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Jul. 24 - Jul. 27 de 2023 

Boletín Normativo Sectorial

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Contexto Normativo

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Jue. 27 de Julio de 2023

Gobierno – Transporte. DNP-Documento CONPES 4118 del 14 de Julio de 2023. Política Nacional Portuaria. Modernización y sostenibilidad de la actividad portuaria y su articulación con el territorio (1). Seis acciones de política y su justificación desde el diagnóstico.

No obstante, el sector portuario es ineficiente en varios frentes de su operación, lo que ha dificultado su adaptación al entorno global y territorial bajo principios de sostenibilidad ambiental.

Se prevé que el cumplimiento de los objetivos de la política portuaria tendrá un costo indicativo de 11.746 millones de pesos, sin incluir las obras por priorizar. La ANI y Cormagdalena estiman que estos recursos puedan movilizar inversiones del orden de 10,66 billones de pesos2 .

Con todo ello, la política portuaria implementará un conjunto de acciones organizados a partir de seis ejes:

(i) la articulación del sistema portuario con los instrumentos de planeación territorial y las condiciones físicas y ambientales de línea de costa en los litorales colombianos.

(ii) la promoción de la incorporación de buenas prácticas ambientales y de responsabilidad social empresarial del sistema portuario nacional.

(iii) la actualización de los esquemas de regulación tarifaria y de contraprestación en los puertos del país.

(iv) la mejora en las condiciones de la infraestructura de accesos marítimos, terrestres y fluviales.

(v) la actualización de los instrumentos regulatorios del sistema portuario colombiano.

(vi) la actualización del marco institucional del sector portuario que habilita el ejercicio de la autoridad portuaria del sistema

1. Articulación del crecimiento del sistema portuario con los instrumentos de planeación territorial y las condiciones físicas y ambientales de línea de costa

El diagnóstico en este capítulo se basa en que existen brechas en la definición de áreas para expansión portuaria por parte de los territorios dentro de sus instrumentos de planeación y la solicitud y otorgamiento o ampliación de infraestructura portuaria. Teniendo en cuenta que el recurso costero es escaso y adicionalmente presenta limitaciones de tipo físico ambiental. Estas brechas están relacionadas con:

(i) desactualización del instrumento que rige el ordenamiento físico, portuario y ambiental;

(ii) Desarticulación entre los instrumentos de planeación territorial y de desarrollo de infraestructura del sistema portuario; y

(iii) deficiente uso de la capacidad instalada del sistema portuario marítimo y ambigüedad en definición de los roles de cada puerto. A continuación, se abordará cada uno de los citados retos.

Durante los últimos cinco años los volúmenes de carga movilizados por el sistema portuario Nacional experimentaron variaciones negativas atribuibles a menores volúmenes de carga movilizada en las zonas portuarias del Río Magdalena, Tumaco y Buenaventura y en términos de productos por el descenso en las exportaciones de carbón, sumados a los efectos de la pandemia. En 2022 el volumen de carga movilizada en los puertos decreció 2% para ubicarse en 171 millones de toneladas.

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Se identifica el impacto de la coyuntura económica global en la dinámica portuaria al estar concentrada en el comercio exterior y la vulnerabilidad en términos de la dependencia del sistema portuario de movilización de carbón y graneles líquidos como el petróleo.

También se señala que En términos de determinantes, la movilización de carga se asocia en gran medida a la capacidad de adaptación de la infraestructura disponible para ello. Es posible asegurar que el crecimiento del sector portuario colombiano depende en gran medida de la oferta en infraestructura, de modo que ha sido suficiente para responder a la demanda de movilización actual y prevista en el mediano plazo55 (DNP, 2019). Al respecto, entre el año 1991 y el año 2021, en Colombia se han desarrollado más de 130 terminales portuarias asociadas a 97 contratos de concesión suscritos en el mismo período. Estas terminales se han ubicado en nueve zonas portuarias (Mapa 1).

Se señala también que el otorgamiento de nuevas concesiones portuarias ha incrementado la capacidad y ocupación de nuevas zonas de uso público, aun cuando existe una capacidad sobrante del sistema portuario superior al 50 %. El año 2022 el sector portuario nacional ya contaba con una capacidad cercana a las 401 MT anuales, y de 467 MT anuales proyectadas para 2023. En 2022 esta cifra ascendía a 97, de 106 otorgados en total.

Entre tanto, la demanda del sistema se sitúa hoy apenas en 168,6 millones de toneladas.

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1. Desactualización de los instrumentos de planeación ambiental, lo que impide la planeación portuaria por el desconocimiento de restricciones físicas, y carencia de capacidades para medir con la frecuencia debida los cambios morfológicos de los entornos costeros, y la deficiencia en las herramientas de planeación del sector para determinar los impactos del cambio climático.

2. Se señala la poca articulación entre los instrumentos de planificación territorial y el desarrollo de infraestructura del sistema portuario. Esta situación limita la posibilidad de optimizar las inversiones efectuadas para promover la eficiencia del sistema portuario a través de su desarrollo, así como el logro de relaciones funcionales, de cooperación y muto beneficio, entre las entidades territoriales.

El resultado es una fragmentación urbana, de infraestructura y de servicios portuarios, que genera cuellos de botella en la operación de los puertos colombianos. Ejemplo de ello son los mayores índices de siniestralidad vial, y frecuentes sobre costos en inversiones para accesos terrestres y marítimos, así como elevados tiempos en el acceso terrestre a los terminales portuarios. Todo ello, limita la capacidad de atención de carga y promueve el desaprovechamiento de la capacidad instalada de los terminales portuario(Financiera de Desarrollo Nacional [FDN], 2015).

Por otro lado, la desarticulación analizada se ha relacionado con la dificultad de identificar los usos y vocaciones del suelo en el que se encuentran los puertos. De manera general, esto reduce la dinámica de actividades económicas y productivas que potencien el desarrollo socioeconómico de los territorios, así como la ocupación de las personas, de manera consistente con los usos y vocaciones del suelo.

Adicionalmente, los distritos portuarios no formulan ni implementan planes y programas dirigidos a armonizar los planes maestros portuarios o de desarrollo económico, con los planes de movilidad y logística de las entidades territoriales en los que se ubican.

Deficiente uso de la capacidad instalada del sistema portuario marítimo y ambigüedad en definición de los roles de cada puerto.

Aun cuando el país cuenta con una capacidad portuaria suficiente, su principal desafío consiste en maximizar el uso de su infraestructura disponible. Así, por ejemplo, la evaluación de la capacidad instalada en el Atlántico desarrollada en 2019 por el DNP, en la que se desagregaron zonas portuarias y tipos de carga, permitieron advertir señales de alerta preventiva, particularmente en las zonas portuarias de Santa Marta y Ciénaga en los segmentos de carga general y granel líquido, con relaciones volumen/capacidad del 78 % y 83 % respectivamente. Así mismo, en el caso de la zona portuaria de Turbo, se presentó una saturación del 82 % en carga general; mientras que, en el Golfo de Morrosquillo, en granel sólido con 76 %. Para el caso del litoral Pacífico, en la zona portuaria de Buenaventura, el granel líquido tuvo una saturación del 75 % (DNP, Estudio de Demanda y Capacidad Portuaria, 2019). Las herramientas de planificación del sector en relación con el comercio exterior son deficientes, debido al rezago en la información en la que se sustentan los modelos de transporte y de capacidad portuaria.

Se prevé que para 2030 exista un desequilibro entre la oferta de infraestructura portuaria de los litorales Atlántico y Pacífico (DNP, 2019). Como se presenta en la Tabla 1, el litoral pacifico colombiano cuenta con un total de 15 contratos de concesión otorgados, de los cuales 80 % están en operación; mientras el litoral Caribe cuenta con un total de 81 contratos de los cuales 69 % están en operación. A este respecto, debe indicarse que cuando un contrato de concesión no se encuentra en operación se debe a circunstancias de demanda u otros aspectos que impiden su entrada en funcionamiento. Esta situación es particularmente relevante en la zona portuaria de Barranquilla, en donde más del 40 % de los contratos de concesión no operan. Lo anterior, incide negativamente al momento de otorgar más concesiones en zonas portuarias donde existe la posibilidad de ampliar la capacidad en contratos ya otorgados.

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Existe también un desbalance en el número de concesiones portuarias otorgadas y en operación en los dos litorales colombianos, que redunda en una asimetría en la capacidad del sistema a nivel de los citados litorales. Se puede concluir que, a corte de 2018 el litoral Caribe cuenta con un poco más del 85 % de la capacidad portuaria total del país, mientras tal contribución no alcanzaba el 15 % en el caso del litoral Pacífico.

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Otros de los problemas identificados son la débil apropiación de buenas prácticas ambientales y de responsabilidad social empresarial del sistema portuario nacional, la inexistencia de la medición y seguimiento de la huella de carbono de las actividades portuarias en torno a los GEI generados y utiliza gran cantidad de combustibles fósiles. No se usan herramientas para monitorear el comportamiento y los resultados de las medidas tomadas para la gestión del cambio climático en cuanto a:

(i) definir metodologías de cálculo de la huella de carbono generada por las operaciones portuarias, y

(ii) generar las acciones de corto, mediano y largo plazo para que las terminales portuarias tengan acceso a energías limpias y a condiciones de autogeneración de energía a partir de Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER) que permitan contribuir a la transición energética con miras a reducir el impacto ambiental, mientras garantizan condiciones de competitividad en su operación.

Se identifica también la falta de reglamentación de reportes de sostenibilidad para el sistema portuario bajo estándares internacionales, la deficiencia en desarrollos de nueva infraestructura portuaria orientada a las nuevas tecnologías de producción y distribución de FNCER para consumo propio y comercialización en el exterior, el déficit en el ascenso tecnológico de los puertos para la descarbonización de la actividad, el desecho inadecuado de los materiales que provienen de las actividades de dragado en los entornos marítimos y fluviales y la baja apropiación de prácticas de responsabilidad social-empresarial con las comunidades y el entorno.

3. Desactualización de los esquemas de regulación tarifaria y multiplicidad de esquemas de contraprestación en los puertos del país

Las relaciones económicas, en términos del establecimiento de tarifas y contraprestaciones en la conformación de los ingresos y egresos de los operadores portuarios, son desconocidas por el marco regulatorio vigente del sector portuario. Como se ha evidenciado, en el ciclo completo de los proyectos portuarios participan múltiples entidades con diversas responsabilidades en los distintos procesos que no se adaptan a las exigencias y tendencias actuales del sector. Se ha identificado que tal desadaptación encuentra explicación en la poca transparencia del sistema tarifario con que se facturan los servicios portuarios y en la existencia de múltiples esquemas de contraprestación portuaria. A continuación, se analizan cada una de las citadas causas del problema.

Se identifica la opacidad del esquema tarifario de los servicios prestados por los puertos del país, Se ha evidenciado que la rigidez del esquema tarifario de los servicios portuarios impide su adaptación a las condiciones de mercado actuales, el sistema portuario no es lo suficientemente flexible para lograr adaptarse a las condiciones de mercado.

El sistema de regulación tarifaria parcial limita la libertad tarifaria de los puertos de servicio público. Las tarifas reguladas abarcan muellaje, uso de instalaciones, almacenaje y servicios públicos, no obstante que la tarifa por almacenaje se encuentra regulada por unas normas particulares56 . La Ley 1 de 1991 establece que el Gobierno nacional tiene potestades para autorizar a los operadores la fijación libre de tarifas57 . Ello, pese a que la liberación de tarifas portuarias para los servicios regulados en el país ha sido recomendada en el diseño de metodologías para el cálculo de servicios portuarios (Idom Consulting e Ivarsson Asociados, 2015) y en el estudio de demanda y capacidad portuaria (DNP, 2019), en los que se afirma que Colombia ya cuenta con un número amplio de sociedades portuarias y servicios de infraestructura (como se puede identificar en la Tabla 4), y que, en ese sentido, el riesgo de imponer precios y tarifas en el mercado, es menor.

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Por otro lado, el ejercicio de vigilancia aplicado en el sistema portuario por la Superintendencia de Transporte es débil.

Existe una multiplicidad de esquemas de contraprestación portuaria. Existe una amplia multiplicidad de metodologías de contraprestación portuaria, que habilitan condiciones e incentivos dispares en cada zona portuaria, y por esa vía, dificultan la inclusión de aspectos particulares del sector, y de cada contrato. Las metodologías de contraprestación existentes desconocen además principios y criterios que tengan en cuenta las particularidades de las terminales portuarias y los litorales del país.

4. Limitaciones en las condiciones de la infraestructura de accesos marítimos, terrestres y fluviales

Existe un permanente desbalance entre la demanda de inversión del sistema portuario y la disponibilidad presupuestal para financiarla. A pesar de que la Ley 1 de 1991 define la destinación específica de los recursos captados por el Estado por concepto de contraprestación portuaria, la demanda de inversión en infraestructura de acceso intermodal a los puertos supera la disponibilidad de recursos generados con ese mecanismo. Ello cobra especial relevancia al considerar que la infraestructura de acceso a los puertos debe soportar altas demandas de tráfico, debido a los pesos y volúmenes de las cargas movilizadas, y que los inversionistas privados no tienen incentivos para realizar inversiones adicionales a las establecidas en los planes de inversión de los respectivos contratos de concesión.

Por otro lado, las limitaciones de los puntos de acceso terrestre, fluvial y marítimo a los puertos generan cuellos de botella que afectan la actividad portuaria. En particular, disminuyen la competitividad de los servicios portuarios en términos de tiempos y costos, máxime cuando se considera que gran parte de los accesos marítimos del país se encuentran afectados por fenómenos como mareas, corrientes fuertes o depósitos de corrientes de agua, que generan restricciones en los canales.

En 2021 por cuestiones de seguridad y orden público, la logística de los contenedores en el país se vio afectada y generó aumentos significativos en los fletes. El movimiento de carga contenerizada ha ido creciendo en el comercio internacional, debido a que su manipulación facilita la estandarización de operaciones de movimiento y control. Reflejo de su importancia fue lo ocurrido en 2021 cuando, de acuerdo con Analdex, se evidenciaron alzas en los fletes de hasta el 450% desde el inicio de la pandemia en marzo de 2020. A este escenario, se sumó la problemática asociada a los bajos niveles de servicio ofrecidos por los operadores portuarios en relación con actividades de entrega, recepción y manipulación de contenedores vacíos.

En líneas generales, la falta de regulación de estos 46 actores de la cadena logística, sumada a la inexistencia de plataformas tecnológicas para el enturnamiento, los retos en infraestructura para el acceso y los horarios de atención en últimas terminan generando sobrecostos y tiempos mayores que afectan el comercio del país.

Se identifican limitaciones en las deficiencias en los accesos terrestres o fluviales y en la profundidad de los accesos marítimos.

En los marítimos y fluviales se requiere aumentar la profundización de accesos marítimos y fluviales lo que implica obras de alto costo. En los accesos terrestres, que están a cargo del sector público, enfrenta los mismos retos de conectividad, calidad y nivel de servicio de los sistemas, en los diferentes modos. Lo anterior, resulta problemático al contemplar que, para funcionar eficientemente, las terminales portuarias requieren conexiones intermodales, dado que la cadena de transporte en la plataforma continental exige pavimentos más resistentes, capacidades viales, de carreteras y férreas, que alojen mayores tránsitos y volúmenes de carga, a la par de sistemas tecnológicos, de información, y de gestión vial, complementarios y cada vez más sofisticados.

A este respecto, aunque el PMTI 2022 priorizó 6 proyectos de diferentes modos de transporte, de cara a mejorar los accesos portuarios en el modo carretero, fluvial, férreo y aeroportuario de varios de los distritos, persisten deficiencias en los planes de inversiones que permita mejorar los accesos de los puertos con los diferentes modos de transporte (Tabla 5).

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La desarticulación del sistema portuario con la planeación territorial ha llevado al desarrollo espontáneo de ciudades-puerto que no cuentan con buenas condiciones de conectividad y eficiencia a lo largo de la cadena logística y de corredores logísticos, lo que es más es más crítico para la movilización de carga por el modo de transporte terrestre. . La alta concentración en el modo carretero, además de representar una deuda histórica con los modos férreo y fluvial, también ha generado la segregación de territorios, como en el caso de las ciudades puerto y la vinculación de estas con los corredores logísticos de importancia estratégica para el país.

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Existe un atraso significativo en la consolidación de un sistema eficiente de puntos de intercambio modales en el sistema portuario. Si bien la concentración de la carga en el modo carretero no se puede explicar únicamente en la falta de puntos de intercambio modal, sí es parte del diagnóstico delimitado en la Política Nacional Logística, y de las razones por las cuales no se ha desarrollado un sistema de transporte intermodal. Lo anterior, es evidentemente problemático al dificultar la conexión de zonas industriales y los principales centros urbanos con los puertos, entorpeciendo la entrada y salida de mercancía

5. Desactualización de instrumentos regulatorios que posibilitan la prestación de los servicios portuarios

La desactualización de los instrumentos regulatorios para la prestación de servicios portuarios ha generado ambigüedad e incertidumbre ante el vencimiento de los contratos de concesión vigentes que ya fueron renovados una vez. La proximidad en el vencimiento de los contratos de concesión suscritos y la ausencia de una revisión de orden técnico y ambiental sobre las implicaciones de tal vencimiento ha generado incertidumbre entre los actores del sistema. No resulta claro lo que sucederá con los plazos de los contratos de las concesiones suscritas en el marco de la Ley 1 de 1991. Es urgente realizar una revisión técnica que entregue lineamientos para todos los actores, ante el vencimiento de las concesiones. No hacerlo puede impactar negativamente la estabilidad y continuidad en la prestación del servicio portuario, así como su proceso de adaptación el mercado internacional. A continuación, se analizan las problemáticas identificadas como causa del problema planteado.

Esto, de acuerdo con el CONPES se da por la desactualización del esquema regulatorio, que no atiende las condiciones del modelo actual de negocio, la ambigüedad sobre los procesos de reversión y re-concesión u otorgamiento de contratos previos a su vencimiento, los escasos incentivos para promover la inversión privada para garantizar el servicio continuo de los puertos.

Lo anterior, conocido como cola de la concesión es una problemática que se refiere a las necesidades de inversión que demandan los niveles de 50 servicio en los puertos en determinado momento, considerando que el concesionario ya ha ejecutado el plan de inversiones previsto en el contrato. Lo anterior significa que, acercándose el vencimiento del plazo máximo de los contratos de concesión y sus adiciones cuando a ello haya lugar, no existen incentivos suficientes para seguir invirtiendo, lo que podría afectar negativamente la dinámica del comercio internacional por falta de competitividad frente a otras zonas portuarias del continente. Bajo ese entendido, aspectos como el plazo y el valor del contrato, así como las restricciones a la adecuación de las condiciones de los contratos de concesión presentan altas limitaciones en el modelo actual que impiden resolver inversiones y competitividad del sector (Cepal, 2021)

6. Debilidad institucional del Ministerio de Transporte para ejercer su rol como autoridad portuaria

Esta debilidad se materializa en una autoridad atomizada al descentralizar funciones de manera poco clara afectando e desempeño de la actividad, en particular por que las modificaciones normativas que llevaron a la creación de nuevas entidades, la reducida claridad en la redistribución de funciones y competencias, y la redefinición de fronteras institucionales son la principal causa de contar con una autoridad portuaria atomizada.

La atomización del ejercicio de autoridad en el sistema portuario y superposición de funciones. La debilidad en la participación del Mintransporte en el otorgamiento de concesiones o modificación de las existentes y la desarticulación en la captura de datos y multiplicidad de sistemas de información entre entidades del sector público que dificulta la toma de decisiones y el ejercicio de la autoridad del sistema portuario.

https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4118.pdf

Mar. 25 de Julio de 2023

Gobierno-energía. UPME. Plan de Expansión de Referencia Generación – Transmisión 2022-2036. Obras a realizar

Este pĺan establece los 7 proyectos que deberán ser desarrolladas en los departamentos de Córdoba, Valle, Bolivar, Risaralda y Arauca. Los proyectos son:

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Lun. 24 de Julio de 2023

Gobierno – Hacienda-Combustibles. Proyecto de decreto Minhacienda que busca establecer un mecanismo diferencial de estabilización de precios para grandes consumidores, reglamentando lo establecido en el Plan de Desarrollo en esta materia.

Artículo 1. Adiciónese el artículo 2.3.4.1.17 al Capítulo 1 del Título 4 de la Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en los siguientes términos:

Artículo 2.3.4.1.17. Mecanismo diferencial de estabilización de precios para grandes consumidores.

Determínese el mecanismo diferencial de estabilización de precios de los combustibles para los grandes consumidores definidos en el artículo 2.2.1.1.2.2.1.4 del Decreto 1073 de 2015, de conformidad con lo señalado en el inciso 1 del artículo 244 de la Ley 2294 de 2023.

En consecuencia, el ingreso al productor fósil de la gasolina motor corriente y el ACPM-Diésel para los mencionados agentes deberá ser como mínimo el precio de paridad internacional. El presente mecanismo diferencial no aplica a empresas generadoras de energía ubicadas en Zonas No Interconectadas (ZNI).

Artículo 2. Modifíquese el artículo 2.2.1.1.2.2.1.3. de la Subsección 2.1 de la Sección 2 del Capítulo 1 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1073 de 2015, Decreto Único Reglamentario del sector Minas y Energía, en los siguientes términos:

ARTÍCULO 2.2.1.1.2.2.1.3. Autoridad de regulación control y vigilancia. Corresponde al Ministerio de Minas y Energía de conformidad con las normas vigentes, la regulación, control y vigilancia de las actividades de refinación, importación, almacenamiento, distribución y transporte de los combustibles líquidos derivados del petróleo, sin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas a otras autoridades.

 Corresponde a la CREG regular las actividades de refinación, importación, almacenamiento, distribución y transporte de los combustibles líquidos derivados del petróleo.

 

“Artículo 2.2.1.1.2.2.1.3. Autoridad de regulación, control y vigilancia. Corresponde al Ministerio de Minas y Energía de conformidad con las normas vigentes, la regulación, control y vigilancia de las actividades de refinación, importación, almacenamiento, distribución y transporte de los combustibles líquidos derivados del petróleo, sin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas a otras autoridades.

 

Corresponde a la CREG regular las actividades de refinación, importación, almacenamiento, distribución y transporte de los combustibles líquidos derivados del petróleo.

 

Así mismo, corresponderá al Ministerio de Minas y Energía establecer el control y vigilancia sobre los mecanismos diferenciales de estabilización de precios frente a los agentes y actores de la cadena de distribución de combustibles líquidos y biocombustibles.

