Boletín Normativo Sectorial

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Contexto Normativo
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Jue. 11 de Feb. de 2021
Pensiones y cesantías. Modifica un artículo del decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con la metodología del cálculo de rentabilidad mínima obligatoria para el portafolio de cesantías de corto plazo y se dictan otras disposiciones.
En este decreto se modifica la rentabilidad mínima obligatoria para el portafolio de corto plazo al establecer ahora dos criterios frente a uno en la versión anterior (rentabilidad acumulada efectiva anual disminuida en un 25%, arrojada para el período de cálculo correspondiente). La nueva disposición queda como sigue a continuación:
Artículo 1°. Modificase el inciso primero del artículo 2.6.9.1.1. del Decreto 2555 de 2010, el cual quedará así: “Artículo 2.6.9.1.1. Rentabilidad mínima obligatoria para el portafolio de corto plazo.
La rentabilidad mínima obligatoria para el portafolio de corto plazo de los fondos de cesantía será la que resulte inferior entre la reducción de un veinticinco por ciento (25%) o la reducción de setenta y cinco puntos básicos (75pb.), arrojada para el período de cálculo correspondiente, de un portafolio de referencia de corto plazo neto de comisión de administración. Para el efecto se tendrá en cuenta el porcentaje de comisión de administración autorizado para los portafolios de corto plazo de los fondos de cesantía.”
Artículo 2°. Adiciónese el artículo 2.6.9.1.9. al Decreto 2555 de 2010, el cual quedará así:
“Artículo 2.6.9.1.9. Error de réplica. La política de inversión del portafolio de cesantía de corto plazo deberá definir un nivel máximo del error de réplica (tracking error), acorde con la recomendación del comité de riesgos e inversiones, la cual debe ser consistente con la rentabilidad mínima.
La metodología para la estimación del error de réplica será la definida por los comités de riesgos e inversiones. Cuando el error de réplica sobrepase el nivel máximo definido en la política de inversión, este exceso deberá ser informado a la Superintendencia Financiera de Colombia, junto con los análisis técnicos que determinen las causas por las cuales se materializó.
Así mismo, la AFP deberá remitir a la Superintendencia Financiera de Colombia, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la ocurrencia del hecho, un plan de ajuste con los respectivos análisis de riesgo e impacto. Parágrafo. La Superintendencia Financiera de Colombia podrá establecer lineamientos en cuanto a la metodología para la definición del error de réplica y su medición en el tiempo.”
Artículo 3. Transición. Las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías dispondrán de dos (2) meses contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto para la aplicación de la norma contenida en el artículo 2 del mismo.
Mié. 10 de Feb. de 2021
Energía. Resolución 219-2020 CREG del 10 de diciembre de 2020. Se establecen las condiciones para la implementación de la infraestructura de medición avanzada en el SIN. Esta resolución precisa la dinámica de implementación de AMI y el papel, inversiones y responsabilidades de la cadena productiva y había sido solicitada por los gremios sectoriales (2).
Responsabilidades del comercializador respecto de AMI.
El comercializador de energía eléctrica tendrá las siguientes obligaciones respecto de AMI: a) Coordinar el cambio de equipos de medida con el OR que así lo requiera, siguiendo el procedimiento de la visita de revisión conjunta establecido en los artículos 46 y 47 de la Resolución CREG 156 de 2011 o aquella que la modifique, complemente o sustituya.
En caso de que un comercializador no responda a la solicitud de cambio de medidor realizada por un OR en dicho período, estará sujeto a las condiciones que registre el OR en su acta de cambio del medidor avanzado.
b) Efectuar las modificaciones a que haya lugar para el cumplimiento de lo establecido en la presente resolución, en los contratos de condiciones uniformes o dentro de los contratos particulares de prestación del servicio de energía eléctrica, a más tardar dentro de los dos meses siguientes al de la aprobación del plan de despliegue en el sistema donde desarrolle su actividad de comercialización.
c) Acceder a los datos alojados en los sistemas de información del GIDI para efectos de realizar el proceso de facturación a sus usuarios.
d) Coordinar con el OR el proceso de suspensión, corte y reconexión del servicio público domiciliario de energía eléctrica de un usuario.
e) Entregar, con la periodicidad que sea requerida, la información de tarifas ofrecidas para el mercado regulado, por cada mercado de comercialización en los que participe, acorde con los formatos establecidos por el GIDI.
f) Adelantar gestiones periódicas para actualizar la información de quienes son los usuarios de los domicilios en donde se lleva a cabo la prestación del servicio público de energía eléctrica y contar con herramientas para que los usuarios puedan llevar a cabo dicha actualización.
g) El comercializador podrá informar a los usuarios, mediante medios masivos de comunicación y de manera recurrente, los derechos y deberes de los usuarios, los beneficios de la medición avanzada y avance en la implementación de AMI.
Responsabilidades del GIDI.
El GIDI tendrá la obligación de mantener los datos de energía eléctrica con la integridad entregada por el OR, confidencialidad y con una disponibilidad mínima requerida, para lo cual deberá:
a) Instalar, administrar, operar, mantener y reponer el sistema de datos según las características y necesidades particulares de los usuarios de la información, asegurando la integridad, confidencialidad y disponibilidad de la misma según corresponda. La solución escogida debe ser flexible y escalable.
b) Establecer los procedimientos y sistemas para el respaldo y recuperación de la información ante eventos en su infraestructura y servicios.
c) Recibir y mantener los datos entregados por los OR y comercializadores a partir de su fecha de entrada en operación. El sistema de recibo de información del GIDI deberá emitir comprobantes con las características principales de la información entregada.
Desarrollar una plataforma web de intercambio de información mediante la cual los usuarios de la información puedan acceder a la misma. Dicha plataforma deberá tener la posibilidad de ser consultada mediante dispositivos móviles, con la totalidad de funciones disponibles.
g) Los datos que deben estar disponibles para su presentación al usuario y los demás agentes son:
i. Todas las transferencias de energía y demás variables registradas en el punto de medición, como máximo, una hora posterior al de su entrega por parte del OR. Los usuarios y los agentes podrán realizar consultas parametrizables de esta información. La presentación de los datos debe permitir su compilación por franjas horarias, por tipo de día (hábil, sábado o festivo), semana del año y por mes. Se debe disponer de ejercicios comparativos de los usuarios residenciales, donde se presente el consumo propio contra los promedios de los usuarios residenciales del mismo estrato ubicados en el mismo municipio y código postal.
ii. Los eventos de interrupciones del servicio, frecuencia y duración, discriminados por mes, con la posibilidad de identificar la información de cada evento con fecha y hora.
iii. Las tarifas de suministro de energía eléctrica y los servicios ofrecidos por los distintos comercializadores que atiendan en el mercado de comercialización del usuario que consulta, así como la valoración de la prestación del servicio dada por los usuarios.
Diseñar e implementar la herramienta tecnológica que permita al usuario realizar el cambio de comercializador en línea, a través de la plataforma desarrollada por el GIDI para tal fin. i) Alojar y consolidar los reportes de avance del despliegue de la infraestructura de medición avanzada por parte de los OR. El reporte deberá realizarse mediante una aplicación dispuesta por GIDI para transferencia electrónica de datos.
j) Establecer un sistema de producción de reportes e intercambio de información para entregar la solicitada por las autoridades competentes.
k) Alojar y consolidar las autorizaciones para el tratamiento de datos personales enviadas por los OR.
l) Informar oportunamente las indisponibilidades programadas de su infraestructura y establecer un plan de contingencia para no afectar sus procesos.
En el título IV define los requisitos técnicos generales de este proceso
Entre estos están las funcionalidades de AMI, los requisitos del medidor avanzado, de la unidad concentradora, del sistema de gestión y operación, de comunicaciones, de seguridad, en la interoperabilidad del AMI con el GIDI.
Establece los planes de implementación y despliegue
En estos planes deberán tenerse en cuenta los criterios de eficiencia econóimca, la conciencia del público, el empoderamiento del usuario, la competencia y no abuso de la posición dominante.
Cada OR deberá elaborar un plan de implementación de AMI, con base en la ubicación y características de los usuarios conectados a su sistema y según los segmentos de mercado y criterios de valoración establecidos en el artículo 26. El plan a presentar debe contener, como mínimo, los siguientes elementos:
- Características del mercado de comercialización
- b) Diagnóstico del parque de medidores instalado. c) Resultados del plan piloto.
- d) Descripción de las tecnologías apropiadas para el mercado y su justificación.
- Estrategias de divulgación.
- f) Cronograma de instalación.
- g) Estrategia de atención de inquietudes y reclamos asociados con la instalación y operación de AMI.
- Estructura contable en donde se van a reportar los costos, ingresos e inversiones. i) Análisis de riesgos y estrategias de mitigación.
- Análisis beneficio costo para el mercado y para cada uno de los segmentos en que el OR subdividió el sistema.
- Meta anual y total del plan a 2030 según los objetivos de política pública del artículo 8 de la Resolución MME 4 0072 de 2018, modificado por la Resolución MME 4 0483 de 2019.
- En caso de que se prevea realizar el desarrollo conjunto del diseño y la implementación de planes de despliegue, los OR deberán declarar el alcance de tales desarrollos.
Establece los requisitos del análisis beneficio/costo que deberán realizarse, los segmentos del mercado y criterios de valoración, presentación de planes, el plan piloto que deberán realizar los operadores de red OR. La planeación del despliegue deberá tener en cuenta el periodo comprendido entre la fecha de presentación del plan y el 31 de diciembre de 2030. El plan presentado para aprobación deberá contener las metas de despliegue para los primeros cinco (5) años
Despliegue.
