de Transición Energética Justa, las políticas apuntarían a movilidad sostenible y cambio modal hacia transporte público masivo y movilidad no motorizada, electrificación de la flota tanto en ventas como en reconversión de parque existente, entre otras que se mencionaron en las secciones anteriores. De esa manera, se lograría estabilizar la demanda de combustibles líquidos para 2030 e iniciar una reducción a partir de ese año. Con el despliegue masivo de la electromovilidad y la entrada de alternativas como el hidrógeno verde y el gas natural para carga pesada, se lograría una reducción del 50 % en la demanda de combustibles derivados del petróleo para 2050

En el escenario alineado con la descarbonización profunda (Compromisos COP26) se requeriría avanzar hacia una reducción acelerada de la demanda de combustibles, considerando: i) limitar estrictamente la venta de vehículos de combustión interna a partir de 2035, ii) acelerar los programas de reconversión y reposición de flota para electrificación, de forma masiva entre 2023 y 2030 para limitar el aumento de la demanda de combustibles fósiles y iii) iniciar el desmonte de uso de GLP domiciliario y en el sector terciario, contrario a los planes actuales de sustitución de leña. Ante estas medidas, se alcanzaría una demanda de combustibles líquidos equivalente al 10 % del valor actual, principalmente para transporte aéreo.

img1786

img1787

Adicional a las necesidades de importar combustibles para el transporte, ante posibles agotamientos de los pozos en producción, existiría el riesgo de importación de crudo para alimentar la carga necesaria de las refinerías, como se muestra en la Figura 18(a). Sin embargo, en los escenarios de Transición Energética Justa (TEJ) y de descarbonización profunda (COP26), dichas importaciones serían inferiores a las que se requerirían en los escenarios Tendencial y Políticas Anunciadas. Cabe resaltar inversiones en exploración que se realizaron en 2022, tardarían en promedio 8,6 años en arrojar resultados y, en caso de contar con un hallazgo, 2,7 años adicionales para entrar en comerciabilidad (Ministerio de Minas y Energía & ANH, 2022).

img1788

img1789

Sin embargo, a pesar de que en los últimos años no se han adicionado grandes reservas a partir de nuevos descubrimientos, las políticas como el recobro mejorado permitieron mantener un indicador de reservas/producción creciente entre 2016 y 2021.

Adicionalmente, según el último reporte de ANH (ANH, 2023), el país cuenta con un aproximado de 2365 Mbl en recursos contingentes de petróleo. Para mantener la autosuficiencia energética, la política pública debe promover la materialización de estos recursos en reservas, pues son necesarios para el abastecimiento del país (ver figura 18(b)).

Con la reducción en la demanda de crudo para las refinerías que ocurriría en los escenarios de Transición Energética Justa y de descarbonización profunda (Compromisos COP26), se abre una oportunidad para transformar y diversificar la producción con nuevos productos para la transición energética, como hidrógeno verde, SAF, diésel sostenible, entre otros.

Además, se debe evaluar la viabilidad de aprovechar la infraestructura de transporte de crudo por oleoductos, para el transporte de nuevos energéticos o sus mezclas, con el fin de promover y contribuir la reindustrialización, a la vez que se contribuye al proceso de descarbonización de la matriz energética colombiana y se asegura la soberanía durante la consolidación de la Transición Energética Justa. Finalmente, tanto los sectores de oferta como de demanda de petróleo y derivados deberán estar preparados para afrontar de forma justa no solo los retos climáticos, sino los retos de abastecimiento de combustibles, y sus impactos económicos y fiscales.

https://www.minenergia.gov.co/documents/10442/3._Escenarios_nacionales_TEJ._Rutas_que_nos_preparan_para_el_futuro.pdf

Mié. 16 de Agosto de 2023

 

Gobierno - Energía. Hoja de Ruta de la política de Transición Energética Justa. Ministerio de Minas y Energía. Julio de 2023 (2). Sector residencial y terciario

La Figura 9 presenta un resumen de los hitos propuestos para la Transición Energética Justa en el sector residencial y los cambios resultantes en la demanda por cada energético. Se observa en la Figura 9 que en la década de los veinte el consumo de energía por leña disminuiría y el consumo de gas natural aumentaría. Esto se debe principalmente a dos medidas: aumento en la cobertura de gas natural y GLP e implementación de estufas eficientes de leña en sectores rurales.

Estas medidas se proponen como una adopción de los planes del NDC y el Plan Nacional de Sustitución de Leña (Gobierno de Colombia, 2020a; UPME et al., 2022). Ésta se considera una estrategia transitoria que aprovecharía el gas natural durante un periodo de transición, pues al acercarse los 2030s el consumo de gas natural y de leña decrecerían para dar paso a una mayor electrificación. Los treintas, según la Figura 9, serían un periodo de implementación y despliegue de electricidad en el sector residencial.