 

Para efectos de lo anterior, podrá determinar los mecanismos o lineamientos que considere necesarios para cumplir con estos fines.

https://www.minhacienda.gov.co/webcenter/ShowProperty?nodeId=%2FConexionContent%2FWCC_CLUSTER-226319%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased

Sector de la semana

Sector de la semana

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Jue. 27 de Julio de 2023

Gobierno – Transporte. DNP-Documento CONPES 4118 del 14 de Julio de 2023. Política Nacional Portuaria. Modernización y sostenibilidad de la actividad portuaria y su articulación con el territorio (2). Plan de Acción.

En la definición de la política se plantean 6 objetivos específicos:

OE1. Articular el sistema portuario con los instrumentos de planificación territorial y las condiciones físicas y ambientales de línea de costa en los litorales colombianos, para cerrar la brecha entre el crecimiento portuario y el desarrollo del territorio y posibilitar el desarrollo armónico de ambos.

OE2. Promover la incorporación de buenas prácticas ambientales y de responsabilidad social empresarial del sistema portuario nacional para consolidar la visión de sostenibilidad socioambiental del sistema portuario.

OE3. Actualizar los esquemas de regulación tarifaria y de contraprestación en los puertos del país para promover la transparencia en su aplicación y, por esa vía, la competitividad y la eficiencia en los servicios prestados.

OE4. Superar las limitaciones de la infraestructura de accesos marítimos, terrestres y fluviales y conectividad intermodal para incrementar la competitividad del sector.

OE5. Actualizar los instrumentos regulatorios del sistema portuario colombiano para promover el crecimiento, competitividad y modernización de sus puertos.

OE6. Fortalecer el marco institucional del sector portuario para facilitar al Ministerio de Transporte el ejercicio de su rol como autoridad portuaria.

Plan de acción

Eje estratégico 1. Actualización de la metodología de formulación y actualización del Plan de Ordenamiento Físico Portuario y ambiental de los litorales colombianos (Pofpa), actualizando la información, las bases de datos. La UPIT y el Mintransporte así como las entidades del sector revisarán las bases de datos a cargo de cada entidad que sea insumo del Pofpa, con el fin de proveer la información pertinente de acuerdo con los criterios establecidos para la metodología de zonificación en el Pofpa de 2008. La Upit definirá una metodología y las herramientas tecnológicas mediante las cuales los municipios costeros podrán cargar la información correspondiente proveniente de los POT, PBOT, EBOT y de otros ejercicios requeridos para el desarrollo del Pofpa.

Se consolidará la información en una herramienta abierta a los distintos actores que participan en el modo marítimo y fluvial y se elaborará el plan de ordenamiento físico y portuario. Una vez se cuente con una metodología robusta y actualizada, y antes de terminar el año 2025, los resultados de dicha metodología deberán ser tenidos en cuenta por las entidades concedentes para el otorgamiento o prórroga de concesiones portuarias.

Articulación entre los instrumentos de planeación territorial con la infraestructura portuaria para la elaboración de planes maestros de las instalaciones portuarias entre 2023 y 2024, en el marco de los planes maestros de movilidad segura y sostenible y/u otro instrumento de planificación territorial establecidos en la ley y definirán los mecanismos para la elaboración y actualización de estos planes, de modo que se articulen con las entidades territoriales y el sector privado; así como con los instrumentos de planeación territorial o que sirvan de insumo para la elaboración de los mismos.

Actualización de los modelos de transporte y capacidad portuaria, por parte de la UPIT y el ministerio de transporte, donde se actualizará los modelos de transporte y de capacidad portuaria como herramienta para la planificación del sector y del comercio exterior entre 2024-2025.

Se clasificarán los roles de cada puerto y el uso eficiente de la capacidad instalada del sistema portuario marítimo entre 2024 y 2025.

Eje estratégico 2. Promover la incorporación de buenas prácticas ambientales y de responsabilidad social empresarial del sistema portuario nacional para consolidar la visión de sostenibilidad socioambiental del sistema portuario

En las acciones de este eje se contempla establecer una metodología de buenas prácticas ambientales y de responsabilidad social empresarial del sistema portuario nacional para consolidar la visión de sostenibilidad socioambiental del sistema portuario:

1. Se establecerá una metodología de seguimiento a la huella de carbono,

2. Se implementarán reportes de sostenibilidad con estándares ambientales,

3. Se promoverá la promoción del desarrollo de nueva infraestructura portuaria con renovables para consumo propio y comercialización en el exterior,

4. El ascenso tecnológico de los puertos para la descarbonización,

5. La construcción de infraestructura portuaria para el hidrógeno verde,

6. El impulso del uso benéfico del material de dragado

7.El relacionamiento sostenible con las comunidades y el entorno

Eje estratégico 3. Actualizar los esquemas de regulación tarifaria y de contraprestación en los puertos del país para promover la transparencia en su aplicación y por esa vía, la competitividad y la eficiencia en los servicios prestados

En este eje se actualizará y simplificará el esquema tarifario de puertos marítimos y fluviales, se propondrá una metodología de cálculo de contraprestación acorde a las particularidades a las zonas que atienda los principios de objetividad, simplicidad y transitabilidad y teniendo en cuenta variables económicas que inciden en el contrato de concesión para asegurar la competitividad del sector, el impacto en las tarifas portuarias, evaluar el impacto en los ingresos y utilidades de cada concesionario, considerar estímulos a la inversión, la fórmula de contraprestación la que deberá tener en consideración un componente fijo y otras variables.

Eje estratégico 4. Mejorar las condiciones de la infraestructura de accesos marítimos, terrestres y fluviales para incrementar la competitividad del sector

Desde el 2023 hasta 2027, Ministerio de Transporte con el apoyo del Invías, la ANI y Cormagdalena priorizará los proyectos de inversión en materia de los accesos carreteros, ferroviarios y fluviales de las instalaciones portuarias, garantizando la profundización y el dragado de mantenimiento de los canales de acceso de las zonas portuarias del Caribe y Pacifico62 y las entidades ejecutoras deberán implementar los proyectos anteriormente priorizados. En 2024, el Ministerio de Transporte desarrollará la reglamentación para la operación de los patios de contenedores en el territorio colombiano, con el objetivo de garantizar la eficiencia en la cadena logística de transporte de carga.

Eje estratégico 5. Actualizar los instrumentos regulatorios del sistema portuario colombiano para promover el crecimiento, competitividad y modernización de los puertos que lo integran

En este eje se contempla una revisión de la normativa con miras a lograr una armonización, unificación y consolidación de los elementos a que haya lugar.

En segundo lugar se revisará la gestión contractual para la reversión y otorgamiento de contratos de concesión Entre 2024 y 2025, el Ministerio de Transporte, la ANI y Cormagdalena, estructurarán mecanismos, previo al vencimiento de los contratos de concesión portuaria, que faciliten el proceso de reversión de los contratos y el otorgamiento de las nuevas concesiones, garantizando continuidad en la prestación del servicio y niveles de servicio adecuados a las demandas de los usuarios, sin que implique que el Estado entre a administrar los puertos.

Para el efecto, se tendrá en cuenta que la valoración del Plan de inversión ejecutado se efectúe calculando el valor presente de la sumatoria de todos los ítems que conforman las inversiones contractuales ejecutadas, previa validación de las oficinas jurídicas de las entidades concedentes, sin que esto afecte los intereses del Estado colombiano.

También se contemplan incentivos a las inversiones privadas En 2024 y 2025. El Ministerio de Transporte, con el apoyo de la ANI y Cormagdalena, a través del desarrollo de una agenda coordinada con las entidades del sector con responsabilidades en el modo fluvial y marítimo, diseñará e implementará un esquema de incentivos, que permita garantizar inversiones del sector privado en la infraestructura portuaria, orientadas a la competitividad y eficiencia en la operación portuaria del país. Como parte del análisis, se desarrollarán mesas de trabajo con el sector privado

Eje estratégico 6. Fortalecer el marco institucional del sector portuario para facilitar al Ministerio de Transporte el ejercicio de su rol como autoridad portuaria

En este eje se implementarán reformas institucionales e, que atiendan al fortalecimiento, liderazgo y su rol como autoridad portuaria nacional, así como analizará y depurará las instancias de articulación sectorial que lleve a la especialización de estas. el Ministerio de Transporte identificará y propondrá la especialización de funciones de las entidades estatales que ejercen funciones en la actividad marítima, fluvial y portuaria, y generará escenarios de articulación entre los diferentes niveles de Gobierno para el modo portuario marítimo y fluvial. Se conformarán comités operativos de zonas portuarias y logísticas, el otorgamiento de nuevas concesiones o modificación de contratos existentes que impliquien la ampliación de la capacidad portuaria, el diseño, adopción e implementación de la herramienta de repositorio portuario y la adopción de su herramienta, la conformación de una instancia de articulación intersectorial.

https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4118.pdf

Mié. 26 de Julio de 2023

Gobierno – Economía-General. Los grandes retos de Colombia en momentos de cambio. Mauricio Santamaría, presidente de ANIF

Colombia enfrenta cuatro desafíos: consolidar las finanzas de manera responsable, generar empleo en un escenario de bajo crecimiento, corregir las reformas de salud y pensiones para preservar logros y aprovechar las oportunidades de la transición pero con cautela.

Vamos a tener dos años de crecimiento a tasas bajas, con riesgos a la baja en 2024 que son importantes. Con la inflación está cercana al 9 a 9,5% que no alcanza la meta el año entrante. Una tasa de cambio de 4.449 en el promedio de 2023. El balance en cuenta corriente muy grande en 2023 todavía pero se ajusta en 2024 de forma importante por la contracción de la demanda generada por la política monetaria y otros aspectos generarán una reducción en el déficit comercial. El precio del petróleo se estima en 79 dólares por barril en 2023 y 75 en 2024.

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En los supuestos anteriores, ANIF se encuentra mas o menos de acuerdo con las proyecciones el Marco Fiscal del Gobierno. No obstante, cuando se analiza el tema fiscal se encuentran las diferencias.

Los ingresos tributarios suben mucho este año, en lo que se se refiere a gestión de la DIAN se estima en 0,8% del PIB para este año y en 1,3 en adelante, considerando que es un esfuerzo demasiado grande par los ingresos mientras los no tributarios, en este año y el siguiente es el petróleo el que le salva el año al gobierno, con 2,2% del PIB en ingresos petroleros este año y del 2% en 2024.

Esto nos lleva al gráfico de ingresos totales, que muestra que los ingresos totales registran un crecimiento del 16% del PIB hace dos años en 2023 el 21% del PIB en ingresos que se mantienen en 20% en adelante y a pesar de esto vamos a tener un déficit muy importante y no va a haber una corrección del déficit como todos la esperábamos pues los ingresos vienen en gran parte del petróleo y otro punto de fuentes etéreas y otros temas de normalización tributaria a los que se ha esforzado mucho el Minhacienda.

Hay una discusión importante en donde mientras el CARF dice y ANIF comparte que este es un ingreso de una vez o dos y la DIAN y Minhacienda dice que no que es un ingreso estructural.

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Cuando se ve el fondo de estabilización de precios de los combustibles, que el año pasado terminó en un déficit muy grande que se ha reducido por los aumentos en la gasolina corriente pero queda el desafío del diesel con impacto muy grande en este fondo. Los gastos son altísimos en 2023 y 2024 del orden de 25 puntos del PIB y después se plantea un ajuste muy fuerte a partir del 2025 y 2026 para llegar más o menos a 22 puntos del PIB que no sabemos si se dará por que estamos hablando de otra coyuntura política.

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Los intereses son muy grandes este año y el siguiente mas lo que va para el FEPC, y si se tiene un déficit que en estos dos años se explica por el tema de combustibles e intereses, de la deuda pero el gasto primario se va reduciendo casi un punto del PIB entero entre el 2024 y el 2034 lo que implicaría reducir el gasto de inversión por que es el gasto flexible.

La conclusión es que se tiene una situación muy buena desde los ingresos tributarios pero un balance de déficit bastante grande. La linea roja es el marco fiscal recién presentado, la linea azul el plan financiero 2023 y la punteada es el marco fiscal del año pasado. El déficit de este año se corrige frente al déficit de 2022 pero no se ve así la tendencia cuando se compara con el plan financiero de 2023 o el marco fiscal de 2022.

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Esto se debe a la inflexibilidad del sistema general de participaciones y al gran monto de intereses de la deuda que se tiene que pagar el año entrante. Sin embargo, con la coyuntura de ingresos de las gráfica de ingresos no es tan fácil explicar el crecimiento del déficit de un año a otro.

En cuanto al abalance primario hay un superávit desde este año pero sino se da el recaudo adicional por gestión de la DIAN ya no habrá superávit sino déficit, como se observa en las gráficas. El déficit primario implica endeudarse para pagar la deuda, lo cual es lo que siempre se evita en la política fiscal y por esto es que es muy importante considerar las cuentas de ingresos en el Marco fiscal de mediano plazo.

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La inflexibilidad del gasto es fuerte en Colombia, una vez empieza un nuevo gasto corregirlo es imposible. El aumento importante de los ingresos corrientes implica mayores traslados al sistema general de participaciones, se acabó la fórmula fija que aumentaban estas participaciones 2 o 3% real por año y ahora implica que deben trasladarse a los gobiernos territoriales el 46,5% de los ingresos corrientes, una formula anterior de la constitución del 91 que casi quiebra al gobierno nacional central en el año 99, se genera una inflexibilidad insalvable por que si el gobierno requiere un peso para una carretera lo que implica una reforma tributaria, se tendrá que reformar el SGP en los años venideros nuevamente. Estás entre las siguientes alertas tempranas:

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Sin duda el tema fiscal volvió una preocupación grande, hay que ponerle atención.

Empleo

Sobre el empleo se señala que Colombia ha tenido una tasa de desempleo mayor a la del resto de países del mundo, por que el mercado laboral está altamente regulado, baja productividad y un nivel de producción que no alcanza para sostener aumentos sostenidos en el empleo. Se anticipa que el desempleo va a subir en el segundo semestre. El desempleo promedio será mayor al del año pasado. Si la reforma laboral esta aprobada como está habrá mayor desempleo e informalidad. Se mantienen problemas estructurales con baja participación de las mujeres frente a los hombres.

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El grueso del empleo se concentra en empresas con pocos trabajadores, salarios bajos y la informalidad. En el siguiente gráfico se observa la distribución del salario y el tipo de contrato según tamaño de empresa. Se observa que el grueso de las personas que ganan menos de un salario mínimo está en los cuenta propia, cifra que se va reduciendo en la medida que el tamaño aumenta. Son personas que en su mayoría no tienen contrato.

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En transición energética el potencial del cobre de Colombia es importante

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https://www.youtube.com/watch?v=a8TaTFDSCVM

Mar. 25 de Julio de 2023

Gobierno – Energía. UPME. Observaciones al comunicado XM del 17 de julio sobre el agotamiento de la red de transmisión y el crecimiento de la demanda.

OBSERVACIONES AL COMUNICADO DE PRENSA DE XM DEL DÍA 17 DE JULIO SOBRE EL AGOTAMIENTO DE LA RED DE TRANSMISIÓN Y EL CRECIMIENTO DE LA DEMANDA

La Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), entidad del orden nacional, conoció el comunicado de prensa emitido el 17 de julio de 2023 por el operador del sistema eléctrico, XM S.A. E.S.P., frente al cual considera necesario hacer algunas aclaraciones y observaciones en relación con las afirmaciones allí presentadas.

● Respecto a las proyecciones de demanda de energía eléctrica realizadas por la UPME, estas han demostrado ser muy cercanas a los valores reales observados hasta junio de 2023. De hecho, la diferencia entre los valores medios proyectados y los valores reales observados alcanza el 99% de fiabilidad. Por lo tanto, es importante resaltar que el crecimiento real de la demanda se encuentra dentro de las proyecciones realizadas por la UPME (anexamos a este comunicado el detalle sobre las proyecciones de demanda).

● Las situaciones descritas sobre el agotamiento de red en algunas zonas del país, son de público conocimiento desde hace más de una década (como el caso de la zona Guajira-Cesar-Magdalena), y como lo menciona el mismo XM en su comunicado, dichas situaciones han llevado, desde hace ya varios años, a riesgos y materialización de cortes de energía que sufren de manera particular las zonas más vulneradas históricamente, tales como las áreas de la costa y el pacífico colombiano. Ejemplo de ello, son algunas de las comunicaciones enviadas a la UPME y el Ministerio de Minas y Energía por el Consejo Nacional de Operación (CNO) en octubre de 2018 [1https://www1.upme.gov.co/SalaPrensa/ComunicadosPrensa/Comunicado_UPME_03_2023.pdf

Lun. 24 de Julio de 2023

Gobierno – Hacienda- Proyecto de decreto Minhacienda relacionado con el Fondo de Contingencias de las Entidades Estatales de que trata la Ley 448 de 1998.

En sus consideraciones este decreto establece que el Fondo de Contingencias de las Entidades Estatales (creado desde 1998) tiene por objeto atender las obligaciones contingentes de las Entidades Estatales que determine el Gobierno. El Gobierno determinará además el tipo de riesgos que pueden ser cubiertos por el Fondo.

Los recursos del Fondo de Contingencias de las Entidades Estatales serán las siguientes:

1. Los aportes realizados por las Entidades Estatales.

2. Los aportes del Presupuesto Nacional.

3. Los rendimientos financieros que generen sus recursos. 4. La recuperación de cartera.

PARAGRAFO. Previa incorporación al presupuesto del Fondo, los costos que genere su administración, podrán ser cubiertos con cargo a los rendimientos de los recursos aportados por las Entidades contribuyentes.” (Subrayado fuera de texto).

Que el inciso primero del artículo 2.4.1.1.7. del Decreto 1068 de 2015 establece que “Los rendimientos que genere la inversión de los recursos procedentes de los aportes de las entidades aportantes del Fondo de contingencias contractuales de las entidades estatales se destinarán, en primer término, a cubrir los costos en que haya incurrido la fiduciaria La Previsora S.A., por su administración, y su remanente será reconocido -en beneficio de las aportantes- en proporción directa al monto de sus aportes para cada período y traspasado a ellas cuando finalice la ejecución de contrato que contenga las obligaciones contingentes o cuando cese la posibilidad de ocurrencia de dichas obligaciones.”

Que el inciso primero del artículo 2.4.1.1.21. del Decreto 1068 de 2015 establece que “La fiduciaria La Previsora S.A., efectuará el pago debido por una entidad aportante a su contratista, por concepto de una obligación contingente, cuando sea requerida para ello, con los recursos que haya aportado la entidad al Fondo de contingencias contractuales de las entidades estatales en relación con el contrato que dio origen a la obligación y hasta concurrencia de la suma aportada con tal objeto.” (Subrayado fuera de texto).

Que en razón a que los rendimientos financieros generados en el Fondo de Contingencias de las Entidades Estatales, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 448 de 1998, hacen parte de los recursos del mismo, se hace necesario modificar los artículos 2.4.1.1.7. y 2.4.1.1.21. del Decreto 1068 de 2015, antes citadas, con el fin de que los rendimientos financieros del Fondo puedan ser utilizados para atender el objeto del mismo.

En la parte resolutiva, el decreto establece:

ARTÍCULO 2.4.1.1.7. Costos de administración

Artículo 1. Modifíquese el inciso primero del artículo 2.4.1.1.7. del Decreto 1068 de 2015, el cual quedará así:

Los rendimientos que genere la inversión de los recursos procedentes de los aportes de las entidades aportantes del Fondo de contingencias contractuales de las entidades estatales se destinarán, en primer término, a cubrir los costos en que haya incurrido la fiduciaria La Previsora S.A., por su administración, y su remanente será reconocido -en beneficio de las aportantes- en proporción directa al monto de sus aportes para cada período y traspasado a ellas cuando finalice la ejecución de contrato que contenga las obligaciones contingentes o cuando cese la posibilidad de ocurrencia de dichas obligaciones.

En ningún caso, podrá exigirse de las entidades aportantes la transferencia de suma alguna con destino al administrador por concepto de costos de administración

 

“Artículo 2.4.1.1.7. Costos de administración.

 

Los rendimientos que genere la inversión de los recursos procedentes de los aportes de las entidades aportantes al Fondo de contingencias contractuales de las entidades estatales se destinarán, en primer término, a cubrir los costos en que se haya incurrido por su administración, y su remanente será abonado a cada una de las subcuentas de las que trata el artículo 2.4.1.1.19. del presente Decreto, en proporción directa al monto de sus saldos.

ARTÍCULO 2.4.1.1.21.

 

Desembolsos. La fiduciaria La Previsora S.A., efectuará el pago debido por una entidad aportante a su contratista, por concepto de una obligación contingente, cuando sea requerida para ello, con los recursos que haya aportado la entidad al Fondo de contingencias contractuales de las entidades estatales en relación con el contrato que dio origen a la obligación y hasta concurrencia de la suma aportada con tal objeto.

Con la finalidad anotada, la fiduciaria La Previsora S.A., deberá verificar que el requerimiento de desembolso proviene del funcionario o funcionarios competentes de la entidad estatal aportante, así como la autenticidad del acto debidamente motivado que declara la ocurrencia de la contingencia y la de los documentos que acompañen la solicitud de desembolso. El desembolso deberá realizarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al recibo del requerimiento en debida forma.