Está definido en dos fases, la primera con una duración máxima de 18 meses, contados a partir de la fecha de inicio, y la fase dos tendrá una duración máxima de 60 meses, contados a la fecha de inicio del plan. A partir de la fecha de inicio del plan, se le deberá instalar un medidor avanzado a los nuevos usuarios o a los usuarios cuyo medidor deba ser reemplazado y que pertenezcan a los identificados en cualquiera de las fases.
Remuneración del plan
Costo máximo del plan. El plan a presentar deberá considerar un costo anual máximo igual al 15% del costo base de comercialización aprobado para el respectivo mercado de comercialización, multiplicado por el número de facturas anuales correctamente expedidas por todos los comercializadores que atienden usuarios regulados en el mercado.
El costo anual máximo podrá ser modificado por la Comisión con base en los resultados de la actualización de los cargos aprobados para el mercado de comercialización y podrá dar lugar al ajuste de los planes aprobados para incrementar las metas, siempre y cuando no implique aumento del costo de comercialización que enfrentaba un usuario antes de la actualización.
En un mercado de comercialización con más de 150.000 usuarios al que hace referencia el parágrafo 2 del artículo 24, se podrá mantener la remuneración de que trata este artículo durante un período de dos meses adicionales por cada OR de menos de 150.000 usuarios con el que desarrolle conjuntamente AMI y respecto del cual no tengan relación de control el OR de dicho mercado. Los ingresos adicionales recaudados deberán ser destinados a aumentar la cobertura del despliegue de AMI en el OR con más de 150.000 usuarios.
Gestión de datos
Se establece la actividad de Gestión Independiente de Datos e Información que consiste en recopilar, administrar, mantener, procesar, transferir y publicar los datos de energía eléctrica obtenidos de los medidores avanzados, y los resultantes de agregaciones o análisis en los términos requeridos en la regulación.
También incluye los procesos asociados con el diseño de la herramienta tecnológica que permita al usuario realizar el cambio de comercializador en línea, la garantía al acceso a la información de tarifas, así como de productos y servicios ofrecidos por los prestadores del servicio y las demás funciones que defina esta resolución y la regulación adicional donde se especifique el modelo de su remuneración.
Mar. 9 de Feb. de 2021
Energía. Resolución 219-2020 CREG del 10 de diciembre de 2020. Se establecen las condiciones para la implementación de la infraestructura de medición avanzada en el SIN. Esta resolución precisa la dinámica de implementación de AMI y el papel, inversiones y responsabilidades de cada uno de los actores del sector. Este compendio que precisa los detalles del proceso de medición avanzada había sido solicitado por los gremios sectoriales (1).
En las disposiciones generales, esta resolución establece las condiciones para la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica en el SIN, para lo cual se determinan los responsables de la instalación, administración, operación, mantenimiento y reposición de la infraestructura de medición avanzada; se establecen lineamientos con respecto a los requisitos de interoperabilidad, ciberseguridad, manejo, uso y protección de datos que garanticen un adecuado funcionamiento de AMI; se establecen elementos en cuanto a los requisitos y procedimientos para el acceso a la información de AMI, el seguimiento de su implementación, y elementos con respecto a cómo se debe llevar a cabo su remuneración.
Ámbito de Aplicación.
Esta resolución aplica a comercializadores, generadores y operadores de red en el sistema interconectado nacional, SIN, a quien lleve a cabo las actividades del Gestor Independiente de Datos e Información, GIDI y a los usuarios del servicio público domiciliario de energía eléctrica en el SIN. Las disposiciones aquí consignadas serán aplicables para todos los usuarios regulados y no regulados, autogeneradores y generadores distribuidos, por lo que las empresas deberán incorporarlas en los contratos de condiciones uniformes y dentro de los contratos particulares de prestación del servicio de energía eléctrica respectivamente.
El despliegue de AMI considera el reemplazo de los medidores tradicionales de los usuarios regulados en un mercado de comercialización, por medidores avanzados, así como la instalación de medidores avanzados a nuevos usuarios regulados; de acuerdo con el plan que se le apruebe al OR. En el evento en el que un usuario regulado tenga medidor avanzado y posteriormente sea considerado como No Regulado, el OR deberá continuar con todas las obligaciones de la misma manera que le corresponde con los usuarios regulados de su mercado.
Establece las definiciones asociadas a los datos de energía eléctrica, los datos personales, Gidi (Gestor independiente de datos que realiza funciones de intercambio, gestión, integración, analítica y valor agregado de datos e información y aquellas determinadas en el artículo 13).
Se define también la AMI como la infraestructura que permite la comunicación bidireccional con los usuarios, una infraestructura que integra hardware (medidores avanzados, centros de gestión de medida, enrutadores, concentradores, antenas, entre otros), software y redes de comunicaciones.
Define que es un medidor avanzado de energía eléctrica, como el dispositivo que mide y registra datos de uso de la energía de los usuarios en intervalos máximos de una hora, con capacidad de almacenar y transmitir los dichos datos con una frecuencia diaria.
Define los operadores de red STR (sistema de transmisión regional) y SDL (sistema de distribución local) y OR (Operador de red). El sistema de transmisión nacional, STN. Los activos de los operadores pueden ser de su propiedad o de terceros. Para todos los propósitos son las empresas que tienen cargos por uso de los STR o SDL aprobados por la CREG. El OR siempre debe ser una empresa de servicios públicos domiciliarios.
Define los siguientes criterios generales:
El OR es el encargado de realizar el análisis de eficiencia, sustentando técnicamente de manera rigurosa y suficiente los costos, los beneficios y el resultado neto para una zona específica.
b. El despliegue de la solución de AMI se ejecutará siempre y cuando los análisis, adecuadamente fundamentados, identifiquen que el beneficio supera los costos incurridos.
c. La solución de AMI deberá diseñarse de manera óptima según los requerimientos de cada mercado de comercialización.
d. El usuario tendrá la posibilidad de escoger, en el tiempo establecido para ello, entre las alternativas interoperables, si reemplaza el medidor a su costo.
e. En el caso en el que el usuario permita que el OR reemplace el medidor, el usuario no asumirá ningún costo adicional por dicho reemplazo.
f. El OR deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad y preservación del buen estado de los equipos que están bajo su responsabilidad. Para esto, el OR podrá solicitar al comercializador que en el contrato de condiciones uniformes se incluyan obligaciones, por parte del usuario, de informar sobre anomalías del medidor o de compartir su custodia en los casos en los que el medidor no se encuentre en zonas de fácil acceso o desde el exterior del inmueble.
g. Los OR y el GIDI deberán implementar los esquemas de ciberseguridad necesarios para proteger los datos. h. Los OR y el GIDI deberán garantizar la interoperabilidad de todos los equipos involucrados en AMI, permitiendo que los sistemas tengan protocolos abiertos. Así mismo, la solución escogida por los OR para AMI debe ser escalable y flexible.
h. Los OR y el GIDI deberán garantizar la interoperabilidad de todos los equipos involucrados en AMI, permitiendo que los sistemas tengan protocolos abiertos.
i.Los OR deberán garantizar una amplia difusión del programa de reemplazo de equipos de medida a todos los usuarios del SIN.
j.El GIDI será la fuente principal para que los comercializadores facturen a sus usuarios y los usuarios, a la vez que puedan visualizar la información detallada de sus consumos y comparaciones respecto de otros usuarios, puedan revisar las tarifas y ventajas ofrecidas por la competencia y puedan gestionar, desde una sola plataforma de transacción virtual, el cambio de comercializador.
k. Las inversiones en AMI no son consideradas como activos de uso. Tampoco hacen parte de las inversiones determinadas en los planes de inversión establecidos en la Resolución CREG 015 de 2018, ni se emplearán para evaluar su ejecución.
l. El despliegue de AMI no deberá afectar la ejecución de los planes de inversión aprobados a los OR en aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018.
m. Los OR, Comercializadores y el GIDI deberán garantizar la integridad, confidencialidad y disponibilidad de los Datos.
Derechos de los usuarios:
- Las empresas no podrán exigir, en las condiciones uniformes de los contratos de servicios públicos de energía eléctrica, que los suscriptores o usuarios adquieran, instalen, mantengan y reparen los equipos de medida avanzada. Para estos efectos, se deberá llevar a cabo el ajuste a las condiciones uniformes de los contratos a más tardar en el mes siguiente, e informar de dicha circunstancia a la CREG y a la SSPD.
- Propiedad de los equipos de medida avanzada. El equipo de medida será de propiedad de quien lo hubiere pagado, lo que se podrá efectuar de alguna de las siguientes formas, según la elección del usuario entre adquirir o permitir que el OR reemplace el que actualmente tiene. El operador deberá informar al usuario con tres meses de antelación por si este quiere adquirir el medidor de forma independiente.
El OR deberá informar al usuario sobre el proceso que rige la disposición final de los medidores actuales.
- Reemplazo de los equipos de medida. El reemplazo de los equipos de medida lo deberá efectuar el OR en coordinación con el comercializador que atienda a un usuario determinado y que así lo solicite, previa divulgación a los usuarios, según las fases de que trata el artículo 34 y con los equipos definidos por el OR.
- Titularidad y tratamiento de los datos. El usuario y/o suscriptor es el titular de los datos de energía eléctrica que sean obtenidos del medidor avanzado, cuando estos tengan la calidad de datos personales.
