Boletín Normativo Sectorial
Dar click sobre el color de la sección a consultar.
Contexto Normativo
Contexto Normativo
favor dar click en el día deseado (el primero es el más reciente):
Jue. 21 de Jul. de 2022
Nuevo gobierno. Prospectiva de cambios normativos. Hidrocarburos. Ministra designada de ambiente Susana Muhamad
La nueva ministra señala no estar de acuerdo con Fracking por lo que se quiere promover una transición energética con una proyección de 12 a 15 años, para lo que hay que aumentar las reservas de petróleo que permitan hacer la transición en este tiempo y hoy están a 7 años.
En vez del Fracking, propone trabajar en el 98% de pozos de Ecopetrol para optimizar su producción con recobro mejorado y así aumentar las reservas sin nuevas exploraciones de petróleo.
Sobre el Fracking señala que este tiene un impacto ambiental fuerte por la ocupación inmensa del uso del suelo para la operación comercial por que por ejemplo en el Magdalena Medio 10 mil y 20 mil pozos cada uno a unos 200 metros un suelo que no puede usarse para nada más. Se considera mejor usar los recursos y capacidad del estado en la transición energética, usando este suelo en las regiones para el motor de desarrollo en la agricultura, la agroindustria como forma de desarrollo en el país. Potenciar el desarrollo de las energías renovables.
Continúan los contratos ya firmados pero no se firman nuevos contratos. Considera que las energías renovables son proyectos de mas corto desarrollo en el tiempo. Señala su oposición al uso del glifosato.
No se ha avanzado en las condiciones que la corte estableció para implementar el glifosato. Señala que si bien se termina temporalmente con los cultivos, no se termina el negocio del narcotráfico, se van a otros territorios. Espera concurrir al diseño de una política de drogas integral y trabajar con los campesinos en sustitución de cultivos, incluyéndolos dentro de la frontera agrícola, apoyándolos socialmente, siendo víctimas de lado y lado.
https://www.youtube.com/watch?v=-BvjUThZviI
Comentarios
Importante evaluar el impacto fiscal de estas propuestas debería ser lo primero que se realice así debería solicitarlo el congreso. Después de un declive fuerte de la inversión entre 2015 y 2020, Colombia avanzó bastante en la firma de contratos de exploración y explotación, lo que garantiza búsqueda de reservas mientras se analizan propuestas del nuevo gobierno.
En cuanto al Fracking y la exploración Off Shore. En energías renovables hay camino recorrido. Integración ISA Ecopetrol favorece transición pero no sustituye ingresos. Evaluar la viabilidad de propuestas en términos de recobro mejorado del 98% de pozos .
Queda déficit asociado a gas. Si hay avance en energías renovables, cuantas subastas podrían cubrirse a futuro?.
La transición debería concentrarse en: flota vehicular pública, privada y sustitución vehículos de carga. Implementación del PROURE y la taxonomía verde.
La sustitución vehicular es un proceso menos eficiente en corto plazo por costos de vehículos, solo puede lograrse en sistemas de transporte público y mas lentamente en flota oficial por alto costo actual de movilidad eléctrica .
Desarrollo de infraestructuras de soporte en energías renovables podría tener un impulso fuerte dado el impulso que se propone a la transición energética .
Las energías renovables no sustituyen los ingresos del petróleo....como van a solventarse?. Impacto de financiación con mercados de carbono y de los ingresos de sectores turismo y agropecuario exportador, planteados como fuentes alternativas de ingreso.
Mar. 19 de Jul. de 2022
Nuevo gobierno. Prospectiva de cambios normativos. Reforma a la Salud. Ministra Carolina Corcho
De acuerdo con la nueva ministra, se propone una reforma a la salud que incorpore las secretarías de salud, los entes territoriales, el Minsalud, hospitales públicos, clínicas privadas, personal de la salud además de la ciudadanía.
Toda la red converge en la prestación del servicio estaría relacionada con redes regionales mas que de EPS. Se mantiene la condición privada del prestador. La pestación de servicios es y seguirá siendo privada por que estas instituciones acumulan ciencia, tecnología, innovación y aprendizajes. Garantizar las condiciones de habilitación, quitar incentivos perversos. Las Cajas de Compensación se transformarían en holdings de prestación de servicios y la ADRES les paga directamente por prestación de los servicios. Señala va a eliminar lo que llama es la intermediación, que son las EPS y reciben los recursos de la ADRES.
La idea es organizar las redes integrales de servicios de salud (no será la red de la EPS sino convergen y ADRES paga por los servicios), en donde convivirán las clinicas de las EPS de manera complementaria con los prestadores que concurren y a todos les paga la ADRES. Se reorganiza el territorio y las poblaciones con su respectiva red. Con el sistema público de información en línea se sabrá el flujo de recursos a las clínicas y los hospitales. Mecanismo meritoccrático.
Los recursos no pasaran por alcaldes y gobernadores, los administra la ADRES. Mecanismos de rectoría que son diferentes a los de administración: Consejo Nacional de Salud y Consejos Territoriales de salud para fiscalizar el ejercicio de los recursos y ser consultor y asesor con participación de la ciudadanía. Están los gremios, universidades, organizaciones de pacientes, de trabajadores de la salud para la que la sociedad se apropie el sistema. No se volverá al seguro social, ni al Sistema Nacional de Salud, ni los entes territoriales administrarán recursos de los hospitales para evitar la politiquería, señala la Ministra.
Equipos básicos de atención con modelo de atención primaria en salud para los territorios de la zona rural y dispersa donde hay 22 millones de colombianos. Se harán acuerdos con entes territoriales y hospitales para contratar el personal de la salud que se requiera para que des desplacen a los territorios para prestar la atención primaria en salud, fortalecer la vocación preventiva.
