Boletín Normativo Sectorial
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Contexto Normativo
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Jue. 06 de Julio de 2023
Gobierno-Energía. Panel del sector energía, revista Cambio. Sobre los proyectos y perspectivas a 2025 de los proyectos de la transición energética en sus distintos segmentos y modelos de negocio. Yeimi Báez, Vicepresidente de soluciones de bajas emisiones.
Ecopetrol ha emprendido un camino de descarbonización en la energía que se consume en forma de combustibles. Teniendo en cuenta que no es fácil realizar un recambio tecnológico en la forma como movilizamos la carga en el país, lleva a que con una visión integral de toda la cadena de valor de los combustibles se hagan intervenciones. Aunque Ecopetrol tiene una ruta definida en el hidrógeno es consciente de que un recambio tecnológico para el transporte de carga requiere un tiempo.
La transición sucede todos los días, en un proceso que va a durar una década o más. En este intermedio hay que gestionar las emisiones que en Ecopetrol son elevadas, las llamadas de alcance 3, que provienen del diesel, el Jet, el gas natural, el GLP. Se están haciendo esfuerzos históricos para descarbonizar las cadenas de valor.
Ecopetrol es el consumidor más grande de energía en eléctrica y térmica en las operaciones y en este sentido tiene un roll en la eficiencia energética, que está empezando a ser protagonista en las conversaciones, ha tenido un roll fundamental para abordar las emisiones en el primer punto que es reducir el consumo de energía.
El país podría estarse desviando de la conversación crucial, con un debate más filosófico alrededor de lo que es la transición, pero la verdad es que las compañías están haciendo un esfuerzo enorme con proyectos que valen miles de millones de dólares, el país debe trabajar en una manera conjunta, distinta y diferenciada para que salgan adelante los proyectos.
Los proyectos en Ecopetrol asociados a la transición energética siguen adelante. Se creó la vicepresidencia de bajas emisiones, una organización enfocada en las soluciones de bajas emisiones con un equipo que trabaja todos los días en pro de lograr esta meta. Se está asignado capital a estos proyectos, Ecopetrol está asignando 2,4 billones de pesos anuales, lo que va a continuar. Los proyectos continúan.
El tercer punto, donde está el mayor desafío, es que los modelos de negocio están totalmente diferenciados, es muy diferente a lo que se está acostumbrado a hacer, las alianzas son cruciales. Ecopetrol a diferencia de las empresas privadas del sector no está acostumbrada a realizar project finance, o alianzas para proyectos, por que el mundo de hidrocarburos se solventa con deuda corporativa.
Construir un modelo de negocio diferenciado que traiga alianzas y modelos de fondeo diferente, que el relacionamiento sea diferenciado, que traiga alianzas, modelos de fondeo diferente, el relacionamiento territorial diferenciado.
El mayor peligro que tenemos es poner todas las discusiones en una sola bolsa y que estamos hablando de un sólo problema, por que la verdad, hay cuatro avenidas que transitar en la transición.
La primera son las tarifas de energía eléctrica y los combustibles, la segunda es la ecuación personal de cada uno de nosotros. En promedio cada persona debería estar plantando 4-5 arboles mensuales.
El tercera es de corto y mediano plazo que es el fenómeno del niño y sus implicaciones del cambio climático en el corto plazo lo que se ha trabajado por varios años en el país con las inversiones en parques eólicos y solares. La cuarta son los desafíos tecnológicos de mediano y largo plazo
Todas las avenidas son bien distintas y no es correcto plantear una sola solución a todas las 4 avenidas. Seamos muy precavidos en que las medidas no terminen impactando el mediano y largo plazo, es nuestro diálogo permanente de Ecopetrol, es entender que en la transición hay desafíos de colores muy distintos y no pueden ponerse en la misma bolsa.
En cuanto a las tarifas de energía eléctrica, en el caso de Ecopetrol son las de los combustibles, gas natural, diesel y gasolina, una acción prioritaria es cuidad a las compañías que pueden poner el músculo en este contexto, músculo financiero, operativo y técnico, Ecopetrol en el Marco Fiscal de Mediano Plazo tiene previsto hacer transferencias a la nación por impuestos, regalías, dividendos, de 37 billones de pesos en 2023.
Todos nosotros, a pesar de que la el gas y la gasolina están subiendo, somos unos privilegiados por que casi el 100%, a excepción de una parte de la gasolina que empezamos a consumir de más después del Covid son combustibles producidos en el país, es un privilegio fundamental.
En el tema de financiación, el 23 de junio se anunció el cierre de la colocación de bonos en el mercado, se recibieron ofertas por 2,5 veces el nivel de colocación que estaban buscando, con tasas competitivas del 8,6% y 9% muy competitivas en el contexto actual con ofertas de Estados Unidos, Europa, Colombia, Asia, Europa, una señal de respaldo del sector inversionista que hay que cuidar.
En los temas de la transición Ecopetrol está muy comprometido (hidrógeno, combustibles sintéticos y biomasa) pero hay que comprender que hoy Ecopetrol hace estas cosas porque es una empresa sólida fundamentada en un negocio que hoy funciona muy bien.
En transición energética no se debe pensar desde el consumo sino desde las ventajas competitivas que tiene Colombia, los vientos de la Guajira, la biomasa que tiene un potencial enorme, hace unos meses se arrancó la alianza con Refocosta y una compañía francesa para hacer un parque de generación a partir de biomasa forestal a partir de 25 MW en Villanueva Casanare y el siguiente es de 200 MW, ocho veces la capacidad del proyecto anterior.
Cuando se hace un proyecto de generación con biomasa forestal no solo se genera energía de cero emisiones o positiva sino que da acceso a la materia prima de los combustibles sintéticos (CO2 biogénico).
Se combina hidrógeno con CO2 biogénico pero que también puede ser industrial, se pasa por un proceso parecido a la refinería de petróleo al final lo que tiene es un gasolina, metanol, glp sintético que es igual a la gasolina que hoy se pone en el carro. Se hace la economía circular del CO2.Pero ninguna solución es la panacea, ni solar, biomasa o combustibles sintéticos, pero hay que trabajar en todas las opciones.
El tema del hidrógeno es fantástico, Colombia tiene ventaja competitiva en hidrógeno, no para utilizarlo nosotros con vehículos de hidrógeno, pero si para quitar el azufre a la gasolina y el diesel con el hidrógeno eliminando las emisiones para la mejor calidad del aire. Ecopetrol produce el 25% de las emisiones de CO2 en las refinerías. Tiene todo el sentido que si se tiene la oportunidad tecnológica de producir este mismo hidrógeno verde hay que avanzar en este proceso.
Las compañías internacionales están viniendo a Colombia y quieren hacer proyectos de hidrógeno por la capacidad renovable que tenemos. El año pasado se hizo el esfuerzo para que la IRENA (agencia de energías renovables) incluyera a Colombia en los cálculos dando que fuera de subsidios de países como los árabes que distorsiona el mercado, Colombia es el cuarto país con potencial de generación por hidrógeno en el mundo y por esto las compañías harán proyectos de hidrógeno en la Guajira.