Durante esta década se disminuiría el consumo energético gracias a la mayor eficiencia de las tecnologías eléctricas, pese a que la población crecería durante esta década, alcanzando 56,7 millones en 2039. Además, durante esta época, a pesar de representar menos del 3% de la demanda energética del sector residencial, el sector ZNI alcanzaría al final del periodo, en 2050, un consumo promedio por hogar de empezaría a consumir en promedio 3 MWh/año por hogar.

La comparación con los demás escenarios propuestos (ver Figura 10) muestra que los escenarios Tendencial y de Políticas Anunciadas no evidenciarían un cambio en el comportamiento del consumo de combustibles fósiles y la tendencia creciente de la demanda de energía llegaría en ambos casos a consumos superiores a los 250PJ en 2050. Por otra parte, tanto el Escenario TEJ como el de Compromisos COP2026 aumentarían los niveles de electrificación y la adopción de nuevas tecnologías eficientes, disminuyendo en consecuencia el consumo total de energía en los hogares colombianos.

Se observa también en la Figura 10 que en el Escenario de Compromisos COP2026 aumentaría la demanda de electricidad en 18% en comparación con el Escenario TEJ alcanzando un total de 223 PJ. Esto, sin embargo, no contemplaría posibles limitantes en las velocidades de adopción, las necesidades de recambio tecnológico y de infraestructura en las construcciones colombianas, incluyendo sus implicaciones en edificaciones antiguas.

img1775

La comparación con los demás escenarios propuestos (ver Figura 10) muestra que los escenarios Tendencial y de Políticas Anunciadas no evidenciarían un cambio en el comportamiento del consumo de combustibles fósiles y la tendencia creciente de la demanda de energía llegaría en ambos casos a consumos superiores a los 250PJ en 2050. Por otra parte, tanto el Escenario TEJ como el de Compromisos COP2026 aumentarían los niveles de electrificación y la adopción de nuevas tecnologías eficientes, disminuyendo en consecuencia el consumo total de energía en los hogares colombianos.

Se observa también en la Figura 10 que en el Escenario de Compromisos COP2026 aumentaría la demanda de electricidad en 18% en comparación con el Escenario TEJ alcanzando un total de 223 PJ. Esto, sin embargo, no contemplaría posibles limitantes en las velocidades de adopción, las necesidades de recambio tecnológico y de infraestructura en las construcciones colombianas, incluyendo sus implicaciones en edificaciones antiguas.

img1778

img1776

El sector terciario es actualmente el sector menos intensivo en consumo en energía, ya que las actividades comerciales y públicas consumen principalmente electricidad. En la simulación, la demanda de energía de este sector se simuló con base en el crecimiento económico y, por lo tanto, las fluctuaciones del escenario dependen de las proyecciones del PIB y de la implementación de nuevas tecnologías o mejoras en las eficiencias de las tecnologías existentes.

En las medidas de eficiencia contempladas se incluyen también los distritos energéticos, como se describen en detalle en el documento “Potencial FNCER subnacional y estrategia de descarbonización” (Ministerio de Minas y Energía, 2023d). La implementación del escenario TEJ resultó en ahorros de energía en comparación con los escenarios Tendencial y Políticas Anunciadas, a pesar de contar con un PIB mayor (crecimiento del PIB 4 %). Este comportamiento se debe a que se consideran, adicional a las medidas de eficiencia energética contempladas en PROURE, políticas de electrificación de usos que actualmente se suplen con gas natural y GLP.

El escenario TEJ alcanza una demanda de energía en 2050 de 130PJ. Por otra parte, en el escenario de descarbonización se lograría una reducción mayor en el consumo final debido a que se inicia el desmonte de usos de gas natural desde 2023. La sustitución progresiva de las tecnologías de gas natural que permitiría un ahorro en el consumo de gas natural de 10PJ en esta misma década, según lo muestra la Figura 11 para el escenario Compromisos COP 26.

Este escenario alcanzaría una descarbonización total del sector sustituyendo los remanentes de tecnologías que usan gas natural por tecnologías eléctricas. Al igual que en el sector residencial, este escenario enfrentaría importantes desafíos para una posible materialización, pues supone intervenciones estructurales en todos los establecimientos comerciales y públicos del país, sin tener en cuenta tanto la velocidad de cambio tecnológico y las implicaciones en algunas edificaciones del país.

img1777

La evaluación de los resultados permite concluir que, de las propuestas de escenarios, el de TEJ se convierte en una apuesta con metas implementables, que además habilitan altos niveles de descarbonización sin perder de vista la justicia social y ambiental. Por otra parte, el nivel de cambio tecnológico que implicaría este escenario para el sector residencial y terciario se puede convertir en una oportunidad para la manufactura nacional. Como lo plantea el documento “Potencial FNCER subnacional y estrategia de descarbonización” (Ministerio de Minas y Energía, 2023d), la producción nacional estaría en posición de proveer tecnologías paralcocción, distritos térmicos y la adecuación de redes internas en hogares y negocios, entre otros componentes necesarios para la transformación de la infraestructura nacional en clave de electrificación.