En el caso de las obligaciones contingentes originadas en los contratos celebrados para el aprovisionamiento de vacunas necesarias para la protección de la población colombiana tras los efectos de la pandemia del COVID-19, el administrador del Fondo de contingencias contractuales de las entidades estatales no se requerirá el acto administrativo de que trata el artículo 2.4. 1.1.20, y bastará con la presentación por parte del contratista del contrato y los documentos que acrediten la materialización de la contingencia en los términos que determine el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. En caso de insuficiencia de recursos, la entidad estatal aportante deberá transferir los mismos dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación expedida para tal efecto por el administrador del fondo. El desembolso deberá realizarse dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes al recibo del requerimiento por parle del contratista proveedor de las vacunas necesarias para la protección de la población colombiana tras los efectos de la pandemia del Covid -19

 

Artículo 2. Modifíquese el inciso primero del artículo 2.4.1.1.21. del Decreto 1068 de 2015, el cual quedará así:

 

“Artículo 2.4.1.1.21. Desembolsos. El administrador del Fondo efectuará el pago debido por una entidad aportante a su contratista, por concepto de una obligación contingente, cuando sea requerida para ello, hasta por el monto de los aportes y los rendimientos de los recursos existentes en la subcuenta correspondientes al contrato y riesgo que dio origen a la obligación.”

https://www.minhacienda.gov.co/webcenter/ShowProperty?nodeId=%2FConexionContent%2FWCC_CLUSTER-226421%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased

Noticias de la semana

Noticias

favor dar click en el día deseado (el primero es el más reciente):

Jue. 27 de Julio de 2023

Energía

26 de julio de 2023

MinMinas liquidó de manera unilateral el contrato interadministrativo suscrito con el IPSE para las ZNI
$10.500 millones serán destinados para promover la creación de Empresas de Servicios Energéticos comunitarias en las regiones

Gobierno

26 de julio de 2023

Así quedaron conformadas las Mesas Directivas de las Comisiones Constitucionales. | Camara de Representantes
Se necesita la reforma laboral pero con política industrial | Ámbito Jurídico

Hidrocarburos

26 de julio de 2023

MinComercio prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2024 la norma que establece el reglamento técnico aplicable a talleres y equipos de conversión a gas natural comprimido para uso vehicular

Infraestructura

26 de julio de 2023

Ministerio de Transporte invita a Alcaldesa de Bogotá a compartir el cronograma de obras para la construcción del metro de Bogotá

Salud

26 de julio de 2023

Supersalud interviene en Soacha debido a la gran cantidad de quejas que tiene el sistema de salud - CONSULTORSALUD

Mié. 26 de Julio de 2023

Energía

25 de julio de 2023

CREG explicó la forma como puede realizarse la venta de energía directa a usuarios, realizada a través de sistemas de generación conformado por paneles solares
A través de concepto la CREG precisó las normas aplicables para las plantas de generación en construcción con Obligación de Energía Firme (OEF) asignada
Minenergía y FENOGE informan las acciones realizadas en torno a la posibilidad de la continuidad de operación del parque eólico JEPIRACHI

Gobierno

25 de julio de 2023

Colombia Compra explicó las tres alternativas mediante las cuales las entidades territoriales pueden celebrar convenios solidarios con organismos de acción comunal

Infraestructura

25 de julio de 2023

Texto del documento Conpes que aprueba la nueva “Política Nacional Portuaria”

Salud

25 de julio de 2023

Supersalud concilió recursos con hospitales por más de $1 billón

Telecomunicaciones

25 de julio de 2023

Ante el Congreso fue radicado el Proyecto de Ley para crear la Agencia Nacional de Seguridad Digital y Asuntos Espaciales

Mar. 25 de Julio de 2023

Energía

24 de julio de 2023

Concepto de la CREG sobre la legalidad del contrato de condiciones uniformes a celebrar con usuarios presentes en las ZNI que emplean soluciones individuales solares fotovoltaicas
MinMinas adjudicó los contratos correspondientes al concurso de méritos abierto, cuyo objeto es la interventoría administrativa, técnica, jurídica, ambiental, social, financiera y contable para los convenios de obras por impuestos

Fondos

24 de julio de 2023

Mintrabajo explicó la normativa aplicable al pago de cesantías

Gobierno

24 de julio de 2023

DNP presenta avances del Sistema de Administración del Territorio | Ámbito Jurídico

Hidrocarburos

24 de julio de 2023

Sección Cuarta el Consejo de Estado analizó los pagos originados en servidumbres petroleras

Infraestructura

24 de julio de 2023

La Superintendencia de Transporte sancionó a 6 concesionarios por no implementar el cobro electrónico de las tarifas en los peajes
Invías derogó la resolución en la que se adoptaron especificaciones particulares de construcción como alternativas de pavimentación utilizando asfalto natural en vías con bajos volúmenes de tránsito

Coyuntura normativa

Coyuntura normativa

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Jue. 27 de Julio de 2023

 

Gobierno – Transporte. DNP-Documento CONPES 4118 del 14 de Julio de 2023. Política Nacional Portuaria. Modernización y sostenibilidad de la actividad portuaria y su articulación con el territorio (3). Financiamiento y recomendaciones.

Financiamiento Para efectos del cumplimento de los objetivos de esta política, las entidades involucradas en su ejecución gestionarán y priorizarán, en el Marco Fiscal de Mediano Plazo, los recursos para la financiación de las estrategias que se proponen.

La implementación de la política tiene un valor de inversión total aproximado de 11.746 millones de pesos que apalancan inversiones cercanas a 10,66 billones de pesos en los próximos 15 años. En la Tabla 8 se muestran los costos por año para el desarrollo de las acciones por parte de las entidades encargadas de su implementación.

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Los costos indicados corresponden a la agregación de los costos de funcionamiento estimados por las entidades para la remuneración de los servidores que participan en el desarrollo de las acciones desde el punto de vista de la labor desempeñada, así como los costos estimados para las actividades de consultoría que deben ser desarrolladas por las entidades responsables de las acciones del PAS

Para efecto del cumplimento de los objetivos de este documento, las entidades involucradas en su implementación gestionarán y priorizarán, en el marco de sus competencias, recursos para la financiación de las actividades que se proponen en el PAS. Lo anterior se hará teniendo en cuenta el Marco de Gasto de Mediano Plazo del respectivo sector.

Recomendaciones

El Departamento Nacional de Planeación (DNP) y el Ministerio de Transporte, , recomiendan al Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES):

1. Aprobar la política portuaria planteada en este documento CONPES, incluyendo el Plan de Acción y Seguimiento (PAS) contenido en el Anexo A.

2. Solicitar a las entidades del Gobierno nacional priorizar recursos para la implementación de las acciones y estrategias contenidas en este documento CONPES, acorde con el Marco de Gasto de Mediano Plazo del respectivo sector.

3. Solicitar al DNP:

a. Coordinar la implementación de la política portuaria.

b. Consolidar y divulgar la información del avance de las acciones según lo planteado en el PAS.

c. Actualizar, en coordinación con la UPIT, el modelo de transporte, realizar escenarios de volumen/capacidad con horizonte de veinte años y cortes quinquenales para todas las zonas portuarias y todos los segmentos de carga analizados en el estudio de capacidad y demanda portuaria de 2019.

4. Solicitar al Ministerio de Transporte:

a. Establecer los lineamientos para el desarrollo de los Planes Maestros de las instalaciones portuarias y definir los mecanismos para la elaboración y/o actualización de los Planes Maestros de las Instalaciones portuarias que se articulen con los planes maestros de movilidad y las entidades territoriales y el sector privado; así como con los Instrumentos de Planeación Territorial o que sirvan de insumo para la elaboración de estos.

b. Realizar los análisis técnicos de las concesiones que permitan obtener una metodología de cálculo de contraprestación a partir de los insumos y variables que influyen en el cálculo de esta, en puertos marítimos y fluviales. Esta metodología debe incluir los principios orientadores y los criterios propuestos.

c. Realizar los ajustes necesarios para garantizar que en las solicitudes de concesión y en las modificaciones de los contratos de concesión que se presenten a partir de la aprobación de este documento CONPES, se incluyan las medidas señaladas en el plan de acción para poder aprobar dicha solicitud y se adopte por vía administrativa el concepto del Ministerio de Transporte como vinculante para las entidades concedentes.

d. En acción coordinada con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, realizar los procedimientos, trámites y ajustes necesarios para la implementación y ejecución de las líneas de acción establecidas en el componente institucional. Realizar un estudio que contenga los aspectos técnicos, financieros, económicos y legales que sirva de base para que en el mediano y/o largo plazo el Ministerio de Transporte tome una decisión respecto de la política pública tarifaria en el sector portuario; particularmente si:

(i) Mantiene el régimen de libertad regulada para los servicios de las sociedades portuarias de servicio público que actualmente se encuentran reglamentados, o,

(ii) Autoriza la liberación de las tarifas de las sociedades portuarias de servicio público que actualmente se encuentran reguladas.

e. Establecer mesas de trabajo que involucren a las entidades del sector transporte y a los gremios pertinentes para discutir y definir elementos a considerar para la eventual liberación de tarifas portuarias mencionada en el punto anterior.

f. Establecer mesas de trabajo con las entidades del sector transporte y gremios involucrados en el cobro, inversión y pago de los recursos provenientes de las contraprestaciones, tanto a nivel nacional como municipal, con miras a viabilizar la implementación de la nueva fórmula de contraprestación que se establezca con base en los análisis de las entidades a cargo de la línea de acción

5.1. g. Realizar, en el término de un año a partir de la expedición del presente documento de Política Portuaria, el diseño, la construcción e implementación de una plataforma informática en la cual se recopile y maneje toda la información relacionada con el sector portuario, cuyo diseño permita la interoperabilidad de los sistemas de información de las entidades que administren y requieran información del sector portuario nacional.

h. Apoyar a la UPIT en la actualización de la metodología del Plan de Ordenamiento Físico Portuario y Ambiental de los Litorales Colombianos (Pofpa), con base en el cual se realizarán los análisis pertinentes para la estructuración y formulación de los planes maestros portuarios.

i. Revisar y analizar, una vez se cuente con la Política Portuaria Nacional y la actualización del Pofpa, la formulación de los planes maestros por zona portuaria con una visión de desarrollo de entre diez y veinte años, así como los tiempos en que se debe formular cada uno de ellos.

j. En el corto plazo, actualizar los datos de la metodología vigente empleada para determinar los grados de restricción físico-ambiental de las diferentes zonas portuarias del país, de manera conjunta con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio del Interior, la Dirección General Marítima (Dimar), y el Ministerio de Agricultura, este último en lo relacionado con las actividades de pesca y acuicultura.

k. En coordinación con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, estructurar y proponer estándares que garanticen los niveles de servicio y operación de los muelles turísticos, así como la promoción de buques de cruceros y las actividades necesarias para el desarrollo, modernización y ordenamiento de la infraestructura básica portuaria de servicios turísticos.

l. Adelantar la reglamentación de la Ley 1242 de 2008, en especial lo relacionado con los parámetros técnicos de seguridad, competencias y operaciones náuticas.

5. Solicitar al Ministerio de Transporte y a la UPIT:

a. Con el apoyo la ANI, la Superintendencia de Transporte y Cormagdalena, consolidar la información relacionada con la herramienta de capacidad portuaria para actualizarla anualmente, en enero del año siguiente.

b. Con el apoyo del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Dimar y el DNP, adelantar las acciones necesarias para actualizar la metodología el Pofpa. c. A través de la UPIT:

(i) Asumir la administración y correcta operación de la herramienta resultante del Pofpa. Además de encargarse de los requerimientos informáticos, la UPIT diseñará un manual de mantenimiento y actualización de la herramienta, e incluirá como mínimo una identificación de fuentes de información relevantes para la actualización de la herramienta, la periodicidad con la que se actualiza esta información y un manual de uso correspondiente.

(ii) Conformar un comité, compuesto como mínimo por un representante del Ministerio de Transporte, un representante de la ANI, un representante de la Dimar, un representante de la Dirección de Infraestructura y Energía Sostenible y un representante de la Dirección de Ambiente y Desarrollo Sostenible del DNP, quienes periódicamente se encargarán de evaluar la metodología de clasificación de roles y funciones de las terminales y zonas portuarias utilizada, así como de plantear modificaciones a la misma.

6. Solicitar a la Dimar, en el término de 3 meses partiendo de la fecha de aprobación del presente documento, presentar al Ministerio de Transporte un informe de vulnerabilidad de los principales puertos colombianos, así como un plan de acción para el cabal cumplimento de los compromisos internacionales de seguridad y protección marítima

https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/4118.pdf

Mié. 26 de Julio de 2023

 

Gobierno – Hacienda. Contexto Macroeconómico de Colombia y sus políticas en el Contexto Latinoamericano. Alexander Muller, Director y Economista Jefe para la Región Andina, Centroamérica y el Caribe de Bank of América.

Lo que mas diferencia a Colombia frente al resto de economías Latinoamericana, es que por muy lejos es el que más reformas estructurales está discutiendo, en temas como laboral, salud, pensiones, energía. y de tierras.

En crecimiento la economía pierde tracción con prospectos moderados en crecimiento para los próximos años, con un Banco central que comenzará a reducir tasas en octubre a medida que la inflación baja gradualmente y un gobierno comprometido con la regla fiscal.

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El panorama por países muestra cambios en la regla fiscal en Brasil que anticipan un crecimiento importante de la deuda externa hacia adelante, los datos no cierran incluso con la reforma tributaria que en este momento se discute en ese país. En Colombia los intereses de la deuda representan el 4% del PIB, en Brasil gasta 6 puntos del producto lo que limita el margen de maniobra de la política fiscal, se requiere un resultado primario muy grande para poder estabilizar la deuda.

En México a pesar de los anuncios en cuanto a Pemex, la paralización del aeropuerto, la reversa de la reforma energética, el crecimiento de los salarios y otras medidas contrarias, la economía va bien gracias al Nearshoring, que hasta el momento sólo muestra una evolución en México y Costa Rica.

En Argentina el candidato presidencial gobiernista es el mas moderado lo que da optimismo sobre lo que pueda venir. En Chile, la falla del referendum constitucional da buenas señales a la economía , lo cual es importante por ejemplo en Ecuador, donde la reforma constitucional de Correa introdujo siete definiciones diferentes de propiedad privada. Correa expropió los contratos petroleros al cambiarlos de ganancias compartidas tasas variables a tarifas fijas. Si los precios suben ellos no tienen beneficios por que les pagan una tarifa fijas. Las leyes domésticas están por encima de las leyes internacionales, lo que no incentiva la IED. Ecuador atrae 1 punto de IED mientras Colombia el año pasado atrajo 4 puntos.

Perú tiene muchos choques este año, república dominicana se destaca por su crecimiento y en particular del turismo.

Para Colombia se pronostica una desaceleración gradual de 1,7 con una mejora gradual en los siguientes años, una mejora con menores asas de interés, la mejora cíclica de la economía global, lo que aumenta el crecimiento potencial de la economía.

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Sobre la política fiscal, indica que se requiere un superávit primario de medio punto para estabilizar la deuda externa. La deuda en Colombia está bajando por que baja la inflación, pero el mensaje principal es que el compromiso con la regla fiscal es positivo y si bien la deuda del gobierno nacional central es superior al 50% del PIB (que es el parámetro que se tiene en cuenta para los mercados emergentes entre 40% y 50%) la del gobierno general sí está en cincuenta debería bajar en los próximos años por lo que podría lograr una buena trayectoria en este sentido.

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Si Colombia no reduce la deuda y no está en este rango prudente, podría tener el riesgo de entrar al grupo de países donde la política fiscal ya no existe, no tiene credibilidad por que los países con deuda creciente y alta pierden la capacidad hacer política fiscal por que el mercado siempre les va a pedir de entrada que reduzcan el déficit fiscal. Esta es la razón por la cual Ecuador o el Salvador.

Colombia está en el borde de este umbral, donde el gobierno tiene unas reglas de gasto en los tiempos malos y ahorro en los tiempos buenos. Pero esto solamente es creíble en la medida que la deuda esté en un nivel prudente, si la deuda empieza a subir, esta credibilidad se pierde y la regla fiscal deja de funcionar.

Si Colombia volviera a tener las tasas de los TES de octubre pasado cuando los mercados castigaron la deuda colombiana, debería haber generado un superávit primario de2,5 puntos del PIB, es decir, volver a hacer más de dos reformas más de la magnitud de la tributaria del año pasado. Políticamente sería inviable y con fuertes costos para la economía.

En el siguiente gráfico se observa la cantidad de dinero que salió de la economía con motivo de las protestas sociales en Chile y Perú y su impacto en la cuenta financiera de la Balanza de pagos, donde en este gráfico están la moneda y los depósitos de las familias y las empresas no financieras, excluyendo y al sector no financiero.

En Chile fue fuerte y en Perú aún mas, con las protestas las personas sacaron de la economía 16 mil millones de dólares. En Colombia ha salido un punto del producto lo que equivale a 3 mil millones de dólares, menor que en los otros países además por que la nuestra es una economía más grande, una tendencia que además si bien creció en 2022 tiende a corregirse en 2023, es algo positivo y la IED ha sorprendido al alza, recibir cuatro puntos del PIB es muy bueno. Esto explica por que los activos colombianos se han revalorizado en los últimos meses. Para un país latinoamericano recibir 3 puntos del PIB en IED es bueno y recibir 4 es muy bueno.

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Sobre la política monetaria, el Banco de la República en su última reunión cambió la comunicación diciendo que si la inflación y sus expectativas se reducen se creará espacio para reducir la tasa de política nominal en la economía, por que la manera en que miden la postura de la política monetaria es ver la tasa real observada y la comparan con la tasa neutral.

La tasa real está en 7 y la neutral 2.2 tres veces más alta, para evitar hacia adelante una subida de tasas pasiva, que no es inducida por un aumento de la tasa nominal sino mas bien por una caída de las expectativas de inflación por que el nivel de tasa real es ya suficiente para llevar la inflación al 3%.

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Si las expectativas de inflación bajan la tasa real aumenta y como la inflación seguirá bajando y por tanto se espera bajar las tasas en octubre.

Estima que las tasas se van a estabilizar a niveles superiores a los de la prepandemia, pasando a 6% desde el 4% por que la tasa neutral (balance entre ahorro y la inversión) está subiendo. En Colombia un aumento en el premio de riesgo induce a ahorrar más en el exterior si bien la reforma pensional ha cambiado con el fondo de ahorro, lo que va a este fondo es solo la mitad de la reforma, el ahorro nacional debe caer lo que debe empujar la tasa neutral hacia arriba.

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Cortar las tasas en octubre es igual riesgoso por que da un beneficio de corto plazo que es apoyar a la economía pero puede dañar los canales de transmisión de la política monetaria la que se debilitaría por el riesgo que se genera si se procede en torno a expectativas de inflación desancladas.

Si hay una recesión y el Banco de la República quiere bajar las tasas para favorecer la dinámica empresarial, pero si las expectativas de inflación son inestables va a ser mas difícil cortar las tasas sin estimular la inflación, tendría menos margen.

El canal de transmisión de política monetaria es mucho más fuerte si las expectativas de inflación están ancladas.

Las tasas de largo plazo de una economía, son tres veces más potentes para estimular la economía que las de corto plazo, por que las decisiones de inversión que mas importan son las de largo plazo como las hipotecas, las empras los créditos de emprendimiento y de estudio son de largo plazo. En los países con inflación inestable los bancos acortan el período de los créditos.

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https://www.youtube.com/watch?v=a8TaTFDSCVM

Mar. 25 de Julio de 2023

 

Gobierno – Energía. UPME. Observaciones al comunicado XM del 17 de julio sobre el agotamiento de la red de transmisión y el crecimiento de la demanda. Proyecciones de demanda

Las proyecciones de demanda de energía eléctrica realizadas por la UPME, reporte 2022 con revisión de septiembre de 2022, son las presentadas en la siguiente tabla, valores que a su vez se contrastan con la demanda real observada en el periodo.

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Gráficamente, como se muestra a continuación, hay una diferencia mínima entre los valores observados y los proyectados.

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De manera similar se presenta a continuación la demanda de potencia máxima, del mismo reporte de proyecciones de demanda. Dichos valores se contrastan a su vez, en la misma tabla, con la demanda real observada en el periodo.

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https://www1.upme.gov.co/SalaPrensa/ComunicadosPrensa/Comunicado_UPME_03_2023.pdf

Lun. 24 de Julio de 2023

 

Gobierno-Energía. Comunicado XM del viernes 21 de julio en relación con el estado del Sistema Interconectado Nacional y el agotamiento de las redes de transmisión de energía en algunas zonas del país.

XM, operador del Sistema Interconectado Nacional, emite señales a la institucionalidad del sector sobre el estado del Sistema en el corto, mediano y largo plazo, a partir del análisis integral de variables y escenarios.

Es precisamente en cumplimiento de dichas funciones que XM tiene la responsabilidad de dar a conocer situaciones como las planteadas en el comunicado emitido el pasado lunes 17 de julio sobre el agotamiento de las redes de transmisión de energía en algunas zonas del país, respecto al cual es importante ampliar las explicaciones técnicas de varios aspectos:

*Colombia cuenta con los recursos suficientes de generación de energía y sus recursos primarios (principalmente agua, gas, carbón y combustibles líquidos) para atender la demanda en el país.

  • XM ratifica que en los análisis del planeamiento operativo energético de mediano y largo plazo realizados a la fecha, no se evidencian riesgos de desabastecimiento energético, incluso ante escenarios de ocurrencia de afectación a los aportes hídricos como el fenómeno de El Niño. Estos análisis se realizan permanentemente, actualizando las variables más relevantes para el mismo.
  • El agotamiento en la capacidad de transporte de la red en la región Caribe no está relacionado con problemas de desabastecimiento de energía en el país. El agotamiento implica dificultades para la transmisión de energía al usuario final en algunas zonas de dicha región.
  • Ante el incremento en los últimos meses de la programación de demanda no atendida por agotamiento en la red de transmisión regional en el área Caribe, en junio de 2023 XM declaró en estado de emergencia algunas subestaciones de dicha zona (El Banco, La Jagua, San Juan y Guatapurí en el área Guajira-Cesar-Magdalena; San Jacinto, Calamar, Zambrano, El Carmen y el Plato en el área Bolívar; Sincé, Mompox y Magangué en el área Córdoba-Sucre), poblaciones en las que el servicio de energía eléctrica no se está prestando con la calidad, seguridad y confiabilidad definida en la normatividad vigente.
  • La demanda no atendida que se viene programando en la región Caribe como consecuencia del agotamiento en la red de transmisión regional, podrá incrementarse en la medida en que crezca la demanda de energía en dicha zona.
  • La solución estructural a las situaciones de agotamiento en la red de transmisión regional es la entrada oportuna de los proyectos de expansión; no obstante, el desarrollo de estos enfrenta grandes retos en el país.
  • Evidencia de ello es que de las obras de expansión adjudicadas por la UPME que actualmente están en ejecución, el 68% corresponde a proyectos en la región Caribe, cuyos retrasos a la fecha oscilan entre 1 y 4 años.
  • En relación con los análisis efectuados por XM sobre el comportamiento de la demanda de energía en el país en las últimas semanas, es importante precisar que las metodologías no son comparables sino  complementarias, pues para la operación de tiempo real que coordina XM utiliza una mayor desagregación de la información, es decir, a los análisis mensuales de la UPME, XM les aplica criterios adicionales como análisis diarios, por regiones geográficas, entre otros, para reflejar el comportamiento de corto plazo.

Como ha sido hasta ahora, XM seguirá acompañando a la institucionalidad del sector y a los agentes del mercado en buscar soluciones para mitigar el agotamiento de las redes de transmisión.