Responsabilidades de los prestadores
a) Someter a aprobación de la CREG el plan de despliegue de su mercado de comercialización, con la oportunidad indicada en el artículo 27 y con base en los criterios definidos en el artículo 26.
b) Durante el mes siguiente al de aprobación del plan de despliegue, definir los equipos de medida que pueden ser utilizados por los usuarios y comunicar a los comercializadores presentes en el mercado de comercialización el listado de equipos compatibles con la solución escogida.
c) Informar a los usuarios, mediante medios masivos de comunicación y de manera recurrente, el inicio del despliegue de AMI, las características básicas de los equipos, los derechos de los usuarios, los beneficios de aplicación del esquema y su avance en la implementación.
d) Coordinar con el comercializador que atiende al usuario la visita de revisión conjunta de acuerdo con los artículos 46 y 47 de la Resolución CREG 156 de 2011 o aquella que la modifique, complemente o sustituya.
e) Instalar los equipos de medida definidos, conforme a las condiciones de despliegue aprobadas al OR.
f) A partir de la fecha de instalación del medidor avanzado a un usuario, el OR será responsable por el sistema de medición instalado en la frontera comercial, con las obligaciones y responsabilidades definidas en el código de medida. Adicionalmente, también es responsable por la obtención de los datos de energía eléctrica y demás datos necesarios para hacer la adecuada facturación, por la veracidad de la información obtenida y por la entrega de los datos al GIDI en la forma determinada por dicho agente.
g) El OR deberá realizar procesos de aseguramiento de la calidad de los datos de energía eléctrica obtenidos de los medidores para garantizar que el valor leído corresponde con la energía transferida en el punto de medición.
h) La lectura de los medidores avanzados deberá efectuarse de tal manera que el 94% de los datos de un día (desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas) deben estar disponibles para su entrega al GIDI a partir de las 8:00 am del día siguiente al de registro. Mientras el GIDI entra en operación, el OR deberá disponer esta información, en el medio que haya determinado para tal fin, a partir de la 8:00 am del día siguiente al de registro. En resolución posterior se determinarán métricas de calidad y disponibilidad de información adicionales.
i)El OR deberá realizar procesos de aseguramiento de la calidad de los datos de energía eléctrica, transferidos para que la información reportada al GIDI corresponda con los registros efectivamente realizados en el punto de medida del usuario.
j) Reportar trimestralmente los avances del despliegue de la infraestructura de medición avanzada al GIDI, en la forma dispuesta por la CREG para tal fin, considerando como mínimo la ubicación georreferenciada de los medidores avanzados, sus características técnicas, la meta establecida y las características básicas del usuario.
k) Reemplazar o reponer los equipos que presenten fallas en la medida o en su instalación, siempre que no sean propiedad del usuario, en un plazo máximo de un periodo de facturación.
k) Entregar al GIDI los datos obtenidos de la lectura de los medidores avanzados velando por la integridad, confidencialidad y disponibilidad de los datos.
l) Ante la eventual dificultad de obtener los datos de los medidores, distintos a las fronteras comerciales con reporte al ASIC, aplicar los mecanismos de estimación de lecturas propuestos por el Comité Asesor de Comercialización CAC, a partir de lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley 142 de 1994 e informar al GIDI para que notifique al comercializador.
m) Reportar trimestralmente los avances del despliegue de la infraestructura de medición avanzada al GIDI, en la forma dispuesta por la CREG para tal fin, considerando como mínimo la ubicación georreferenciada de los medidores avanzados, sus características técnicas, la meta establecida y las características básicas del usuario.
n) Aclarar las observaciones que otros agentes presenten al GIDI sobre los datos publicados, en un plazo no mayor a 5 días hábiles posteriores al de publicación. Para el caso de fronteras con reporte al ASIC, este plazo será de 48 horas.
o) Ejecutar el proceso de suspensión, corte y reconexión de un usuario de manera coordinada con el Comercializador.
p) Leer los medidores de todos los usuarios regulados en su mercado de comercialización, independientemente de que tengan solución AMI o no y entregar los datos al GIDI a partir del mes siguiente a la actualización de los cargos aprobados para el mercado de comercialización, como consecuencia de la aplicación de la metodología que reemplace la establecida en la Resolución CREG 180 de 2014.
q) Leer los registros de las transferencias de energía en las fronteras comerciales con reporte al ASIC ubicadas en su mercado de comercialización y entregar los datos al GIDI a partir del sexto año de inicio del plan. Para estas lecturas, el OR podrá cobrar los costos eficientes en los que incurra, siempre y cuando no sean usuarios regulados.
r) Dar cumplimiento a las obligaciones y responsabilidades en materia de tratamiento y protección de datos personales
Lun. 8 de Feb. de 2021
Resoluciones CREG 238 y 239 de diciembre de 2020 y sus anexos. Contribuciones establecidas en el plan de desarrollo que deberán comenzar a ser pagadas en 2021 por las estaciones de servicios en la cadena de combustibles líquidos, las personas prestadoras de servicio de alumbrado público las empresas prestadoras del servicio de energía eléctrica, gas natural y gas licuado de petróleo (GLP).
Estas contribuciones están establecidas en los documentos 193, 195 y 188 del 23 y 28 de diciembre de 2020 y normadas por las resoluciones 238 y 239 del 28 y 30 de diciembre de 2020.
La contribución especial 2020 se liquida, en el caso de combustibles líquidos y alumbrado público, con una base gravable, que es calculada por la CREG para cada uno de los regulados y se basará en establecer los costos y gastos totales devengados de acuerdo con la técnica contable menos los impuestos, tasas, contribuciones e los intereses devengados a favor de terceros independientes, del año declaración inmediatamente anterior al de la fecha de liquidación, resultado que se denomina costos y gastos totales depurados.
Este valor se multiplicará por la división de los ingresos por actividades ordinarias reguladas y el total de ingresos por actividades ordinarias, conforme a los estados financieros de la vigencia fiscal anterior a la cual se haga su cobro.
La base gravable (Bg) descrita se calculará para cada sujeto pasivo así:
cgtd: costos y gastos totales depurados.
tiar: total ingresos actividades ordinarias y complementarias reguladas
tiao: total ingresos de actividades ordinarias
Bg=cgtd*tiar/tiao
Con base en la tarifa de 0.0120131294206088% como factor de su base gravable, se relaciona en el Anexo 1 de manera consolidada, la contribución especial 2020 a pagar por cada uno de los regulados incluyendo subase gravable, lo anterior teniendo en cuenta que la suma de $6.207.870.081, es la porción del 16.93% como contribución especial a pagar a favor de la CREG, por parte de las personas prestadoras dela cadena de combustibles líquidos, sobre el total del presupuesto vigente 2020 de la CREG de gastos de funcionamiento e inversión que asciende a la suma de $36.667.868.171.
De esta forma, el factor o tarifa hallado para señalar el porcentaje de la contribución especial 2020 a favor de la CREG es el siguiente:
Factor: 0,000120131294. Tarifa:0,01201312942%
El valor individual por liquidar por concepto de la contribución especial 2020 a favor de la CREG, se relaciona en el Anexo 1, el cual hacer parte del presente documento.

Contribución para las actividades de energía y gas licuado de petróleo
Para el caso del servicio de energía eléctrica, gas natural y gas licuado (GLP), la base gravable de cada sujeto pasivo se determinará con base en los costos y gastos totales devengados de acuerdo con la técnica contable menos los impuestos, tasas, contribuciones y los intereses devengados a favor de terceros independientes, del año inmediatamente anterior al de la fecha de liquidación, resultado que se denomina costos y gastos totales depurados.
Este valor se multiplicará por la división de los ingresos por actividades ordinarias reguladas y el total de ingresos por actividades ordinarias reguladas y el total de ingresos por actividades ordinarias, conforme a los estados financieros de la vigencia fiscal anterior a la cual se haga su cobro.
La tarifa es un factor general con el cual se determina el valor a pagar por cada regulado contribuyente de la contribución especial en una vigencia específica.
Esta tarifa será hallada tomando el presupuesto vigente de la CREG el cual será dividido sobre la sumatoria de las bases gravables de los sujetos pasivos.
La tarifa no podrá ser superior al uno por ciento (1%) de las respectivas bases gravables.
La tarifa descrita se calculará de la siguiente manera:
Tce: tarifa de la contribución especial.
Pv: presupuesto vigente.
Sumatoria de las bases gravables de los sujetos pasivos.
(2)
Teniendo en cuenta la sumatoria de las bases gravables de los regulados, con base en la información financiera 2019 reportada en el SUI por las personas prestadoras del servicio de energía eléctrica y gas combustible, y el valor a financiar del total del presupuesto de la CREG por parte de estos regulados por $ 30.459.998.090 (83.07%), la CREG estableció el factor o tarifa usando la fórmula (2):
Reemplazando en la fórmula, obtenemos el siguiente resultado:
= 0,000529118928074917 ∴ 0,0529118928074917%
De esta forma, la resolución establece que el factor o tarifa hallado para señalar el porcentaje de la contribución especial 2020 a favor de la CREG es el siguiente:
0,000537092814930545 que equivale al 0,0537092814930545% como tarifa para las personas prestadoras del servicio de energía eléctrica, gas natural y gas licuado de petróleo (GLP), que, multiplicada por el valor de la base gravable de cada empresa, da como resultado el valor a pagar por concepto de contribución especial por cada regulado. Lo anterior con el fin de financiar en $30.459.998.090 (83.07%) el total del presupuesto vigente de la CREG para la vigencia 2020, que asciende a $36.667.868.171.
http://apolo.creg.gov.co/Publicac.nsf/1c09d18d2d5ffb5b05256eee00709c02/164cb4db823c11650525864e00029197/$FILE/Creg239-2020.pdf
Sector de la semana
Sector de la semana: Especial sector Infraestructura
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Jue. 11 de Feb. de 2021
Transporte masivo. Resolución número 20203040034065, Mintransporte. “Por la cual se reglamentan las condiciones para la operación de los Sistemas de Recaudo Centralizados, en los Sistemas Estratégicos de Transporte Público”
En el plan de desarrollo se estableció que “Los sistemas de transporte que sean cofinanciados con recursos de la nación, adoptarán un sistema de recaudo centralizado, así como un sistema de gestión y control de flota, que integre los subsistemas de transporte complementario y de transporte masivo, integrado, estratégico o regional, utilizando mecanismos que así lo permitan, en especial el sistema de recaudo unificado, el cual permitirá el pago electrónico y en efectivo validado por medios electrónicos, y los sistemas de compensación entre operadores, de conformidad con lo dispuesto por la autoridad de transporte competente de acuerdo con los resultados de los estudios técnicos.”.