Ecopetrol pasa de 208 MW de capacidad de generación en renovables no convencional a 900 MW al 2025. En 2025 en diciembre se empezará a producir la primera molécula de hidrógeno verde a nivel industrial, dos proyectos que sumados tienen una capacidad de 120 MW de electrólisis; si lo logramos serán los segundos o primeros más grandes de Suramérica. Además hay que apostarle a la diversificación tecnológica, así que al 2025 haremos el proyecto de biomasa a gran escala, habremos perforando el pozo de geotermia Valle Nereidas con nuestros socios por que no sabemos cúal es la respuesta perfecta pero hay que seguir intentando.
Mié. 05 de Julio de 2023
Gobierno-Hacienda. Proyecto de decreto que reglamenta el artículo de la reforma tributaria sobre presencia significativa en Colombia, reglamentando el artículo 20-3 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 57 de la Ley 2277 de 2022
El artículo 20-3 de la reforma establece la tributación por presencia significativa en Colombia:
Se encuentran sometidos al impuesto sobre la renta y complementarios las personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa en Colombia sobre los ingresos provenientes de la venta de bienes y/o prestación de servicios a favor de clientes y/o usuarios ubicados en el territorio nacional.
La sujeción al impuesto sobre la renta aquí contemplada estará condicionada a las siguientes reglas:
1. Para la comercialización de bienes y/o servicios, se entenderá que una persona no residente o entidad no domiciliada tendrá una presencia económica significativa en Colombia cuando:
1.1. Se mantenga interacción (es) deliberada (s) y sistemática (5) en el mercado colombiano, esto es, con cliente(s) y/0 usuario(s) ubicado(s) en el territorio nacional: y
1.2. Durante el año gravable anterior o en el año gravable en curso, hubiere obtenido u obtenga ingresos brutos de treinta y un mil trescientas (31.300) UVT o más por transacciones que involucren venta de bienes con cliente(s) y/o usuario(s) ubicado(s) en el territorio nacional, y
2. Para la prestación de servicios digitales desde el exterior se encuentran sujetos al impuesto sobre la renta, siendo necesario cumplir los numerales anteriores, las personas que presten cualquiera de los siguientes:
2.1. Los servicios de publicidad online,
2.2. Los servicios de contenidos digitales, sean online o descargables, incluyendo las aplicaciones móviles, libros electrónicos, música y películas.
2.3. Los servicios de transmisión libre, incluyendo programas de televisión, películas, “streaming” música, transmisión multimedia “podcasts” y cualquier forma de contenido digital.
2.4. Cualquier forma de monetización de información y/o datos de usuarios ubicados en el territorio nacional y que han sido generados por la actividad de dichos usuarios en mercados digitales.
2.5. Los servicios online de plataformas de intermediación. 2.6. Las suscripciones digitales a medios audiovisuales incluyendo, entre otras, noticias, magacines, periódicos, música, vídeo, juegos de cualquier tipo.
Se presume que existe una (s) interacción (es) deliberada (s) y sistemática (s) en el mercado colombiano, esto es, con cliente(s) y/o usuario(s) ubicado(s) en el territorio nacional cuando:
1. La persona no residente o entidad no domiciliada en el país mantenga una interacción o despliegue de mercadeo con trescientos mil (300.000) o más clientes y/o usuarios ubicados. en el territorio colombiano durante el año gravable anterior o el año gravable en curso; o
2. La persona no residente o entidad no domiciliada en el país mantenga o establezca la posibilidad de visualizar precios en pesos colombianos (COP) O permitir. el pago en pesos colombianos (COP).
PARÁGRAFO 2. La persona no residente o entidad no domiciliada en Colombia a la que se refiere esta disposición, podrá optar por declarar y pagar en el formulario del impuesto sobre la renta, una tarifa del tres por ciento (3%) sobre la totalidad delos ingresos brutos derivados de la venta de bienes y/o prestación de servicios digitales, desde el exterior, vendidos o. prestados a usuarios ubicados en el territorio nacional.
En este caso, no aplicará el artículo 594-2 del Estatuto Tributario. Cuando la persona no residente o entidad no domiciliada en Colombia, opte por este mecanismo, podrá solicitar la no aplicación de la retención en la fuente indicada en el inciso 8 del artículo 408 del Estatuto Tributario.
Las reglas previstas en este artículo y el artículo 408 del Estatuto Tributario, en relación con la presencia económica significativa, entrarán a regir a partir del primero (1) de enero de 2024”.
para efectos de la aplicación del artículo 20-3 del Estatuto Tributario, se requiere definir los conceptos de “cliente, usuario, interfaz digital y servicio digital”, e establecer cuándo se configura la venta de bienes y/o prestación de servicios a favor de clientes y/o usuarios ubicados en territorio nacional
Que se requiere desarrollar las obligaciones de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios con presencia económica significativa -PES en Colombia, el contenido mínimo del formulario, los plazos para la presentación de la respectiva declaración y pago del impuesto, los mecanismos de recaudo anticipado del impuesto sobre la renta y complementarios, la petición y resolución de las solicitudes de no sometimiento y no aplicación de la retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta y complementarios de los contribuyentes.
Que se hace necesario establecer un mecanismo de recaudo anticipado del impuesto diferente de la retención en la fuente prevista en el artículo 20-3 del Estatuto Tributario que permita: (i) anticipar el recaudo del tributo conforme se va causando, (ii) que su cumplimiento no implique un deber formal más allá de los que se derivan del artículo 20-3
En ese orden de ideas, se propone reglamentar que la tarifa del mecanismo de recaudo anticipado de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios con presencia económica en el país corresponda al dos por ciento (2%) sobre los ingresos netos cuatrimestrales. Lo anterior en atención a que las devoluciones, descuentos y rebajas no generan un incremento patrimonial.
Se requiere también establecer las disposiciones relacionadas con la inscripción, actualización y cancelación del Registro Único Tributario –RUT, aplicables
En la parte resolutiva, as adiciona la Sección 4 al Capítulo 28 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.
En las definiciones, se establece que para efectos de la tributación por prescencia económica significativa PES en Colombia serán aplicables las definiciones de clientes, usuarios, interfaz digital y servicios digitales.
Se establece que la venta de bienes y/o prestación de servicios a favor de clientes o usuarios en el territorio nacional se configura cuando el domicilio es en Colombia, lo pagos se realizan a través de tarjetas débito, crédito o bonos por cualquier mecanismo de pago, las tarjetas han sido emitidas o la dirección donde se envían los bienes, la dirección IP, el código móvil o la simcard son o tienen lugar en Colombia.
Las personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa -PES en Colombia que cumplan los requisitos previstos en el artículo 20-3 del Estatuto Tributario estarán obligados a:
1. Determinar si optan por declarar y pagar el impuesto sobre la renta y complementarios a través del formulario que se prescriba para tal fin o si pagan el impuesto a través de la retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta y complementarios por presencia económica significativa -PES
2. Cuando se opte por declarar el impuesto a través del formulario la persona no residente o entidad no domiciliada en el país deberá inscribirse en el RUT, declarar el impuesto en el formulario designado, realizar los pagos por recaudo anticipado.