Las EPS liquidadas dejaron deudas enormes que ponen en aprietos financieros a los hospitales. Se usarán las reservas técnicas para este pago en las entidades que las tienen. Las 14 EPS que no cumplen indicadores financieros pero de estas se va a revisar cuales tienen reservas técnicas para soportar las deudas. 65 billones de aportes y pgn con destinación específica. Las cifras de la UPC es un pago en el régimen contributivo que se hace a partir de las cotizaciones y en el subsidiado proviene del PGN. Se revisará el cálculo de la UPC para saber si se aumenta o se ajusta, que es aproximadamente un millón al año por persona.
Empleo
En lo público hay unas plantas se definirán condiciones salariales por medios técnicos. Se generarán incentivos para que se formalice el personal de la salud para las clínicas privadas.
En los hospitales públicos hay plantas pero se trabaja a pérdida.
Sobre el giro de recursos, señala que actualmente la ADRES le gira a la EPS intermediaria lo que se cambiará por el giro directo a la clínica de la IPS. Extender el giro directo que actualmente se aplica al régimen subsidiado aplicarlo en el contributivo al 100% hoy se aplica en el 18% de os recursos.
Organizar flujo de recursos para mejorar la caja de las IPS, lograr integración de servicios que permita mayores ingresos para formalizar los trabajadores de la salud.
Organizar flujo de recursos para subsanar deudas que según actores del sector ascienden a 12,7 billones y a los hospitales públicos 10,1 billones, pero esto no es claro por que el sistema no esta organizado, propone cambio al sistema de información para el control de los recursos hacia el futuro.
Información sectorial
Fortalecimiento de la Supersalud mejorando capacidades para lograr el control efectivo de los recursos. Ministra propone licitación con BIG DATA que todo el mundo pueda ver: condiciones de salud, cuanto se pago a la clínica, que convenio se hizo, cuantos pacientes se atendieron, indicadores de salud publica integrado. Fortalecer el sistema de información de ADRES, los indicadores de INS, a la historia clínica electrónica.
Es un régimen de transición. El equipo asesor ya esta trabajando en como se va a hacer con las 14 EPS que ya hoy no cumplen habilitación financiera. La reforma que se va a proponer consiste en tomar acciones para que haya garantía de servicio para los pacientes que quedan de las 14 EPS no cumplen con condiciones mínimas financieras.
Inversiones propuestas
Inversiones en infraestructura de salud en la ruralidad será lo prioritario: aumentaría prespuesto de inversión para los entes territoriales. Instalación de un centro de atención primaria por cada 20 mil habitantes.
Aumento de contratación de personal y equipos para la salud y formalización de plantas. Uso de reservas técnicas, depuración de deuda y financiación de faltantes. Garantizar el acceso a 1 millón 800 mil colombianos quedan sin afiliación a salud por que se levanta la emergencia sanitaria. No se propone acabar con lo que hay, de un millón de trastejadores de la salud, fortalecer el flujo de recursos, las clínicas los hospitales y los mecanismos de inspección vigilancia y control y la participación social.
Lun. 18 de Jul. de 2022
Gobierno-energía. Ley 2250 del 11 de Julio de 2022. Por medio del cual se establece un marco jurídico especial en materia de legalización y formalización minera, así como para su financiamiento, comercialización y se establece una normatividad en materia ambiental (1) Aspectos generales.
La presente ley tiene por objeto establecer un marco jurídico especial en materia de legalización y formalización, así como de su financiamiento, comercialización y el establecimiento de una normativídad especial en materia ambiental.
Define la minería tradicional la que explota minas de propiedad estatal sin título inscrito en el Registro Minero Nacional, que acrediten que los trabajos mineros se vienen adelantando en forma continua a través del tiempo, mediante documentación comercial o técnica o cualquier otro medio de prueba aceptado por la ley colombiana que demuestre la antigüedad de la actividad minera, y una presencia mínima en una zona de explotación minera no menor a diez (10) años, contados a partir de la fecha de promulgación de la presente Ley.
Define la cadena de suministro de la actividad minera como el proceso de llevar un mineral al mercado de consumo que involucra múltiples actores e incluye la industria minera en sus fases de exploración, construcción y montaje, explotación, beneficio, transformación, transporte y comercialización de los minerales que se encuentren en el suelo o el subsuelo.
El capítulo II trata sobre la formalización y legalización minera. La ley establece que Las personas naturales o jurídicas, grupos o asociaciones que vienen desarrollando labores de minería tradicional en un área determinada, sin título inscrito en el Registro Minero Nacional y de acuerdo con lo definido en el artículo 2 de esta norma, deberán radicar solicitud para iniciar su proceso de legalización y formalización en el Sistema Integral de Gestión Minera.
En caso de no hacerlo, podrán ser requeridos por la autoridad minera, por una sola vez so pena de entender desistida su voluntad de legalizar su actividad, para que en un término de noventa (90) días calendario siguientes a la notificación, radiquen solicitud para iniciar el proceso de formalización de sus actividades.
Las personas, grupos o asociaciones de minería tradicional serán definidas mediante acto administrativo expedir dentro de los 45 días siguientes a la solicitud de radicación de cumplimiento de requisitos. Durante el año siguiente a este acto administrativo, el minero deberá presentar el programa de trabajos y obras diferencial PTOD y los instrumentos ambientales aplicables.
Defne la ley lo procedente cuando no se presente este programa, cuando no pueda demostrarse ser de la minería tradicional, o cuando se presenten casos de superpsoción.
Plan único de legalización y formalización minera.