La presente resolución aplica a las entidades públicas, al agente operador de transporte, sus vinculados o adjudicatarios, que operen Sistemas de Recaudo Centralizado de los Sistemas Estratégicos de Transporte Público. Establece cambios para la operación de estos sistemas, que deberán ser acogidos una vez culmine la vigencia de los contratos.
El decreto establece las condiciones para la operación del sistema de recaudo centralizado, la arquitectura que deberá ser elaborada por el operador de recurso y aprobada por la autoridad competente bajo los parámetros técnicos descritos en el anexo técnico de esta resolución.
Para la operación del Sistema de Recaudo Centralizado, se deberá cumplir con las condiciones técnicas, operativas, de interoperabilidad, información y de seguridad, establecidas en el anexo técnico de la presente resolución, el cual hace parte integral de la misma. Los medios de pago serán también los definidos en el anexo técnico, así como las condiciones operativas.
Se establece la independencia de los sistemas de Gestión y Control de Flota y de Recaudo Centralizado, también que la entidad territorial o quien esta delegue será la propietaria de la información derivada y/o recolectada en cualquiera de los componentes tecnológicos del Sistema de recaudo centralizado.
Este sistema deberá enviar la información que requiera el Sistema Inteligente Nacional para la Infraestructura de Tránsito y Transporte - SINITT, con el fin de generar política pública nacional del servicio público de transporte en el Sistema Estratégico de Transporte Público SETP, una vez el mismo se implemente.
Actores del Sistema de Recaudo Centralizado
Para los efectos de la presente reglamentación se identifican los siguientes actores en un sistema de recaudo centralizado:
Autoridad Competente: Son autoridades de transporte competentes, los alcaldes municipales o distritales o en los que estos deleguen tal atribución. Dicha autoridad tiene la función dentro de su jurisdicción de planear, diseñar, ejecutar y exigir las condiciones necesarias para la eficiente, segura y adecuada prestación del servicio de transporte público colectivo a través del sistema estratégico de transporte público, así como, ejercer su inspección, vigilancia y control.
Empresas Operadoras del servicio de Transporte: Son los organismos encargados de suministrar, administrar y mantener el parque automotor que presta el servicio del transporte público en el SETP, bajo las condiciones de calidad del servicio y remuneración establecidas por la autoridad competente. Dicha prestación del servicio será monitoreada y controlada por la Autoridad Competente o en quien este delegue a través del Sistema de Gestión y Control de Flota Operador de Recaudo. Es el agente avalado por la entidad territorial y/o ente gestor, para realizar el recaudo en un sistema de transporte. Integrador tecnológico:
Es la empresa encargada de proveer al sistema de recaudo centralizado, con la implementación de los sistemas tecnológicos necesarios. Asistente Tecnológico: Persona natural o jurídica con experiencia en el desarrollo, integración y/o instalación, operación, de sistemas de recaudo centralizado apoyará al ente territorial para lograr la interoperabilidad del SRC.
Administrador Financiero: Entidad financiera debidamente autorizada por la Superfinanciera que se encargará de la administración de los recursos provenientes de la actividad de recaudo realizada por la empresa Operadora de Recaudo.
Establece nuevos medios de pago como código QR y tarjeta EMVco
Describe la arquitectura general y la seguridad que deberá tener el sistema de Recaudo Centralizado, señalando que Para efectos de asegurar la interoperabilidad del SRC, es necesario que la Autoridad Transporte o en quien este delegue tenga bajo su control las especificaciones técnicas y de seguridad para las interacciones entre los niveles 0 y 1 del siguiente diagrama:

Establece las condiciones de seguridad del sistema de recaudo centralizados, en lo relacionado con las tarjetas propias, la seguridad para medios de pago alternativos. Establece las condiciones para las interacciones entre nivel 0 y 1, asociadas a los validadores de lectura y escritura y los medios de pago, así como las asociadas a los niveles de de interacción 3 y 4, relacionados con los sistemas centrales de cada subsistema de recaudo, y el sistema central del sistema de Recaudo Centralizado SRC.
Establece roles y responsabilidades, en el sistema de recaudo centralizado SRC para los SETP, los lineamientos generales para la implementación de la operación de los sistemas de recaudo centralizado SRC, los lineamientos generales para la implementación de distintos medios de pago para la operación del sistema y los que regirán para la operación del sistema de recaudo centralizado interoperable de los SETP.
Mié. 10 de Feb. de 2021
Rendición de cuentas Mintransporte enero 4 de 2021. Ministra de Transporte Angela María Orozco, el director del Invias y el director de la ANI, precisan detalles sobre los proyectos compromiso por Colombia y procesos de licitación 2021 y 2022 (2).
INVIAS
En cuanto a las vías a cargo del Invías, el gobierno aseguró a través del INVIAS 11 billones de pesos para 50 proyectos de obras públicas que conforman el proyecto compromiso por Colombia, con la pavimentación de 1700 Km de vías nacionales, 28 proyectos que pavimentarán 400 Km de vías que concluirán 2.900 kilómetros de vía creando 41 mil empleos. De acuerdo con lo reseñado en nuestro boletín del 8 de febrero, estos proyectos son los del Compromiso por Colombia.
Adicionalmente se pondrán en marcha otros 22 proyectos en los que participarán en los que participarán más de 64 mil colombianos y conectarán las regiones.
Se desarrollo un aplicativo para que los alcaldes tengan un procedimiento expedito para diseñar vías de bajos volúmenes de tráfico, dando la posibilidad de sacar rápidamente proyectos. Ya están en licitación 11,5 billones de pesos 50 proyectos para generar 105 mil empleos.

Navegabilidad del Río Magdalena
En 2020 se avanzó en la estructuración de la APP del Río Magdalena. Se adjudicará en 2021 será anunciado en el marco de la asamblea del BID en Barranquilla en el mes de marzo, se podrá dar paso a la apertura de la licitación lo que tiene una enorme ventaja para el proyecto porque mejora lo ocurrido en la pasada adjudicación el contratista no logro el cierre financiero. El Banco Interamericano de desarrollo participó directamente en la completa estructuración del proyecto junto con ANI y Cormagdalena en los aspectos técnicos, legales y financieros de la APP para garantizar y superar el obstáculo que se había generado en su anterior adjudicación cuando el contratista de la APP no logró que la Banca Multilateral pusiera los recursos para el cierre financiero.

Los proyectos 5G.
Carreteras, Aeropuertos, Trenes y Ríos para conectar centros productivos con los puertos. Canal del Dique y APP río Magdalena un solo proyecto que en Calamar tiene una bifurcación, el Tren desde la dorada hasta Chiriguaná con una inversión cercana a los 2 billones de pesos y que quedará contratado en 2022.
Metas muy ambiciosas en carreteras, como la de conectar Bogotá con Santa Martha en doble calzada, anhelo de <cerca de 30 años de país, Bogotá con Buenaventura en doble calzada que se divide en dos concesiones Buga-Loboguerrero y Loboguerrero Buenaventura.
Modernización de las entradas a Bogotá, desde la calle 192 hasta la calle 245 en la autopista norte en la carrera séptima entre la 196 y la 245 serán ampliadas ambas la autopista a cinco carriles y la séptima en doble calzada. Variante de Sopó, la ALO.
Doble calzada Bogotá-Medellín en el proyecto Santuario-Caño Alegre, en un proyecto de 3.2 billones de pesos para conectar Bogotá con Medellín en 4 horas. Se logró el levantamiento del Techo Fiscal para financiar estos proyectos.

Ejecución 4G 2021-2022.
De 42 billones de Capex se han ejecutado 14 billones de pesos, ejecución promedio del 50%, 23 billones quedan por ejecutar e los cuales se tiene previsto ejecutar a 2022 16 billones para lograr dejar las 4G en 80% de ejecución al cerrar el gobierno. Los proyectos 4G están empleando cerca de 63 mil personas.
En Ruta del Sol 3 doble calzada 470 km se resolvió problema y se reactivó el contrato, con 3.000 personas en obra actualmente. Este año se entregarán cerca de 10 contratos de concesión 4G además del 1 entregados en 2020, superando la meta de plan de desarrollo de entrega de 8 contratos.
Se están ejecutando cerca de 600.000 millones de pesos mensuales en los programas de 4G y se tiene previsto ejecutar 7 billones en 4G en 2021 y en 2022 mantener una cifra similar. Empezarán a ejecutarse los proyectos que estaban paralizados como Cambao – Manizales, Magdalena 2, Bogotá-Girardot entre otros, por lo que será una herramienta contracíclica en el momento.
En en el modo férreo avanza el crecimiento en la capacidad de transporte en la Dorada Chiriguaná al pasar de 1800 toneladas a 5 mil en 2021. Para modernizar este corredor férreo se invertirán 2 billones de pesos para modernizar este corredor férreo lo que significa de acuerdo con los estándares internacionales que puede ir con carga y pasajeros y carga a 100 y 90 km por hora y se va a tardar 8 horas desde la Dorada hasta Santa Martha.
Esta infraestructura se complementa con la navegabilidad del río Magdalena y el canal del Dique y las dobles calzadas para consolidar la vocación multimodal del país.

Aeropuerto del café. A finales de 2020 se hizo el contrato de estudio y gestión del espacio aéreo, para articular aeropuertos vecinos, autorización de las vigencias futuras para construir el patrimonio autónomo por 472 mil millones de pesos.
Mar. 9 de Feb. de 2021
Rendición de cuentas Mintransporte enero 4 de 2021. Ministra de Transporte Angela María Orozco (1).