Por otra parte, los beneficios en la salud publica dentro del marco de justicia ambiental y social, serán una contribución especialmente para las mujeres del sector rural, por su rol histórico en la cocción de alimentos, tanto por medio del uso (ineficiente) de leña, como de gas natural y GLP, todos energéticos que están ligados con la presencia de contaminantes como el monóxido de carbono, el material particulado, el óxido nitroso, entre otros, además del CO2 como principal GEI

https://www.minenergia.gov.co/documents/10442/3._Escenarios_nacionales_TEJ._Rutas_que_nos_preparan_para_el_futuro.pdf

Mar. 15 de Agosto de 2023

 

Gobierno - Salud. Decreto 1270 de 2023, "Por el cual se adoptan medidas en materia de salud en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado en el departamento de La Guajira" (3) Artículos del decreto

Artículo 1. Dirección y Coordinación del Sector Salud. El Ministerio de Salud y Protección Social, ejercerá la dirección y coordinación del sector salud en el departamento de La Guajira en articulación con la Secretaría de Salud del Departamento, las secretarías de salud municipales y la participación de las Autoridades Tradicionales de los pueblos indígenas, incluyendo al pueblo Wayuu; afrodescendientes y Rrom, de la región a través de las instancias que para el efecto sean definidas y reglamentadas por esta cartera ministerial.

Artículo 2. Mecanismos Especiales de Concertación en el marco del Diálogo Genuino para la formulación, adopción e implementación del Modelo de Salud Propio e Intercultural. El Ministerio de Salud y Protección Social en acuerdo con las Autoridades Tradicionales de los pueblos indígenas, incluyendo al pueblo Wayuu; afrodescendientes y Rrom, que habitan el departamento de La Guajira, establecerán Mecanismos Especiales de Concertación en el marco del Diálogo Genuino para la formulación, adopción e implementación del modelo de salud propio e intercultural, para lo cual se tomará en cuenta los avanzado en procesos previos de concertación entre las Autoridades Indígenas y el Ministerio de Salud y Protección Social. Parágrafo.

Los resultados que se obtengan en materia del modelo de salud propio e intercultural, como producto de los Mecanismos Especiales de Concertación en el marco del Diálogo Genuino en el Departamento de La Guajira, tendrán carácter vinculante, a efectos de garantizar su pleno cumplimiento.

Artículo 3. Modelo de Salud Propio e intercultural. El Ministerio de Salud y Protección Social, en coordinación con la Secretaría de Salud Departamental, las Autoridades Tradicionales de los pueblos indígenas, incluyendo al pueblo Wayuu; afrodescendientes y Rrom, que habitan en el departamento y el resto de los actores del Sistema de Salud, organizarán la respuesta integral, resolutiva y de calidad a las necesidades en salud de la población a través de un modelo de salud que integra como principios la interculturalidad, la igualdad, la no discriminación y la dignidad, bajo un ordenamiento territorial, diferencial que tenga en cuenta condiciones geográficas, epidemiológicas, organizativas y culturales, que permita la ejecución de las acciones y recursos de los diferentes sectores y actores en un ejercicio de transectorialidad para lo cual los actores del sistema de salud podrán ser transformados, reorganizados o adecuados administrativa, técnica y financieramente de conformidad con la reglamentación que para el efecto expida el Ministerio de Salud y Protección Social.

Artículo 4. Territorios para la gestión en salud. El Ministerio de Salud y Protección Social definirá los territorios para la gestión y operación en salud en el departamento de La Guajira para la respuesta a la emergencia. La territorialización en los territorios indígenas, afrodescendiente y Rrom para la implementación del modelo de salud propio e intercultural se concertará con las Autoridades Tradicionales de los pueblos indígenas, incluyendo al pueblo Wayuu; afrodescendientes y Rrom, que habitan en el departamento. Los resultados del ejercicio serán vinculantes para el conjunto de actores Sistema de Salud para lo pertinente.

Artículo 5. Operación del aseguramiento por territorios para la gestión en salud. El Ministerio de Salud y Protección Social en coordinación con la Secretaría de Salud Departamental, las Autoridades Tradicionales y demás actores del Sistema de Salud, adaptará la operación del aseguramiento por territorios para la gestión en salud, que permita la implementación del modelo de salud propio e intercultural.

Esta adaptación incluirá las condiciones de habilitación y permanencia, de las Empresas Promotoras de Salud o quien haga sus veces y la reorientación de su rol en el departamento de la Guajira, según reglamentación que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.