El Ministerio de Minas y Energía en el término de seis (6) meses contados a partir de la fecha de vigencia de la presente Ley, elaborará con la autoridad minera un Plan Único de Legalización y Formalización Minera, el cual tendrá un término de vigencia no menor a dos (2) años con su respectiva batería de indicadores y metas, basado en cuatro (4) ejes fundamentales:
Enfoque diferenciado;
Simplificación de trámites y procesos;
Articulación efectiva entre las instituciones nacionales y locales; y
Acompañamiento de la autoridad minera en el proceso de legalización y formalización.
Para tal fin el Plan Único definirá la aplicabilidad de requisitos a partir de la clasificación de la minería establecida en la Ley, para facilitar la legalización; y establecerá los roles o responsabilidades de acuerdo con las competencias de la institucionalidad,
Dentro del plan único de legalización y formalización minera se utilizarán entre otras las siguientes figuras para la formalización minera:
(i) Contrato de concesión minera con requisitos diferenciales;
(ii) Áreas de reserva especial minera ARE y contratos de concesión especial;
(iii) Subcontratos de formalización minera;
(iv) Devolución de áreas para legalización y formalización - con destinatario específico;
(v) Cesión de áreas;
(vi) Otorgamiento de contratos de concesión con requisitos diferenciales en áreas de reserva para formalización.
Para este último, la autoridad minera nacional, previo a la delimitación dé áreas de reserva estratégica minera, deberá validar la presencia de mineros tradicionales y pequeños mineros en las zonas de reserva con potencial e identificar si la actividad de dichos mineros es desarrollada con anterioridad a la reserva de estas zonas. Esto para delimitar áreas proporcionales en las cuales están ubicados mineros tradicionales y/o pequeños mineros como áreas de reservas para la formalización, generando igualmente estrategias de divulgación con dicha 'población y atendiendo lo establecido por la normativa sobre el particular.
El tiempo máximo para que la autoridad minera resuelva la solicitud de contrato especial de concesión derivada de las áreas de reserva especial, será hasta de seis (6) meses contados a partir de la presentación del programa de trabajos y obras diferencial- PTOD.
Al respecto de este punto, en la rendición de cuentas del Minenergía se señala:
Se realizó la reforma a las regalías para devolver recursos alas regiones productoras de petroleo y minería incrementando asignaciones directas del 11% al 25% para estas regiones. Se incluyó asignación para temas ambientales, ciencia y tecnología y financiación para el fomento minero desde el sistema general de regalías.
En minería se trabaja en “minería a lo legal”, se diseñó un mecanismo por convocatorias con bolsas para el mejor aprovechamiento de los recursos de regalías, con entidades territoriales,gobernaciones, comunidades, empresas, el SENA.
Se generaron unos procesos de convocatoria de proyectos de fomento minero con unas líneas, va la tercera línea se han asignado recursos. De los 10 proyectos que han recibido recursos en 7 departamento son aquellos relacionados con apuestas de formalización. 5 de estos proyectos son centros de desarrollo minero para que las personas se capaciten y tengan servicios y pertinentes. Proyectos como el Bagre, Marmato, Guachetá, Putumayo.
La meta de formalización durante este plan de desarrollo fue de 27 mil mineros frente a una línea de base de 6 mil mineros. Se creo un sistema de información para realización de trámites mineros que se llama Anaminería. Se creó un marco normativo, marco normativo diferencial para pequeña minería, se construyó un contrato con requisitos diferenciales para pequeños mineros,se recibieron 400 propuestas ya hay contratos entregados.
Articulación con el tema ambiental se desarrolló con el marco normativo diferencial y se articularon diálogos entre autoridades mineras y ambientales central y territorios. Van por 27 mil mineros con trámites de formalización resueltos formalmente, la tercera parte en Antioquia, seguido de Bolivar,
Rendicuentas minenergia
Sector de la semana
Sector de la semana
favor dar click en el día deseado (el primero es el más reciente):
Jue. 21 de Jul. de 2022
Nuevo gobierno. Prospectiva de cambios normativos. Ministra designada de Agricultura. Cecilia López.
Propone en lo rural aplicar una política para la mujer campesina, donde la mujer seá el eje de la reforma rural, por que ha reducido su participación en la inversión y el desarrollo rural.
Señala que a reforma rural va mas allá del tema de tierras, es volver a poner el campo en la agenda con temas: la paz, La producción de alimentos, el hambre, la sostenibilidad ambiental y la transformación productiva.
Se coordinará con Minhacienda y Mincomercio exterior para hacer de Colombia potencia mundial en producción de alimentos, no se puede producir trigo pero si puede sustituirse maíz, aumentar la producción de arroz, frijol.
La estrategia es diseñar como producir en medio de condiciones difíciles como la tierra concentrada, no asociada en su producción a la vocación del suelo, el costo de los insumos elevado por que es importando y no se produce lo básico.
Incentivar de inmediato la sustitución de cultivos semestrales con crédito y tierra de donde se desprende la reforma agraria del gobierno. La tierra es eje central de la política pero hay mucho mas.
El eje central es la reforma agraria que consiste en distribuir tierra improductiva pero fértil, comprándole la tierra a quienes no quieren invertir. Hay regiones como la región Caribe con tierras muy productivas, pero se dedican a ganadería extensiva, la idea es cambiar este modo productivo por sistemas Silvopastoriles.
Señala que el catastro multipropósito va a subir los impuestos: si el propietario de la tierra no quiere producir en esta paga el impuesto establecido en el catastro multipropósito y si no quiere el estado la compra.
La idea es que los latifundios produzcan, que el latifundio de para pagar los impuestos o venderlo al estado. La Población Rural no tiene donde producir y la idea es darle tierra. Se trabajará en el logro de consenso, una agenda muy ambiciosa de recursos y fortalecimiento del aparato institucional.