Compromiso por Colombia
El primero de los aspectos que se señalan en esta presentación es el relacionado con el programa compromiso por Colombia que cuenta con un trabajo que permitió ampliar el techo fiscal, estructurar proyectos y conseguir el presupuesto que permitiera sacar adelante los proyectos.
El Compromiso por Colombia en proyectos de transporte está compuesto de cinco programas que Son 79 proyectos por 70 billones para generar 920 mil empleos directos.
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Concluir, concluir y concluir. Inversión de 2.2 billones de pesos que habilitarán 2900 kilómetros de vías nacionales en 28 proyectos a cargo del Invías para terminar vías nacionales que les faltaba un tramo para poder ser puestas a punto. Estas licitaciones se adjudicaron entre el 20 y 30 de diciembre. En términos de empleos son 120 mil empleos, de los cuales tardarán entre 12 y 18 meses, primera línea del metro de Bogotá, Transmilenio Soacha, troncales alimentadoras del metro de Bogotá y Regiotram de Occidente estarán generando 75 mil empleos directos. Tardarán entre 3 y ocho años para empezar a operar.
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Vías para la legalidad. 22 proyectos de obra pública con horizontes de 5 a vigencias futuras a 10 años dependiendo del proyecto y su complejidad. 9.2 billones de pesos de inversión. Son 190 mil empleos en proyectos que se construyen entre 2 y 10 años, solo dos se toman tiempo porque faltan licencias ambientales, 1260 km de vías construidas.
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Primera Ola 5G. Enfocado al Multimodalismo con 7 proyectos carreteros, 4 aeroportuarios y un férreo y dos de navegabilidad. Las APP generarán 635 mil empleos construidos y operados entre 5 y 30 años, con inversión de 21.5 billones de pesos e inversión de 1757 km. Estos proyectos suman 20 billones de pesos de inversión del gobierno con 800 mil millones de pesos en estos dos años.
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Pacto de Morrosquillo. 9 proyectos de vías terciarias entre Córdoba y Sucre que serán intervenidas por el INVIAS e impulsarán turismo y la producción en la región. Se generarán 34 mil empleos, 41 mil millones de pesos y se construirán 90 km de corredores terciarios.
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Transformación Digital. 1260 empleos generados de 2 a 10 años de operación. Proyectos como el RUNT, sistemas inteligentes de transporte.

En el siguiente grafico se observa la distribución de los recursos y otras variables:

Proyectos emergentes
El viceministerio de infraestructura trabaja en los siguientes temas:
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Política en materia de accesos y pasos urbanos, incluida en el Conpes 3991 sobre movilidad. Inventario de pasos y accesos.
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CONPES de Riesgos Aeroportuarios. Asignar de la manera mas eficiente posible los riesgos. Es importante dado que las 5G contemplan varios proyectos aeroportuarios
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Política Portuaria. El ministerio está definiendo las inversiones estratégicas, la conveniencia de la entrega de concesiones portuarias, la evaluación del régimen tarifario de emergencia, recomendaciones sobre reversión o reconcesión de infraestructura entre otros. El documento se publicará este año.
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Plan Maestro Férreo. Reactivar el modo férreo con estrategia de reactivación comercial, proyectos indicativos y Análisis de estructuración y demanda que den la necesidad de los corredores. Se presentará un proyecto de ley para el modo férreo. Se cumplió meta de reactivación comercial en modo férreo.
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Continuación de planes viales municipales en Municipios PDET, Obras por impuestos (11 proyectos viabilizados en 2020 por 134 mil millones de pesos siendo seleccionados 9 seleccionados por los contribuyentes por 103 mil millones) y OCAD PAZ.

Fuentes alternativas de financiación que están siendo diseñadas por el Ministerio de transporte
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Reglamentación de la Contribución Nacional de Valorización. Se cerró el documento de decreto a finales 2020 y será expedido próximamente el decreto.
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Titularización de peajes a cargo del INVIAS, ejercicio articulado con todo el sector que permitirá traer a valor presente recursos de peajes para invertir en infraestructura y sumar a otras fuentes garantizando la construcción de las vías.
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Reglamentación del FIP. Fondo creado para administrar y gestionar recursos de las entidades públicas y entes territoriales destinen para el desarrollo de la infraestructura mediante operaciones de crédito público que permitirán sumar recursos.
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Valor residual de concesiones. Se contrató una Consultoría para analizar la viabilidad jurídica y los vehículos para hacer de esto una realidad.

Viceministerio está apoyando municipios para la elaboración de planes viales, se esta aplicando un algoritmo para realizar el inventario de vías terciarias y el apoyo a los municipios para que hagan sus propios inventarios de vías terciarias y un proyecto tipo para que los municipios puedan llevar a cabo sus inventarios.
Lun. 8 de Feb. de 2021
Aunque la dinámica normativa de este sector no es tan frecuente como la de energía, sí lo son los proyectos en diseño y la ejecución de programas y metas en tres frentes: Compromiso por Colombia, Concesiones 5G y Sistemas de transporte masivo. A continuación, presentamos los proyectos que en estos tres frentes tendrán evolución en 2021.
- Compromiso por Colombia. El 30 de noviembre fue publicado el CONPES de compromiso por Colombia, dedicado en su totalidad a los proyectos de infraestructura que soportarán el desarrollo y crecimiento del sector. Son 21 proyectos de vías terciarias que sumarán 9 billones de pesos hasta 2030, abarcando la intervención de 1.160 kilómetros de vías en 18 departamentos, 17 corredores para mejoramiento y la construcción de 4 proyectos nuevos, los cuales generarán 330.000 empleos entre directos e indirectos, por ser obras que impactarán de forma significativa la reactivación de la economía. ES uno de los CONPES con mayor asignación de recursos para obra pública en la historia del país.
A partir del 31 de diciembre se dió apertura a los procesos licitatorios de 18 proyectos con un presupuesto oficial de 7,9 billones.
Estos contratos iniciarán en el segundo trimestre del año 2021.Los proyectos publicados son:
1.Alta Guajira: conexión desde Maicao hacia Uribia-puerto Bolívar - Cabo de la Vela y ruta hacia Nazaret.
- Proyectos del pacto bicentenario. Transversal del carare desde Chiquinquirá, Pauna hacia Puerto Boyacá,
- Duitama-Charalá San Gil,
- Transversal de la soberanía desde Pamplona,
- La Legía hasta Saravena en Arauca, Transversal de los curos málaga importante para el desarrollo agroindustrial.
- Belén Socha Saca Mala Cabuya entre Boyacá y departamento del Casanare.
- Transversal variante San Francisco Mocoa.
- En el sur del país es la transversal San Francisco Mocoa, una vía importante para el putumayo que salió en enero para pliegos definitivos.
- Montería Santa Lucía Moñitos en el golfo de Morrosquillo
- En Caquetá desde Florencia Altamira hacia San Vicente del Caguán y Neiva,
- La vía Cauca y Putumayo que es el corredor del Paletará, Transversal de la Macarena, en Meta para conectar a Mesetas con la Uribe y la conexión entre el meta y Puerto Carreño, San José del Guaviare y el retorno Calamar.
Son 7,9 billones de pesos en licitación en enero quedan en firme y entre febrero y marzo para tener contratista de obra e interventoría.
https://www.youtube.com/watch?v=fC0Alr1CrTs
A continuación, se presentan los 21 proyectos a los que haremos seguimiento en las semanas venideras.




Fuente: Documento Conpes DNP 4010 30 de noviembre de 2020
En cuanto a las concesiones 4G, se espera que a fin de este gobierno se entreguen entre 18 y 20 concesiones entre las que están Cartagena - Barranquilla, Girardot, Honda-Puerto Salgar, Pacífico 2. Puerta de Hierro Cruz del Viso, Las vías del Nus, Palmar de Varela, Neiva Girardot, Transversal del Sisga, BBY, Bucaramanga-Barrancabermeja-Yondó, Chirajara fundadores, Mar 1 y 2, Pacífico 3, Pacífico 1, Antioquia - Bolívar, Villavicencio- Yopal y Autopistas Conexión Norte.
3.Estructuración y contratación de las 5G. El gobierno nacional manifestó el pasado 5 de febrero que aparte del cierre de las 4G se espera dejar contratados 15 proyectos de concesiones, llamadas las Concesiones del Bicentenario.
Especial énfasis realizó en el proyecto del la APP del Canal del Dique acaba de salir a precalificación, se publicó en el SECOP los documentos y se espera salga a licitación en el primer semestre de 2021 para adjudicarlo en el segundo. Son 1,8 billones de pesos entre Capex y Opex, y significará uno de los proyectos más importantes de América Latina en términos de recuperación y renovación ambiental.
Los otros proyectos de las concesiones del bicentenario son:
2.Antigua ruta del Sol 2: Barrancabermeja-San Roque
3. La navegabilidad del río magdalena está en fase de precalificación. Desde Agosto el BID contrató unos expertos internacionales para validar la estructuración técnica del proyecto y la ANI trabaja el componente financiero y jurídico para salir a licitación a finales de 2020 y ser adjudicado el primer trimestre de 2021. Son 671 Km para habilitar y construir las infraestructuras asociadas. El costo del proyecto de 1,4 billones de pesos.
4.La Dorada – Chiriguaná, se encuentra en etapa de observaciones hasta el 3 de marzo de 2021 está también en etapa de estructuración técnica legal y financiera que llevará el tren en esta etapa a los mismos niveles de eficiencia del tren Chiriguaná – Santamarta y tendrá un costo de 1,8 billones de pesos en CAPEX. Se estableció como fecha de presentación de ofertas el 15 de marzo.
5.Malla vial del Valle del Cauca publicaron prepliegos el pasado 4 de Septiembre, se cerró el 29 de enero la convocatoria y se espera sea adjudicado el 6 de abril de este año.
https://co.licitaciones.info/detalle-contrato?random=5e8bca95426346.14082208#/
6.En cuanto a los proyectos férreos la reactivación de la red férrea Bogotá-Belencito y la red férrea del Atlántico.