De la misma manera, XM ratifica su compromiso con atender los desafíos actuales y futuros del sector eléctrico en el país y seguir brindando la mejor energía a los colombianos.

https://www.xm.com.co/noticias/6031-comunicado-de-xm-al-pais

Jul. 17 - Jul. 19 de 2023 

Boletín Normativo Sectorial

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Contexto Normativo

Contexto Normativo

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Mié. 19 de Julio de 2023

Gobierno-Energía. CREG, proyecto de resolución 701 014 de 2023. sobre el valor de cobertura de las Garantías para solicitantes de conexión a la red.

Esta resolución modifica el numeral 4.5 del anexo 1 de la Resolución CREG 022 de 2001.

Por su parte, el numeral 4.5 del anexo 1 de la Resolución CREG 022 de 2001 establece lo siguiente:

Artículo 1. Modificación de la Resolución CREG 022 de 2001. Se modifica el numeral 4.5 del anexo 1 de la Resolución CREG 022 de 2001, el cual quedará así:

    1. Valor de Cobertura de la Garantía

La garantía que debe constituir el usuario solicitante de la conexión se otorgará por un monto igual al 40% del costo de la parte del proyecto de expansión destinada a la conexión de usuarios, calculado con el valor de las Unidades Constructivas que lo conforman o de las que le sean asimilables.

Este valor deberá ser garantizado por los diferentes agentes que vayan a utilizar el proyecto, en forma proporcional al uso que haga cada uno del Proyecto de Transmisión.

La UPME nformará a los interesados, tanto el costo estimado del proyecto, como los valores a garantizar por cada uno de ellos.

Cuando los componentes del proyecto no estén todos definidos como unidades constructivas, la UPME podrá estimar un valor para ellos, con el propósito de calcular el costo total del proyecto.

El monto de la cobertura de la garantía se calculará con base en el valor, en pesos colombianos, con el que se estén valorando las Unidades Constructivas, a la fecha en que se constituya la garantía, y se actualizará cada doce meses con la misma variación que se presente en el valor de dichas unidades.

Cuando entre en operación comercial nueva capacidad de generación, el generador podrá solicitar al ASIC ajustar el valor de la cobertura de la garantía. En todos los casos, la fracción que representa el valor ajustado de la cobertura frente al inicial actualizado, deberá ser mayor o igual a la proporción a la que equivale la capacidad faltante por conectar, frente a la capacidad total de generación para la cual se asignó la capacidad de transporte.

 

    1. Valor de Cobertura de la Garantía

La garantía que debe constituir el usuario solicitante de la conexión se otorgará por un monto igual al 40% del costo de la parte del proyecto de expansión destinada a la conexión de usuarios, calculado con el valor de las Unidades Constructivas que lo conforman o de las que le sean asimilables. Este valor deberá ser garantizado por los diferentes agentes que vayan a utilizar el proyecto, en forma proporcional al uso que haga cada uno del Proyecto de Transmisión. La UPME informará a los interesados, tanto el costo estimado del proyecto, como los valores a garantizar por cada uno de ellos.

Cuando los componentes del proyecto no estén todos definidos como unidades constructivas, la UPME podrá estimar un valor para ellos, con el propósito de calcular el costo total del proyecto.

El monto de la cobertura de la garantía se calculará con base en el valor, en pesos colombianos, con el que se estén valorando las Unidades Constructivas, a la fecha en que se constituya la garantía.

      1. Actualización periódica

El valor de la cobertura de la garantía se actualizará cada doce meses con la misma variación que se presente en el valor de las Unidades Constructivas de la actividad de transmisión.

      1. Ajuste por aplazamiento de la FPO del proyecto del STN

Cuando la fecha de puesta en operación, FPO, de un Proyecto de Transmisión, ejecutado mediante proceso de selección, se desplace de acuerdo con lo previsto en esta resolución, cada vez que se haga la actualización periódica de que trata el numeral 4.5.1, el valor actualizado de la cobertura de la garantía deberá ajustarse cumpliendo lo siguiente:

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Para aplicar el anterior ajuste se deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Debe haber transcurrido como mínimo un año desde la FPO inicial del Proyecto de Transmisión. Esta fecha inicial corresponde a la informada por la UPME a los agentes que se van a conectar al Proyecto de Transmisión, al momento de constituir las garantías.

  • Los proyectos que se van a conectar al STN deben tener un avance de por lo menos el 20%.

La FPO inicial del Proyecto de Transmisión y los avances de los proyectos que se van a conectar deben publicarse, por la UPME, en la ventanilla única de que trata la Resolución CREG 075 de 2021.

Los avances de los proyectos se obtendrán de los informes de seguimiento de que trata el artículo 30 de la Resolución CREG 075 de 2021. Para los proyectos que se van a conectar al STN, que en la regulación no se les exija la entrega de informes periódicos sobre su avance y que quieran acogerse a lo previsto en este numeral, se deberá hacer entrega cada semestre de un informe de seguimiento en los mismos términos previstos en el artículo 30 de la Resolución CREG 075 de 2021.

La primera vez que se cumplan las condiciones establecidas en este numeral, antes de la siguiente actualización periódica de que trata el numeral 4.5.1, los interesados con proyectos que alcancen esas condiciones podrán solicitar el ajuste del valor de la garantía vigente.

      1. Ajuste por ingreso de nueva generación

Cada vez que entre en operación comercial nueva capacidad de generación, el generador podrá solicitar al ASIC el ajuste del valor de la cobertura de la garantía.

El valor ajustado se calcula multiplicando el valor actualizado de acuerdo con el numeral 4.5.1 por la fracción que representa la capacidad faltante por conectar, frente a la capacidad total de generación para la cual se asignó la capacidad de transporte.

 

https://creg.gov.co/loader.php?lServicio=Documentos&lFuncion=infoCategoriaConsumo&tipo=PR&idDirectorio=331173

Mar. 18 de Julio de 2023

Gobierno- General. Ministerio de Comercio Exterior. Proyecto de decreto sobre Zonas Francas.

En las consideraciones del decreto se establece que dados los propósitos de las Zonas Francas de crear más empleo y generar nuevas inversiones, desarrollar procesos industriales altamente competitivos y productivos bajo los principios a, desarrollar procesos industriales altamente productivos y competitivos, bajo los conceptos de seguridad, transparencia, tecnología, producción limpia, y buenas prácticas empresariales; la generación de economías de escala y, la simplificación los procedimientos del comercio de bienes y servicios, para facilitar su venta.

La reforma tributaria de 2022 estableció establece una tarifa preferencial sobre la renta de los usuarios

industriales de zonas francas, cuando dichos usuarios, en el año 2023, 2024, 2025 y siguientes, acuerden, suscriban y cumplan con un plan de internacionalización y anual de ventas en el cual establezcan objetivos máximos de ingresos netos por operaciones y demás ingresos que se obtengan durante el año gravable correspondiente.

El artículo señala expresamente:

ARTÍCULO 240-1. TARIFA PARA USUARIOS DE ZONA FRANCA. Para efectos de la determinación del impuesto sobre la renta, los usuarios industriales de zonas francas aplicarán las siguientes reglas:

1. A la renta líquida gravable multiplicada por el resultado de dividir los ingresos provenientes de la exportación de bienes y servicios por la totalidad de los ingresos fiscales, excluyendo las ganancias ocasionales, le será aplicable una tarifa del veinte por ciento (20%) del impuesto sobre la renta.

2. A la renta líquida gravable multiplicada por el resultado de dividir los ingresos diferentes de aquellos provenientes de exportación de bienes y servicios por la totalidad de los ingresos fiscales, excluyendo las ganancias ocasionales, le será aplicable la tarifa general del artículo 240 del Estatuto Tributario.

3. La suma de los numerales 1 y 2 corresponde al impuesto sobre la renta.

PARÁGRAFO 1. La tarifa del impuesto sobre la renta gravable, aplicable a los usuarios comerciales de zona franca será la tarifa general del artículo 240 de este Estatuto.

PARÁGRAFO 2. Para los contribuyentes usuarios de zona franca que tienen suscrito contrato de estabilidad jurídica, la tarifa será la establecida en el correspondiente contrato y no podrá aplicarse concurrentemente con la deducción de que trataba el artículo 158-3 de este Estatuto.

PARÁGRAFO 3. Los contribuyentes usuarios de zonas francas que hayan suscrito un contrato de estabilidad jurídica, no tendrán derecho a la exoneración de aportes de que trata el artículo 114-1 del Estatuto Tributario.

PARÁGRAFO 4. Los ingresos provenientes de la prestación de servicios de salud a pacientes sin residencia en Colombia por parte de las zonas francas permanentes especiales de servicios de salud o usuarios industriales de servicios de salud de una zona franca permanente, zonas francas dedicadas al desarrollo de infraestructuras relacionadas con aeropuertos, sumarán como ingresos por exportación de bienes y servicios.

PARÁGRAFO 5. La tarifa del impuesto sobre la renta y complementarios gravable aplicable a zonas francas costa afuera; usuarios industriales de zonas francas permanentes especiales de servicios portuarios, usuarios industriales de servicios portuarios de una zona franca, usuarios industriales de zona franca permanente especial, cuyo objeto social principal sea la refinación de combustibles derivados del petróleo o refinación de biocombustibles industriales; usuarios industriales de servicios que presten los servicios de logística del numeral 1 del artículo 3 de la Ley 1004 de 2005 y a usuarios operadores, será del veinte por ciento (20%).

PARÁGRAFO 6. Únicamente podrían aplicar lo dispuesto en el inciso primero del presente artículo, los usuarios industriales de zona franca que, en el año 2023 o 2024, acuerden su plan de internacionalización y anual de ventas, en el cual se establezcan objetivos máximos de ingresos netos por operaciones de cualquier naturaleza en el territorio aduanero nacional y los demás ingresos que obtenga el usuario industrial diferentes al desarrollo de su actividad para la cual fue autorizado, reconocido ocalificado, durante el año gravable correspondiente.

Para tal fin deberán suscribir el acuerdo con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo para cada uno de los años gravables.

En caso de no suscribir el acuerdo o incumplir los objetivos máximos de ingresos, la tarifa del impuesto de renta será la tarifa general indicada en el inciso 1 del artículo 240 del Estatuto Tributario.

Lo dispuesto en el presente parágrafo aplicará de conformidad con la reglamentación que expida el Gobierno nacional.

Los usuarios industriales de zona franca que se califiquen, autoricen o aprueben a partir del año 2025 deberán suscribir su plan de internacionalización y anual de ventas, para cada uno de los años gravables, a efectos de aplicar lo dispuesto en el inciso primero del presente artículo.

PARÁGRAFO TRANSITORIO. Lo dispuesto en el inciso primero del presente artículo aplicará a partir del primero (1º) de enero de 2024. Para el año gravable 2023, la tarifa del impuesto sobre la renta y complementarios de los usuarios industriales será del veinte por ciento (20%). Los usuarios industriales que hayan tenido un crecimiento de sus ingresos brutos del sesenta por ciento (60%) en 2022 en relación con 2019 aplicarán la tarifa veinte por ciento (20%) hasta el año gravable 2025.

En la parte resolutiva, se sustituye el Título II del Decreto 2147 de 2016

TITULO II. Plan de internacionalización y anual de ventas de los usuarios industriales de las

zonas francas

1. Condiciones y requisitos para el plan de internacionalización y anual de ventas de los usuarios industriales de las zonas francas:

Definición de plan de internacionalización y anual de ventas. El plan de internacionalización y anual de ventas es el instrumento a través del cual los usuarios industriales de zona franca establecen los objetivos máximos de ingresos netos por operaciones de cualquier naturaleza en el territorio aduanero nacional y los demás ingresos que obtenga el usuario industrial diferentes al desarrollo de su actividad para la cual fue autorizado, reconocido o calificado, para cada vigencia, y constituye un habilitador para que el usuario industrial pueda optar por aplicar la tarifa del impuesto sobre la renta, prevista en el inciso 1 del artículo 240-1 del Estatuto Tributario, siempre y cuando se cumpla el plan y demás condiciones que establece el parágrafo 6 del respectivo artículo.

El plan de internacionalización y anual de ventas definirá las proyecciones y metas para cada vigencia de los ingresos netos que el usuario industrial de zona franca espere obtener a partir de las operaciones de comercio que desarrolle hacia el territorio aduanero nacional, y las operaciones de comercio que realice con destino a las exportaciones.

Parágrafo. Para efectos de lo previsto en este Decreto, los ingresos que se tendrán en cuenta son los fiscales de conformidad con lo previsto en el Estatuto Tributario

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo suscribirá el plan de internacionalización y anual de ventas de los usuarios industriales de las zonas francas mediante acto administrativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Decreto y en las demás normas vigentes sobre la materia

La no suscripción o el incumplimiento del plan de internacionalización y anual de ventas por parte del usuario industrial de zona franca, implica que se somete únicamente a la tarifa del impuesto sobre la renta prevista en el inciso 1 del artículo 240 del Estatuto Tributario en el respectivo año gravable.

Define el decreto los requisitos para la suscripción del plan de internacionalización y anual de ventas, así como la aplicación del usuario industrial, de la zona franca, la acreditación de facultades del representante legal, la solicitud, unas fechas límite para suscripción hasta junio de 2024 para este año y a 31 de septiembre para el año anterior. Un resumen ejecutivo del plan de internacionalización y anual de ventas, un conjunto completo de los estados financieros y la proyección de los ingresos fiscales estimados para el año correspondiente:

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Carácter de progresividad en las metas señaladas en el plan de internacionalización y anual de ventas. El Mincit tendrá 15 días hábiles para sucribir o no las metas planteadas por la empresa solicitando los cambios o documentos que hagan falta, para lo que tendrá la empresa 15 días más El MICT tendrá un mes para expedir el acto administrativo correspondiente. Se establece el contenido del acto administrativo que deberá suscribir el MICT, las notificaciones y recrusos.

Los usuarios industriales de zona franca deberán presentar ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo un reporte anual que contenga la información sobre el cumplimiento del plan de internacionalización y anual de ventas, donde se indica los valores anuales de ventas tanto al mercado nacional como externo, así como el porcentaje de cumplimiento frente a los objetivos máximos de ingresos definidos en el plan.

El reporte deberá cubrir el periodo comprendido entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de cada año gravable según lo dispuesto en el plan de internacionalización y anual de ventas y deberá presentarse el año siguiente a aquel en el que se deban acreditar los compromisos derivados de la aprobación del respectivo plan. Para los usuarios industriales que sean grandes contribuyentes se deberá presentar a más tardar el treinta y uno (31) de enero de cada año y para los demás usuarios industriales a más tardar el treinta y uno (31) de marzo de cada año.

https://www.mincit.gov.co/normatividad/proyectos-de-normatividad/proyectos-de-decreto-2023/31-05-2023-pd-plan-internacionalizacion-zonas-fran.aspx

Lun. 17 de Julio de 2023

Gobierno-Reindustrialización. Política de reindustrialización. Ministros de Hacienda, Ricardo Bonilla, y Comercio Exterior, Germán Umaña. Escuela de Ingeniería de Antioquia, Seminario EIA y el Tiempo.

El Ministro de Hacienda señala que Colombia ha perdido participación de la industria en el PIB que hoy es de 12%, la industria metalmecánica era protagonista del proceso de industrialización, hoy nuestra industria es mas intensiva en alimentos procesados, una buena industria química, indusrtia siderúrgica pequeña y se debilitó la de bienes durables y de capital, maquinaria y equipo.

Se requiere avanzar en la reindustrialización con la cuarta revolución industrial para dejar de ser un país de segundo orden. Cómo construir un ejercicio industrial sólido, con efectos multiplicadores sobre otros sectores, que desarrolle la agroindustria con mayor avance de la agricultura, con una política para diversificar cultivos que avancen en un componente de transformación para exportar valor agregado. Se requiere actuar fuertemente sobre las áreas cafeteras donde Colombia importa 2 millones de sacos de café.

Colombia tiene diseño, hay que fortalecer al sector comercio exterior, hay que recuperar medicamentos, otra parte de la industria química. Hay que reformular la petroquímica con otros derivados, Colombia transforma 300 mil barriles de petróleo en sus refinerías, hay otras líneas. La oferta exportadora está también en los servicios inteligentes.

El Ministro Germán Umaña se refirió a lo que se discute en la OCDE sobre subsidios que no son agrícolas solamente, solo el 10% está documentado. Se han multiplicado por 500 los subsidios de China y por  300 lo subsidios de los países desarrollados en tecnologías, financiero, infraestructura, servicios y cuando esto sucede están ganando en competitividad para competir en el comercio con nuestros productos.

Cuatro aspectos que caracterizarán la política de comercio exterior en Colombia conscientes de que nuestro gran potencial de país es la biodiversidad, los recursos naturales, el agua, el viento, nuestros conocimientos tradicionales y nuestra cultura, que están en el modelo de desarrollo del país:

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Otra de las características es el proteccionismo, donde están rompiendo las reglas de juego multilaterales. En los países desarrollados están preocupados por los desequilibrios entre los inversionistas y los estados.

Las mayores demandas en los tribunales de arbitramento mundiales son para los países desarrollados por parte de sus propias multinacionales. Se discute de fondo es el desequilibrio entre inversionistas y estado. Ya no se respeta el trato nacional a la IED respecto a las nacionales, sino que se crearon unas de trato justo y equitativo, donde pronunciamientos oficiales que no son normas aprobadas pueden llevarse a tribunales de arbitramento.

En cuanto a los tratados de protección de inversiones, se debate de fondo el papel de la naturaleza frente a los intereses de los inversionistas, como la delimitación de los páramos (en el caso de Colombia) frente a la inversión mineroenergética.

En los tratados de inversión bilateral se conserva la seguridad jurídica, las cláusulas, la solución de diferencias, pero la naturaleza estará como cláusula primera por encima de cualquier interés de un inversionista. Simples declaraciones de un alcalde no darán lugar a demandas en tribunales de arbitramento.

En la Unión Europea se están estableciendo normas inmediatas para cerrar nuestras exportaciones con el denominado pacto verde, que establece:

1.De la granja a la mesa, nada que tenga un producto agroquímico que no sea sostenible pero estos productos provienen de Estados Unidos y Europa. Debe construirse un proceso de transición donde nosotros que no emitimos emisiones de CO2 donde nuestros países aportan la naturaleza, el aire, el viento y los países tienen la posiblidad de transferir tecnología y financiamiento. Hacer un proceso de reforestación asociado a la transición energética para fortalecer el pulmón que todo el mundo necesita. Hay que fortalecer el instituto de metrología.

En la OMC se discuten las soluciones de controversias en los tribunales de apelación y como reforman la OMC. El desafío que enfrenta este organismo es cómo incorporar las reformas de la COP 28 y 29 a lo multilateral para avanzar en mitigar el Cambio Climático.

Señala que está en riesgo el sistema multilateral, comercial confiable, de financiamiento multilateral comercial confiable.

Se plantea el modelo de desarrollo en torno a la transición energética y el multilateralismo, no puede favorecerse el proteccionismo como los países desarrollados.

En Estados Unidos, se considera que en el TLC debe negociarse en torno a inversión, subsidios, multilateralismo, nuevas reglas de juego claro, transición climática y energética.

La cooperación no debe replantearse de una forma fragmentada sino construirla en torno a los objetivos del desarrollo sostenible y la transición energética.

Con la colaboración de los Ministerios y el DNP, se han construido tres políticas: comercio exterior, servicios y turismo. Potencialidad en el desarrollo del sector secundario, potencial de servicios alto valor agregado, y adecuarnos comercialmente al nuevo futuro del comercio internacional.

Partiendo de los Ejes del Plan de desarrollo:

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Se plantea el Arancel inteligente que tiene como característica principal la seguridad, por que señala es lo que están aplicando los países del mundo. En temas de derechos humanos y acuerdo de paz, que defienden derechos fundamentales como la salud y la educación se aplicarán waibers asociados a estos temas de integración de los territorios y la nación.

Se busca promover la integración de los territorios, para lograr una mejoría del coeficiente de Gini y generar demanda.

Hay que generar oferta:

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Las tres condiciones que el Estado Colombiano plantea para genera IED es incorporación de progreso técnico, transferencia y adaptación de tecnologías. Inversión para el desarrollo de la pyme y desarrollo científico, investigadores en biología y todos los que tienen que ver con el medio ambiente y los recursos naturales. Papel de los científicos sociales, indica.

Estrategia es proteger el multilateralismo del proteccionismo, con política de integración con el Sur Global, con el turismo sostenible y la organización de las comunidades con este sector. Revisar no renegociar, los tratados de protección de inversiones y de libre comercio entendiendo que el mundo cambia. Internacionalización justa y equilibrada, que define como de rostro humano, no son proteccionistas.

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Las exportaciones deben ser en el modo 4 de servicios en software, que se refiere a los servicios profesionales y empresariales, donde no hay espacio para nuestros países. Transición energética para que el potencial en hidrógeno verde pero la insititucionalidad ambiental que confunde licencia ambiental para proyectos importantes que van a servir a la transición y no otorgarla por principio.

Sistema de conectividad que asigna cupos como los taxistas, donde se abren licitaciones, 100 autorizaciones de conectividad y no las utilizan todas quedando cooptadas. Avanzar en catastro multipropósito, en las autorizaciones del uso del suelo que no se usan para lo que se debe, donde hay conflicto con los propietarios.

En la salud, la OMPI hay 300 patentes en instrumentos científicos para laboratorios, salud y no hay programa de desarrollo por que no hay capital de trabajo ni la asesoría y la asistencia técnica, las vacunas, promoción de los genéricos. Hay que hacer la desagregación tecnológica de proyectos, se plantea el OFSET en las fuerzas militares, tendrán que desagregar el 10% de sus proyectos una industria de bienes de capital.

Agroindustrialización hacia la soberanía alimentaria, en un entorno de guerra Rusia-Ukrania, impulsó los precios del maíz y los fertilizantes se multiplicaron, por lo que hay que desarrollar soberanía en estos temas.

El proyecto de la economía popular tendrá recursos por 3,5 billones de pesos, para créditos en condiciones de garantías, confianza y tasas menores.

Turismo se plantea:

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Turismo con énfasis en Parques nacionales, Amazonía, Guajira Colombiana, integración de municipios PDET a la paz.

1 millón 700 mil hs que se están interviniendo para generar turismo sostenible. La zona del pacífico para que las comunidades unidas puedan tener alternativas, en las zonas de reserva campesina y resguardos indígenas. Los municipios PDET, con los OCAD.