Parágrafo 1. En los territorios indígenas, afrodescendiente y Rrom en el marco de los mecanismos de concertación previstos en el presente Decreto, se establecerá el proceso de transformación de las Empresas Promotoras de Salud.

Parágrafo 2. El Ministerio de Salud y Protección Social teniendo en cuenta condiciones adicionales de dispersión poblacional y diferenciales, podrá incrementar el valor de la UPC en municipios del Departamento de La Guajira, en función de la implementación del modelo de salud propio e intercultural.

Artículo 6. Creación de la Red Integral e Integrada territorial e intercultural de salud para el Departamento de La Guajira. El Ministerio de Salud y Protección Social creará sobre la base de un enfoque diferencial y el derecho a la participación, la red integral e integrada territorial e intercultural de salud para el departamento de La Guajira

La red será habilitada por el Ministerio de Salud y Protección Social y tendrá un componente primario de atención territorializado que garantice servicios de salud de calidad, resolutivos e interculturales, bajo las modalidades de prestación intramural, extramural, telemedicina y comunitaria a través de Centros de Atención Primaria en Salud-CAPS y equipos de salud territoriales, los cuales se constituyen en el primer contacto y puerta de entrada de la población al sistema de salud; así como un componente complementario con servicios de mediana y alta complejidad.

El Gobierno Nacional garantizará la disponibilidad de recursos financieros y técnicos adicionales incluyendo las operaciones de empréstito o donaciones de organismos multilaterales, para la estructuración de proyectos y la ejecución de la infraestructura, equipamiento fijo, dotación biomédica, tecnologías, transporte multimodal y el apoyo logístico para la operación del modelo de salud propio e inlercultural en el departamento, atendiendo el marco fiscal de mediano plazo y las disponibilidades presupuesta les.

Parágrafo 1. Los proyectos de infraestructura, dotación o equipos biomédicos que el Ministerio de Salud y Protección Social determine que son de control especial y los que se financian directamente con recursos del Ministerio de Salud y Protección Social, no requerirán estar incluidos en el plan bienal de inversión en salud durante el tiempo que se requiera para conjurar las causas que dieron origen a la declaratoria de emergencia en el departamento de La Guajira.

Parágrafo 2. Se autoriza transitoriamente el funcionamiento de los servicios de salud de baja y mediana complejidad, que se requieran para conjurar las causas que dieron origen a la declaratoria de emergencia en el departamento de La Guajira, dicha autorización estará a cargo de la Secretaría Departamental de Salud previa solicitud de los prestadores de servicios de salud inscritos en el Registro de Servicios de Salud -REPS para:

1. Adecuar temporalmente un lugar no destinado a la prestación de servicios de salud, dentro o fuera de sus instalaciones.

2. Reconvertir o adecuar temporalmente un servicio de salud para la prestación de otro servicio no habilitado.

3. Ampliar la capacidad instalada de un servicio de salud habilitado.

4. Prestar servicios en modalidades o complejidades diferentes a las habilitadas.

5. Modificar un servicio para prestar otros servicios de salud no habilitados. El Ministerio de Salud y Protección Social expedirá lineamientos al respecto.

Parágrafo 3. Los recursos podrán ser transferidos directamente a los patrimonios autónomos que se constituyan para el efecto por el Ministerio de Salud y Protección Social y en ellos podrán concurrir como aportantes las entidades de orden nacional, departamental y municipal del Departamento de la Guajira. El Ministerio de Salud y Protección Social podrá celebrar directamente contratos de fiducia mercantil en los que cualquier persona natural o jurídica podrá ser aportante de bienes o recursos a título gratuito. Tanto la selección del fiduciario, como la celebración de los contratos para la constitución de los patrimonios autónomos y la ejecución y liquidación de los proyectos por parte de los referidos patrimonios, se regirá exclusivamente por las normas del derecho privado. Las transferencias de recursos de los patrimonios autónomos se tendrán como mecanismo de ejecución presupuestal.

Los patrimonios autónomos que se constituyan de acuerdo con el presente artículo, podrán adelantar todos los procesos precontractuales, contractuales y post contractuales que sean instruidos y se regirán por el derecho privado. El Ministerio de Salud y Protección Social definirá las condiciones y criterios para las convocatorias, así como los parámetros de evaluación, selección, seguimiento y control tanto a los proyectos como a los recursos invertidos en ellos. Con cargo a los recursos administrados por los patrimonios autónomos se asumirán los costos en que se incurra para la administración de los recursos, para gastos de operación y para los contratos necesarios para la estructuración, desarrollo e implementación de los proyectos viabilizados que cuenten como mínimo con financiación o cofinanciación de recursos del Presupuesto General de la Nación.