3. Cuando los contribuyentes con presencia económica significativa -PES en Colombia opten por declarar el impuesto sobre la renta y complementarios y por el no sometimiento y aplicación de la retención en la fuente a título del mismo impuesto, deberán presentar una solicitud a la Dirección de Gestión de Impuestos o la que haga sus veces de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, a través del servicio de recepción de peticiones, quejas, sugerencias y reclamos “PQSR y Denuncias”.
El contribuyente del impuesto solo se eximirá de presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios por presencia económica si la totalidad de los pagos o abonos en cuenta, fueron sometidos a retención en la fuente a título del mismo impuesto de conformidad con el inciso 8 del artículo 408 del Estatuto Tributario.
Se precisa el mecanismo de recaudo anticipado para el Impuesto -PES-: Los contribuyentes con presencia económica significativa -PES en Colombia que optaron por declarar y pagar el impuesto sobre la renta y complementarios están obligados a realizar pagos anticipados cuatrimestrales determinados de la siguiente forma:
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑑𝑒𝑙 𝑝𝑎𝑔𝑜 𝑎𝑛𝑡𝑖𝑐𝑖𝑝𝑎𝑑𝑜 = 𝐼𝑛𝑔𝑟𝑒𝑠𝑜𝑠 𝑛𝑒𝑡𝑜𝑠 𝑐𝑢𝑎𝑡𝑟𝑖𝑚𝑒𝑠𝑡𝑟𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑝𝑜𝑟 𝑃𝐸𝑆 ∗ 2%
Estos pagos se restarán del valor al momento de declarar.
El pago anticipado se realizará en cuatrimestres enero abril, mayo-agosto, septiembre diciembre de cada año.
Los contribuyentes que adquieran bienes de empresas con PES en Colombia soportarán sus costos, deducciones e impuestos desmontables con la expedición del documento soporte en adquisiciones efectuadas a s a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente. Esto siempre y cuando las PES no emitan factura electrónica.
Los contribuyentes que adquieran bienes y/o servicios de personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa - PES en Colombia, podrán llevar los costos, deducciones e impuestos descontables derivados de tales operaciones sin que deban acreditar que sobre dichos pagos o abonos en cuenta se efectuó la retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta y complementarios, siempre que el proveedor de tales bienes y/o servicios haya optado por presentar la declaración del impuesto sobre la renta y se le haya concedido el no sometimiento y no aplicación de la retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios de que trata el inciso 8 del artículo 408 del Estatuto Tributario.
En el proyecto de decreto se establecen los requisitos de identificación para las personas prestadoras de servicios desde el exterior y las entidades o sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia que son responsables del IVA y tienen presencia significativa en Colombia. Se definen los temas de ubicación y domicilio principal, que permitan a la DIAN contactar oficialmente y para todos los efectos a las personas naturales o empresas locales o en el exterior con PES en Colombia, el procedimiento para registro en el RUT, entre otros aspectos asociados a la declaración y pago de este impuesto.
Mar. 04 de Julio de 2023
Gobierno-General. Política de reindustrialización. Ministro de comercio exterior, Germán Umaña.
Anuncia el ministro que se trabajarán tres políticas durante este gobierno, la primera es la de reindustrialización, la segunda la de turismo y la tercera la relacionada con el comercio exterior.
Señala que estando en la tercera y la cuarta revolución industrial se requiere integrar la economía a la transformación de los servicios con incorporación de progreso técnico y alto valor agregado. Se busca sumar al ordenamiento macro construido en los últimos 30 años una industria y agricultura con mayor participación en el PIB, la agricultura y los servicios de alta sofisticación.
Se requiere incorporar mayor valor agregado al agro, progreso técnico y encadenamientos productivos que promuevan una política de desarrollo, industrialización y servicios, políticas adoptadas en países como Corea que hoy registran una diferencia de 1 a 6 en términos del PIB respecto a nosotros.
En América Latina y Colombia se ha configurado en las últimas décadas una brecha importante en los territorios entre centros urbanos y el resto del país donde a pesar de generarse una parte importante del PIB hay altos niveles de desigualdad, desempleo y pobreza absoluta y donde también está parte de la economía popular.
Destaca el papel de la economía popular, la cual es generadora de riqueza, que se incorpora al desarrollo, a los mercados locales y regionales e inclusive hacia el futuro se incorpora a los mercados locales y de exportación. Son territorios donde las vocaciones productivas son diferentes a las de las ciudades principales, con una economía avanzada o una pyme que tiene ciertas características especiales del desarrollo y la economía popular que genera riqueza pero no está incorporada a los circuitos nacionales e internacionales con la propiedad que debería manejar.
Se propone la política transitar de la economía extractivista a una economía del conocimiento, productiva y sostenible, para cerrar las brechas de productividad entre regiones y respecto al mundo. Fortalecer los encadenamientos productivos y la inversión, diversificar y sofisticar la oferta interna exportable, profundizar la integración con América Latina y el Caribe y un multilateralismo con posiciones comunes con los países desarrollados.
Se plantea que la inversión esté atada a tres círculos virtuosos que destaca la teoría del desarrollo: innovación, la transferencia tecnología y el progreso técnico. La participación y promoción de la pyme en las cadenas de valor y la utilización de los recursos humanos en el desarrollo para fortalecer los encadenamientos y un círculo virtuoso para las cadenas de valor.
Hay que fortalecer los mercados internos y sus encadenamientos productivos entre regiones para poder incorporarnos con mayor valor agregado y mas estructural en el comercio internacional. Además, los productos de valor agregado, progreso técnico y empleo tienen que ver con la Comunidad Andina y ahora nuevamente con Venezuela.
Hay dos tipos de acuerdos, aquellos que provienen de la OMC+ como el TLC con Estados Unidos y el acuerdo con la Unión Europea, estos tratados están siendo revisados. La apuesta nuevamente será en un círculo virtuoso derivado de nuevas condiciones del contexto internacional , por que se tiene la biodiversidad, la amazonía, la integración eléctrica, energética, satelital, las cláusulas sociales en materia del empleo, de pensiones, ambientales, de defensa de la naturaleza. Por esto vamos a la integración latinoamericana para desarrollar posiciones conjunta en el marco de los países latinoamericanos. Internacionalización con rostro humano.
Las apuestas productivas que se plantean son:
Transición energética: se trabaja en sector automotor y movilidad, se trabaja en transformación productiva en traer IED para fortalecer la producción del sector en transporte masivo y movilidad sostenible en Bogotá en vehículos eléctricos. En esta medida se plantea la inversión de Renault en una primera plataforma de vehículos eléctricos entre los turcos, los coreanos y los chinos, con transferencia de tecnología que tiene que ver con diseño de partes y piezas de vehículos eléctricos, es parte de los acuerdos incorporando nuestros ingenieros y las alianzas pymes productoras de autopartes, donde se ha avanzado con General Motors, con Renault, con Hino y con los autopartistas que quieren hacer su transformación productiva.