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Se está llegando con una oferta integrada del estado en todos los municipios para hacer planeación de abajo de hacia arriba.

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Hay que dar respuestas integrales en industrialización, turismo y equilibrio en las relaciones comerciales.

https://www.youtube.com/watch?v=inibEZawAsQ

Sector de la semana

Sector de la semana

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Mié. 19 de Julio de 2023

Gobierno-Infraestructura. Entrevista con el Vicepresidente de estructuración de la ANI, proyectos de infraestructura férrea y aeroportuaria, Entrevista en Colombia hoy Radio.

Señala el funcionario que se ha adjudicado la licitación la Dorada-Chiriguaná en sus 23 municipios, como contrato de obra pública que generará 1500 empleos y 71 mil millones de pesos. El contratista, el consorcio San Felipe Férrero deberá administrar el corredor, tener control de tráfico, obras complementarias, señalizar la infraestructura, programar actividades ambientales, entre otras.

Este tipo de programas se divide en dos fases: un contrato de obra pública que se acaba de adjudicar a un año, y adicionalmente se están haciendo todos los trámites ante el DNP y ministerios para publicar una APP en este mismo corredor que será a 10 años.

Cuando se habla de empleo es habla de la construcción d ella infraestructura, sino que derivado de los menores costos de transporte, estimados en 26% habrá empresas generadoras de carga que se pasarán a este sistema, ayudando a reducir los costos de las empresas.

No solo se realiza este proyecto, también se avanza en el corredor del pacífico que conecta este corredor férreo central. Se ha suscrito un contrato de más de 25 mil millones de pesos, con la FDN para identificar cúal es la mejor conexión entre los puertos de buenaventura y los puertos del Caribe, lo que se puede hacer a través del Tolima, Caldas o Antioquia. Una vez se termine una estructuración en prefactibilidad, se contratará la factibilidad y se espera dejar contratado este proyecto antes de terminar el gobierno.

El día de ayer se recibieron oferta de 11 proponentes para resolver la conexión entre Bogotá región capital y este corredor férreo central que se vuelve la columna vertebral de la reactivación férrea, opciones que se dan o entre la Dorada o el tren del Carare o una conexión por Bucaramanga, conectando con un proyecto que permitirá continuar la operación de Bogotá Belencito paz del Río.

El programa de generación de empleo completo se espera generar 280 mil empleos en el país en el cuatrienio con los proyectos del sistema férreo.

Se pregunta sobre la Doble Calzada Bogotá-Girardot, esta estructuración se esta desarrollando desde el gobierno pasado, que pretende conectar Bogotá-Girardot en un tercer carril. Se han venido entregando diferentes tramos de esta concesión pero se está en obra. Se espera lograr un avance del 90% antes de finalizar este gobierno que permita tener el tercer carril.

Se esta construyendo en una nueva concesión en Girardot-Cajamarca (GICA), y se trabaja en unan ueva iniciativa privada que haga la variante de Cajamarca y unas mejoras para tener una nueva iniciativa privada para poner en mantenimiento el túnel de la línea, túnel estratégico para el país por que conecta con los puertos de Buenaventura.

Se tiene un Pipeline de proyectos desde la Agencia Nacional de Infraestructura, hace meses se firmó el acta de inicio de recuperación del Canal del Dique, más de 3,2 billones de pesos y 1,5 millones de personas beneficiadas.

Hay una agenda aeroportuaria que inicia con la modernización del Aeropuerto de Cartagena, una iniciativa que permite modificar la infraestructura del aeropuerto, se llegó a un acuerdo con el originador y en enero de este año se abrió el proceso, hay tres interesados compiten por esta modernización con una nueva terminal internacional y en Noviembre se adjudica el Aeropuerto Rafael Núñez. Una nueva terminal internacional, una nueva calle que permitirá adjudicar el Aeropuerto Gustavo Rojas Pinilla de San Andrés, y lo que se ha hecho desde la ANI es un re diseño y se espera abrirlo al final del año. Antes de terminar este gobierno se ampliará a la máxima capacidad el Aeropuerto el Dorado, para modernizar las pistas, y construir una nueva etapa para pasar de 35 a 56 millones de pasajeros en capacidad.

En suma hay más de 6 proyectos aeroportuarios que se esperan dejar entregados antes de finalizar este gobierno y permitirán generar una capacidad para más de 90 millones de pasajeros al año, con el plan de la aeronáutica civil. Esto es llegar al plan 20-30. Nos recuperamos a niveles prepandemia, el turismo internacional crece a tasas superiores al 10%.

Sobre el Aeropuerto Ernesto Cortizos de Barranquilla se tienen tres temas: se recibió el fallo que daba la necesidad de tener la terminación del actual contrato. Se van a realizar unas inversiones prioritarias de la Aeronáutica Civil y ANI en infraestructura concesionada. Se está revisando una iniciativa privada que permitirá terminar las obras del actual aeropuerto sino dar un valor agregado a los pasajeros y turistas del país.

Se están terminando los temas legales derivados del fallo y en paralelo se trabaja en el presupuesto para que Aeronáutica Civil acometa inversiones en el largo plazo con inversiones.

Mar. 18 de Julio de 2023

Gobierno-Reindustrialización. Política de reindustrialización. Seminario Escuela de Ingeniería de Antioquia, Seminario EIA y el Tiempo. Panel. Astrid Martínez. Investigadora de Fedesarrollo, sobre Financiación del proceso de reindustrialización.

Sobre la política de financiamiento, señala que las medidas de industrialización de este gobierno e incluye las compras públicas para la reindustrialización, la agenda regulatoria, el fortalecimiento de la infraestructura y el extensionismo para la calidad y la política de comercio exterior para la internacionalización.

Lo que se propone es que la banca nacional y de desarrollo provean un financiamiento de largo plazo, es una de las dimensiones que hay que destacar para la consolidación de la reindustrialización, por que hay fallas en el mercado para proveer instrumentos crediticios o del mercado de valores para financiar proyectos de infraestructura o de más largo aliento del sector privado. También se habla de la necesidad de reducir para que acudan al mercado del gota a gota de los microempresarios colombianos. SE promoverá el sector cooperativo y promover la asociatividad para otorgar los créditos.

Los esquemas de emprendimiento deberán se apoyados en sus distintas etapas, se destaca la etapa temprana del emprendimiento donde está el fondo Emprender del SENA y proyectos de Innpulsa, FNG, Minagricultura y de Bancoldex. Respecto a Bancoldex se crearán 4 líneas, una de Mipymes competitivo, otra de Desarrollo Sostenible, otro para Mujeres Empresarias y otra para la internacionalización para la competitividad.

Hay un actor que tendrá mucho énfasis que es el grupo bicentenario, que reúne las entidades del sector, tanto las de crédito, tanto de garantías como de seguros para apoyar los proceso de reconversión tecnológica, la innovación de las empresas en las apuestas productivas y se habla de crédito de primer piso que es lo mas polémico en este tema de financiamiento bajo ciertas condiciones, por que es un sector la banca privada tiene gran desarrollo y por otro expone a la banca de desarrollo a unos riesgos que el gobierno prefiere el gobierno no incurrir en ellas.

En crédito de primer piso hay un desarrollo de Bancoldex, pero en la postpandemia esta cartera ha mostrado un deterioro mas importante de la cartera frente a otros productos por lo que si se quiere llegar allá hay que preparar institucionalmente y muy de fondo que se quiere y el sector privado puede realizarlo mejor que el sector público, el Banco Agrario ha incursionado más en este campo. Bancoldex puede concentrarse más en estos procesos de banca empresarial dirigidos a los procesos de reconversión productiva, concentrarse sin estar haciendo de todo.

En cuanto el grupo Bicentenario, señala que debería definirse que va a hacer el grupo y se especialicen esas entidades en la atención de los distintos segmentos para ser más eficientes.

Se desarrollará el renglón de finanzas verdes.

Se prevé el desarrollo de un programa de inclusión financiera para la economía popular, con nanocrédito con asociatividad. Se habla también de fortalecer el ecosistema de las Fintech, es un mecanismo que permite avanzar en la reducción del costo del financiamiento para los empresarios.

Se plantea financiamiento para la internacionalización, está el fortalecimiento de Bancoldex como agencia de crédito de exportación -ECA- para que de créditos, seguros y garantías para la exportación para cuando las empresas recurren a nuevos mercados y para grandes proyectos de infraestructuras mas como un banco empresarial y de financiamiento de largo plazo.

En el financiamiento de la ciencia y la tecnología, no está muy desarrollado, donde se propone que los ministerios buscarán fuentes de financiación. Se necesita un desarrollo muy concreto en este campo donde el país está muy atrasado la inversión en CYT es del 0,3% del PIB.

Está el programa CREO para otorgar un millón de créditos durante este período presidencial con 100 mil intervenciones iniciales para apoyar los micronegocios y sustraerlos al gota a gota.

Como comentarios se menciona que las entidades financieras del estado no tienen vocación ni capacidad de reemplazar a la banca privada, se hacen preguntas como cual es el tamaño de la banca de estatal frente a la banca privada, con la respuesta de que es muy pequeña pero esto no quiere decir que su propósito sea crecer por que sí, sino en la medida en que complemente los esfuerzos de la banca privada y resuelva fallas de mercado en coordinación y demás. Se requiere complementariedad y el desarrollo del mercado de valores que no se menciona mucho.

Esta política de financiamiento del gobierno debe complementarse con la estabilidad macro que es un activo del país, por que si no se controla el déficit fiscal se genera un efecto crowding-out para el financiamiento del sector privado y el elemento estructural del costo de la financiación se va a encarecer.

https://www.youtube.com/watch?v=inibEZawAsQ

Lun. 17 de Julio de 2023

Gobierno-Reindustrialización. Política de reindustrialización. Seminario Escuela de Ingeniería de Antioquia, Seminario EIA y el Tiempo. Panel. Astrid Martinez. Investigadora de Fedesarrollo.

El moderador del Panel, Andrés Mompotes plantea puntos señalados por el Ministro de Comercio en torno a la articulación de abajo hacia arriba, en la internacionalización de las regiones, como conectar la política de sector público con el sector privado y de la nación con las regiones.

Astrid Martinez señala que se renombra la política de transformación productiva, competitividad y desarrollo sostenible de los últimos treinta años, por que el CNC se creó en el año 96, y el estudio Monitor fue en los 90. Si es así se pregunta si hemos sido competitivos en exportaciones manufactureras como para volver a ese nostálgico pasado. Por que se llama Reindustrialización al desarrollo agropecuario, la economía popular o enmarcar los ZASCAS.

Se centraría en lo que se llaman encadenamientos productivos, en el propósito de transformación productiva, competitividad y desarrollo sostenible. Como lo muestra el ministro es el cierre de brechas de productividad, la profundización de la integración con América Latina, la diversificación y sofisticación de la oferta exportable. Fortalecer los encadenamientos en dinámicas de producción territorios, lo urbano y lo rural y fortalecerlos en la economía popular.

Fortalecer cadenas y minicadenas regionales e interregionales como sujetos de la políticas políticas y atendiendo a unos criterios, que cuenten con alta composición de empresas rurales pequeñas, con vocación regional y al menos una etapa de manufactura o artesanía.

Caben dos conceptos asociados al espacio territorial donde cabe el concepto de aglomeraciones y otros asociados a matrices de insumo producto, que nos permiten. El vilipendiado sector minero energético genera muchos encadenamientos en particular en los territorios y desarrollo de proveedores a partir de las técnicas de insumo producto y en particular el petróleo que también tiene encadenamientos hacia adelante no solo por las demandas de insumos para su producción sino cuando sirven de insumos para el desarrollo de otras actividades.

En cuanto a los objetivos de política hay que tener en cuenta que se deben desarrollar de manera sostenible, la transición energética que cuando se pone el elemento de justa que pretende dar una connotación de política social que de pronto no sean muchos objetivos para un solo instrumento de política lo que se enseña en las universidades.

El fin económico de este objetivo es agregar valor, la interterritorialidad productiva, la creación de riqueza incluyente y el uso más productivo de todos los factores de producción. En cuanto a los instrumentos se esta de acuerdo pero hay que discutir el como, como tecnologías institucionales para la reindustrialización, una de las cuales es la agenda estratégica de las aglomeraciones productivas donde se busca que los territorios trabajen en agendas estratégicas profundas con instituciones o actores, coincidan o no con las nacionales (llama la atención sobre este punto), que detonen las aglomeraciones o fomenten los encadenamientos productivos.

La participación de la industria nacional en proyectos de infraestructura para la conectividad, que prevé la participación de las empresas y unidades productivas regionales en los proyectos de infraestructura funcional de conectividad nacional y socioeconómica y los encadenamientos entran para fortalecer hacia adentro de los encadenamiento, desarrollo de proveedores y la transferencia de conocimiento y tecnología en todos los niveles.

Los comentarios a estos planteamientos es que el diseño de una política de encadenamientos requiere ir a la identificación tener en cuenta hay unas cadenas ya identificadas, que tienen se tienen centrar para ser mas eficiente en el logro de este objetivo en unos encadenamientos, en sectores claves y otros que generan más hacia atrás. Si se van a fortalecer hay que saber cuales son.

DNP ha identificado 12 sectores que no a parecen en las apuestas productivas que ha presentado el ministerio en su política, las apuestas productivas son otras, esta bien pero como se enmarcan y concatenen en los objetivos de política no se ven mas claro. Hay que saber cuáles son los sectores que generan mayores oportunidades de crecimiento, cuáles tienen mayor potencial exportador y donde hay clústeres que contribuyan al aumento de la productividad mediante el aprovechamiento de sinergias y economías de escala.

Partir de lo ya identificado, en el país somos muy retóricos para decir construir sobre lo construido pero a la hora de la verdad desconocemos, se quiere reformar las comisiones regionales de competitividad, el sistema nacional de competitividad y esto implica perder tiempo, esfuerzo y el sector empresarial es el factor de continuidad en las políticas de desarrollo productivo.

Sería muy importante que los encadenamientos se entrelazan con las apuestas, por ejemplo, en transición energética Ricardo Haussman señala que para los países que emiten poco, que hacen gran sacrificio para producir energías limpias, pudieran centrarse en el desarrollo de proveedores para las energías limpias, hay producción de páneles solares en Colombia pero se importan en su mayoría de la China, el desarrollo de la cadena de proveeduría se va a quedar en los países que mas contaminan.

Incluir este propósito de cadenas globales de valor, esta bien que se reconozca que se debe estar integrado por que el comercio es un elemento escencial de crecimiento, de ampliar la escala de producción eficientemente en Colombia.

Hay que destacar el papel de las empresas anclas o tractoras, que son importantes para la incursión en los mercados internacionales y elevar la exigencia de los procesos productivos y elevar la exigencia de los procesos productivos y ser capaces de exportar cumpliendo los estándares de productividad, de gobernanza, estándares de sostenibilidad en el mercado internacional.

https://www.youtube.com/watch?v=inibEZawAsQ

Noticias de la semana

Noticias

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Mié. 19 de Julio de 2023

Energía

18 de julio de 2023

Texto de la circular de MinMinas que imparte directrices para la Instrucción irrevocable de giro a un tercero del monto de subsidios del FSSRI, como garantía de obligaciones diferidas del comercializador para el Servicio de energía eléctrica

Fondos

18 de julio de 2023

Gobierno establece el Comité Directivo del fondo de solidaridad pensional | Ámbito Jurídico
Alcaldía de Bogotá adoptó la Política de Atención al Pensionado del FONCEP para el periodo 2023-2030

Gobierno

18 de julio de 2023

Esta es la guía para los procesos de transición y empalme de gobiernos locales | Ámbito Jurídico

Hidrocarburos

18 de julio de 2023

Proyecto de acuerdo de la ANH ajusta el modelo de Minuta de Producción Compartida, que permite garantizar una gestión óptima de los recursos y facilitar la explotación responsable y eficiente

Salud

18 de julio de 2023

Están excluidas de IVA las comisiones de intermediación por la colocación y renovación de planes del sistema de seguridad social (SSS) en pensiones, salud y riesgos profesionales, de acuerdo con lo previsto en la Ley 100 de 1993 y a la luz del artículo 48 de la Constitución Política, del numeral 4 del artículo 476 del Estatuto Tributario y del parágrafo del artículo 1.3.1.13.13 del Decreto 1625 del 2016.

Telecomunicaciones

18 de julio de 2023

Cerca de 1.500 Juntas de Acción Comunal y organizaciones sociales listas para convertirse en ‘Comunidades de Conectividad’

Mar. 18 de Julio de 2023

Energía

17 de julio de 2023

Directrices de MinMinas en relación con la correcta aplicación de subsidios y contribuciones a usuarios del servicio público domiciliario de energía eléctrica del -SIN, específicamente, con la demanda de energía reactiva
SSPD respondió una serie de preguntas relacionadas con el cobro del cargo fijo, los cobros de reconexión y la suspensión por incumplimiento para cada uno de los servicios

Fondos

17 de julio de 2023

¿Cómo opera la afiliación tácita a una administradoras de fondos de pensiones? | Ámbito Jurídico

Gobierno

17 de julio de 2023

CAF presenta estrategia para alcanzar objetivos de desarrollo sostenible en Colombia | Ámbito Jurídico

Salud

17 de julio de 2023

Gobierno asigna recursos para mejorar proyectos de salud en cuadro departamentos | Ámbito Jurídico
Procuraduría alerta por desatención de usuarios de Savia Salud

Telecomunicaciones

17 de julio de 2023

Con AgroTECH, el MinTIC potenciará el campo con Inteligencia Artificial

Lun. 17 de Julio de 2023

Energía

14 de julio de 2023

Contexto normativo de SSPD sobre la medición individual y reubicación de medidores de energía eléctrica, y el cobro de transporte de energía reactiva

13 de julio de 2023

Hasta el 4 de agosto de 2023, la CREG amplió el plazo para comentarios al Proyecto de norma que establece reglas para mitigar conflictos de intereses que puedan derivarse en la cadena de prestación del servicio de energía eléctrica

Hidrocarburos

13 de julio de 2023

CREG publicó el cronograma de la comercialización del mercado mayorista de Gas Natural a ser tenido en cuenta para el desarrollo de las negociaciones durante el año 2023

Infraestructura

14 de julio de 2023

Lineamientos del proyecto de concesión portuaria a la comunidad de Ciénaga -Magdalena-, que contará con instalaciones de atraque y recepción de cargas a granel de gas natural licuado a una distancia de 7,5 Km. de la playa, mar adentro

Salud

13 de julio de 2023

Minsalud invertirá más de $57 mil millones en hospital de San Andrés y puestos de salud en Providencia

Telecomunicaciones

14 de julio de 2023

Mintic establece lineamientos para asignar recursos a la televisión pública | Ámbito Jurídico
MinTIC pública la segunda versión del Plan General de Cese de Emisiones Analógicas – PGCEA de Colombia
MinTIC publica matriz de respuestas a los comentarios del borrador de términos de la convocatoria de emisoras comunitarias
CRC presenta para comentarios la propuesta de actualización del Sandbox Regulatorio de Comunicaciones

Coyuntura normativa

Coyuntura normativa

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Mié. 19 de Julio de 2023

 

Gobierno – Reindustrialización. Política de reindustrialización. Seminario Escuela de Ingeniería de Antioquia y el Tiempo. Panel. Soraya Caro Vargas, Viceministra de Desarrollo, sobre la política de reindustrialización

La Viceministra de desarrollo plantea que la filosofía del ministerio es dejar de hablar de formal e informal, en el sentido de generar más instrumentos para que se acerquen a la oferta institucional para financiar el crecimiento, en medio de un espacio de transición para evolucionar.

En cuanto a ciencia y tecnología la Viceministra señala que la ciencia y tecnología se incluye en la política de Comercio Exterior da prioridad a la atracción de inversión extranjera como motor de transferencia de conocimiento y tecnología. Se incluye en los instrumentos y la agenda de trabajo cotidiana del viceministerio con la construcción de alianzas estratégicas con socios que irrigan la tecnología en todo el tejido empresarial, como la que se tiene con las Cajas de Compensación, desde los gremios, como el de comercio electrónico, las empresas de servicios públicos. Se han realizado discusiones en torno a lo que debe ser una zona franca, una actividad productiva, con beneficios tributarios que no son justos comparados con las empresas que están en el mercado local, hay casos en los que el gobierno decide por el interés nacional.

En la relación academia estado es un elemento fundamental, se trabaja a través de los patrimonios autónomos procolombia immpulsa cúales son las universidades que tienen programas profesionalizantes para poder implementar la política y acercar al estudiante en la implementación de políticas públicas en Capstones, govlabs, etc, nuevas formas de prestar el servicio a los estudiantes para aproximarlos a su primera experiencia laboral es lo que se trabaja en el Viceministerio y con los patrimonios autónomos.

Sobre el tema de compras públicas, se trabaja en incentivar en los territorios el uso de las compras públicas la participación de la industria nacional. En compras públicas se desarrollan los OFFSET como mecanismo de las compras públicas en el sector defensa, del conocimiento, y la tecnología a partir de las industrias militares. Estos desarrollos son vitales para el fortalecimiento de las industrias de base tecnológica particularmente las de tecnologías de información.

Que hacen los OFFSET?, cuando la induistria militar contrata la compra de helicópteros, la multinacional se obliga, a hacer una transferencia de tecnología y conocimiento al Estado colombiano para que sus empresas se beneficien de ese conocimiento que goza de patentes y protección y requiere un proceso de acercamiento a estas tecnologías para poder incorporar y apropiar y hacer uso de esta tecnología. Se logró un 10% en materia de transferencia de tecnología que ya se está materializando: el convenio que firmó el presidente en España con Airbus, para la proveeduría de seis sistemas de drones que requiere el país urgentemente en los próximos años cuyas partes y piezas va a desarrollar colombia y podrán ser vendidos al resto de clientes de Airbus en el mundo, son compras estatales con mucho impacto.

Hay propuestas y acuerdos que se están promoviendo en las conversaciones con el ministerio y las empresas, que están proponiendo inversiones y se propone hacer más anuncios de estos acuerdos.