Artículo 7. Instituciones de Salud del Estado - ISE. La prestación de servicios de salud públicos en el Departamento de la Guajira se realizará a través de Instituciones de Salud del Estado - ISE que se constituyen como una categoría especial de entidad pl.Jblica descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, sometidas al régimen jurídico previsto en este Decreto. En su denominación se incluirá la expresión "Instituciones de Salud del Estado - ISE". El objeto de las Instituciones de Salud del Estado - ISE, será la prestación de servicios de salud, con carácter social, como un servicio público esencial a cargo del Estado. Las Instituciones de Salud del Estado - ISE se regirán por presupuestos, según los estándares definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, para efectos tributarios se someterán al régimen previsto para los establecimientos públicos. Las Instituciones de Salud del Estado - ISE son Centros de Atención Primaria en Salud - CAPS en el nivel primario y en el nivel complementario de mediana y alta complejidad. Los Centros de Atención Primaria en Salud - CAPS serán financiados por oferta con base en un presupuesto que considere costos y gastos de operación según reglamentación del Ministerio de Salud y Protección Social

Para las Instituciones de Salud del Estado - ISE del nivel complementario se estructurará un presupuesto integral, que garantice el cierre financiero del presupuesto anual, integrando los recursos de venta de servicios con los recursos territoriales y nacionales que cofinanciarán dicho presupuesto. En materia contractual se regirán por el derecho privado, pero podrán utilizar discrecionalmente las cláusulas exorbitantes previstas en el Estatuto General de Contratación de la administración pública y, en todo caso, deberán atender los principios de publicidad, coordinación, celeridad, debido proceso, imparcialidad, economía, eficacia, moralidad y buena fe

La dirección y administración, estará a cargo de un Consejo Directivo y de un director (a). El Consejo Directivo estará integrado por: el jefe de la administración departamental, distrital o municipal, o su delegado, quien la presidirá, el director territorial de salud de la entidad territorial departamental, distrital o municipal o su delegado, un (1) representante de la comunidad designado por las alianzas o asociaciones de usuarios legalmente establecidas, dos (2) representantes de los trabajadores de la salud de la institución, uno administrativo y uno asistencial. Los representantes de las comunidades y de los trabajadores de la salud de la institución tendrán un periodo de cuatro (4) años y no podrán ser reelegidos para el período inmediatamente siguiente.

La designación del director (a) de las Instituciones de Salud del Estado-ISE se efectuará por la respectiva autoridad nominadora, de la lista de aspirantes que publique el Ministerio de Salud y Protección Social, dentro de los tres (3) meses siguientes al inicio del período del respectivo alcalde municipal o distrital o gobernador, para un período institucional de cuatro (4) años. Los gerentes de las Empresas Sociales del Estado transformadas en ISE continuaran en el cargo hasta la terminación de su periodo, en caso de cargos vacantes se realizará el nombramiento por el nominador hasta tanto el Ministerio de Salud y Protección Social publique la lista correspondiente. El Ministerio de Salud y Protección Social reglamentará el procedimiento para conformar la lista de aspirantes.

En el caso de las Instituciones de Salud del Estado-ISE ubicadas dentro de territorios indígenas, afrodescendientes y Rrom, la lista de aspirantes a director(a) de estas instituciones se conformará en concertación con las Autoridades Tradicionales respectivas. según corresponda. Cuando en el municipio existan varios territorios indígenas, la conformación de la lista de aspirantes deberá garantizar la participación de todas las Autoridades Tradicionales Indígenas respectivas.

Artículo 8. Centros de Atención Primaria en Salud - CAPS. Confórmese los Centros de Atención Primaria en Salud - CAPS que constituirán la unidad de cuidado de base territorial de la Red Integral e Integrada territorial e intercultural de Servicios de Salud para el Departamento de La Guajira. Los servicios de los CAPS serán universales, territoriales, sistemáticos, permanentes y resolutivos e integrarán los saberes propios e interculturales, conforme con un enfoque de salud pública y de determinantes sociales en el marco del modelo de salud. En los territorios indígenas, afrodescendientes y Rrom el Ministerio de Salud y Protección Social y las Autoridades Tradicionales Indígenas concertarán la cantidad, ubicación, tipología, gobernanza y funcionamiento de estas unidades de atención, sobre la base de los principios del enfoque diferencial y el derecho a la participación.

En los territorios indígenas, afrodescendientes y Rrom, las instituciones prestadoras de servicios de salud indígenas o interculturales, que previo cumplimiento de requisitos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, se conformen como Centros de Atención Primaria en Salud - CAPS tendrán tratamiento de Instituciones de Salud del Estado- ISE del nivel primario para efectos de su financiación y podrán recibir transferencias. La creación de nuevos Centros de Atención Primaria en Salud - CAPS, se hará previa evaluación de la necesidad de creación de nueva oferta de servicios, según los parámetros que al efecto establezca el Ministerio de Salud y Protección Social.