Se requiere realizar la transformación energética en las energías sostenibles, para que pueda conectarse a las redes generales para poder satisfacer las necesidades de las comunidades y proyectos comprehensivos. Hay varios ejemplos mas como el amoniaco, hidrógeno verde, minerales raros, que van a hacer parte de la transición energética en su producción y transformación para exportar.
Agroindustrialización y soberanía alimentaria: Se busca una combinación virtuosa entre importaciones y soberanía alimentaria, para mejorar el porcentaje de producción local que es del 7%. Se busca convertir el agro en una industria agroalimentaria competitiva, que va para la alimentación humana y animal, para todo lo que significa la reindustrialización empezar a producir las partes, piezas, maquinaria para la transformación tecnológica de campo y la agroindustria.
Reindustrialización en el sector salud: Esto significa que en el sector salud, que se quiere fortalecer la industria nacional en la producción de vacuna para fortalecer nuestra respuesta en tiempos de contingencias en salud. El país ha producido vacunas y tiene una cadena de valor farmacéutica que ha perdido fuerza y se busca recuperar. Se espera avanzar en este tema con alianzas con las universidades en los temas científicos.
Reindustrialización para la defensa y la vida. Se tiene toda una estructura de compras públicas para el sector defensa, la desagregación tecnológica de las compras para desarrollar una industria fuerte, con avances en la producción de partes y piezas para aviones no tripulados con Airbus con un acuerdo de inversión muy importante donde la industria militar local tiene la capacidad de proveer por que ha desarrollado los estudios de ingeniería, la tecnología, los estudios científicos y las normas de calidad y toda la industria de los astilleros que está desagregando todo lo que produce la pequeña y mediana empresa de calidad para surtir la industria de exportación.
Territorios y tejido empresarial. Las vocaciones productivas de los territorios no se pueden desconocer, como en calzado, cuero, manufacturas. En el caso de algodón donde se está produciendo muy bien en el país nuevamente, se están produciendo fibras, tejidos, confecciones. En la economía circular hay muchos que trabajan en la transformación de los plásticos, en la generación de fertilizantes, sustitutos, agroquímicos, modelos virtuosos frente a necesidades de la naturaleza y los cultivos con sostenbilidad. Las vocaciones productivas de los territorios por que es su forma de incorporarse a las cadenas de valor.
No se está hablando de un sistema proteccionista, se cambia el modelo actual de generación de riqueza, desarrollo de empleo incorporación al progreso técnico y de la bioeconomía para ser los ciudadanos del mundo para estar a la vanguardia del desarrollo.
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Jue. 06 de Julio de 2023
Gobierno-Energía. Panel del sector energía, revista Cambio. Sobre los proyectos y perspectivas a 2025 de la transición energética en sus distintos segmentos y modelos de negocio. Compromisos de la banca y los inversionistas en el sector energético. Manuel Maiguashca
La transición es una realidad, el mundo se esta preocupando y no va a ser suficientes, los indicadores dependen de actores distintos. En la hora y media de este seminario, China habrá producido por lo menos dos veces lo que produce en emisiones lo que produce Colombia en un año. Es un problema causado por una corriente histórica, por unos hábitos de consumo, de producción, donde Colombia es un país seguidor, debe proceder con astucia y no se deben pagar primas enormes por una transición que no tienen ningún efecto y ver muy bien los problemas que se tienen.
Hay atrasos en infraestructuras de todo tipo, lineales, incluso infraestructuras que no son lineales, que están ubicadas en lugares donde no hay intervención se atrasan por bloqueos. Los atrasos de los parques eólicos de la Guajira e Hidroituango.
Se requiere considerar la diversidad de tecnologías, no tenemos suficiente escala empresarial y de grandes Ecopetrol es un gran conglomerado luchando en la geografía colombiana, se depende de una tácita y explícita solidaridad, el gobierno tiene que liderar y contar con recursos para solventar una deuda corriente como la de los subsidios que tiene que pagar año a año, cuando esto se atrasa afecta la liquidez de las compañías y cuando vienen precios altos pues con más razón.
El gran talento de Colombia de energía limpia y que puede aportar en muchas cosas de contingencias climáticas y buenos precios son los vientos de la Guajira, mientras el sol de Colombia no es tan competitivo, aunque Colombia tuviera los mismos 18 mil MW que tenemos en la oferta nacional en solar pero no pasan la curva de demanda por la noche y los embalses no van a alcanzar, aunque son la mejor batería del mundo, que dura en promedio 3 meses, solo hay un embalse que dura más de un año, hay que regularlos, con astucia y la incertidumbre de no saber cuando va a llover o no, lo que se hace con el talento de la empresas que en esto están.
Un nuevo embalse en Colombia es muy difícil que se construya, le han dado tan duro a los embalses, igual que a la energía económica para el país del carbón, hace que se estén mermando estas fuentesw. Los vientos de la Guajira si son de talla mundial, si no se sacan adelante estos proyectos la transición es una mentira.
Cómo se comportan los bancos?. Con toda la cautela del mundo, ven el proyecto pero primero el Sponsor y entre financiar en balance y financiar fuera de balance las diferencias de precios que pueden haber en un consumidor son altísimas con grados entre 60 o 70 pesos Kwh entre que una empresa como ISAGEN o GEB hagan un proyecto por ejemplo un parque en el Cesar, por ejemplo son grandes.
También cuentan los quiebres impositivos, los quiebres impositivos que se puede hacer un productor en ahorros grande son inmensos, hay más de 60 pesos por que el que entra no tiene renta para ahorrarse.
Esto para decir es que la banca es muy cautelosa y lo que está viendo más que el proyecto es el promotor y cuando ve el proyecto es crucial: cuando va a entrar, cuánto se va a demorar, que contratos tiene. Hay proyectos que tienen que servir los contratos y no tienen proyecto, que les cuesta mucho dinero.
El mercado de capitales está cada vez crece menos, que tiene una ofertas públicas con valores que en el transar de la bolsa son menores al valor patrimonial de las empresas, un mercado que debiese reflejar la mayor liquidez y el mayor valor, en Colombia refleja todo lo contrario, hay muchas cosas y la banca se muy importante y cautelosa, los fondos internacionales, algunos entran, pero se necesitan reglas claras, instituciones que sean creíbles.
Sobre el impacto del proyecto Windpeshi, hay esperanza de Colombia y la Guajira, son vientos importantes para toda la sociedad. Empresas que están haciendo fila, como Celsia y otras. La demanda de energía sigue subiendo, si se sigue creciendo con esta tasa, se va a tener un déficit de energía en 2026 se requiere que entre Ituango. Entre mas energía se requiera los proyectos son más caros. La base de generación va a ser térmica otra vez va a ser gas, no puede dejar de fortalecerse ninguna tecnología por que esto nos lo cobra el mundo y el destino.