En cuanto al Sistema Nacional de Competitividad, se está rediseñando por que las Cámaras de comercio no pueden seguir liderando el SNC y deben incorporar nuevos actores y otros sistemas como por ejemplo como el de política exterior, vincular la cancillería (territorialización y vinculación de la diáspora para la generación de redes desde el exterior) y el área del MICT en este proceso. Incorporar las nuevas temáticas del sistema en las regiones como transición energética, economía popular que produce riqueza en todos los niveles y el tema de turismo y el tema de internacionalización de las regiones. El decreto que reforma el sistema nacional de competitividad está listo para firma, hay que discutirlo con DNP y Presidencia.

https://www.youtube.com/watch?v=inibEZawAsQ

Mar. 18 de Julio de 2023

 

Gobierno - Reindustrialización. Política de reindustrialización. Seminario Escuela de Ingeniería de Antioquia, Seminario EIA y el Tiempo. Panel. Expectativas y retos para el cuatrienio. Rosmery Quintero, Presidente de Acopi, Imelda Restrepo, Vicepresidenta de competitividad y Desarrollo de la ANDI y José Manuel Restrepo, director EIA. Modera Luz María Sierra

Para Acopi, su directora Rosmary Quintero señala que en la política actual se toman varios instrumentos que venían desarrollándose, el 25% de las mipyme estaba utilizándolos por medio de las fábricas de productividad, donde se atendió a más de 8.000 empresas, un crecimiento del 53%, esto es un impacto positivo de las políticas previas.

Novedoso pero preocupa al gremio es la política para economía popular. La política del gobierno tiene un segmento de gran empresa, uno la mipyme y la economía popular basada en la informalidad. Cuando se mira el detalle de programas y recursos una gran concentración se da en la economía popular y la realidad es que si bien es parte del tejido en los territorios son empresas que no tendrían capacidad de diversificar la oferta exportadora. Esto por que por ejemplo la Mipyme, que en 70% son empresas de familia con trayectoria y recorrido en el mercado y solo el 9% exporta, que puede esperarse de la economía popular?. Debería apoyarse a las Mipyme con unos Zascas pero con tecnologías de punta que es lo que requieren estas empresas.

Existen micros informales con mas de 20 años de existencia y cuando se les requiere hacer cumplir normas para formalizarse se concluye que pueden desaparecer. Se concluye que en esta economía popular se haga un reconocimiento en condiciones distintas para una empresa formal.

En la política del ministerio se seleccionaron macrosectores que permiten encadenamientos desde diferentes áreas del aparato productivo, que ya existen fortalezas empresariales y humanas y son fuertes en los mercados internacionales y se requiere fortalecer los encadenamientos con las cadenas regionales y globales de valor. Sobre varios de estos sectores el gobierno anterior firmó acuerdos como en el sector astillero, que se apoya por que es un sector de base tecnológica, con un potencial de empleo importante.

Que solicitan las mipymes en la política industrial?

Generar incentivos a la mayor inversión en investigación y desarrollo, las mipymes han sido apoyadas con recursos de regalías y la infraestructura universitaria pública y privada que mueve a las empresas a la estrategia de innovación. En brasil por pequeña que sea la empresa tiene un Doctor a disposición de la innovación y mejora empresarial mipyme.

Si las mipyme no es la principal exportadora, hay que generar estrategias para que las mipyme puedan llegar a las compras públicas. Cómo motivar a las alcaldías y gobernaciones para que las compras públicas definan una línea base. Se insiste en la meta de lograr que el 30% de las compras públicas sean mipymes.

En estos días en una reunión con la directora del Consejo Nacional de Competitividad, relacionada con la formalidad y la paz, y para involucrar a todos los actores sociales, se preguntaba cúal puede ser el canal y la conclusión es a través del sistema nacional de competitividad donde converge toda la institucionalidad para que las empresas se focalicen a solucionar problemas básicos en los territorios.

Para el Rector de la Escuela de Ingeniería de Antioquia, Juan Manuel Restrepo, la política de reindustrialización debe permitir crecer el país. Si bien el plan de desarrollo no ha sido ambicioso en metas de crecimiento. Un sector Agropecuario pueda subir del 0,6 al 6% de crecimiento por que hay una apuesta. Es importante ver que dos carteras priorizan la reindustrialización mesa es importante.

El énfasis en lo Bio, la cultura y el talento, por lo que se coincide. En general las políticas son buenas cada gobierno tiene su acento. Lo importante es transitar de las iniciativas a las acabativas. La pregunta es cúales van a ser los comos que se ven en la práctica, que tanto se logra o no se logra. Los ministros han hablado de una transición energética responsable.

Se rescata en el apego a la seguridad jurídica, no caer en el neoproteccionismo, que no sean los aranceles inteligentes los que se vuelvan proteccionismo. Apoyarse en el multilateralismo visto de una manera distinta, apoyarse en los países de América Latina, el énfasis en el Comercio Internacional para aprovechar la industrialización.

En los cómos, se retoman algunos y se les da una nueva fortaleza como el instrumento de fábricas de productividad y se complementa en esta política con el tema de sosteniblidad. Los Zascas son los centros de desarrollo empresarial y los c-emprende. Esfuerzos adicionales de inclusión financiera son importante, el turismo sostenible se aprovecha la ley que sobre turismo del gobierno anterior.

Referencia no hay al nuevo mundo de la cuarta revolución industrial, la robótica, la nanotecnología, pasó de agache la misión de internacionalización. Cierre de brechas tecnológicas, aprovechamiento de la diáspora, dijo cosas diferentes a las que se han dicho en Comercio Exterior en el país etc. En competitividad no se ha hecho la reunión en el último año, si se quiere incluir la participación de actores comunitarios que se incluyan pero lo importante que la política tiene continuidad.

En servicios basados en conocimiento no podemos limitarnos solo a turismo, Colombia tiene hoy fortalezas enormes en BPO, en consultoría estratégica, es lo que más está creciendo en exportaciones y no se va aprovechar?, Colombia es mas India que China, dice Ricardo Haussman. Los servicios sonsustantivos.

Reconocer que al final muchas políticas de reindustrialización de apoyo en servicios ni siquiera pasan por la política del estado, no caer en el voluntarismo si no Antioquia no tendría una estrategia emergente en nómadas digitales, hay muchas cosas que pasan a pesar de los gobernantes.

Imelda Restrepo de la ANDI, señala que los documentos de la ANDI, las propuestas y necesidades transversales del sector empresarial se encuentran las generalidades, hay que pasar a la práctica, y en la construcción de un plan público privado para aterrizar lo que necesita el empresario. Por ejemplo, hay que pensar desde lo que el mundo demanda y desde allí construir las políticas para que sean efectivas. Se han tenido espacios de relación, se ha conversado, pero las recomendaciones no se tienen en cuenta.

Considera que el país debe ser más ambicioso en metas de crecimiento, atracción y dar un papel más importante a la IED, hay una oportunidad en la relocalización de las empresas pero hay que identificar bien cual es el diferenciación, que es lo que se va a ofrecer si proveeduría, una infraestructura y un capital humano excelente. Pero sobre todo la seguridad jurídica es importante y mantener los escenarios de construcción conjunta de política aplicada y de lo que se necesita hacer por el país.

Hay que retomar la agenda de competitividad y el tema de servicios más allá del turismo que se encadenen con todas las actividades productivas.

https://www.youtube.com/watch?v=inibEZawAsQ

Lun. 17 de Julio de 2023

 

Gobierno-Reindustrialización. Política de reindustrialización. Seminario Escuela de Ingeniería de Antioquia, Seminario EIA y el Tiempo. Panel. Daniel Gómez, Vicepresidente Técnico del Consejo Nacional de Competitividad

Respecto a construir sobre lo construido, el moderador pregunta sobre la Agroindustrialización, si existen en las políticas previas. Daniel Gómez señala que hay un CONPES de competitividad agropecuaria del gobierno anterior, usualmente hay alguna política que se ha pensado.

Hay diferencia entre el enfoque y la filosofía, y en el tema de las apuestas. Es un tema contencioso, donde se hace la pregunta de quien debe hacer las apuestas y cómo se deben hacer. Siempre se había evitado a hacer grandes apuestas nacionales, pensando en que la construcción debe ser de abajo hacia arriba. En la política del gobierno sin embargo, se plantea esta construcción pero se definen desde el centro grandes apuestas nacionales, lo cual se considera está bien si se hace de manera transparente.

El gobierno hace 5 apuestas sería bueno conocer mayor justificación de por que estas apuestas en cada caso, como en defensa en el uso de los ofset, en el sector salud.

Nunca hubo una apuesta sectorial, en regiones el marco conceptual era importante buscando resolver fallas de mercado, de gobierno, de coordinación, de políticas e intervenciones para desencadenar procesos productivos del sector privado.

Los objetivos son compartidos, pero si se hacen apuestas puntuales como en el caso de la metalmecánica, hay diferencias en la aproximación muy distintos en políticas industriales, y en el caso del Agro hay muchas fallas, en términos de fallas de mercado, de gobierno, de coordinación, derechos de propiedad, catastro multipropósito, paz y conflicto, conectividad, vías.

Las agendas de competitividad de los 90 y posteriores, el agro va a ser un gran beneficiario de lograr la implementación de estas políticas y unos matices importantes: sobre el valor agregado y política de reindustrialización se tiende a pensar en manufacturas pero esto es equivocado por que hay mucho valor agregado en toda la cadena, por ejemplo es mejor avanzar en una cadena logística para exportar Tilapia fresca desde el Huila que en congelarla por que esto es menos valorado por el consumidor. No siempre es mas valioso procesar los alimentos sino llevarlos frescos a zonas donde la estación no permite su producción.

El valor agregado no está en la transformación, en la manufactura sino en la logística, en el agro el valor agregado está en la trazabilidad, la calidad, en el cumplimiento de medidas sanitarias y fitosanitarias.

El valor agregado de las manufacturas es mínimo, el valor agregado de verdad está en toda su cadena de investigación, desarrollo, marca, mercadeo, promoción y todos los demás eslabones.

Sobre el contexto de la política de industrialización

Los antecedentes de la política de industrialización se dan en términos de articulación y coordinación multinivel entre el gobierno nacional, subnacionales y el sector público y privado: la creación del sistema nacional de innovación hace 16 años, para lograr un diálogo permanente entre el sistema público y privado.

Facilita una dinámica de diálogo muy distinta entre la representación sectorial, gremial y el gobierno, es una asamblea donde el presidente de la república da la línea general de orientación, un comité ejecutivo donde están los ministros con la presidencia de Confecámaras, la presidencia del Consejo Privado de Competitividad. Están también instancias que soportan el trabajo del día a día donde se hace el trabajo del día a día, entre los ministerios, los representantes regionales y sectoriales.

En lo regional se ha venido trabajando en las comisiones regionales de competitividad, donde están la academia, las fuerzas relevantes a nivel regional y territorial, con trabajo permanente, el gobierno nacional y las regiones. Este ámbito es el escenario para construir la política de reindustrialización de abajo hacia arriba que propone el ministro por que pueden identificar las ventajas comparativas regionales, donde se realizan las inversiones y se construye la complementariedad entre lo local y nacional.

El sistema nacional de competitividad está por el momento en Standby mientras el Gobierno alinea las dinámicas con el Plan Nacional de Desarrollo. En el segundo año comienza la formulación de las políticas, donde el CONPES y de visión de largo plazo son muy importantes.

En estas nuevas políticas deberían considerarse como la iteración de las anteriores donde está el CONPES 3966 de desarrollo productivo que sigue vigente hasta el 2025, hay matices y diferencias pero se comparte el énfasis en productividad, territorialidad y en encadenamientos, diversificación y sofisticación como objetivos y coordinación, punto que está en ambas políticas para resolver problemas que se han tenido en el pasado. Es una continuación de una visión de estado construida como sociedad.

El rector de la Universidad del Rosario, Alejandro Cheyne, señala que se requiere un espacio de confianza, pues según un estudio realizado por la Universidad del Rosario durante 7 semestres se concluye que el lugar que genera mayor confianza a la ciudadanía para esta construcción son las universidades públicas y privadas. Los empresarios señalan que los principales problemas son los altos impuestos, los precios de los insumos y el tercero la falta de mano de obra calificada, que resulta en muchos casos más importante que los impuestos. Se resume que lo que se requiere es articulación y confianza. Quien debería liderar la reconstrucción de la confianza deberían ser las universidades por que hay un espacio para la reflexión y el debate.

https://www.youtube.com/watch?v=inibEZawAsQ

Jul. 10 - Jul. 13 de 2023 

Boletín Normativo Sectorial

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Jue. 13 de Julio de 2023

Gobierno-General. Plan sectorial de turismo 2022-2026. (1) Ejes Estratégicos.

El Plan Sectorial de Turismo se desarrollará de manera diferente pensando en una cultura para la paz y en las comunidades históricamente excluidas. Este documento se materializa en un plan estratégico a 2026, compuesto por 4 grandes ejes estratégicos, 16 programas y 50 acciones indicativas, que nos permitirán a todos: grupos étnicos, pueblos indígenas, comunidades campesinas, actores públicos, empresarios, academia y otros sectores conexos, lograr un desarrollo turístico más sostenible.

Estos ejes han sido planteados para dar respuesta a los problemas identificados para el desarrollo sostenible del turismo del país. Los 4 ejes estratégicos son:

1. Democratización del turismo como fuerza transformadora para una cultura de paz: busca facilitar el disfrute de esta actividad para todos los colombianos, vinculando dentro de la cadena de valor del sector regiones valiosas por su diversidad natural y cultural que han tenido afectación por el conflicto armado, como herramienta para la construcción de una cultura de paz. Así mismo, a través de este eje se promoverá la función social y transformadora del turismo, el fortalecimiento de las capacidades y el desarrollo humano de las personas

2. Territorios turísticos para la equidad y el bienestar busca consolidar el Sistema Nacional de Turismo, y los instrumentos de gestión de manera eficiente como mecanismo para ordenar la actividad turística en el país. Promoviendo una mayor y mejor conectividad, calidad, gobernanza y política, , información e infraestructura turística en los destinos.

3. Turismo alternativa para la transición económica y protección de la naturaleza promueve una visión estratégica del sector, que armonice los objetivos de desarrollo social y económico del turismo con la necesidad de proteger los recursos naturales, su biodiversidad, el medio ambiente, y los ecosistemas que hacen de Colombia, un destino interesante para la atracción de nuevos mercados, promoviendo la productividad, aumentando los flujos turísticos de visitantes para continuar posicionando turísticamente al país.

4. Turismo: dinamizador de la economía para la vida y la justicia social busca fomentar el desarrollo productivo del sector, y de los prestadores de servicios turísticos, de las economías populares, de las nuevas formas de trabajo comunitario en el territorio y demás actores vinculados al sector, para elevar la competitividad, mejorar las estrategias de mercadeo y promoción; y con ello el posicionamiento turístico del país promoviendo la justicia social.

Se plantea la necesidad de cerrar las brechas regionales en el sector turismo, con coordinación institucional, planes sectoriales territoriales, el principio de planeación y la inclusión del turismo social, la promoción del ecoturismo, etnoturismo, agroturismo, acuaturismo, turismo metropolitano y de salud, turismo cultural. Acciones para aplicar la ley de agroturismo.

El plan da directrices para los distritos, con la inclusión de proyectos y programas de turismo para Cartagena, Santa Marta y Buenaventura y contar con un capítulo especial para los municipios del litoral del Pacífico.

Desde el punto de vista de la demanda:

1. Interés en nuevos segmentos y productos: los viajeros están priorizando las actividades al aire libre, así como el turismo en entornos naturales y rurales. El turismo doméstico se vuelve más relevante, según el destino y se convierte en un mercado potencial a corto plazo.

2. Los viajes de larga estancia tienen mayor interés en los viajeros, unidos a la posibilidad de realizar teletrabajo desde diferentes destinos y a los cambios en las dinámicas de fragmentación de las vacaciones, así como la mayor disponibilidad de tiempo libre por parte de las y los trabajadores.

3. Nuevas preocupaciones y necesidades de viaje, dando mayor importancia a la higiene en el país de destino.

4. Decisiones de viaje según el nivel y calidad del sistema sanitario en el destino.

5. Confianza de los mercados en que no se impondrán más restricciones de viaje en los destinos.

6. Impulso a la sostenibilidad: la pandemia ha acelerado la importancia de hacer viajes más conscientes y con menos impactos ambientales y socioculturales, lo cual hace que este sea un imperativo a la hora de tomar decisiones de viaje.

7. Adopción digital: la pandemia de COVID-19 aceleró la transformación digital y el comercio electrónico en el sector, donde aumentó la demanda de transparencia, flexibilidad y cantidad de las interacciones con los clientes hacia lo digital. Impulso a la demanda de los viajeros “nómadas digitales” que buscan realizar viajes de larga distancia, de mayor duración, a destinos con asociaciones positivas, auténticas y buena conectividad. Estos segmentos son de mayor gasto principalmente en lugares periféricos.

En materia de sostenibilidad, surgen nuevas preocupaciones frente al cumplimiento y claridad de políticas y medidas de sostenibilidad turística:

1. Mayor eficiencia en el uso y gestión de recursos, especialmente en el subsector del alojamiento.

2. Reducción del uso de plásticos y preocupación por la contaminación marina y terrestre.

En línea con estos retos de la humanidad, actualmente, se discute a nivel global cuál debe ser el modelo de desarrollo del turismo, que contribuya de manera más efectiva a la sostenibilidad y al desarrollo humano, con especial énfasis a la prevención y mitigación de los impactos negativos, a la inclusión social e integración entre los territorios.

Plantea una línea estratégica que el turismo regenerativo, dando un nuevo alcance a la mirada de la sostenibilidad, enfocada en la mejora continua de su gestión ambiental y sociocultural, así como elevar la contribución que el turismo hace para la sociedad y para el desarrollo de las comunidades y los territorios y poblaciones como las mujeres que hoy sólo representan el 27% del sector.

El turismo regenerativo se concibe como el “entendimiento emergente, evolutivo, dinámico que incluye a la sostenibilidad dentro del marco de sistemas vivos y enfatiza la relación del ser humano consigo mismo, con el otro y con la naturaleza; para construir la capacidad de los sistemas socioambientales y obtener un crecimiento saludable a largo plazo en interacciones que sean mutuamente beneficiosas (Teruel, 2018, p. 90).

Varios países de Latinoamérica están impulsando esta forma de turismo, especialmente Costa Rica, Chile y México, donde el turismo se convierte motor de cambio positivo para que las comunidades puedan seguir viviendo en su territorio y desarrollando un modelo que no rompa radicalmente con su cultura, con su paisaje y con la convivencia. De igual manera, se considera como un valor para el propio turista, ya que propone la vivencia de experiencias auténticas, justas y sin aglomeraciones (Traveler, 2022).

El turismo contribuye a la reducción de las desigualdades territoriales a través de la promoción del desarrollo económico local en destinos estratégicos (OMT, 2005). La biodiversidad y riqueza cultural hacen de Colombia un destino único con una ventaja competitiva tanto a nivel global como regional.

La aplicación de un enfoque de turismo cultural y sostenible puede ser una fuente importante de ingresos que beneficie a las comunidades locales, aspecto fundamental para la conservación de la vida silvestre y la naturaleza, el número de visitantes extranjeros a 2019, ha tenido un crecimiento promedio sostenido del 3% y los Parques Naturales recibieron un total de 1.967.672 visitantes nacionales y extranjeros durante esa vigencia; tercero, el surgimiento de destinos emergentes para turismo de naturaleza, comunitario e indígena, ha sido liderado por las regiones territorios de paz, por ejemplo: Guaviare, Meta, Putumayo y La Orinoquía; y cuarto, según la Organización Mundial del Turismo, el país empieza a posicionarse en el mapa global de los principales destinos turísticos.

Para 2019, se contó con 4,5 millones visitantes extranjeros, siendo el año récord en la llegada de turistas al país, con un crecimiento del 3% frente al año 2018. Con la situación de la pandemia del COVID-19, las llegadas disminuyeron el 69% para 2020 frente al año 2019 y para el 2021, la recuperación fue del 55% frente a 2020, llegando a 2,1 millones de viajeros.

Para 2022, se espera que las llegadas de turistas recuperen la dinámica obtenida en el 2019, y se pronostica que se cierre el año con 4,7 millones de viajeros extranjeros en el país.

En 2019, se tuvieron ingresos por concepto de turismo receptivo de USD 6.784 millones que aportaron el 3,82% al PIB. En 2022 y se pronostica una recuperación cerrando el año con USD 7 mil millones.

Con respecto al desarrollo empresarial, según datos del Registro Nacional de Turismo con corte a noviembre de 2022, se cuenta con un registro de 79.987 prestadores de servicios turísticos, principalmente, representadas por un 41,16% de viviendas turísticas (rurales y urbana) y en un 21,80% por establecimientos de alojamientos (DANE, 2022; CITUR, 2022). Estas condiciones favorables y cifras económicas muestran ventanas de oportunidad para el desarrollo turístico del país.

https://www.mincit.gov.co/participa/consulta-ciudadana/20-12-2022-plan-sectorial-de-turismo-vfpp.aspx

Mié. 12 de Julio de 2023

Gobierno-Hacienda. Comentarios del CARF al Marco Fiscal de Mediano Plazo 2023-2034 Comité de la Regla Fiscal (1). Principales mensajes

El Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP) presentado por el Gobierno Nacional el día 14 de junio de 2023, se construyó con supuestos macroeconómicos que, en general, el CARF considera realistas y consistentes con lo que los analistas y los mercados esperan.

• El CARF elogia el esfuerzo del Gobierno por avanzar en el cierre de la brecha entre el precio regulado y el precio de referencia de los combustibles, para disminuir la acumulación del déficit del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), así como por programar la totalidad de los pagos del déficit en la vigencia siguiente a aquella en la que fueron causados. Desde octubre de 2022, el Gobierno ha aumentado de manera consistente el precio regulado de la gasolina, llevando el ingreso al productor de 5.064 a 8.323 pesos por galón.

Así se ha logrado reducir el ritmo de acumulación del déficit del FEPC. De acuerdo con las estimaciones del CARF, con el ajuste de los precios regulados programado en el MFMP y la dinámica esperada para los precios internacionales de los combustibles y la tasa de cambio, el déficit causado del FEPC en 2023 ascendería a cerca de 18,5 billones de pesos, cerca de 10 billones menos que lo estimado a principios del año.

• El MFMP prevé que para 2024 habrá un deterioro tanto del déficit fiscal como de la deuda neta del Gobierno, a pesar de haberse aprobado dos reformas tributarias en los últimos dos años que aumentaron de forma importante los ingresos de la Nación (en cerca de 4% del PIB, a 2024).

• El incremento de 1,2% del PIB en el gasto primario que se programa entre 2023 y 2024, impone una mayor presión sobre las cuentas de la Nación y revierte los logros en ajuste primario alcanzados después de la pandemia, en 2022, y los que se esperaban para 2023 en el escenario previo. Los balances primarios de 0% del PIB que se obtendrían en 2023 y 2024 son inferiores a los programados en el Plan Financiero de comienzos del año, y a los necesarios para estabilizar la deuda del Gobierno.