Parágrafo 1. Todos los Centros de Atención Primaria en Salud - CAPS serán financiados por oferta; de acuerdo con reglamentación que para ello expida el Ministerio de Salud y Protección Social.

Parágrafo 2. El Ministerio de Salud y Protección Social definirá los criterios de operación de los CAPS en el marco de la Red Integral e Integrada territorial e intercultural de salud.

Parágrafo 3. Los Centros de Atención Primaria en Salud - CAPS de naturaleza pública se organizarán como Instituciones de Salud del Estado - ISE del nivel primario, podrán tener y operar sedes en el ámbito de su territorio y población adscrita para garantizar el acceso a servicios de salud y podrán ser una unidad funcional de otra Institución de Salud del Estado, de acuerdo con la reglamentación que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.

Artículo 9. Equipos de Salud Territoriales. Confórmese los equipos de salud territoriales resolutivos, los cuales incluirán de manera interdisciplinaria e interinstitucional agentes de salud propia, promotores, traductores - guías bilingües y otros perfiles comunitarios, auxiliares, técnicos, tecnólogos, profesionales y especialistas para el cuidado integral de la salud de las personas, familias, pueblos y comunidades, quienes operarán 'de manera permanente, sistemática, continua y contigua en territorios determinados, respetando la diversidad poblacional, los saberes y las prácticas de la salud propia. Estos equipos deberán contar con los medios necesarios y suficientes en términos logísticos, tecnológicos y sociales para adelantar adecuadamente su actividad.

Artículo 10. Disponibilidad y distribución del talento humano en salud para la atención de la emergencia en el Departamento de La Guajira. El Ministerio de Salud y Protección Social, en coordinación con las Secretarías de Salud del departamento, realizará la planificación y gestión del talento humano en salud de acuerdo con las características, prioridades y necesidades del territorio.

Artículo 11. Financiación de la Atención Primaria en Salud. El Ministerio de Salud y Protección Social, en coordinación con la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, definirá el valor del financiamiento de los servicios de la estrategia de Atención Primaria en Salud realizada a través de los Centros de Atención Primaria en Salud- CAPS, que incluye la operación de los equipos de salud territoriales, como una proporción de la UPC, y realizará el reconocimiento y pago de manera directa con esta proporción, a través de un presupuesto per cápita para el financiamiento de la Atención Primaria en Salud.

En el evento en que el mencionado reconocimiento exceda la proporción previamente definida, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público dispondrá los recursos suficientes, que garanticen la atención integral a la población del departamento de La Guajira. El Ministerio de Salud y Protección Social determinará las variables requeridas para definir el valor relacionado en el presente artículo, este valor se ajustará en el giro a los prestadores de servicios de salud dependiendo de la garantía de la oferta de servicios.

Parágrafo 1. El Ministerio de Salud y Protección Social y las entidades territoriales de La Guajira en caso de ser necesario efectuarán transferencias directas de recursos, diferentes a los de la UPC, mediante actos administrativos de asignación a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, destinados a la prestación de servicios de salud, para la financiación de la operación o para inversión en estructuración de proyectos y la ejecución de proyectos de infraestructura, equipamiento fijo, dotación biomédica, tecnologías, así como transporte multimodal y apoyo logístico para la operación del modelo de salud propio e intercultural en el departamento según sea el caso en los términos que defina el Ministerio de Salud y Protección Social

Parágrafo 2. Así mismo se podrá transferir recursos a las organizaciones y asociaciones de autoridades tradicionales, con el fin de que brinden apoyo en la operación del modelo de salud propio e intercultural en los términos que defina el Ministerio de Salud y Protección Social. ~'Parágrafo 2. Los recursos del Sistema General de Participaciones - SGP Salud Pública y los provenientes de otras fuentes podrán concurrir en la financiación de la atención primaria en salud.

Artículo 12. Giro Directo. La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), en nombre de las Entidades Promotoras de Salud, girará recursos de manera directa a los prestadores y proveedores de servicios y tecnologías en salud los recursos correspondientes a la Unidad de Pago por Capitación - UPC de los regímenes contributivo y subsidiado de la población asegurada del Departamento de la Guajira, una vez descontados los gastos de administración de las Entidades Promotoras de Salud del régimen correspondiente.

La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, informará a las Entidades Promotoras en Salud, prestadores y proveedores de servicios y tecnologías en salud, los valores reconocidos. Para el caso de la Atención Primaria en Salud, informará los valores a reconocer. Parágrafo. El giro de estos recursos incluirá el presupuesto per cápita destinado a la Atención Primaria en Salud, de la población adscrita a cada uno de los Centros de Atención Primaria en Salud – CAPS.