Mié. 05 de Julio de 2023
Gobierno-Hacienda. Proyecto de decreto relacionado con el crédito fiscal por inversiones en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, ganancias ocasionales, calificación de entidades del Régimen Tributario Especial e impuesto de timbre.
Este decreto reglamentará los artículos de la pasada reforma tributaria que introdujeron modificaciones en materia del impuesto sobre la renta y su complementario de ganancias ocasionales e impuesto de timbre, en operaciones de enajenación de bienes inmuebles, tal como se describe en los considerandos siguientes
En particular, la reforma modificó:
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ARTÍCULO 31°. Modifíquese el artículo 311-1 del Estatuto Tributario, el cual quedará así: |
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ARTÍCULO 311-1. UTILIDAD EN LA VENTA DE LA CASA O APARTAMENTO. Estarán exentas las primeras cinco mil (5.000) UVT de la utilidad generada en la venta de la casa o apartamento de habitación de las personas naturales contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, siempre que la totalidad de los dineros recibidos como consecuencia de la venta sean depositados en las cuentas de ahorro denominadas ''Ahorro para el Fomento de la Construcción, AFC'; y sean destinados a la adquisición de otra casa o apartamento de habitación, o para el pago total o parcial de uno o más créditos hipotecarios vinculados directamente con la casa o apartamento de habitación objeto de venta. En este último caso, no se requiere el depósito en la cuenta AFC; siempre que se verifique el abono directo al o a los créditos hipotecarios, en los términos que establezca el reglamento que sobre la materia expida el Gobierno Nacional.
El retiro de los recursos a los que se refiere este artículo para cualquier otro propósito, distinto a los señalados en esta disposición, implica que la persona natural pierda el beneficio y que se efectúen, por parte de la respectiva entidad financiera las retenciones inicialmente no realizadas de acuerdo con las normas generales en materia de retención en la fuente por enajenación de activos que correspondan a la casa o apartamento de habitación.
Que con esta modificación normativa, se disminuyó el límite máximo de utilidad exenta de 7.500 UVT a 5.000 UVT. Adicionalmente, se eliminó el parágrafo 1 del artículo 311-1, que establecía que el beneficio de la norma solo aplicaba a casas o apartamentos de habitación cuyo valor catastral o autoavalúo no superara 15.000 UVT.
Por lo tanto se requiere modificar la disposición reglamentaria sobre el tratamiento en el impuesto sobre la renta de la utilidad generada en la venta de la casa o apartamento de habitación de que trata el artículo 1.2.3.1. del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. |
Que el artículo 519 del Estatuto Tributario, fue modificado parcialmente por el artículo 77 de la Ley 2277 de 2022, en lo relacionado con la causación, el hecho generador, la base gravable y la tarifa del impuesto de timbre, en los siguientes términos:
“ARTÍCULO 77. Modifíquese el inciso tercero y adiciónese un Parágrafo 3 al artículo 519 del Estatuto Tributario, así: Tratándose de documentos que hayan sido elevados a escritura pública, se causará el impuesto de timbre, en concurrencia con el impuesto de registro, siempre y cuando no se trate de la enajenación a cualquier título de bienes inmuebles cuyo valor sea inferior a veinte mil (20.000) UVT y no haya sido sujeto a este impuesto, O naves, O constitución o cancelación de hipotecas sobre los mismos. En el caso de constitución de hipoteca abierta, se pagará este impuesto sobre los respectivos documentos de deber.
PARÁGRAFO 3. A partir del año 2023, la tarifa del impuesto para el caso de documentos que hayan sido elevados a escritura pública. tratándose de la enajenación a cualquier título de bienes inmuebles cuyo valor sea igual superior a veinte mil (20.000) UVT, la tarifa se determinará conforme con la siguiente tabla:

Que con esta modificación normativa se prevé la causación, el hecho generador, la base gravable y la tarifa del impuesto de timbre en los documentos elevados a escritura pública por el perfeccionamiento de la enajenación de bienes inmuebles cuyo valor sea superior a veinte mil (20.000) UVT. Que con base en la modificación indicada en el considerando anterior, se requiere adicionar un parágrafo al artículo 1.4.1.4.5. del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria para indicar hasta el monto de las escrituras públicas sobre las cuales no se causa el impuesto de timbre.
Que el parágrafo 6 del artículo 256-1 del Estatuto Tributario fue adicionado por el artículo 22 de la Ley 2277 de 2022, así:
“PARÁGRAFO 6. Las grandes empresas podrán acceder al crédito fiscal de que trata el presente artículo siempre y cuando se trate de proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación realizados en conjunto con Micro, Pequeñas o Medianas empresas”
Que de conformidad con la norma en cita, se requiere adicionar el parágrafo 5 al artículo 1.8.2.4.3. y el artículo 1.8.2.4.14. al Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 8 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para que las grandes empresas puedan solicitar el certificado de inversión en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación cuando se realice la respectiva inversión de manera conjunta con la micro, pequeña o mediana empresa.
En la parte resolutiva se establece:
Con respecto a la utilidad exenta en la venta de casa o apartamento de habitación:
Están exentas del impuesto de ganancia ocasional las primeras cinco mil (5.000) Unidades de Valor Tributario-UVT de la utilidad generada en la venta de la casa o apartamento de habitación de las personas naturales contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, siempre y cuando se cumpla con la totalidad de los siguientes requisitos:
1. Que la casa o apartamento de habitación objeto de la venta haya sido poseída dos (2) años o más.
2. Que la totalidad de los dineros recibidos en la venta tenga uno o varios de los siguientes destinos:
2.1.Que sean depositados en una o más cuentas de ahorro denominadas Ahorro para el Fomento de la Construcción (AFC) y sean destinados a la adquisición de otra casa o apartamento de habitación, cuyo titular sea única y exclusivamente el vendedor del inmueble;
2.2.Que se destinen para el pago total o parcial de uno o más créditos hipotecarios vinculados directamente con la casa o apartamento de habitación objeto de la venta.
3. Tratándose de los dineros depositados en una o más Cuentas de Ahorro para el Fomento de la Construcción -AFC, el retiro de los mismos debe destinarse exclusivamente a la compra de otra casa o apartamento de habitación, tratándose de vivienda nueva o usada, sea o no financiada por entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia a través de crédito hipotecario, leasing habitacional o fideicomiso inmobiliario, bajo alguna de las siguientes modalidades:
3.1.Compra de contado
3.2.Cuota inicial y/o pago de las cuotas del crédito hipotecario, o de los cánones del leasing habitacional, o para cubrir el valor de la opción de compra del leasing habitacional;
3.3.Pago del precio en la etapa de preventa del proyecto en el caso del fideicomiso inmobiliario.
Parágrafo. Cuando se retire los recursos depositados en las Cuentas de Ahorro para el Fomento de la Construcción -AFC, para fines distintos a los definidos en la Ley y el presente artículo la entidad financiera actuará como agente retenedor y deberá efectuar la retención en la fuente a la tarifa prevista en el artículo 398 del Estatuto Tributario.