• El CARF encuentra que el cumplimiento proyectado de la meta de déficit para 2024, 2025 y 2026 presentado por el Gobierno Nacional en el MFMP, depende de ingresos no estructurales y de naturaleza incierta (Arbitramento de litigios), que deben ser considerados como transacciones de una única vez. Al hacer este ajuste, el gasto previsto en el MFMP no cumpliría con las metas de balance primario neto estructural de la Regla Fiscal en un monto cercano al 1% del PIB para 2024, 0,6% para 2025 y 0,3% para 2026.

De programarse el presupuesto del Gobierno Nacional para 2024 con un tope de gasto como el previsto en el MFMP, se estaría dando pie a un eventual incumplimiento de la Ley de la Regla Fiscal, al no cumplirse la correspondencia entre gastos e ingresos estructurales.

• Como resultado de lo anterior, el MFMP presentado por el Gobierno se aparta del objetivo de consolidación fiscal mediante la reducción progresiva del déficit fiscal y de la deuda neta, al menos temporalmente. Sin la reducción en los dos indicadores, déficit y deuda, se dificulta la convergencia hacia el objetivo planteado por la Regla Fiscal para el 2026, una vez termine el período de transición.

• Para el resto del período de análisis, el MFMP presenta una programación fiscal al límite del cumplimiento de la Regla Fiscal, incluyendo ingresos adicionales sobre los que no se tiene seguridad, por gestión de la DIAN, equivalentes a 1,3% del PIB. Dada la incertidumbre que afecta el escenario macroeconómico y fiscal y el contexto global, el CARF encuentra que no es prudente hacer una programación fiscal sin ningún margen de maniobra ante eventuales eventos adversos como podrían ser menores precios o producción de petróleo, una mayor desaceleración económica, una depreciación del peso o una inflación persistentemente más alta.

• Por otra parte, estando, como ya se dijo, al límite del cumplimiento, el MFMP no muestra en la programación fiscal los probables gastos adicionales que resultarían de las propuestas de reforma del Gobierno Nacional. En especial, aquellos derivados de las reformas de salud y pensiones. El CARF estima que, en el corto plazo, estas reformas pueden representar una mayor necesidad de gasto anual superior a 0,7% del PIB. Dado que la senda de gasto propuesta por el Gobierno no deja ningún margen, este gasto incremental no tendría espacio fiscal dentro de la programación, y, en consecuencia, la aprobación de dichas iniciativas requeriría la búsqueda de nuevas fuentes de ingresos estructurales.

• El Ministerio de Hacienda ha continuado siendo exitoso en la colocación de deuda, tanto internamente como en el exterior. Sin embargo, el costo en la colocación y los precios a los cuales se negocia la deuda colombiana en el mercado secundario son evidencia de la percepción de riesgo que observan quienes financian a la Nación, y de su preocupación por el lento avance de la consolidación fiscal y de la reducción del saldo de deuda a niveles más sostenibles.

• La postura fiscal deficitaria del Gobierno Nacional continúa ejerciendo una presión macroeconómica que dificulta la reducción del déficit de la cuenta corriente de la balanza de pagos y el control de la inflación.

• El gasto primario ha pasado de 15,8% del PIB en 2019, antes de la pandemia, a 17,3% del PIB en 2022 y se programa en 20,5% del PIB para 2024. Luego de un esfuerzo de más de cuatro puntos porcentuales del PIB en la movilización de recursos hacia la Nación, se esperaría una mayor correspondencia entre el nivel del gasto público y el de los ingresos para lograr la consolidación fiscal. Además, el espacio dentro del total de gasto para inversión y gasto discrecional es cada vez menor: de las proyecciones del MFMP, el CARF estima que éste pasaría de 2,0% del PIB en 2024 a 0,7% del PIB en 2030. Esta reducción es poco probable, y de no llevarse a cabo o encontrar solución con mayores ingresos, se pondría en riesgo el cumplimiento de la Regla Fiscal en el mediano plazo.

• El escenario previsto en el MFMP pone de presente los retos de la situación fiscal del país. El conjunto de leyes y normas que obligan a incorporar gastos en el presupuesto nacional, independientemente de si hay suficientes ingresos para sufragarlos o del momento del ciclo económico en que se haga la programación presupuestal, limita la capacidad para realizar un ajuste fiscal racional y duradero.

• Este marco normativo genera presiones fiscales importantes. El CARF estima que por cada peso que se recaude por la reforma tributaria de 2022, se deben destinar más de 0,4 a mayor gasto en el mediano plazo. Al Sistema General de Participaciones 0,07 pesos en 2024; 0,16 en 2025; 0,26 en 2026 y 0,38 pesos de 2027 en adelante; y, adicionalmente, por cada peso que se obtenga de ampliaciones en la base del impuesto de renta se deben destinar al ICBF y el SENA 0,14 pesos por año. Lo anterior resta margen de maniobra a la programación fiscal y obliga a que otros rubros deban ajustarse más que proporcionalmente para cumplir con el tope de gasto, independientemente de las necesidades de esos sectores. Esta lógica de tener gasto atado al ingreso genera un sesgo hacia el aumento estructural del gasto, que pone en riesgo la consolidación fiscal del país.

• En consecuencia, el país se ha quedado sin espacio para hacer política fiscal contra cíclica de manera prudente o para acomodar el mayor gasto público resultante de las reformas propuestas por el propio Gobierno. El CARF hace un llamado para que el Presupuesto General de la Nación de 2024 se programe con un techo de gasto que asegure el cumplimiento de la Regla Fiscal, teniendo como base los ingresos estructurales de la Nación.

Si bien se destacan los adecuados supuestos macro del MFMPL en torno a una tasa de cambio menos devaluada que implica entre el balance de menores ingresos y menores intereses de deuda un impacto neto negativo en el déficit estructural.

Se indica una caída de intereses como porcentaje del PIB en el mediano plazo que si bien permite descontar del balance total para el cálculo del balance primario neto estructural (base de cálculo de la regla fiscal), no es suficiente y continúa implicando exigencias fuertes de caja. Destaca el documento el tratamiento encomiable del problema del FEPC.

Indica del documento de que a pesar de que se han adelantado dos reformas tributarias desde 2021, con proyecciones macroeconómicas y fiscales hasta 2034, programa niveles de gasto que apenas logran cumplir con los objetivos de transición de la Regla Fiscal. De esta forma, El MFMP se aparta del objetivo de reducción permanente del déficit fiscal y de la deuda neta que redundaría en la consolidación fiscal. Para 2024 se prevé que habrá un deterioro tanto del déficit fiscal como de la deuda neta del Gobierno.

Se señalan los riesgos en el escenario y la posición del Comité frente a la medición de las variables relevantes para los cálculos de la Regla Fiscal, en particular, las referentes a los ciclos económico y petrolero, a las transacciones de única vez, y a los intereses y rendimientos financieros.

https://www.carf.gov.co/webcenter/ShowProperty?nodeId=%2FConexionContent%2FWCC_CLUSTER-226233%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased

Mar. 11 de Julio de 2023

Gobierno-Hacienda. Decreto 1103 de 2023. Reglamenta lo establecido en la reforma tributaria en términos de dividendos y participaciones.

ARTÍCULO 242. TARIFA ESPECIAL PARA DIVIDENDOS O PARTICIPACIONES RECIBIDAS POR PERSONAS NATURALES RESIDENTES. 

 

Los dividendos y participaciones pagados o abonados en cuenta a personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes del país, provenientes de distribución de utilidades que hubieren sido consideradas como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 49 de este Estatuto, estarán sujetas a la siguiente tarifa del impuesto sobre la renta:

 

Rangos UVT Tarifa Marginal Impuesto Desde

Desde >0 hasta 300

0 > 300 en adelante 10%

(Dividendos en UVT menos 300 UVT) x 10%

Los dividendos y participaciones pagados o abonados en cuenta a personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes del país, provenientes de distribuciones de utilidades gravadas conforme a lo dispuesto en el parágrafo 2° del artículo 49, estarán sujetos a la tarifa señalada en el artículo 240, según el periodo gravable en que se paguen o abonen en cuenta, caso en el cual el impuesto señalado en el inciso anterior, se aplicará una vez disminuido este impuesto. A esta misma tarifa estarán gravados los dividendos y participaciones recibidos de sociedades y entidades extranjeras.

PARÁGRAFO. El impuesto sobre la renta de que trata este artículo será retenido en la fuente sobre el valor bruto de los pagos o abonos en cuenta por concepto de dividendos o participaciones.

La retención en la fuente del artículo 242-1 del Estatuto Tributario será descontable para el accionista persona natural residente. En estos casos el impuesto sobre la renta se reduciría en el valor de la retención en la fuente trasladada al accionista persona natural residente.

ARTIcULO 242. TARIFA ESPECIAL PARA DIVIDENDOS O PARTICIPACIONES

RECIBIDAS POR PERSONAS NATURALES RESIDENTES.

 

Los dividendos y participaciones pagados o abonados en cuenta a personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes del

país, provenientes de distribución de utilidades que hubieren sido consideradas como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 49. de este Estatuto, integrarán la base gravable del impuesto sobre la renta y complementarios y estarán sujetas a la tarifa señalada en el artículo 241 de este Estatuto.

 

 

Los dividendos y participaciones pagados o abonados en cuenta a personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes del pals, provenientes de distribuciones de utilidades gravadas conforme a lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 49 de este Estatuto, estarán sujetos a la tarifa señalada en el artIculo 240 de este Estatuto, según el período gravable en que sé paguen o abonen en cuenta, caso en el cual el impuesto señalado en el inciso anterior, se aplicará una vez disminuido este impuesto. A esta misma tarifa estarán gravados los dividendos y participaciones recibidos de sociedades y entidades extranjeras.

 

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ARTÍCULO 245. TARIFA ESPECIAL PARA DIVIDENDOS O PARTICIPACIONES RECIBIDOS POR EXTRANJEROS NO RESIDENTES NI DOMICILIADOS.

 

La tarifa del impuesto sobre la renta correspondiente a dividendos o participaciones, percibidos por sociedades u otras entidades extranjeras sin domicilio principal en el país, por personas naturales sin residencia en Colombia y por sucesiones ilíquidas de causantes que no eran residentes en Colombia será del diez por ciento (10%).

PAR 1. Cuando los dividendos o participaciones correspondan a utilidades, que de haberse distribuido a una sociedad nacional hubieren estado gravadas, conforme a las reglas de los artículos 48 y 49 estarán sometidos a la tarifa señalada en el artículo 240, según el periodo gravable en que se paguen o abonen en cuenta, caso en el cual el impuesto señalado en el inciso anterior, se aplicará una vez disminuido este impuesto.

PAR 2. El impuesto de que trata este artículo será retenido en la fuente, sobre el valor bruto de los pagos o abonos en cuenta por concepto de dividendos o participaciones.

"ARTICULO 4. Modifíquese el inciso primero del artículo 245 del Estatuto Tributario, el cual quedará así:

 

ARTCULO 245. TARIFA ESPECIAL PARA DIVIDENDOS O PARTICIPACIONES

RECIBIDOS POR SOCIEDADES Y ENTIDADES EXTRANJERAS Y POR PERSONAS NA TURALES NO RESIDENTES.

 

La tarifa del impuesto sobre la renta correspondiente a dividendos o participaciones, percibidos por sociedades u otras entidades extranjeras sin domicilio principal en el país, por personas naturales sin residencia en Colombia y por sucesiones ilíquidas de causantes que no eran residentes en Colombia será del veinte por ciento (20%)".

 

 

Art. 242-1. Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidas por sociedades nacionales.

Los dividendos y participaciones pagados o abonados en cuenta a sociedadesnacionales, provenientes de distribución de utilidades que hubieren sido consideradas como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional,conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 49 de este Estatuto, estarán sujetas a la tarifa del siete y medio por ciento (7,5%) a título de retención en la fuente sobre la renta, que será trasladable e imputable a la persona natural residente o inversionista residente en el exterior.

 

ARTíCULO 242-1. TARIFA ESPECIAL PARA DIVIDENDOS O PARTICIPACIONES

RECIBIDAS POR SOCIEDADES NACIONALES.

 

Los dividendos y participaciones pagados o abonados en cuenta a sociedades nacionales, provenientes de distribución de utilidades que hubieren sido consideradas como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 49 de este Estatuto, estarán sujetas a la tarifa del diez por ciento (10%) a título de retención en la fuente sobre la renta, que será trasladable e imputable a la persona natural residente o inversionista residente en el exterior."

 

Art. 246. Tarifa especial para dividendos y participaciones recibidos por sucursales de sociedades extranjeras.

 

La tarifa del impuesto sobre la renta aplicable a los dividendos y participaciones que se paguen o abonen en cuenta a establecimientos permanentes en Colombia de sociedades extranjeras será del diez por ciento (10%), cuando provengan de utilidades que hayan sido distribuidas a título de ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional.

ARTíCULO 246. TARIFA ESPECIAL PARA DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES

RECIBIDOS POR ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE SOCIEDADES

EXTRANJERAS.

 

La tarifa del impuesto sobre la renta aplicable a los dividendos y participaciones que se paguen o abonen en cuenta a establecimientos permanentes en Colombia de sociedades extranjeras será del veinte por ciento (20%), cuando provengan de utilidades que hayan sido distribuidas a titulo de ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional."

En la parte resolutiva se establece:

Impuesto sobre la renta

Tratamiento de los dividendos y participaciones que se distribuyan a partir del primero (1) de enero de 2023 con cargo a utilidades generadas a partir del primero (1) de enero de 2017 que no hayan sido decretados en calidad de exigibles hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022 a las personas naturales residentes y sucesiones íIíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes del país.

Los dividendos y participaciones que se distribuyan a partir del primero (1) de enero de 2023 con cargo a utilidades generadas a partir del primero (1) de enero de 2017 que no hayan sido decretados en calidad de exigibles hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022 a las personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes del país, tendrán el siguiente tratamiento:

1. Los dividendos y participaciones provenientes de la distribución de utilidades que hubieren sido considerados como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional conforme con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 del Estatuto Tributario sumarán a la renta líquida cedular obtenida por rentas de trabajo, de capital, no laborales y de pensiones, integrando la base gravable del impuesto sobre la renta y complementarios y sujetándose a la tarifa señalada en el articulo 241 del Estatuto Tributario.

2. Los dividendos y participaciones pagados o abonados en cuenta a personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes del país, provenientes de la distribución de utilidades gravadas conforme con lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 49 del Estatuto Tributario, estarán sujetos a las tarifas del impuesto sobre la renta y complementarios de que trata el artículo 240 del Estatuto Tributario, según corresponda, y de acuerdo al periodo gravable en que se paguen o abonen en cuenta. En este caso, la aplicación del impuesto señalado en el numeral anterior, se efectuará una vez disminuido este impuesto.

Los dividendos y participaciones provenientes de sociedades y entidades extranjeras, pagados o abonados en cuenta a las personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes del país, estarán gravados a la tarifa prevista en el inciso 1 del artículo 240 del Estatuto Tributario considerando el periodo gravable en que se paguen o abonen en cuenta.

Parágrafo 1. Cuando los dividendos o participaciones correspondan a utilidades gravadas, conforme con lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 49 del Estatuto Tributario, provenientes de proyectos calificados como megainversión, que cumplieron los requisitos previstos en el artículo 235-3 del Estatuto Tributario y suscribieron contrato de estabilidad tributaria hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022, estarán sometidos a la tarifa del impuesto sobre la renta del veintisiete por ciento (27%) durante el término de vigencia del respectivo contrato y siempre que se cumplan las condiciones del respectivo régimen para cada uno de los años gravables.

Tratamiento de los dividendos y participaciones que se distribuyan a partir del primero (1) de enero de 2023 con cargo a utilidades generadas a partir del primero (1) de enero de 2017 que no hayan sido decretados en calidad de exigibles hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022 a las sociedades y entidades extranjeras y a personas naturales no residentes y sucesiones Ilíquidas de causantes no residentes al momento de su muerte.

Los dividendos y participaciones que se distribuyan a partir del primero (1) de enero de 2023, con cargo a utilidades generadas a partir del primero (1) de enero de 2017 que no hayan sido decretados en calidad de exigibles hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022 a las sociedades y entidades extranjeras y a personas naturales no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes al momento de su muerte, tendrán el siguiente tratamiento:

1. Los dividendos y participaciones provenientes de la distribución de utilidades que hubieran sido consideradas como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional conforme con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 del Estatuto Tributario, les será aplicable la tarifa del impuesto sobre la renta y complementarios prevista en el artículo 245 del Estatuto Tributario.

Lo dispuesto en este numeral no aplica a los dividendos y participaciones provenientes de proyectos calificados como megainversión que cumplieron los requisitos previstos en el artículo 235-3 del Estatuto Tributario y suscribieron contrato de estabilidad tributaria hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022 durante el término de vigencia del respectivo contrato y siempre que se cumplan las condiciones del respectivo régimen para cada uno de los años gravables.

2. Cuando Jos dividendos o participaciones correspondan a utilidades que de haberse distribuido a una sociedad nacional hubiesen estado gravadas conforme con lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 49 del Estatuto Tributario, estarán sujetos a las tarifas del impuesto sobre la renta y complementarios de que trata el artículo 240 del Estatuto Tributario, según corresponda, y de acuerdo al periodo gravable en que se paguen o abonen en cuenta. En este caso, la aplicación del impuesto señalado en el numeral anterior, se aplicará una vez disminuido este impuesto.

Parágrafo 1. Cuando los dividendos o participaciones correspondan a utilidades gravadas, conforme con lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 49 del Estatuto Tributario, provenientes de proyectos calificados como megainversión que cumplieron los requisitos previstos en el artículo 235-3 del Estatuto Tributario y suscribieron contrato de estabilidad tributaria hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022, estarán sometidos a la tarifa del impuesto sobre la renta del veintisiete por ciento (27%), durante el término de vigencia del respectivo contrato y siempre que se cumplan las condiciones del respectivo régimen para cada uno de los años gravables."

Retención en la fuente

Tarifa de retención en la fuente sobre dividendos y participaciones que se distribuyan a partir del primero (1) de enero de 2023 con cargo a utilidades generadas a partir del primero (1) de enero de 2017 que no hayan sido decretados en calidad de exigibles hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022 a las personas naturales residentes en el país y sucesiones ílíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes en el país.

Los pagos o abonos en cuenta por concepto de dividendos y participaciones que se distribuyan a partir del primero (1) de enero de 2023 a los socios, accionistas, comuneros, asociados, suscriptores o similares que sean personas naturales residentes en el país y a las sucesiones ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes en el país, provenientes de la distribución de utilidades generadas a partir del primero (1) de enero de 2017 y que no hayan sido decretados en calidad de exigibles hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022, están sometidos a retención en la fuente, de la siguiente manera:

1. Los dividendos y participaciones provenientes de la distribución de utilidades que hubieran sido consideradas como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, conforme con lo dispuesto en los artículos 48 o 49 del Estatuto Tributario, estarán sujetos a las tarifas especiales de retención en la fuente a título de impuesto a los dividendos, de conformidad con la siguiente tabla:

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La retención en la fuente dispuesta en este numeral se calcula sobre el valor de los dividendos brutos pagados o decretados en calidad de exigibles durante el periodo gravable, independientemente del número de cuotas en que se fraccione dicho valor.

Cuando los dividendos o participaciones provengan de proyectos calificados como megainversión que cumplieron los requisitos previstos en el artículo 235-3 del Estatuto Tributario y suscribieron contrato de estabilidad tributaria hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022, no estarán sujetos a lo previsto en el presente numeral, durante el término de vigencia del respectivo contrato y siempre que se cumplan las condiciones del respectivo régimen para cada uno de los años gravables.

2. Cuando el pago o abono en cuenta corresponda a la distribución de utilidades gravadas de acuerdo con el parágrafo 2 del artículo 49 del Estatuto Tributario, se aplicará la retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta de la siguiente manera:

2.1. Al pago o abono en cuenta se le aplica la retención en la fuente a las tarifas previstas en el artículo 240 del Estatuto Tributario, según corresponda, y de acuerdo al periodo gravable en que se paguen o abonen en cuenta.

Cuando los dividendos o participaciones provengan de proyectos calificados como megainversión que cumplieron los requisitos previstos en el artículo 235-3 del Estatuto Tributario y suscribieron contrato de estabilidad tributaria hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022, estarán sometidos a la tarifa de retención en la fuente del veintisiete por ciento (27%) durante el término de vigencia del respectivo contrato y siempre que se cumplan las condiciones del respectivo régimen para cada uno de los años gravables.

2.2. Al pago o abono en cuenta se le resta la retención en la fuente practicélda según el numeral anterior, y al resultado obtenido se aplica la tabla de retención en la fuente del presente artículo salvo para el caso de Mega-Inversiones.

2.3. La retención en la fuente de este numeral corresponde a la sumatoria de los numerales2.1. y 2.2. del presente artículo.

3. La retención en la fuente total por concepto de dividendos y participaciones corresponderá a la sumatoria de los numerales 1 y 2 de este artículo cuando haya lugar a ello."

Tarifa de retención en la fuente sobre dividendos y participaciones que se distribuyan a partir del primero (1) de enero de 2023 con cargo a utilidades generadas a partir del primero (1) de enero de 2017 que no hayan sido decretados en calidad de exigibles hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022 a las sociedades y entidades extranjeras y personas naturales no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes.

Los pagos o abonos en cuenta por concepto de dividendos y participaciones que se distribuyan a partir del primero (1) de enero de 2023 a los socios, accionistas, comuneros, asociados, suscriptores o similares que sean sociedades y entidades extranjeras y personas naturales no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes al momento de su muerte, provenientes de la distribución de utilidades generadas a partir del primero (1) de enero de 2017 y que no hayan sido decretados en calidad de exigibles hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022, calcularán la retención en la fuente, de la siguiente manera:

1. Los dividendos y participaciones provenientes de la distribución de utilidades que hubieran sido consideradas como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, conforme con lo dispuesto en los artículos 48 o 49 del Estatuto Tributario, les será aplicable la tarifa del impuesto sobre la renta prevista en el artículo 245 del Estatuto Tributario.