Artículo 13. Modalidad de contratación directa para la adquisición de bienes, servicios e infraestructura en salud. Durante el término de seis (06) meses contados a partir de la vigencia del presente decreto, el Ministerio de Salud y Protección Social, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES- y el Instituto Nacional de Salud - INS-, podrán contratar a través ce la modalidad de Contratación Directa cualquier tipo de bienes, servicios y/o infraestructura en salud, cualquiera sea su monto, requeridos para superar las causas que dieron origen a la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada por el Gobierno Nacional.

Parágrafo. Las restricciones en materia contractual y de convenios interadministrativos contenidas en la Ley 996 de 2005 no aplicarán para el desarrollo de lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 14. Comité de Emergencia Nutricional y Materna para La Guajira. Créese para el departamento de La Guajira el comité de emergencia nutricional y materna el cual sesionará de manera permanente, como un espacio de coordinación, articulación y toma de decisiones sectorial, intersectorial y comunitario. En este espacio se realizará el reporte, seguimiento y toma de acciones inmediatas para garantizar la atención integral de los niños y niñas menores de 5 años de edad identificados con riesgo de desnutrición, desnutrición aguda y gestantes con morbilidad materna, así como la mortalidad evitable por estas causas. En este espacio participarán el Ministerio de Salud y Protección Social, el Instituto Colombiano de Bienestar familiar, el Instituto Nacional de Salud, la Superintendencia Nacional de Salud, las Secretarias de Salud departamental y municipal, las Secretarias de Educación departamental y municipal, representantes de las Entidades Promotoras de Salud, representantes de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud municipales y departamentales, Autoridades Tradicionales de los pueblos indígenas, incluyendo al pueblo Wayuu; afrodescendientes, Rrom, representantes de la comunidad y demás que sean convocados.

https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%201270%20DEL%2031%20DE%20JULIO%20DE%202023.pdf

Lun. 14 de Agosto de 2023

 

Gobierno - Hacienda Asegurador. Clausura congreso Fasecolda, Ministro de hacienda, Ricardo Bonilla. Los retos de la regla fiscal y las reformas.

El ministro señala tres temas como estratégicos para el país: sobre el sector asegurador y sus logros, los retos de la regla fiscal y la expectativa de las reformas y tercero sobre tres productos de aseguramiento.

Es un compromiso del gobierno mantener la regla fiscal, que viene de atrás y tiene ajustes y tendrá necesidad de ajustarse hacia el futuro, no puede se estática no puede tener condiciones ni condicionamientos. El primer reto es el bajo crecimiento, el segundo el endeudamiento del país y tercero el control de la inflación.

img1771

En cuanto al bajo crecimiento, el país viene del Covid, de dos años de buen crecimiento pero estamos en el 2023 en un entorno de desaceleración internacional que se refleja en Colombia a hoy, donde se proyecta un crecimiento del 1% al inicio del año, pero ahora se proyecta que podríamos llegar al 1,8 o al 2%.

Se espera que esta desaceleración tenga su punto más bajo en el 2024. Colombia históricamente ha crecido a un promedio del 4% un país que ha tenido 3 recesiones, un país relativamente estable gracias a las instituciones y garantizar la estabilidad económica.

En este momento la mas importante es que el gasto público se convierta en un elemento de reactivación de la economía y que el presupuesto aprobado se ejecute en su totalidad y eficientemente, no de cualquier manera, sobre todo en la inversión. Los gastos de funcionamiento tienen su propia lógica y rutina, el pago de la deuda tiene también su propia lógica, el reto es dinamizar la inversión.

EN el PGN están aprobados 76 billones d e4pesos para inversión, que principalmente se concentran en obras civiles, es decir el Mintransporte, obras que vienen de atrás y un componente de vías terciarias y bajar el proceso de contratación a JAC, organizaciones comunitarias para que los municipios ayuden a realizar estas obras. Existe un producto de aseguramiento para estas actividades que debe desarrollarse, puntualizó el ministro, es importante profundizar sobre este producto por que se trata que las placa huellas, 1000 metros, 1500 metros se pueden hacer en la comunidad y esto favorece la economía.

Están los recursos para que el Minvivienda reactive para que se reactiven los subsidios a la tasa de interés y a la cuota inicial ya fue superada la ruptura entre los dos programas por que hay los recursos de la adición presupuestal se llegue por parte de Fonvivienda a un acuerdo con Banrepública para hacer efectivo este subsidio. Por cuenta de estos recursos, en este segundo semestre se reactivar entre 50 y 65 mil viviendas.

Otro de los aspectos que pueden trabajarse conjuntamente con el sector asegurador es el sector agropecuario, hay que ampliar la frontera agrícola, el país tiene una frontera de 7 millones de hectáreas puede llegar hasta 16. El Gobierno va a comprar, entregar y fomentar el proceso productivo de las 2,9 millones que se van a entregar a lo largo de este gobierno.