7.También se acelerarán proyectos focalizados como el Metro de Bogotá, los nuevos aeropuertos de Cartagena, San Andrés y Aerocafé y autopistas como la ALO
8.En los proyectos aeroportuarios está la iniciativa del Aeropuerto Rafael Núñez de Cartagena (Proyecto de 6 billones de pesos que implica la ampliación del aeropuerto actual y la construcción del nuevo aeropuerto), se está finalizando la estructuración y está en aprobación en Minhacienda y DNP.
3. Sistemas de transporte masivo. Con una política que registró un rediseño desde diciembre de 2019 con el documento de la FDN, este sector avanza en la consolidación y reinicio de los proyectos de transporte masivo así como las disposiciones del plan de desarrollo donde se amplían las fuentes de financiación y se reestructuran las condiciones para el apoyo de estos proyectos por parte de la nación. Una prueba de esta dinámica esto son los Conpes publicados en el último mes del sector:
1.DNP 10 de diciembre de 2020 CONPES 4018. DECLARACIÓN DE IMPORTANCIA
ESTRATÉGICA DEL PROYECTO IMPLEMENTACIÓN SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO DE
CALI
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4018.pdf
2.DNP 10 de diciembre de 2020 CONPES 4017. DECLARACIÓN DE IMPORTANCIA ESTRATÉGICA DEL PROYECTO SISTEMA ESTRATÉGICO DE TRANSPORTE PÚBLICO (SETP) DE IBAGUÉ.
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4017.pdf


Noticias de la semana
Noticias
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10 de Feb. de 2021
Energía
8 de febrero de 2021
| Histórico de Noticias GM |
Gobierno habilitó un nuevo mecanismo para seguir llevando el servicio de energía a más hogares colombianos
9 de febrero de 2021
| CREG establece procedimiento para el cálculo de la tasa de descuento aplicable en las metodologías tarifarias que expide la Entidad |
Gobierno
8 de febrero de 2021
9 de febrero de 2021
| Contratistas del Estado cuya labor es presencial ya pueden ejecutar las labores aplazadas por la emergencia | Ámbito Jurídico |
10 de febrero de 2021
Hidrocarburos
10 de febrero de 2021
| ANH estableció criterios para la prórroga, otorgamiento de plazos y terminación por mutuo acuerdo de Contratos y Convenios de Hidrocarburos |
Infraestructura
5 de febrero de 2021
| Políticas para la inversión en infraestructura |
9 de febrero de 2021
10 de febrero de 2021
| Interventorías de Obra Pública se contratarán bajo Pliegos Tipo |
Salud
8 de febrero de 2021
9 de febrero de 2021
Servicios Financieros
5 de febrero de 2021
| Superintendencia Financiera de Colombia |
Circular Externa 001: Imparte instrucciones relacionadas con contribuciones del artículo 337 numeral 5 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero para el primer semestre de 2021
Telecomunicaciones
5 de febrero de 2021
| No es posible cobrar servicios de comunicaciones dejados de prestar por terminación anticipada del contrato | Ámbito Jurídico |
10 de febrero de 2021
| Proyecto de ley propone establecer impuesto territorial a las plataformas electrónicas o digitales |
9 de Feb. de 2021
Proyectos publicados en el SECOP de infraestructura más relevantes en las regiones.
| SECOP Regiones Código 72141000 (Servicios de construcción de autopistas y carreteras) | |||||||
| Entidad Estatal | Referencia | Descripción | Fase actual | Fecha de publicación | Fecha de presentación de ofertas | Cuantía | Estado |
| UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL AEROCIVIL | 20001089B H4 (Presentación de oferta) | REALIZAR LA AMPLIACIÓN DE LA PISTA, ADECUACIÓN DE FRANJAS DE SEGURIDAD Y MANTENIMIENTO LADO TIERRA Y LADO AIRE DEL AEROPUERTO REYES MURILLO DE NUQUÍ, CHOCÓ. (Presentación de oferta) | Presentación de oferta | 11/12/2020 7:51 PM (UTC -5 horas) | 17/12/2020 11:00 AM (UTC -5 horas) | 52.905.259.849 | Proceso adjudicado y celebrado |
| GOBERNACION DEL QUINDIO | LICITACION OBRA PUBLICA 0014-2020 (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | MEJORAMIENTO DE LA VÍA CIRCASIA – MONTENEGRO CON CÓDIGO 29BQN03, EN LOS MUNICIPIOS DE CIRCASIA Y MONTENEGRO, DEPARTAMENTO DEL QUINDÍO (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | Fase de Selección (Presentación de ofertas) | 4/12/2020 8:18 AM (UTC -5 horas) | 23/12/2020 2:00 PM (UTC -5 horas) | 21.889.532.419 | Proceso en evaluación y observaciones |
| GOBERNACIÓN DE SANTANDER | IT-LP-20-04 | IT-LP-20-04 | Presentación de observaciones | 30/12/2020 9:57 AM (UTC -5 horas) | 18/02/2021 8:30 AM (UTC -5 horas) | 13.381.639.411 | Publicado |
| INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO | IDU-LP-DTC-027-2020 (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS DE ESPACIO PÚBLICO GRUPO 1 EN BOGOTÁ D.C (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | Fase de Selección (Presentación de ofertas) | 30/12/2020 9:14 PM (UTC -5 horas) | 22/01/2021 10:00 AM (UTC -5 horas) | 10.882.763.773 | Proceso en evaluación y observaciones |
| GOBERNACIÓN DE BOYACÁ | LP-GB-06-2020 (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | EJECUCION DE LAS OBRAS DE LOS PROYECTOS: MEJORAMIENTO, MANTENIMIENTO Y REHABILITACIÓN CORREDOR VIAL EL TÚNEL LAS CRUCES, MUNICIPIO DE CUITIVA DEPARTAMENTO DE BOYACÁ; CONSTRUCCIÓN PUENTE VEHICULAR “EL | Fase de Selección (Presentación de ofertas) | 2/12/2020 6:03 PM (UTC -5 horas) | 11/12/2020 8:30 AM (UTC -5 horas) | 9.776.857.810 | Proceso en evaluación y observaciones |
| INSTITUTO DE INFRAESTRUCTURA Y CONCESIONES DE CUNDINAMARCA | ICCU-LP-023 DE 2020 (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | ICCU-LP-023 DE 2020 Emergecias (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | Fase de Selección (Presentación de ofertas) | 2/12/2020 5:07 PM (UTC -5 horas) | 15/12/2020 10:00 AM (UTC -5 horas) | 8.243.828.413 | Proceso adjudicado y celebrado |
| MUNICIPIO DE MONTERIA | CONVENIO-SIM-010-2020 | AUNAR ESFUERZOS ENTRE EL MUNICIPIO DE MONTERIA Y MONTERIA CIUDAD AMABLE S.A.S. PARA LA CONSTRUCCION E INTERVENTORIA DE LA VIA DE ACCESO AL BARRIO VILLA CARIBE EN LA COMUNA 6 QUE HARÁ PARTE DE LA OPERA | Presentación de oferta | 28/12/2020 8:29 PM (UTC -5 horas) | 29/12/2020 4:00 PM (UTC -5 horas) | 5.000.000.000 | Proceso adjudicado y celebrado |
| ALCALDIA MUNICIPIO DE VILLAVICENCIO | LP-008-2020 (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | MEJORAMIENTO DE LA VIA QUE CONDUCE DESDE EL CORREDOR ECOLOGICO CRUCE CARACOLI HASTA EL BARRIO CHARRASCAL EN EL MUNICIPIO DE VILLAVICENCIO (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | Fase de Selección (Presentación de ofertas) | 6/12/2020 3:44 PM (UTC -5 horas) | 18/12/2020 8:00 AM (UTC -5 horas) | 4.996.340.255 | Proceso en evaluación y observaciones |
| Gobernacion Norte de Santander | CI-SI-00151-2020 | CONVENIO INTERADMINISTRATIVO PARA EL MEJORAMIENTO DE LA VIA ALTO CHIQUITO- VILLA CARO, ETAPA 2. | Presentación de oferta | 15/12/2020 10:47 AM (UTC -5 horas) | 15/12/2020 4:00 PM (UTC -5 horas) | 2.875.000.000 | Proceso adjudicado y celebrado |
| MUNICIPIO DE MONTERIA | LP-SIM-013-2020 | CONSTRUCCIÓN DE PLACA HUELLA EN LOS CORREGIMIENTOS DE GUATEQUE Y SAN ANTERITO EN EL MUNICIPIO DE MONTERÍA | Presentación de observaciones | 9/12/2020 6:23 PM (UTC -5 horas) | 8/01/2021 8:30 AM (UTC -5 horas) | 2.632.986.165 | Publicado |
| ALCALDIA DISTRITO DE RIOHACHA | LP-005-2020 (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO EN CONCRETO RÍGIDO EN EL BARRIO SAN MARTÍN DE LOBA ETAPA 1 EN EL DISTRITO DE RIOHACHA, DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | Fase de Selección (Presentación de ofertas) | 7/12/2020 2:50 PM (UTC -5 horas) | 16/12/2020 9:00 AM (UTC -5 horas) | 1.902.960.926 | Proceso en evaluación y observaciones |
| TERMINAL DE TRANSPORTE S.A | TT-SPO-05-2020 | Intervención para la recuperación de las vías y áreas duras de la zona operativa de la Terminal de Transporte S.A (Tercera Fase) incluye señalización vial. | Presentación de oferta | 28/12/2020 10:47 PM (UTC -5 horas) | 25/01/2021 3:00 PM (UTC -5 horas) | 1.208.490.309 | Proceso cancelado |