Se va a incentivar la agroindustria, fortaleciendo el campo como sector productivo. Los propietarios de la tierra deben ocuparse para volverla productiva para mejorar la oferta local y exportar.
En cuanto al Idema, se requiere diseñar un mecanismo de compra de cosechas pero distintos del de esta época. Se requiere el concepto pero sin manejo politiquero.
El subsidio al almacenamiento solo funciona para los grandes productores no para los pequeños. Hay que para el caso de granos y los productores pequeños generar un mecanismo de negociación con los campesinos.
Sobre la informalidad en el campo, es un problema no resuelto en los salarios, la seguridad social, en el campo las personas no tienen pensión. En la reforma pensional se requiere proponer medidas para que a los campesinos se les pague lo que corresponde y cómo aumentar la productividad también. La productividad es baja por que hay baja educación y desnutrición y poco desarrollo agropecuario lo que no permite una remuneración consistente con las necesidades del campesino.
El campesino, no tiene comercialización, vías, asistencia técnica y flujo de crédito que necesita. Se va a analizar todo el aparato bancario alrededor de la agricultura, el flujo de recursos de crédito antes estaba en el sector agropecuario y ahora en Minhacienda (Grupo Bicentenario).
El presidente dice 0% interés al crédito, la ministra al respecto señala que si hay actualmente subsidios, pero hay que enfocarlos bien porque no se pueden quebrar los bancos, se requiere que los intereses no sean tan altos pero que haya flujo de recursos para el sector.
Se va analizar el sistema que pasó con el flujo de recursos y cual es la situación de los bancos, donde están yendo los créditos, hay que mirar todo el sistema de crédito. Hacer del campo el eje de la reactivación de la sociedad .
En cuanto a la lucha contra el hambre, se requiere que el país no es uno de ingreso medio-alto con hambre, esto se superará reactivando la producción. Colombia tiene la población campesina mas grande de América Latina.
La mujer rural es el motor del desarrollo del Campo y está relegada por lo que hay que llevar un paquete de posibilidades basado en sostenibilidad ambiental asociada a la reactivación del sector rural.
Mar. 19 de Jul. de 2022
Nuevo gobierno. Prospectiva de cambios normativos. Reforma a la Salud. Comentarios
No se parte de cero. Parte de la ley estatutaria en propuestas actuales queda reglamentada como linea de base. Punto de partida para continuar construcción del sistema .
Los recursos de la salud están ya bajo administración de la ADRES. Recaudo de las cotizaciones al SGSSS decreto 1437 nov 2021. Las Entidades Promotoras de Salud recaudarán las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud en las cuentas bancarias abiertas por la ADRES. La ADRES es la titular de estas cuentas, que deben ser utilizadas exclusivamente para el recaudo de cotizaciones del Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud e independientes a las demás cuentas bancarias de recaudo que administre la ADRES.
La cuenta de recaudo de los recursos de aportes patronales del Sistema General de Participaciones -SGP- se mantendrá hasta la culminación de la compensación de los recaudos respectivos o hasta la culminación del proceso de saneamiento de aportes patronales que adopte el Ministerio de Salud y Protección Social.
Regionalización del sistema de salud, proyecto decreto para firma este mes. Regionalización en salud con definición de regiones y subregiones sanitarias. atención integral en salud con enfoque en salud familiar y comunitaria, atención primaria en Salud (APS), gestión integral del riesgo en salud. enfoque diferencial poblacional y territorial. Modelo integral de atención en salud centrado en las personas, familias y comunidades reconociendo cultura género diversidad, la tenia e incluye rutas Integrales de Atención en Salud- RIAS.
Las Entidades Territoriales son responsables del gobierno del Modelo Integral de Atención en Salud en el territorio. Rol de las entidades responsables del aseguramiento en salud. Redes integrales e integradas de prestadores y proveedores. Los Hospitales públicos, mixtos y los terceros que operan infraestructura hospitalaria pública, pueden integrarse entre ellos para ofertar y prestar los servicios y hacer parte de las redes integradas e integrales de servicios de salud.
El Ministerio de Salud y Protección Social actualizará la metodología para el desarrollo del “Plan territorial de rediseño, reorganización y modernización de las redes de prestaciones de hospitales públicos” en armonía con lo establecido en el presente decreto.
Modelo de ajustadores de riesgo y pago por resultados en APS. Criterios de priorización de condiciones de salud que fundamentan la política de ajuste del riesgo: aquellas condiciones de salud que generan mayor mortalidad, las que pueden ser prevenibles, factores de riesgo que pueden influir en la contención, las que son controlables y las que existan propuestas de estandarización.
Enfatizar en prevención y detección preventiva de la enfermedad. Nueva metodología para la formulación de la UPC basada en incentivos. El propósito es identificar los tratamientos efectivos para la prevención d ella enfermedad para tener una UPC que se enfoque en el efectivo tratamiento de la salud logrando resultados efectivos. Se coloca como ejemplo la hipertensión donde solo una de cada 7 personas con esta dolencia ha sido diagnosticada, tratada y controlada con el tratamiento. 3 han sido tratados pero no han llegado a controlar la dolencia con el tratamiento. Otras tres personas ni siquiera saben que tienen hipertensión.
El objetivo de la política busca buscar las 3 que no saben que tienen la enfermedad con el ajuste exante.
Con el decreto 441 2022 se regulan y formalizan los procesos de las EPS e IPS y se pretende organizar los procesos que son muy informales actualmente, donde cada EPS se inventaba formas contractuales con una muy limitada capacidad de elaborar notas técnicas y para poder evaluar los efectos de estos contratos generando problemas muy severos de las propias validaciones de las EPS.