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ARTÍCULO 1.2.1.5.1.5.Procedimiento para el registro web y comentarios de la sociedad civil. |
Adiciónese el inciso 3 al artículo 1.2.1.5.1.5. de la Sección 1 del Capítulo 5 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, así: |
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El procedimiento para el registro de la información en el registro web y los comentarios de la sociedad civil, que deben seguir las entidades de que trata esta sección y la sección 2 de este capítulo, será el siguiente: 1. Recibo y publicación. Una vez recibida la información a través del servicio informático electrónico, dentro de los cinco (5) días siguientes la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, procederá a su publicación en el sitio web por el término de diez (10) días calendario, con el fin de garantizar la participación de la sociedad civil a través de los comentarios que se consideren pertinentes. De manera simultánea, los sujetos obligados al registro deberán publicar en su sitio web, por el mismo término que se establece en el inciso primero de este numeral, la información y sus anexos, conforme con lo establecido en los parágrafos 2 y 4 del artículo 364-5 del Estatuto Tributario y los artículos 1.2.1.5.1.3. y 1.2.1.5.1.4. de este decreto. 2. Recepción de los comentarios de la sociedad civil. Los comentarios de la sociedad civil se recibirán únicamente a través de los servicios informáticos electrónicos dispuestos por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN. 3. Tratamiento de los comentarios de la sociedad civil. A los comentarios de la sociedad civil, recibidos a través de los servicios informáticos electrónicos dispuestos por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, se les dará el siguiente tratamiento: 3.1. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN los remitirá a los sujetos obligados al registro web, dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término de publicación de la información. 3.2. Los sujetos obligados al registro web deberán, a través del servicio informático electrónico, dar respuesta a los comentarios de la sociedad civil, en todos los casos, ya la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al recibo de los comentarios, con los soportes que correspondan. PARÁGRAFO . En caso de no dar respuesta, no justificar o soportar los comentarios de la sociedad civil, dentro del término establecido en este artículo, procederá el rechazo de la solicitud de calificación, permanencia o actualización del Régimen Tributario Especial.
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Este artículo se trata sobre las entidades contribuyentes del Régimen Tributario Especial
“Cuando corresponda a una solicitud de calificación en el Régimen Tributario Especial, el término de inicio de la publicación que establece en el inciso primero de este numeral comenzará a contarse a partir del vencimiento del plazo que tiene el contribuyente para subsanar las inconsistencias presentadas en la radicación de la respectiva solicitud, de conformidad con el inciso 3 del artículo 356-2 del Estatuto Tributario |
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Artículo 4. Adición del parágrafo al artículo 1.4.1.4.5. del Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 4 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. Adiciónese un parágrafo al artículo 1.4.1.4.5. del Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 4 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, así
“Parágrafo. Cuando se trate de la enajenación a cualquier título de bienes inmuebles que sean elevados a escritura pública, no se causa el impuesto cuando su valor de enajenación sea inferior a veinte mil (20.000) Unidades de Valor Tributario -UVT y no haya sido sujeto a este impuesto, o naves, o aeronaves, o constitución o cancelación de hipotecas sobre los mismos.”
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Artículo 5. Adición del parágrafo 5 al artículo 1.8.2.4.3. del Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 8 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.
Adiciónese el parágrafo 5 al artículo 1.8.2.4.3. del Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 8 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, así:
“Parágrafo 5. Cuando la inversión en el proyecto de investigación, desarrollo tecnológico e innovación se haya efectuado por una gran empresa en conjunto con una micro, pequeña o mediana empresa, el certificado que se expide de conformidad con lo previsto en el presente artículo deberá indicar adicionalmente, la razón social y número de identificación tributaria -NIT, de la micro, pequeña o mediana empresa con la que se realizó la inversión y también deberá ser reportado a la Dirección de Gestión de Impuestos, o quien haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, en los términos previstos en el artículo 1.8.2.4.3. del presente Decreto. Lo dispuesto en este parágrafo solo aplica para los proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación que realice la gran empresa en conjunto con la micro, pequeña o mediana empresa y solo puede ser usado por quien realizó la respectiva inversión.”
Artículo 6. Adición del artículo 1.8.2.4.14. al Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 8 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. Adiciónese el artículo 1.8.2.4.14. al Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 8 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, así:
“Artículo 1.8.2.4.14. Inversiones en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación realizados por la gran empresa. La gran empresa solo podrá acceder al crédito fiscal previsto en el artículo 256-1 del Estatuto Tributario, cuando las inversiones en los proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación se realicen en conjunto con la micro, pequeña o mediana empresa. Para tal efecto deberá cumplirse lo previsto en el del Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 8 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, El beneficio tributario previsto en el artículo 256-1 del Estatuto Tributario, solo puede ser solicitado por quien realizó la respectiva inversión”
Mar. 04 de Julio de 2023
Gobierno-General. Política de reindustrialización. Viceministra de comercio exterior (hoy de hacienda). María Fernanda Valdés.
La política de reindustrialización se construyó con el apoyo de 19 expertos y expertas y consultando con las regiones en encuentros regionales para recoger sus expectativas en torno a la reindustrialización y que se podría mejorar en torno a lo que ya se venía haciendo en el país en temas del desarrollo productivo.
De este trabajo salieron unos enfoques:
1. Se prioriza en cinco apuestas producitvas.
2. Se implementa de abajo hacia arriba, no desde el centro sino desde los territorios
3. Promueve la territorialización: que se apropien de la política y van a estar estas apuestas
4. Reconoce la heterogeneidad estructural, destacando al economía popular. Hay tres Colombias desde lo productivo: una que es muy moderna, que existe, otra que son las pyme que crece pero está rezagada tecnológicamente y otra que es la Colombia de la economía popular. Lo que necesita la Colombia más moderna no es lo mismo que requiere la de la Economía Popular.
5. Es flexible y se evalúa periódicamente. Son políticas que pueden rehacerse, que están vivas, que puede cambiar rápidamente lo que no funciona.
6. Tiene perspectiva de género y sostenbilidad. Se espera ser pioneros con una apuesta para reducir brechas de desigualdad de género y sostenibilidad en lo que se conoce en el mundo como política industrial verde.
Se plantean cuatro medidas de intervención generales:
1. Compras públicas para la reindustrialización. Se quiere utilizar las compras públicas como elemento de política industrial.
2.Inversiones de empresas públicas y mixtas. Se quiere que el sector público haga inversiones en tecnologías en las cuales el sector privado no realiza.
3. Política de comercio e internacionalización inclusiva y sostenible. Se considera que el país no puede industrializarse el país si no se cambia la política de comercio y atracción de inversión del país.