| DEPARTAMENTO DEL ARAUCA | LP-08-01-2020 (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | MANTENIMIENTO RUTINARIO VIAS TERCIARIAS (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | Fase de Selección (Presentación de ofertas) | 31/12/2020 3:52 PM (UTC -5 horas) | 8/01/2021 8:00 AM (UTC -5 horas) | 928.423.358 | Proceso en evaluación y observaciones |
| GOBERNACIÓN DE RISARALDA | SI-LP-11-2020 | CONSTRUCCION Y/O MEJORAMIENTO DE PLACA HUELLA EN ALGUNOS MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO DE RISARALDA | Presentación de observaciones | 31/12/2020 7:13 PM (UTC -5 horas) | 4/02/2021 2:00 PM (UTC -5 horas) | 850.000.000 | Publicado |
| MUNICIPIO DE MANIZALES | LP-002--2021 | “ADECUACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO MEDIANTE LA CONSTRUCCIÓN DE PEATONALES TIPO BULEVAR SOBRE LA AVENIDA CUMANDAY (CARRERA 35) EN EL SENTIDO DE ASCENSO AL BARRIO LA ENEA ENTRE LA AVENIDA PANAMERICANA Y LA | Presentación de observaciones | 3/02/2021 6:53 PM (UTC -5 horas) | 15/03/2021 2:00 PM (UTC -5 horas) | 799.996.489 | Publicado |
| ALCALDIA DE POPAYAN | MP-SI-SA-006-2020 (Manifestación de interés (Menor Cuantía)) (Presentación de oferta) | MEJORAMIENTO DE LA CALLE 3N DESDE LA CARRERA 6 HACIA LA CARRERA 5 DEL BARRIO BOLIVAR Y EL MEJORAMIENTO DE LA CALLE 11 ENTRE CARRERAS 15 Y 17 Y MEJORAMIENTO DE LA CARRERA 15 ENTRE CALLES 11 Y 12 BARRIO | Presentación de oferta | 1/12/2020 7:41 PM (UTC -5 horas) | 4/12/2020 12:00 PM (UTC -5 horas) | 566.086.951 | Proceso adjudicado y celebrado |
| ALCALDIA DE POPAYAN | MP-SI-SA-004-2020 (Manifestación de interés (Menor Cuantía)) (Presentación de oferta) | EL CONTRATISTA SE COMPROMETE PARA CON EL MUNICIPIO DE POPAYÁN A REALIZAR LAS SIGUIENTES OBRAS: (Manifestación de interés (Menor Cuantía)) (Presentación de oferta) | Presentación de oferta | 3/12/2020 9:00 AM (UTC -5 horas) | 7/12/2020 10:30 AM (UTC -5 horas) | 565.129.023 | Proceso adjudicado y celebrado |
| Gobernacion Norte de Santander | RE-CDGRD-003-2020 | ATENCION A PUNTOS CRITICOS EN LOS CORREDORES VIALES EN LOS MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER | Presentación de oferta | 31/12/2020 3:02 PM (UTC -5 horas) | - | 499.717.790 | Publicado |
| GOBERNACION DEL DEPARTAMENTO DEL CESAR | CMA-SIN-0001-2021 | INTERVENTORIA TECNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y AMBIENTAL A LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS PARA LA REHABILITACIÓN Y PAVIMENTACIÓN DE VÍAS SECUNDARIAS Y TERCIARIAS 2020, EN EL DEPARTAMENTO DEL CESAR | Presentación de observaciones | 1/02/2021 9:39 PM (UTC -5 horas) | 17/02/2021 8:00 AM (UTC -5 horas) | 464.836.075 | Publicado |
| Gobernacion Norte de Santander | RE-CDGRD-004-2020 | MEJORAMIENTO POR EMERGENCIA EN SITIOS CRITICOS SOBRE LA VIA AGUALASAL – PALMARITO – LA PUNTA – EL BANCODE ARENA EN EL MARCO DE LA DECLARATORIA DE CALAMIDAD PUBLICA SEGÚN DECRETO 000758 DEL 9 DE SEPTI | Presentación de oferta | 31/12/2020 3:03 PM (UTC -5 horas) | - | 299.455.000 | Publicado |
| SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y VALORIZACION - GOBERNACION DEL VALLE | CONVENIO 009 | REALIZAR LAS OBRAS DE MEJORAMIENTO MEDIANTE LA CONSTRUCCION DE UN PUENTE PEATONAL Y OBRAS MANTENIMIENTO PERIODICO Y RUTINARIO DENTRO DEL PROYECTO DESARROLLO DE VIAS EN ZONAS DE INFLUENCIA DE COMUNIDADES INDIGENAS EN EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA | Presentación de oferta | 2/12/2020 5:38 PM (UTC -5 horas) | 3/12/2020 2:00 PM (UTC -5 horas) | 292.500.000 | Proceso adjudicado y celebrado |
8 de Feb. de 2021
En ésta sección a partir de hoy, y cada vez que se presenten, se publican como complemento a las noticias legales usuales las licitaciones y convocatorias publicadas en el SECOP II en los diferentes sectores. Hoy presentamos las licitaciones de obra pública del INVIAS publicadas en los últimos dos meses.
| Entidad Estatal | Referencia | Descripción | Fase actual | Fecha de publicación | Fecha de presentacion de ofertas | Cuantía |
| INSTITUTO NACIONAL DE VIAS | LP-DT-063-2020 (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | REALIZAR LA CONTRATACION DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCION Y/O MEJORAMIENTO Y/O REHABILITACION Y/O MANTENIMIENTO DE LOS CORREDORES VIALES DEL PACTO BICENTENARIO INCLUIDOS EN EL PROGRAMA DE OBRA PUBLICA "VÍ | Fase de Selección (Presentación de ofertas) | 31/12/2020 10:24 PM (UTC -5 horas) | 11/02/2021 4:00 PM (UTC -5 horas) | 2.061.995.000.000 |
| INSTITUTO NACIONAL DE VIAS | LP-DT-065-2020 (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | REALIZAR LA CONTRATACION DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCION Y/O MEJORAMIENTO Y/O REHABILITACION Y/O MANTENIMIENTO DE LOS CORREDORES VIALES PARA LA REACTIVACION LLANOS ORIENTALES, ORINOQUIA Y AMAZONÍA DEL PR | Fase de Selección (Presentación de ofertas) | 31/12/2020 7:57 PM (UTC -5 horas) | 16/02/2021 4:00 PM (UTC -5 horas) | 1.419.000.000.000 |
| INSTITUTO NACIONAL DE VIAS | LP-DT-062-2020 (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | “REALIZAR LA CONTRATACION DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCION Y/O MEJORAMIENTO Y/O REHABILITACION Y/O MANTENIMIENTO DE LOS CORREDORES VIALES PARA LA REACTIVACION PACIFICO DEL PROGRAMA DE OBRA PUBLICA "VÍAS P | Fase de Selección (Presentación de ofertas) | 31/12/2020 7:22 PM (UTC -5 horas) | 10/02/2021 4:00 PM (UTC -5 horas) | 1.152.000.000.000 |
| INSTITUTO NACIONAL DE VIAS | LP-DT-061-2020 (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | REALIZAR LA CONTRATACION DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCION Y/O MEJORAMIENTO Y/O REHABILITACION Y/O MANTENIMIENTO DE LOS CORREDORES VIALES INCLUIDOS EN EL PROGRAMA DE OBRA PUBLICA "VÍAS PARA LA LEGALIDAD Y | Fase de Selección (Presentación de ofertas) | 31/12/2020 7:15 PM (UTC -5 horas) | 8/02/2021 4:00 PM (UTC -5 horas) | 843.000.000.000 |
| INSTITUTO NACIONAL DE VIAS | LP-DT-066-2020 (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | REALIZAR LA CONTRATACION DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCION Y/O MEJORAMIENTO Y/O REHABILITACION Y/O MANTENIMIENTO DE LOS CORREDORES VIALES PARA LA REACTIVACION SANTANDER Y CARIBE DEL PROGRAMA DE OBRA PUBLIC | Fase de Selección (Presentación de ofertas) | 31/12/2020 10:22 PM (UTC -5 horas) | 18/02/2021 4:00 AM (UTC -5 horas) | 758.880.000.000 |
| INSTITUTO NACIONAL DE VIAS | LP-DT-064-2020 (Fase de Selección (Presentación de ofertas)) | REALIZAR LA CONTRATACION DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCION Y/O MEJORAMIENTO Y/O REHABILITACION Y/O MANTENIMIENTO DE LOS CORREDORES VIALES PARA LA REACTIVACION SUR OCCIDENTE DEL PROGRAMA DE OBRA PUBLICA "VÍ | Fase de Selección (Presentación de ofertas) | 31/12/2020 9:00 PM (UTC -5 horas) | 15/02/2021 4:00 AM (UTC -5 horas) | 643.280.000.000 |
| INSTITUTO NACIONAL DE VIAS | LP-DO-GCC-067-2020 | OPERACIÓN Y MANTENIMIMENTO INTEGRAL DE LOS TÚNELES Y VÍA A CIELO ABIERTO EN EL CORREDOR ARMENIA - TÚNEL DE LA LÍNEA - CAJAMARCA, Y DE LA VÍA A CIELO ABIERTO EN EL CORREDOR CAJAMARCA - ALTO DE LA LÍNEA | Presentación de observaciones | 22/12/2020 7:20 PM (UTC -5 horas) | 25/01/2021 4:00 PM (UTC -5 horas) | 144.600.000.000 |
| INSTITUTO NACIONAL DE VIAS | LP-DO-SRT-001-2021 | VIVE COLOMBIA VIAS VERDES, CORREDOR FERREO SOSTENIBLE, FACATATIVA - LA MESA, EN EL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCAVIVE COLOMBIA VIAS VERDES, CORREDOR FERREO SOSTENIBLE, FACATATIVA - LA MESA, EN EL DEPART | Presentación de observaciones | 27/01/2021 8:23 PM (UTC -5 horas) | 22/02/2021 4:00 PM (UTC -5 horas) | 22.300.000.000 |
| INSTITUTO NACIONAL DE VIAS | LP-DO-SRT-068-2020 | REHABILITACIÓN DEL CORREDOR FÉRREO FACATATIVÁ - LA ESPERANZA, Y MANTENIMIENTO DE LAS ESTACIONES FÉRREAS ZIPACÓN Y EL OCASO. DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA | Presentación de observaciones | 23/12/2020 7:08 PM (UTC -5 horas) | 26/01/2021 4:00 PM (UTC -5 horas) | 22.300.000.000 |
4-7 de Feb. de 2021
Aseguradoras
5 de febrero de 2021
| Superintendencia Financiera de Colombia |
Circular 09 de 2021: Informa aspectos relacionados con el requerimiento de información para evaluar la inclusión financiera a través de la industria aseguradora en Colombia.