Por lo menos en los tres años que quedan de este gobierno, se harán por lo menos entrega de 500 mil hectáreas por año. El Minagricultura que recibirá el presupuesto mas alto de su historia, sea para garantizar este proceso sino para entregar un proyecto productivo para garantizar un mejor abastecimiento agrícola, con inversiones en el territorio donde el sector asegurador puede apoyar distritos de riego, centros de apoyo, red de frío, garantizar el transporte y el proceso de selección en las veredas para que los productos lleguen a los sitios de mercado en mejores condiciones y el campesino no solamente venda producto sino de mayor valor agregado.

En cuanto a al regla fiscal, si se mantiene el bajo crecimiento se enfrenta el dilema de que el gasto tiene que ayudar a a la recuperación de la economía y en este proceso puede que gaste más de lo permitido por la regla fiscal, está aquí la primera dificultad.

Sobre la deuda, otro tipo de deuda distinta de los compromisos del estado con el sector financiero nacional e internacional en términos de créditos, una deuda en las cuentas públicas. Ente estas el déficit del fondo de estabilización de los precios de los combustible, la deuda con las víctimas, la deuda de dotación en áreas del país para el sector salud, las dificultades para financiar la calidad y cobertura educativa.

Hoy hay un doble problema en términos de la Deuda. En los años 2024 y 2025, está concentrado el servicio de la deuda más alto de la historia colombiana en 2024 esto significa 4 o 5 puntos del PIB. Esto aumenta en el 2024 y vuleve a bajar en 2025. Hay un compromiso grande del servicio de la deuda en 2024 y 2025 por que se tiene que pagar toda la deuda comprometida, en 8 cuotas entre 2024 y 2025, lo que es ineludible.

El el 2023 se incluye en el rubro de deuda 76 billones de pesos, y se está empezando a ver como cubrir la deuda con el FMI. Tal como está proyectado hay que pagar en 2024 105 billones de pesos de deuda. Poco a poco la deuda se va dosificando, en 2025 también es alto el monto a cubrir y reducir la deuda al 50% solo se dará en horizonte de 10 años.

Esta es la deuda pública interna y externa entre los cuales están los TES que es un reto para la regla fiscal en términos de la concentración. Si el gasto sube el 25% del PIB cómo lo podemos sostener hacia adelante cuando se tienen 4 a 5 puntos del PIB?, uno de los retos de la regla fiscal.

Sobre el déficit del FPEC, se pasó hace años a aumentar el precio de los combustibles mensualmente pero esto cambio desde 2021 por lo que se generó este déficit que en 2021 fue de 17 billones de pesos, en 2022 de 37 billones de pesos. Anterior mente se decidió que este déficit sería pagado por los dividendos de Ecopetrol y complementado con recursos del PGN. Pero como ha crecido tanto le está restando recursos para salud y educación. Por esto se está aumentando el precio de los combustibles para poder cerrar la brecha, lo que se ha hecho solamente en gasolina.

El desafío de subir el precio del FEPC está esperando a que la inflación ceda. La deuda del FEPC es mas alta por gasolina que por diesel, por que el país consume 6,4 millones de barriles diarios de gasolina y 5,7 millones de diesel, estas cifras son el doble de lo que se consumía hace 10 años. El 40% de la gasolina que consumimos en Colombia es importada mientras el 20% del diesel es importado. Es decir hay una mayor capacidad nacional de producir diesel en las dos refinerías.

El mayor consumo de gasolina refleja el crecimiento del parque automotor, en particular de motos, el país se llenó de motos. Las refinerías no dan abasto, Reficar se quedó corto y la de Barrancabermeja requiere una modernización pero hay que desarrollar técnica y juiciosamente la transición energética que debe concentrarse en la movilidad cambiando combustibles de combustión.

Al tener que destinar recursos del PGN para pagar el déficit del FEPC se están restando recursos para salud, educación y etc, el segundo reto de la regla fiscal.

El control de la inflación es el tercer reto de la regla fiscal, todavía se sigue teniendo la inflación alta, que aunque es fenómeno de todo el mundo, y que se afectó por alimentos y combustibles. En Colombia ha mejorado la provisión de alimentos impactando positivamente la inflación, pero está aumentando por combustibles. La inflación no puede bajarse a la misma velocidad con que baja en otros países. En Colombia aún no puede bajarse la tasa de interés por que la inflación cede lentamente, no como en Chile donde pudieron controlarse las dos inflaciones y ya están en el 6% desde el 14%.

Con el bajo crecimiento que tiene la economía colombiana la deuda del estado es impagable. La tasa de crecimiento de la economía es inferior a la tasa de interés que se está pagando. Hay que poner muchos recursos para pagar intereses y demorar el pago de la amortización del capital. Se requieren esfuerzos en el pago de las deudas y la organización del gasto público.

https://www.youtube.com/watch?v=ZsNipwjY9xU