Otro componente en financiamiento es la implementación de la factura electrónica que entrará en rigor 100% en enero de 2023. En las próximas dos semanas se lanzará el SIIFA el sistema integrado de información financiera, donde se integrará la información de salud, de riesgos laborales, de cajas de compensación y de pensiones en un solo sistema integrado de afiliación, así como la contribución solidaria y una promesa realizada previamente que es el descalce de las reservas técnicas para lograr la mayor liquidez del sistema. Quedan pendientes los temas de cuotas moderadoras y copagos.
Lun. 18 de Jul. de 2022
Gobierno-energía. Ley 2250 del 11 de Julio de 2022. Por medio del cual se establece un marco jurídico especial en materia de legalización y formalización minera, así como para su financiamiento, comercialización y se establece una normatividad en materia ambiental (2) Fondo de fomento minero.
El capítulo III crea el fondo de fomento minero.
Se crea el fondo de fomento minero como organismo adscrito al Ministerio de Minas y Energía, la cual tendrá como objeto proveer de recursos económicos a la industria minera nacional legal yen proceso de formalización a lo largo del ciclo minero, la prestación de asistencia técnica y financiera, la investigación, transferencia y adopción de tecnologías, desarrollo empresarial, el mejoramiento de las condiciones sociales y económicas de la minería de subsistencia, pequeña y mediana minería y la preservación del medio ambiente.
El fondo de fomento minero podrá recibir, administrar, contratar, gestionar y asignar recursos nacionales e internacionales destinados a la financiación de actividades mineras, en forma independiente, en coordinación o asocio con empresas y entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras y/u organismos internacionales y para el efecto contara con un comité asesor integrado por Banco de Desarrollo Empresarial de Colombia "BANCOLDEX", el Banco Agrario de Colombia, el Ministerio de Minas y Energía, la autoridad minera y representantes del sector minero en sus diferentes escalas, el cual actuará como órgano consultivo.
. Para la aplicación del presente artículo se deberá reglamentar la materia en un término no mayor a un (1) año contado a partir de la vigencia de la presente Ley. En todo caso, en el acto de creación del fondo de fomento minero que expida el Gobierno nacional, se señalará que pOi lo menos el cien por ciento (100%) de los recursos con los que cuente el fondo deberán destinarse para proyectos de pequeña minería.
Serán recursos del fondo de fomento minero, además de los que se establezcan en el acto de su creación, los siguientes:
(i) Los que puedan ser asignados a trávés del presupuesto general de la nación.
(ii) Los que se liquiden como producto de las operaciones con los recursos del mismo Fondo. (iii) Los provenientes de operaciones financieras y convenios de cooperación técnica o financiera que se celebren con otros gobiernos, con personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras y organismos nacionales e internacionales.
(iv) Los aportes que a cualquier título se le cedan.
(v) Los recursos de emisión de bonos.
Los beneficiarios de la financiación originada en el fondo de fomento minero deberán tener definida la situación jurídica de las áreas mineras dentro de las cuales se habrán de invertir las sumas o instalar los bienes financiados ..
Operaciones de Financiamiento.
Las operaciones de financiamiento que se adelanten con recursos del Fondo de Fomento Minero podrán consis'tir en:
1. Apoyar la gestión de recursos dirigidos a la , financiación de proyectos, programas y obras de exploración, factibilidad, estudios técnicos y ambientales, montaje, explotación y comercialización de minerales, cierre y abandono de minas, así como en el beneficio, transformación, transporte y embarque de minerales únicamente para el desarrollo de actividades de minería de subsistencia o pequeña minería.
2. Apoyar la gestión para la obtención de créditos internos o externos que las personas dedicadas a la actividad minera contraigan para proyectos y programas específicos.
3. Contribuir, mediante cualquier otro título y/o modalidad comercial y financiera prevista en la Ley, al establecimiento y desarrollo de actividades propias de la minería o de industrias complementarias de la misma;
4. Brindar apoyo para la generación de alianzas estratégicas para el fortalecimiento financiero de los Centros de Innovación y Transferencia de Tecnologías para la Modernización de la producción Minera.
5. Celebrar convenios o contratos con entidades financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia o por la Superintendencia de Economía Solidaria, para gestionar y disponer recursos con el fin de apoyar y financiar la creación de líneas de créditos, cubrimiento de garantía, compensación de costos financieros, incentivos a la capitalización, entre otros instrumentos de apoyo financiero, a favor de titulares mineros, mineros de subsistencia y los mineros que trabajen bajo alguna de las figuras habilitadas por la Ley para la explotación. Lo anterior con destinación a capital de trabajo, inversiones para la adquisición y montaje de maquinarias y equipos destinados al desarrollo, al mejoramiento y modernización de la operación minera en cualquiera de sus etapas. Adicionalmente se podrán apoyar proyectos de economía circular.
6. Financien o cofinancien la estructuración, ejecución e implementación de proyectos productivos para la re conversión y/o re ubicación laboral de los mineros de pequeña escala y/o mineros de subsistencia.
Centros de desarrollo tecnológico y parques científicos, tecnológicos y de innovación. En el marco de la política de crecimiento verde 2030, el Ministerio de Minas y Energía, en coordinación con las entidades del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, el SENA y el Servicio Geológico Colombiano, y teniendo en cuenta la Agenda de Competitividad, definirá una política de investigación, innovación y transferencia de tecnologías para las estrategias de fomento minero en las jurisdicciones geológico mineras establecidas por la UPME en los Distritos Mineros Especiales, orientada a mejorar las condiciones de productividad y competitividad, optimizar el uso sostenible de los factores productivos, facilitar los procesos de transformación y comercialización, así como generar valor agregado, que garantice a largo plazo la sostenibilidad ambiental, económica y social en las actividades productivas de las comunidades mineras, con el fin de contribuir a elevar el conocimiento, las condiciones de calidad de vida, la rentabilidad y los ingresos de los mineros pequeños, tradicionales y de subsistencia.