Energía
5 de febrero de 2021
| UPME: Guía para la formulación e implementación de Planes de Gestión Eficiente de la Energía en Entidades Públicas |
Fondos de pensiones
5 de febrero de 2021
| Pensionado vinculado laboralmente puede recibir reconocimiento por incapacidades | Ámbito Jurídico |
Gobierno
4 de febrero de 2021
| SGR: orientaciones a alcaldes y gobernadores para gestionar proyectos con recursos de regalías |
6 de febrero de 2021
| Pagar por usar, la equidad social de las concesiones | EL UNIVERSAL - Cartagena |
Hidrocarburos
5 de febrero de 2021
| Se amplía el plazo para presentar sugerencias al cuarto ciclo del PPAA |
| ANH actualizó las tarifas de los Derechos Económicos pactados en los Contratos E&P, Contratos E&E y Contratos TEA para el 2021 |
Infraestructura
5 de febrero de 2021
| INVIAS establece gerencia especializada para el nuevo puente Pumarejo |
Salud
5 de febrero de 2021
| A estudios iniciativa del MinSalud que establecería procedimiento de habilitación transitoria del servicio de vacunación para los administradores de los regímenes especiales y de excepción |
6 de febrero de 2021
| La Superintendencia concedió el registro de la marca Breztri producida por Astrazeneca |
Servicios financieros
21 de febrero de 2021
| PR-DEFI-018 TERMINACIÓN ANTICIPADA DE OPERACIONES DE EXPANSIÓN TRANSITORIA | Banco de la República (banco central de Colombia) |
| FNG - Intermediarios Financieros - Circulares - Circular... |
Circulares normativas 01 y 03 de 2021
29 de febrero de 2021
| Resolución Externa No. 1 de 2021, por la cual se modifica la Resolución Externa No. 5 de 2009 | Banco de la República (banco central de Colombia) |
Regulaciones de sistemas de pago de alto valor
1 de febrero de 2021
| Resolución 0239 del 1 de febrero de 2021 | Banco de la República (banco central de Colombia) |
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 4211 de 2019
Telecomunicaciones
4 de febrero de 2021
Coyuntura normativa
Coyuntura normativa
favor dar click en el día deseado (el primero es el más reciente):
Jue. 11 de Feb. de 2021
Otros sectores. Normas publicadas entre noviembre de 2020 y 9 de febrero de enero de 2021.
Hidrocarburos
ANH 24 de diciembre de 2020 acuerdo 009 de 2020. Acuerdo modificatorio del acuerdo 06 de 2020 en relación con el acogimiento a la minuta de contrato especial de proyecto de investigación de la segunda ronda del proceso de selección de contratistas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre utilización en yacimientos no convencionales de la técnica de Fracturamiento hidráulico multietapa con perforación horizontal.
Financiero
https://www.superfinanciera.gov.co/publicacion/10102740
Superfinanciera 14 de Diciembre Circular Externa 036 de 2020.Imparte instrucciones relacionadas con la operación de renta vitalicia inmobiliaria.
Superfinanciera 11 de Diciembre Circular Externa 035 de 2020. Imparte instrucciones relacionadas con los mecanismos de resolución (banco puente).
Asegurador
https://www.superfinanciera.gov.co/publicacion/10102740
Superfinanciera 28 de diciembre Circular Externa 043 de 2020 Imparte instrucciones sobre la actualización de las tarifas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
Superfinanciera 22 de diciembre Circular Externa 040 de 2020 Modifica el numeral 6 del Capítulo I, Título III, Parte I de la Circular Básica Jurídica – Cláusulas y Prácticas Abusivas- en relación con la oferta de pólizas colectivas.
Superfinanciera 14 de diciembre Circular Externa 037 de 2020 Imparte instrucciones relacionadas con el reporte de información de las entidades aseguradoras.
Mié. 10 de Feb. de 2021
Telecomunicaciones. Normas publicadas entre noviembre de 2020 y 9 de febrero de enero de 2021.
1.Agenda regulatoria comentada por los actores del sector CRC 2021-2022
https://www.crcom.gov.co/uploads/images/files/201228%20AR%202021-22%20RTA%20COMENTARIOS%20VPUB.pdf
2.CRC 28 de diciembre de 2020. Resolución. 6127 de 2020
Por la cual se resuelven los recursos de reposición interpuestos por PARTNERS TELECOM COLOMBIA S.A.S. y COMUNICACIÓN CELULAR S.A. COMCEL S.A. en contra de la Resolución CRC 6093 de 2020
https://www.crcom.gov.co/resoluciones/00006127.pdf
3. CRC 28 de diciembre de 2020. Resolución 6126 de 2020
Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por PARTNERS TELECOM COLOMBIA S.A.S. Y UNE EPM TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P. y contra la Resolución CRC 6092 de 2020
https://www.crcom.gov.co/resoluciones/00006126.pdf
4. CRC 28 de diciembre de 2020. Resolución 6125 de 2020
Por la cual se resuelven los recursos de reposición interpuestos por PARTNERS TELECOM COLOMBIA S.A.S. y COLOMBIA MÓVIL S.A. E.S.P. contra la Resolución CRC 6091 de 2020
Mar. 9 de Feb. de 2021
Salud. Normas publicadas entre noviembre de 2020 y 31 de enero de 2021.
1 Minsalud.31 de diciembre 2020.Decreto 1812 de 2020. Por el cual se modifica el artículo 3 del Decreto 2154 de 2019 en el sentido de ampliar el plazo para la presentación de la última certificación de deuda por parte de las entidades territoriales en el marco del Plan de saneamiento de las cuentas de servicios y tecnologías en salud no financiadas por la UPC del Régimen Subsidiado prestados hasta el31 de diciembre de 2019.
2 Minsalud 31 de Diciembre 2020 decreto 1809 de 2020
Por el cual se adiciona el Título 8 a la Parte 2 Libro 3 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, en relación con la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de los voluntarios acreditados y activos del Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta
3. Minsalud 29 de diciembre de 2020 Decreto 1787 de 2020
Por el cual se establecen las condiciones sanitarias para el trámite y otorgamiento de la Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia - ASUE para medicamentos de síntesis química y biológicos destinados al diagnóstico, la prevención y y tratamiento de la Covid 19 en vigencia de la emergencia sanitaria.
4. Congreso 9 de Diciembre de 2020. Ley 2064.
"POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA DE INTERÉS GENERAL LA ESTRATEGIA PARA LA INMUNIZACIÓN DE LA POBLACIÓN COLOMBIANA CONTRA LA COVID-19 y LA LUCHA CONTRA CUALQUIER PANDEMIA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"
5. Minsalud 31 de Diciembre de 2020 Decreto 1811 de 2020.
Condiciones financieras y de solvencia de las Entidades Promotoras de Salud. Hasta el 31 de diciembre de 2021, la Superintendencia Nacional de Salud, al verificar las condiciones de habilitación financieras y de solvencia de las EPS.
Lun. 8 de Feb. de 2021
Infraestructura: Normas publicadas entre noviembre de 2020 y 31 de enero de 2021.
DNP 4 de diciembre de 2020 CONPES 4015. CONCEPTO FAVORABLE A LA NACIÓN PARA CONTRATAR UN EMPRÉSTITO EXTERNO CON LA BANCA MULTILATERAL HASTA POR USD 15 MILLONES, O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS, DESTINADO A FINANCIAR EL PROGRAMA DE APOYO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA NUEVA POLÍTICA NACIONAL LOGÍSTICA
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4015.pdf
Mintransporte 29 de diciembre de 2020. Resolución No. 20203040034065 de 2020 “Por la cual se reglamentan las condiciones para la operación de los Sistemas de Recaudo Centralizados, en los Sistemas Estratégicos de Transporte Público”
https://www.mintransporte.gov.co/documentos/479/2020/genPagDocs=1
Mintransporte, 30 de noviembre de 2020 Resolución 20203040034105
Por la cual se modifica el artículo 5 de la Resolución 1918 de 2015 del Ministerio de Transporte “por la cual se establecen condiciones para el transporte de petroquímicos, asfaltos, hidrocarburos y sus derivados a granel, en embarcaciones fluviales tipo Bote Tanque, Embarcaciones Autopropulsadas y Artefactos Fluviales por las vías fluviales en todo el territorio nacional”
https://www.mintransporte.gov.co/documentos/479/2020/genPagDocs=1
Mintransporte 30 de noviembre de 2020. Resolución No. 20203040034875 de 2020
"Por la cual se establece la base gravable de los vehículos automotores, para la vigencia fiscal 2021"
https://www.mintransporte.gov.co/documentos/479/2020/genPagDocs=1
Resolución 219-2020 CREG del 10 de diciembre de 2020
Se establecen las condiciones para la implementación de la infraestructura de medición avanzada en el SIN
Condiciones para la medición avanzada en el SIN