4. Inversión
Noticias de la semana
Noticias
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Jue. 06 de Julio de 2023
Energía
5 de julio de 2023
| Texto de la sentencia de la Corte en la que determinó que el trámite de aprobación de la Ley sobre transición y dinamización del mercado energético, no incurrió en los vicios de procedimiento |
Fondos
5 de julio de 2023
| Se puede reconocer pensión de vejez a quien previamente haya recibido indemnización sustitutiva | Ámbito Jurídico |
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5 de julio de 2023
Infraestructura
5 de julio de 2023
| Gobierno lanzó herramienta de gestión de activos para actualizar información de vías secundarias y terciarias en Colombia |
Telecomunicaciones
5 de julio de 2023
| Mintic establece condiciones para prestación de servicio de internet comunitario fijo | Ámbito Jurídico |
Mié. 05 de Julio de 2023
Energía
4 de julio de 2023
Fondos
4 de julio de 2023
| Exhortan a Colpensiones a informar y asesorar sobre los mecanismos para la protección del riesgo de vejez | Ámbito Jurídico |
Gobierno
4 de julio de 2023
| Este es el decreto de la emergencia económica, social y ecológica en La Guajira | Ámbito Jurídico |
| Estos son los decretos que conforman el Ministerio de la Igualdad y Equidad | Ámbito Jurídico |
Salud
4 de julio de 2023
| ¿En La Guajira se implementaría la reforma a la salud? |
Telecomunicaciones
4 de julio de 2023
| MinTIC publica informe de evaluación del corte 3 de bandas bajas |
Mar. 04 de Julio de 2023
Energía
30 de junio de 2023
| Gobierno firma pacto por la transición energética justa en La Guajira | Ámbito Jurídico |
29 de junio de 2023
Gobierno
30 de junio de 2023
| Presidente Petro declaró emergencia social y económica en La Guajira | Ámbito Jurídico |
| Este es el balance de las iniciativas del Gobierno en el Congreso | Ámbito Jurídico |
29 de junio de 2023
| Comienza aplicación de Ley de Garantías para elecciones de octubre | Ámbito Jurídico |
Hidrocarburos
30 de junio de 2023
| Gustavo Petro propone usar las regalías del carbón para financiar proyectos de energías limpias en La Guajira - Infobae |
Infraestructura
30 de junio de 2023
29 de junio de 2023
| Gobierno y comunidad Wayuu suscriben 50 convenios para construcción de caminos comunitarios | Ámbito Jurídico |
Salud
29 de junio de 2023
| ESE están exceptuadas de las restricciones de la Ley de Garantías | Ámbito Jurídico |
Servicios Financieros
29 de junio de 2023
| Gobierno dará ayudas financieras a campesinos | Ámbito Jurídico |
Telecomunicaciones
01 de julio de 2023
| Gobierno firma Decreto de Comunidades de Conectividad |
30 de junio de 2023
| Propuesta regulatoria para el proyecto "Revisión de las metodologías de actualización tarifaria" |
Coyuntura normativa
Coyuntura normativa
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Jue. 06 de Julio de 2023
Gobierno-Energía. Panel del sector energía, revista Cambio. Sobre los proyectos y perspectivas a 2025 de los proyectos de la transición energética en sus distintos segmentos y modelos de negocio. Compromisos de la banca y los inversionistas en el sector energético. Alejandro Mesa, socio director de Baker and Mckensie
La manera como se hace la transición en Colombia debe pensarse de manera muy específica. A los inversionistas en general no les gusta el cambio de reglas del juego, lo primero que hacen es pausar inversiones para esperar a ver que va a pasar.
Hay que balancear los cambios que se pretenden con la institucionalidad que en el tema energético lleva muchísimos años y que no podemos olvidar, que viene de las leyes 142 y 143 y fue una respuesta a una situación de apagón, que se ha evitado desde el apagón de los 90 con estas normas que han promovido la inversión en el sector. El mantenimiento del flujo de inversiones que ha sido muy tradicional e importante.
Los cambios de la estructuras regulatorias, que buscan en transformar modelos que han permitido realizar inversiones enormes en el sector y transformar modelos de realizar inversiones y pagar el costo a modelos concesionales donde a partir de un momento se deja de remunerar la inversión que se hizo, esto tiene impacto en el apetito de los inversionistas. Estos son los cambios que pueden generar atraso en los inversionistas en financiar el tipo de proyectos.
El tema de las consultas previas es una deuda lleva 12 años la ley de consultas previas, tiene que pasar para poderle dar institucionalidad, la propia Corte Constitucional ha reconocido que no existe una manera para poder establecer una regulación, es un tema muy importante.
El tema forestal, en particular el tema de las APPs verdes, son una oportunidad por explotar que se incluyó en el Plan Nacional de Desarrollo, el tema de aforestación en zonas poco pobladas del territorio nacional, un tema del que nadie habla, que debería tener un apoyo institucional muy significativo por que tiene la potencialidad de generar un impacto real en términos de la contribución de Colombia en términos de gases de efecto invernadero.
Hay inversionistas que entienden que tienen inversiones en un número de países en los que consideran que se puede invertir pero las grandes compañías multinacionales miran el mundo con las diferentes opciones de los países, hay que mantener la construcción de confianza en torno a la estabilidad de la inversión desde las instituciones para que la inversión fluya al país.
Un ejemplo fue el desfondeo que hubo para proyectos petroleros cuando México hizo su reforma generando enormes oportunidades, todos los capitales se fueron para este país y la ANH tuvo que hacer un esfuerzo muy importantes para volver a capturar la inversión.
No se puede olvidar que el mercado energético es global donde hay una competencia real por los fondos, los inversionistas simplemente dicen que si esta muy difícil invertir o el margen no es suficiente van donde el margen sea mejor.
El impacto del proyecto de Windpeshi es la revisión de la cartera de proyectos, ante la enorme dificultad. La solución es un apoyo institucional muy sólido para que los proyectos de consultas puedan salir adelante, lo que pasó en la Guajira es la cuota inicial de todo el trabajo que hay que hacer. Hay que tener un entendimiento más holístico de la situación para que haya coordinación institucional con los jueces que deberían ver el problema de manera global.
El problema de la tutela es que cada juez va a fallar como le parece razonable por que no existe una ley estatutaria, si existiera, los jueces tendrían una línea de acción. La coordinación interinstitucional entre Minas y Energía y el Mininterior es vital.
Mié. 05 de Julio de 2023
Gobierno-Financiero. Circular 011 del 30 de junio de 2023. Imparte instrucciones relativas a la metodología de cálculo de la exposición crediticia en derivados financieros y productos estructurados, y sobre el cálculo de la duración para títulos de renta fija pactados en tasa variable
En desarrollo del proceso de convergencia gradual a mejores prácticas y estándares internacionales que viene adelantando la Superintendencia Financiera de Colombia, se considera necesario modificar la metodología de cálculo de la exposición crediticia en operaciones con instrumentos financieros derivados y productos estructurados, con el objetivo de promover una adecuada medición y gestión del riesgo de crédito en este tipo de operaciones tomando en cuenta la aproximación estandarizada definida por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (BCBS).
En esa misma línea, esta Superintendencia considera necesario modificar las instrucciones en materia del cálculo de la «duración» de los instrumentos de renta fija pactados en tasa flotante, de acuerdo con los lineamientos del BCBS en materia de administración del riesgo de mercado asociado a las tasas de interés, según los cuales el cálculo de la «duración» debe tener en cuenta el plazo al vencimiento o el plazo remanente a las siguientes fechas de reprecio de los instrumentos de deuda, según se trate de títulos en tasa fija o en tasa flotante.