El Sena, las Universidades Públicas y las demás entidades responsables de la generación y transferencia tecnológica apoyarán las actividades de investigación, adaptación y validación de tecnologías requeridas para adelantar los programas de modernización tecnológica en la pequeña minería y la minería tradicional a partir de los Centros de desarrollo tecnológico y parques científicos, tecnológicos y de Innovación creados o que estén en proceso de creación y tengan como uno de sus focos el sector minero, los que serán establecidos prioritariamente en los Distritos Mineros Especiales. Las entidades y organismos o profesionales prestadores de servicios de asistencia técnica, investigación y transferencia de tecnología serán fortalecidos técnica, operativa y financieramente para cumplir con este propósito por el fondo de fomento minero.
Noticias de la semana
Noticias
favor dar click en el día deseado (el primero es el más reciente):
Jue. 21 de Jul. de 2022
Energía
19 de julio de 2022
Gobierno
20 de julio de 2022
| El presidente Iván Duque declaró instalado el nuevo Congreso de la República |
19 de julio de 2022
Hidrocarburos
19 de julio de 2022
Infraestructura
19 de julio de 2022
| Sección Cuarta del Consejo de Estado analizó aspectos relativos a participación en plusvalía, los avalúos de referencia y los Macroproyectos de Interés Social Nacional |
Salud
19 de julio de 2022
| Crean comisión intersectorial de la política nacional de cuidado | Ámbito Jurídico |
Telecomunicaciones
19 de julio de 2022
| MinCiencias y CRC financiarán 11 proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación por $5.103 millones de pesos |
Mar. 19 de Jul. de 2022
Energía
18 de julio de 2022
| Contraloría archiva acción fiscal contra Electricaribe tras pago por $22.214 millones |
| CREG estableció la diferencia entre la Planta y/o unidad de generación nueva o especial |
Fondos
18 de julio de 2022
| Corte se inhibió de adoptar una decisión de fondo, respecto de demanda contra el monto de cotización en salud por parte de los pensionados |
Gobierno
18 de julio de 2022
Hidrocarburos
18 de julio de 2022
| El Gobierno financiará 10 proyectos de estudios para el desarrollo de hidrógeno verde y azul en Colombia por más de $6.500 millones |
Salud
18 de julio de 2022
Lun. 18 de Jul. de 2022
Energía
15 de julio de 2022
| CREG: "todos los usuarios del SIN tienen derecho al mismo tratamiento tarifario" |
14 de julio de 2022
Fondos
15 de julio de 2022
| Proyecto de norma de MinTrabajo busca sustituir las reglas para la asunción de la función pensional del liquidado FONPRENOR, por parte de la UGPP y el pago a través del FOPEP |
14 de julio de 2022
| Corte determinará si cotización al régimen contributivo de pensionados en 2020 y 2021 es inexequible | Ámbito Jurídico |
Gobierno
15 de julio de 2022
14 de julio de 2022
| Colombia tiene Ley de Emprendimiento Social | Ámbito Jurídico |
Hidrocarburos
14 de julio de 2022
Infraestructura
15 de julio de 2022
Salud
15 de julio de 2022
14 de julio de 2022
| Cuidados paliativos deberán ser incluidos en plan de estudios del área de la salud | Ámbito Jurídico |
Coyuntura normativa
Coyuntura normativa
favor dar click en el día deseado (el primero es el más reciente):
Jue. 21 de Jul. de 2022
Nuevo gobierno. Prospectiva de cambios normativos. Educación. Ministro designado Alejandro Gaviria.
El concepto que fundamentará el desarrollo de la política será la educación como factor de movilidad social.
Los principales énfasis estarán asociados a una mayor cobertura de la educación preescolar, jornada extendida con aspectos culturales en música y literatura, jornada extendida básica y media y aumentar sustancialmente la cobertura educación superior orientada hacia sociedad del conocimiento para generar formas e historias de desarrollo de la educación como factor de progreso.
Se espera un aumento sustancial en recursos para este sector. La Universidad Pública requiere recursos por lo que habrá priorización. En el corto plazo se aumentará la asignación presupuestal y se reformará la ley 30 en los artículos 86 y 87 que determinan como se asignan y distribuyen los recursos a las IES públicas, del país, para reformarlos con el objetivo de tener mayores recursos para la educación superior.
Se promoverá el mayor acceso a la educación preescolar y superior. Se requiere recuperación de rezago dejado por pandemia niños 4 de primaria que no saben leer. Se priorizarán recursos brechas de aprendizaje entre colegios públicos y privados, entre rural y urbano, entre los que tuvieron acceso a tecnología y los que no
También se requieren infraestructuras: un plan de infraestructuras en educación superior .
Sobre Icetex se plantea un programa de corto plazo para morosos morosos de varios años que se estiman en 135 mil deudores. Se viabilizará jurídica y financieramente la condonación de estas deudas la cartera del Icetex es de 9 billones. El número de beneficiarios actual es de 1 millón
Para las deudas de ser pilo paga se diseñarán formas de pago y alivios para deudores de créditos condonables que no pudieron ser condonados. Generación E tiene dos componentes (equidad gratuidad educación pública esto continúa) otro componente de excelencia que son los subsidios a la demanda, no continuará.
Se propone un programa de educación para el magisterio, con acceso a posgrados para educadores a través del ICETEX. El presidente electo ha propuesto la incorporación de un millón de estudiantes adicionales en educación superior, el ministro señala que incluyendo SENA se fijará en la meta 2 millones 448 mil estudiantes adicionales en el cuatrienio, lo que demandará prioridades presupuestales y una reforma integral a la ley 30, la que define los recursos y el compromiso de Minhacienda para lograr coberturas del 70% de educación superior.
Mar. 19 de Jul. de 2022
Nuevo gobierno. Prospectiva de cambios normativos. Reforma Tributaria. Nuevo Director Dian Luis Carlos Reyes.
Señala que para el 99% de los ciudadanos la reforma tributaria no les tocará el bolsillo y el 95% de las empresas verán una reducción en la cantidad de impuestos que pagan. Los 50 billones saldrán del 1% de las personas naturales que son las de mas altos ingresos del país, lo que incluye a personas naturales propietarias de grandes empresas que tributan relativamente poco.
Se espera reducir al mínimo la evasión tributaria. Los colombianos que registren ingresos laborales de más de 10 millones al mes. si en un hogar dos personas ganan hasta 10 millones de pesos al mes cada una no les aplicará la reforma. Aquellos a los que aplicaría, según DANE son 188 mil trabajadores. Las personas con ingresos por dividendos, ganancias ocasionales suelen tener ingresos por esta fuente mas los laborales, estarán sujetos al impuesto. Dentro del 1% se buscará la progresividad.
El DANE realizó un cálculo en este sentido:

“No se tiene previsto cambiar la Retención de la Fuente. Se combatirán las prácticas de elusión y revelarlas y hacerlas ilegales en adelante Acabar con la evasión con cárcel para grandes evasores. Ampliar planta de la DIAN pues según los estudios hay que quintuplicar la planta de la DIAN para lo que se presentará una ley Reducción de exenciones para las personas naturales que ganen mas de 10 millones de pesos.
Con las empresas se eliminarán las exenciones sectoriales por que estas se concentran en las grandes empresas en cada sector para poder bajar la tarifa general de impuesto de renta a la mayoría de las empresas lo que debería verse en el 95% de las empresas del país en especial las micropymes deberían ver una reducción en la tarifa del impuesto de renta que pagan. Se revisarán todos los tratamientos tributarios que hay hoy en día en particular para fundaciones. Se exceptúan las fundaciones legítimas como las iglesias.
Se pondrán a disposición del sector académicos y la ciudadanía los datos de tributación respetando la reserva tributaria Se esta estudiando si se aumenta el gravamen de los dividendos y ganancias ocasionales que tienen menor tarifas que las de otros tipos de ingreso. No será obligatorio el pago de dividendos por parte de las empresas.
Se mantiene la doble tributación. Se fortalecerá la progresividad tributaria: si hay un ingreso mas alto se debe tributar un porcentaje más alto del ingreso Los beneficios tributarios se concentran en las empresas mas grandes.
Lun. 18 de Jul. de 2022
Gobierno-energía. Ley 2250 del 11 de Julio de 2022. Por medio del cual se establece un marco jurídico especial en materia de legalización y formalización minera, así como para su financiamiento, comercialización y se establece una normatividad en materia ambiental (3) Producción, Aprovechamiento y comercialización de minerales
Establece que el Banrep podrá comprar oro a los explotadores mineros autorizados donde se entienden incluidos los titulares mineros en etapa de explotación. Para todos los efectos, dichos explotadores mineros autorizados, deben contar con Registro único de Comercializadores de Minerales - RUCOM y demás requisitos que establezca la Ley.
Se estable normativa para la economía cicular en el sector minero
Con el fin de fomentar mejores prácticas que promuevan la circularidad de los flujos de materiales y la extensión de su vida útil a través de la implementación de la innovación tecnológica, alianzas y colaboraciones entre actores y el impulso de modelos de negocio que responden a los fundamentos del desarrollo sostenible, para el sector minero se podrá:
1. En las áreas en que se realicen actividades de explotación minera autorizada bajo la prerrogativa para procesos de formalización o títulos mineros en fase de explotación otorgados para la explotación de metales preciosos (oro, plata, platino), piedras preciosas y semipreciosas, materiales de construcción y demás minerales susceptibles de ser reprocesados, que cuenten con instrumento ambiental, podrán entregar a terceros los residuos, estériles y colas resultado de la extracción del mineral, con el fin de ser aprovechado por empresas, asociaciones o agremiaciones que tengan experiencia en labores mineras.
Para el efecto el titular minero o el minero con prerrogativa bajo procesos de formalización y el tercero interesado en aprovechar el material estéril deberán suscribir documento privado donde se especifique entre otros aspectos, las condiciones de entrega de material, transporte y lugar de aprovechamiento del mismo.
Para el caso de títulos mineros de metales y metales preciosos (oro, plata, platino) el aprovechamiento secundario y comercialización que realicen las empresas, asociaciones o agremiaciones deberá contar, para la declaración de pago de regalías, con el certificado de laboratorio que establezca el contenido aproximado de los metales y metales preciosos, según corresponda. La autoridad ambiental realizará seguimiento y control a la actividad del presente numeral en el marco de sus competencias.
La autoridad minera realizará fiscalización sobre esta actividad, donde verificará que el aprovechamiento secundario reportado sea inferior al producto reportado por el titular minero en su declaración trimestral de regalías, en concordancia con lo dispuesto para la comercialización de minerales.
Se admitirá que quien adelante el aprovechamiento secundario reporte producciones de mineral superiores a lo reportado por los titulares mineros o los mineros con prerrogativa bajo procesos de formalización, cuando se evidencie que el tercero a cargo de las colas posee una alta capacidad de procesamiento que justifique la cantidad extraída y/o cuando se evidencie una acumulación alta de residuos estériles o colas con fines de reprocesamiento.