En consideración de lo expuesto, y en ejercicio de las facultades previstas en el literal a) del numeral 3 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en los numerales 4 y 5 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, esta Superintendencia se permite impartir las siguientes instrucciones:
PRIMERA: Modificar el Anexo 3 del Capítulo XVIII «Instrumentos financieros derivados y productos estructurados» de la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF) para ajustar la metodología de cálculo de la exposición crediticia en operaciones de instrumentos financieros derivados y productos estructurados, de conformidad con la aproximación estandarizada para el cálculo de la exposición ante el incumplimiento de acuerdo con lo establecido por el BCBS.
SEGUNDA: Modificar el literal b. del numeral 2.1.2.1.1. del Anexo 6 y el literal b. del numeral 2.2.1.1. del Anexo 8 del Capítulo XXXI «Sistema Integral de Administración de Riesgos (SIAR)» de la CBCF, referentes al cálculo de la duración de los instrumentos de renta fija pactados en tasa variable.
TERCERA: Vigencia. Las instrucciones de la presente Circular Externa empezarán a regir a partir de su publicación, con excepción de la instrucción primera que entrará en vigencia a partir del 01 de julio de 2024.
Se anexa archivo con las modificaciones
Mar. 04 de Julio de 2023
Gobierno-General. Política de reindustrialización. Director de productividad y competitividad MICT. Mario Valencia
Se identifican al menos 30 instrumentos que son necesarios para poder reindustrializar el país agrupados en grandes grupos donde participan muchas entidades, requiriendo un nivel de coordinación interinsticuional y articulación que no ha sido visto en el país. Son los agentes económicos del sector privado para que se unan a esta estrategia, un compromiso que debe implicar una seguridad institucional, jurídica y un mensaje de transparencia a los agentes económicos públicos y sociales e instituciones del gobierno.

1. Capital y financiamiento. En la implementación de la política de reindustrialización, el factor principal para la transformación productiva es el capital y el financiamiento y la forma en que esta política utiliza estos factores de producción es orientándolos hacia el cumplimiento de estos objetivos en torno a la necesidad de hacer transferencia de tecnología, de fortalecer las capacidades humanas, de articularse con las cadenas regionales y globales de valor.
Se han planteado cuatro instrumentos: la inversión de empresas públicas y mixtas en actividades de nuevas tecnologías que son las que el sector privado no tiene tantos incentivo sy esquemas de atracción de inversión por medio de las apuestas productivas.
En segundo lugar de fortalecer la oferta de financiamiento por parte de nuestra banca de desarrollo incluyendo financieramente a la economía popular con condiciones especiales para favorecer su crecimiento. También se promueve el fortalecimiento de la internacionalización desde la financiación en Bancoldex mas crear agencias de crédito a las exportaciones y a la productividad para la internacionalización. Finalmente, el incremento de las fuentes de financiación para la investigación y el desarrollo asociada asociadas con las apuestas de la reindustrialización del país.
Desde el grupo bicentenario se presentarán nuevas líneas de nanocrédito y otros.
La idea es desarrollar los factores de producción necesarios para la reindustrialización.
2. Capacidades Humanas
Soraya Caro, asesora del consejo superior del comercio exterior, habla sobre las capacidades humanas para la reindustrialización:
Se trabajará en el cierre de brechas en formación de capacidades, con una agenda integral en la que la oferta y la demanda puedan cerrar la brecha para la apropiación del conocimiento, de la transferencia de tecnología, del desarrollo de la innovación en los sectores productivos en particular los relacionados con las apuestas productivas de esta política:
Profundización en todos los niveles de la educación desde primaria hasta superior con construcción de capacidades básicas y aplicadas, con el fomento a la educación dual (institución y empresas).
Incrementando el número de programas académicos en áreas STEM (ciencia y tecnología, ingenierías, matemáticas).
En educación media y básica fortaleciendo los programas en las disciplinas, como la inteligencia artificial, el análisis de datos y la formación primaria profundizando en los temas de bilingüismo y formación digital como barreras de las empresas para internacionalizarse.
Para los hacedores de políticas, la estrategia es profundizar relaciones con América Latina y nuevos bloques económicos que no conocemos para negociar como es el caso del ASIA.
La otra área es la formación asociada con el mejor uso del conocimiento ancestral, fortaleciendo los grupos asociativos que permitan proyectar las industria de medicina preventiva, artesanías, etc.
El último hace referencia al mejor uso y trabajo articulado con la diáspora, que ya tiene redes de transferencia de tecnología y conocimiento que puede poner a disposición del país.
3. Infraestructura
El siguiente factor es el de infraestructura-conectividad. Se está haciendo referencia ala conectividad funcional, la industria nacional debe participar de los proyectos de infraestructura vial, férrea, de TICS, por lo que está acompañando a las entidades del sector transporte, telecomunicaciones, de defensa y todos que trabajan en la construcción de nuevos corredores económicos para garantizar que la industria nacional, con los programas de desagregación tecnológica pues sean efectivos y garanticen la participación de la industria nacional.
Las áreas estratégicas son las fronteras, las vías terciarias, el desarrollo de la industria astillera y aeroespacial.
4. Tecnología.
Aurelio Mejía, gerente general de Colombia Productiva, señala que en tecnología se agrupan los instrumentos que tanto desde Impulsa Colombia como desde Colombia Productiva se desarrollan para promover el emprendimiento, la calidad, la productividad y el valor agregado de las empresas. El objetivo de estas tecnologías busca cerrar las brechas tecnológicas tanto entre las empresas entre tamaños, segmentos, regiones, el país y el mundo. El desarrollo de tecnologías institucionales como el fortalecimiento de la infraestructura de la calidad, que dará soporte para aumentar la oferta exportable del país con el objetivo de escalar (poder llegar a un mayor número de empresas) como de sofisticar estos instrumentos ajustándolos para que respondan a las necesidades de la política y las apuestas que se han planteado.
Hernán Ceballos, gerente de Innpulsa, señala van a trabajar lo relacionado con emprendimiento y creación de empresas y temas relacionados con innovación. Se fortalece e integra el ecosistema de emprendimiento de alto impacto que cuenta con emprendimientos interesantes.
El segundo en la alianza empresa-estado para articular la economía del conocimiento con la economía productiva a través del cambio técnico y los emprendimientos de base tecnológica. Las universidades están produciendo muchos emprendimientos y se quiere que no se quede solamente en un ejercicio académico sino que realmente puedan ser dinamizados. Se va a hacer un pacto de reindustrialización con la ingeniería.
La tercera línea es la de Economía Popular, donde se trabajará tenderos, reciclajes y una figura que se trabajó con el presidente Petro desde la Alcaldía de Bogotá con centros de desarrollo productivo, que apoyan en diseño de producto, diseño de proceso productivo, el tema de organización, el tema de innovación y de crédito. Se plantea se plantean crear 100 centros Zascas.