El volumen de dichas producciones deberá ser vinculado al título minero o al área con prerrogativa bajo procesos de formalización. En caso de encontrar inconsistencias injustificadas la autoridad ambiental y la autoridad minera levantará el permiso para esta actividad.
2. Cuando haya una afectación ambiental por explotación de minerales sin que hubiera explotador identificado, la autoridad ambiental competente ordenará la recuperación y restauración ambiental y para ello se permitirá que empresas especializadas se hagan cargo a su costa para realizar la recuperación y restauración ambiental de dichas áreas y el posible aprovechamiento del mineral producto de estas actividades. Para lo anterior, el interesado deberá presentar el plan de recuperación y restauración del área ante la autoridad ambiental, donde especifique el producto sobre el cual va a realizar aprovechamiento y comercialización del mineral.
Inscripción, publicación, seguimiento y control de las plantas de beneficio en el registro único de comercializadores de minerales RUCOM. Los propietarios de las plantas de beneficio que no se encuentren en un área amparada por un título minero o de explotadores mineros autorizados, deberán inscribirse en el registro único de comercializadores de minerales RUCOM, adr:ninistrado por la autoridad minera nacional. Los propietarios de plantas de beneficio que hagan parte de un proyecto amparado por un título minero no deberán inscribirse, sino incluirse en las listas que debe publicar la autoridad minera nacional en el registro único de comercializadores de minerales - RUCOM.
Se establecen controles al exceso de producción así como en la comercialización de minerales. En este último punto se establece una multa para los comercializadores mineros autorizados y las plantas de beneficio inscritas o publicadas en el Registro Único de Comercializadores de Minerales - RUCOM que compren minerales a los explotadores mineros autorizados que.excedan los valores de producción aprobados por la autoridad minera en el programa de trabajos y obras - PTO, el programa de trabajos y obras diferencial - PTOD, o el programa de trabajos e inversiones - PTI por la Autoridad Minera Nacional o por el Ministerio de Minas y Energía, según Gorresponda; o, explotadores o comercializado res mineros no autorizados.
Establece lo atinente al volumen de producción minera de los explotadores autorizados que no cuenten con título minero, así como los requisitos para la compra, venta y exportación de oro, plata, platino, tantalio, estaño o tungsteno, las obligaciones de los comercializadores de minerales y plantas de beneficio con las entidades estatales competentes.
El artículo 20 de esta ley establece normas sobre la re conversión de actividades mineras. Los .titulares ,mineros de pequeña minería que cuenten con instrumento arnbiental y los mineros cobijados por. las figuras del formalización y legalización, entre ellos los beneficiarios del Plan Único de :Legalización y formalización minera, y los mineros de Subsistencia que por temas sociales, económicos o ambientales no puedan continuar con el desarrollo de sus actividades, podrán optar por alternativas productivas diferentes a la minería,
Para el , efecto el Gobierno nacional reglamentará los lineamientos de estas actividades, donde se tendrá en cuenta la vocación del suelo, la economía de la región, instrumentos de planificación. .ambiental, duración de los proyectos a mediano y largo plazo, identificación de fuentes de financiación , entre otros.
El Ministerio de Minas y Energía articulará con las demás entidades del Estado las alternativas productivas,. los procesos .de formación, el fomento a microempresas y empresas familiares emprendimientos que entre otros generen , clúster económico. As; mismo, la autoridad minera y la autoridad ambiental en el marco de sus competencias desarrollaran acciones de seguimiento y control para el cumplimiento de las medidas impuestas para el cierre y post cierre técnico V gradual de las actividades mineras desarrolladas.
Se establecen medidas para el fortalecimiento de la fiscalización, seguimiento y, control de actividades mineras, un sistema nacional de seguridad minera, SNSM.
Licencia Ambiental Temporal en el marco del Plan Único de Legalización y Formalización Minera.
Las actividades de explotación minera que cuenten con acto administrativo que certifica el proceso de formalización por parte de la autoridad minera, deberán radicar el Estudio de Impacto Ambiental junto con la solicitud de Licencia Ambiental Temporal para la Formalización Minera, en un plazo no superior a un (1) año a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley.
Para quienes no exista definición de fondo por parte de la autoridad minera, tendrán un (1) año a partir de la firmeza del. acto administrativo que certifica el proceso de formalización de pequeña minería por parte de la autoridad minera, para radicar el Estudio de Impacto Ambiental, junto a la solicitud de Licencia Ambiental Temporal para la Formalización Minera.
La autoridad ambiental encargada de evaluar y otorgar la Licencia Ambiental Temporal para la Formalización Minera, contará con un término. máximo de cuatro (4) meses para definir de fondo dichos trámites una vez sea'n radicados por el interesado. En caso de ser susceptible de requerimientos, este término no podrá exceder los cinco (5) meses para definir el trámite.
Parágrafo 1. Tomando como base el enfoque diferenciado, la simpiificación de trámites y procesos, !a articulación efectiva entre las Instituciones nacionales y locales y el acompañamiento de la autoridad minera en el proceso de legalización y formalización, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible tendrá un (1) año para reglamentar los requisitos diferenciales para la solicitud, evaluación y otorgamiento de la Licencia Ambiental Temporal para la Formalización Minera.
Parágrafo 2. Quienes no cuenten con el acto administrativo que certifica el proceso de formalización por parte de la autoridad minera y la Licencia Ambiental Te:':poral para la Formalización Minera. no podrán desarrollar actividades de explotación minera. De lo contrario, ~erán sujetos de lo establecido en 1a Ley 1333 de 2009.
https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%202250%20DE%2011%20DE%20JULIO%20DE%202022.pdf