Lo dispuesto en el presente numeral no aplica a los dividendos o participaciones, provenientes de proyectos calificados como megainversión que cumplieron los requisitos previstos en el artículo 235-3 del Estatuto Tributario y suscribieron contrato de estabilidad tributaria hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022, durante el término de vigencia del respectivo contrato y siempre que se cumplan las condiciones del respectivo régimen para cada uno de los años gravables.

2. Cuando los dividendos o participaciones correspondan a utilidades, que de haberse distribuido a una sociedad nacional hubiesen estado gravadas, de acuerdo con el parágrafo 2 del artículo 49 del Estatuto Tributario, estarán sujetos a las tarifas del impuesto sobre la renta y complementarios de que trata el artículo 240 de este Estatuto, según corresponda, y de acuerdo al periodo gravable en que se paguen o abonen en cuenta.

En este caso, el impuesto señalado en el numeral anterior, se aplicará una vez disminuido este impuesto. Cuando los dividendos o participaciones provengan de proyectos calificados como megainversión que cumplieron los requisitos previstos en el artículo 235-3 del Estatuto Tributario y suscribieron contrato de estabilidad tributaria hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022, estarán sometidos a la tarifa de retención en la fuente del veintisiete por ciento (27%) durante el término de vigencia del respectivo contrato y siempre que se cumplan las condiciones del respectivo régimen para cada uno de los años gravables.

Parágrafo 1. A los dividendos y participaciones derivados de inversiones de capital del exterior de portafolio a que se refiere el artículo 18-1 del Estatuto Tributario, les serán aplicables las tarifas de retención a título del impuesto sobre la renta y complementarios previstas según corresponda.

Tarifa especial de retención en la fuente sobre dividendos y participaciones que se distribuyan a partir del primero (1) de enero de 2023 con cargo a utilidades generadas a partir del primero (1) de enero de 2017 que no hayan sido decretados en calidad de exigibles hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022 a sociedades nacionales. Los pagos o abonos en cuenta por concepto de dividendos y participaciones que se distribuyan a favor de las sociedades nacionales a partir del primero (1) de enero de 2023 con cargo a utilidades generadas a partir del primero (1) de enero de 2017 que no hayan sido decretados en calidad de exigibles hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022, tendrán el siguiente tratamiento:

1. Los dividendos y participaciones provenientes de la distribución de utilidades que hubiesen sido consideradas como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, conforme con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 del Estatuto Tributario, estarán sometidos a la tarifa especial de retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta prevista en el artículo 242-1 del Estatuto Tributario.

2. Cuando los dividendos o participaciones correspondan a utilidades gravadas, conforme con lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 49 del Estatuto Tributario, estarán sometidos a retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta a las tarifas previstas en el artículo 240 del Estatuto Tributario, según corresponda, y de acuerdo con el periodo gravable en que se paguen o abonen en cuenta. En este caso, el impuesto señalado en el numeral anterior, se aplicará una vez disminuido este impuesto.

La retención en la fuente prevista en el numeral 1 del presente artículo, será trasladable e imputable al beneficiario final persona natural residente o inversionista residente en el exterior, quien la podrá acreditar en la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios según las normas generales del Estatuto Tributario. De igual manera, será trasladable e imputable la retención en la fuente correspondiente al numeral 2 del presente artículo, una vez disminuido el impuesto de que trata el inciso 1 del artículo 240 del Estatuto Tributario.

Parágrafo 1. Cuando los dividendos o participaciones correspondan a utilidades gravadas, conforme con lo señalado en el numeral 2 de este artículo, que se distribuyan a contribuyentes con una tarifa diferente a las previstas en el artículo 240 del Estatuto Tributario, la tarifa de retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta corresponderá a la general prevista en el inciso 1 del artículo 240 del Estatuto Tributario y de acuerdo con el periodo gravable en que se paguen o abonen en cuenta.

Cuando los dividendos o participaciones correspondan a utilidades gravadas, conforme con lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 49 del Estatuto Tributario, provenientes de proyectos calificados como megainversión que cumplieron los requisitos previstos en el artículo 235-3 del Estatuto Tributario y suscribieron contrato de estabilidad tributaria hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022, estarán sometidos a la tarifa de retención en la fuente del veintisiete por ciento (27%) durante el término de vigencia del respectivo contrato siempre que se cumplan las condiciones del respectivo régimen para cada uno de los años gravables."

"Parágrafo 3. No habrá lugar a practicar la tarifa especial de retención en la fuente del artículo 242-1 del Estatuto Tributario cuando el dividendo o participación se distribuya a:

1. Una entidad no contribuyente,

2. Las entidades que al momento del pago o abono en cuenta pertenezcan al Régimen Tributario Especial del impuesto sobre la renta y complementarios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 del Estatuto Tributario y la Sección 1 del Capítulo 5 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del presente Decreto,

3. Las sociedades bajo el régimen de compañías holding colombianas -CHC del impuesto sobre la renta, incluyendo las entidades públicas descentralizadas de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 242-1 del Estatuto Tributario,

4. Los grupos empresariales o dentro de sociedades en situación de control debidamente registrados ante la Cámara de Comercio, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 3 del artículo 242-1 del Estatuto Tributario, y

5. Las personas naturales o jurídicas que se encuentren debidamente registradas como contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE, de conformidad con el artículo 911 del mismo Estatuto.

Para efectos de la aplicación de las disposiciones del presente artículo se tendrán en cuenta los conceptos de grupo empresarial o sociedad en situación de control de que tratan los artículos 26, 27 Y 28 de la Ley 222 de 1995.

Los dividendos y participaciones provenientes de proyectos calificados como megainversión, que cumplieron los requisitos previstos en el artículo 235-3 del Estatuto Tributario y suscribieron contrato de estabilidad tributaria hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2022, no estarán sujetos a la tarifa especial de retención en la fuente prevista en el artículo 242-1 del Estatuto Tributario al momento de la distribución a la sociedad nacional, durante el término de vigencia del respectivo contrato y que se cumplan las condiciones del respectivo régimen para cada uno de los años gravables."

"Parágrafo 4. Los dividendos que distribuya una sociedad nacional cuyo origen corresponda a dividendos provenientes de una sociedad domiciliada en un país miembro de la Comunidad Andina -CAN-, no estarán sometidos a la retención en la fuente prevista en este artículo.

Las distribuciones de dividendos por parte de sociedades nacionales que recibieron dividendos de las sociedades nacionales mencionadas en el primer inciso de este parágrafo estarán sometidas a retención en la fuente de acuerdo con las reglas de los artículos 1.2.4.7.3 y 1.2.4.7.8 de este Decreto, según sea el caso."

https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%201103%20DEL%204%20DE%20JULIO%20DE%202023.pdf

Lun. 10 de Julio de 2023

Gobierno-General. Decreto número 1085 del 2 de julio de 2023 por medio del cual se declara la emergencia económica, social y ecológica. Motivaciones para su declaración

En las consideraciones que soportan la emergencia económica se cita el artículo 215 de la Constitución Política de Colombia, que señala que cuando sobrevengan hechos que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país o que constituyan grave calamidad pública, podrá el presidente de la República, con la firma de todos los ministros, declarar el estado de emergencia por periodos hasta de treinta (30) días, que sumados no podrán exceder noventa (90) días en el año calendario.

El presiente podrá dictar decretos con fuerza de ley destinados a conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos y deberán tener relación directa y específica con el Estado de Emergencia y podrán, de forma transitoria, establecer nuevos tributos o modificar los existentes.

Los decretos que se emitan buscarán flexibilizar el régimen de contratación, modificar los usos del recurso hídrico, agilizar la titulación de tierras, asumir las competencias de la ley 142, estructurar programas de agua y saneamiento para la región, construir un nuevo sistema de salud para la región, apropiar los recursos necesarios para todos los sectores, realizar un análisis situacional de los usos de los recursos naturales, agilizar licencias ambientales y autorizaciones, crear entidades, suscribir contratos de fiducia mercantil, reforzar la infraestructura aérea, establecer sobretasas por el uso de las instalaciones, generar incentivos para inversión y el turismo, entre otras.

El decreto establece que un estado de emergencia debe basarse en un presupuesto fáctico, en un presupuesto valorativo, un presupuesto de necesidad o insuficiencia de las medidas ordinarias y otros aspectos como que no puede suspender derechos o libertades, interrumpir el normal funcionamiento de las ramas del poder público ni suprimir ni modificar organismos ni las funciones básicas de acusación y juzgamiento.

Presupuesto fáctico

Para el caso de esta emergencia, se basa en la sentencia C-135 de la Corte que establece que se una emergencia se basa en un fenómeno que existe previamente pero cuya agravación repentina e imprevisible justifica la declaratoria del Estado de Emergencia en la medida en que este agravamiento implique un hecho de carácter sobreviniente y extraordinario.

 

En la Guajira habitan 1 millón de personas de las cuales 396 mil son niños, el 38% de la población.

 

Señala el documento que la Guajira atraviesa una grave crisis económica que se materializa en :

 

1. Escasez de agua potable para el consumo humano

2.Crisis alimentaria con dificultades de acceso físico y económico a los alimentos.

3.Los efectos del cambio climático acentuado por los climas cálido desértico y árido que predominan en el territorio

4. Crisis energética y falta de infraestructura adecuada a pesar de su potencial de generación eólica

5. Baja cobertura en salud y educación

 

Que la CIDH declaró en 2015 medidas cautelares en torno a la situación social de la región y la corte constitucional en 2017 declaro la existencia de un estado de cosas inconstitucional en relación con el derecho efectivo de los derechos en salud, agua potable y participación de los niños y niñas Wayuu en los municipos de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribía y de las autoridades indígenas con jurisdicción en esos municipios. Esta entidad realizó un seguimiento a los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA) por medio de la REDESCA en septiembre de 2022 concluyendo que los esfuerzos no admiten espera.

 

En este contexto se han apropiado recursos desde al PGN, Regalías, SGP y cooperación internacional mas los regionales propios, SGP, PGN, cŕeidtos, donaciones y otras fuentes

 

Los recursos de inversión asignados en 2023 son de 74 mil millones de pesos y del presupuesto de inversión regionalizado para vivienda, salud, agricultura etc, la Guajira ha recibido desde 2017 ha sido de 7,4 billones de pesos, el 3% del total país.

 

El CONPES 3944 de 2018 establecó una estrategia para seguridad alimentaria para la población de la Guajira, con acciones que establecieron recursos por 1,7 billones de pesos.

 

Aunque se han asignado estos recursos a 2021 no existía un plan de acción para ejecutar los establecidos en 2017 y en el seguimiento d ella corte constitucional se estableció que pasados cuatro años de la sentencia las dificultades para la implementación de la política pública persisten.

 

Que en el marco de las políticas implementadas recientemiente se encuentran:

(i) la creación de la Comisión Intersectorial para el departamento de La Guajira (2020);

(ii) los Diálogos Regionales Vinculantes;

(iii) la priorización de recursos en leyes de presupuesto;

(iv) el proyecto Apoyo Alianzas Productivas;

(v) los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural (PIDAR);

(vi) la implementación de 2.400 Unidades Productivas de Alimentos para el Autoconsumo (UPAA);

(vii) el programa Familias en su Tierra (FEST);

(viii) el incremento de inversión en el Programa de Alimentación Escolar (PAE);

(ix) los programas de:

1} Centro de Recuperación Nutricional (CRN) y

2) Unidades Comunitarias de Atención (UCA) para apoyo de mujeres gestantes, niños y niñas; (x) la iniciativa "Guajira Azul" en materia de.agua potable,

(xi) la instalación de pozos de agua para uso agropecuario;

(xii) la inversión orientada a mejorar la infraestructura y

(xiii) los esfuerzos para concertar un modelo de salud diferencial para el Pueblo Wayuu.

 

Se presentan los indicadores de salud, indicando que el 22% de las muertes registradas enel país por desnutrición se registran en la Guajira, y el 7,6% de las que se registran por Infección Respiratoria Aguda. Un alto nivel de reclamaciones en torno a las condiciones de salud.

 

Que adicionalmente el ICBF señala que, a partir de los censos aportados por las comunidades, se identificaron 21.328 registros de niños y niñas, de los cuales, 9.363 están siendo atendidos por el ICBF o por el Ministerio de Educación Nacional. De los 11.965 restantes, mediante la búsqueda activa de Unidades Móviles del ICBF se ha logrado verificar. y ubicar a 2.454 niños y niñas sin atención, entre los que se encontraron 309 con riesgo de desnutrición o desnutrición aguda, respecto de los que se iniciaron las acciones necssarias para su vinculación a servicios de nutrición y de primera infancia, previa concertación con las comunidades. Continúan en búsqueda 9.511 niños y niñas reportados en los censos.

 

Miambiente señala que la región tiene una vulnerabilidad particular frente al fenómeno del niño, región que no está preparada, por lo que se requieren medidas extraordinarias para proteger el recurso hídrico del departamento para conjurar la crisis de disponibilidad, acceso o calidad del recurso hídrico que se profundizará por los eventos climáticos que se avecinan, donde la NOAA señala que existen las condiciones para un fenómenos del no con 56% de probabilidades de que sea un evento fuerte entre noviembre 2023 y enero de 2024 y otros análisis establecen que en los próximos 5 años la temperatura global superaría 1,5% grados C durante un año y un 98% de que uno de los próximos 5 años sea el más cálido jamás registrado. Por estas razones se recomienda mantener las medidas preventivas ante posibles eventos extremos

 

Sse espera que la mayor reducción de precipitaciones se dará en La Guajira.

 

Que conforme al nivel y estudio de precipitaciones relacionado en el informe según análisis por regiones, se tiene que el mayor porcentaje de reducción de las precipitaciones se dará en la región caribe durante el trimestre julio-septiembre, incluida La Guajira.

 

De hecho, producto de un análisis pormenorizado de este trimestre indica que el riles de julio se prevén reducciones entre el 30o/~ y 60%, en el mes de agosto entre el 10% Y 30% que estará por debajo de los promedios históricos 1991­ 2020 en gran parte de la región, y en el mes de septiembre dentro el promedio histórico. No obstante, para el trimestre octubre- diciembre, los modelos muestran disminuciones entre 10% Y cercanos al 40% en La Guajira. Se señala que la región tambíen sería afectada de manera especial por una temporada de ciclones que sería mas fuerte.

 

En resumen, se señala que región estará afectada por:

 

(i) temporada de ciclones y paso de las ondas del este,

(ii) ciclo estacional de temporada seca con un déficits de precipitación acumulado del primer semestres y déficit proyectado, lo que tiene afectación particular al ser la región con menores precipitaciones del país

(iii) el aumento de temperatura media del aire con respecto a los promedios históricos entre 0.5°C y 2.5°C,

(iv) Fenómeno del Niño y

(v) el calentamiento Global, con la probabilidad

 

Señala el decreto que el 100% de las cabeceras municipales son suceptibles de desabastecimiento de agua en temporada Seca, lo que no necesariamente es por falta de agua en temporada sino por precaria infraestructura y un 'aprovechamiento inadecuado del agua subterránea y que puede generar a largo plazo un desequilibrio entre la oferta natural del agua y su demanda para diferentes usos, o propiciar la informalidad en su aprovechamiento. De 1643 escuelas sólo 56 cuentan con agua potable y solamentel 19% de las viviendas tienen acceso a agua potable mientras que a nivel urbano en algunos casos alcanza el 100%. Hay 437 IPS el 80% está en el área urbana lo que no corresponde a la distribución de la población pues el 51% está en el área rural.

 

Que es importante precisar que el aprovisionamiento de agua en la zona sur y media Guajira se deriva de las aguas superficiales de los arroyos y afluentes del río ranchería, río que a la fecha presenta condiciones críticas de disponibilidad de agua, por ser mayor la oferta que la demanda. En !a alta Guajira el aprovisionamiento es a partir de agua subterráneas, o aguas superficiales temporales, donde las condiciones de las aguas obtenidas en estos pozos varían y mayoritariamente no son aptas para el consumo humano, razón por la cual requieren manejo especial.

 

En términos de infraestructura, se En este sentido, se debe tena! en cuenta que a la fecha se ha consolidado un inventario de infraestructura existente con más de 6.400 puntos, entre los cuales hay cerca de 4.600 jagüeyes y más de '1 .800 pozos, molinos de viento, microacueductos, abastos, puntos de suministro y pozos artesanales, entre otros. La mayor parte de estos sistemas se encuentran fuera de servicio debido a fallas en los esquemas organizativos que permitan responder frente al mantenimiento, operación y sostenibilidad.

 

Se señala que de lo expuesto, se evidencia que las condiciones climáticas proyectadas a nivel mundial y nacional, se han conocido recientemente y han variado de mes a mes, de forma repentina e inesperada, y las proyecciones de las mismas conforme con los análisis científicos pueden variar a eventos extremos sin precedentes y que las condiciones de la región la hacen mas vulnerable a estos eventos.

 

Que el Ministerio de Transporte informa que la red de carreteras en el departamento presenta una red primaria de 400 km, Secundaria: 1.270 km, Terciaria: 2.256 km. En el mismo sentido se indica que de la red primaria a cargo del Invías (164 km), se encontró que el 94% está pavimentado, y 6% no pavimentado, en regular o mal estado se encuentra el 100% de la red no pavimentada, y el 9% de la pavimentada.

 

En términos de energía se señala que existen 71 mil viviendas sin servicio.

 

Que el Ministerio de Minas y Energía precisa que la falta de cobertura en La Guajira del servicio de energía eléctrica continúa siendo la más alta del país en comparación con 2017 y que Uribia y Manaure, son los municipios del País que requieren mayor inversión en soluciones de energía aislada. Al punto, que la inversión necesaria para tener una cobertura universal en la región es la más alta del país.

 

A estos fenómenos se suma la migración, desde Venezuela que por su concentración en las áreas más vulnerables de los municipios del departamento imprime una responsabilidad adicional.

 

Que las medidas, planes y programas adecuados ofrecidos por las entidades del orden nacional y territorial, a través de los mecanismos ordinarios existentes, para garantizar el acceso a servicios básicos, alimentos y seguridad a las poblaciones más vulnerables de La Guajira, han resultado insuficientes para contener la ·de por sí ya situación dramática para la población vulnerable del departamento de La Guajira (niños y niñas de las comunidades indígenas, personas mayores de edad, mujeres en gestación, entre otros).

 

 

Que, ante la imposibilidad de poder atender, contener y superar los efectos de la situación de emergencia propiciada por la agravación repentina, sostenida, anormal e incontrolada de la crisis humanitaria desatada en ei territorio de la Guajira, a través de los mecanismos ordinarios ofrecidos por el ordenamiento jurídico, el Gobierno Nacional se ve en la necesidad de recurrir a la declaratoria de un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica (C.P: arto 215), que le permita contar con los recursos y medios suficientes y adecuados para enfrentar, atender y superar los efectos nocivos ocasionados por las condiciones de desigualdad, pobreza, corrupción y desnutrición a la que se enfrenta la población del departamento de la Guajira.

https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%201085%20DEL%202%20DE%20JULIO%20DE%202023.pdf

Sector de la semana

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Jue. 13 de Julio de 2023

Gobierno- Plan sectorial de turismo 2022-2026. (2) Metas y proyectos.

La meta para el año 2026 es lograr producir 0,2 empleos por cada visitante no residente, logrando crear 300 mil empleos nuevos en el sector para 2026, lo cual implica una variación 50% mayor que en 2019. Señala el documento que en el sector se generan 2,6 millones de puestos de trabajo.

En cada un de los cuatro ejes se establecen unos proyectos y acciones indicativas:

1. Democratización del turismo como fuerza transformadora para una cultura de paz.

Se identifican poblaciones como aquellas con discapacidad y vulnerables como objeto de la política de turismo además de personas mayores de 60 años y jóvenes. Fomento al desarrollo del turismo social y accesible por medio de un sello de accesibilidad e inclusión universal en áreas, atractivos y prestadores de servicios turísticos. Se implementarán programas de servicios y descuentos para la población contemplada en la política de turismo social, acuerdos con cajas de compensación y prestadores de servicios turísticos.

Se diseñarán líneas especiales de crédito para financiar viajes, programas especiales para los trabajadores colombianos desarrollados con las cajas de compensación y la implementación de campañas que motiven a los colombianos a conocer su propio país.

Se adelantará una política de democratización del conocimiento, para el fortalecimiento de las capacidades y habilidades humanas en poblaciones históricamente excluidas, fomentando una cultura de turismo y el programa nacional de Capacitación, Innovación e Investigación en Turismo, que incluirá de manera transversal formación en cultura del turismo, cultura para la paz y desarrollo sostenible del turismo.

Se creará el programa Colegios amigos del turismo, CAT, la estrategia de fortalecimiento del turismo responsable. La creación del programa territorios turísticos de paz, y el fomento a la cultura de paz con la creación de un sello de turismo para una cultura de paz. Conslidación de experiencias turísticas en torno a la memoria histórica, la riqueza natural y cultural de los territorios de paz.

El sello de turismo para una cultura de paz debe contribuir: 1) Al fortalecimiento de la memoria histórica como patrimonio de la nación y fomentar una cultura de paz, reconciliación y convivencia; 2) incentivar la inserción a la cadena de valor del turismo, de las iniciativas productivas que surgen de la población vulnerable en territorios de paz; 3) dinamizar las economías locales y regionales en los destinos o territorios de paz; 4) favorecer la empleabilidad de la población víctima del conflicto armado, desvinculados y desmovilizados en armas, firmantes del acuerdo final de paz, y de población en procesos de sustitución de cultivos ilícitos en empresas turísticas; 5) fortalecer los vínculos entre le turismo y la economía local y regional y 6) propender al consumo local como práctica responsable y sostenible en el turismo.

2. Territorios turísticos para la equidad y el bienestar

Busca potenciar el desarrollo territorial del turismo mejorando la gobernanza nacional y regional del turismo, las capacidades de gestión público – privada, las herramientas de política existentes, las condiciones de la infraestructura, seguridad y la atracción de la inversión en los destinos.

Las causas asociadas a este eje son la toma de decisiones del sector frente a la demanda, la oferta y el desarrollo regional con información que posibilite el análisis de datos, evaluación y monitoreo de las acciones adelantadas por el sector, de modo que sea posible reconocer los aciertos y desaciertos, así como priorizar y anticiparse a los actuales desafíos con base en datos claros y actualizados.

Para avanzar en este objetivo se crea el Sistema Nacional de Turismo SINATUR, que recopilará información de actores, comunidades, estado, destinos, integrando y articulando estrategias, mapeando la participación interinstitucional en los procesos, proyectos o programas enfocados a la competitividad turística.

Implementación del Sistema Nacional de Información Turística -SNIT- como estrategia para un mayor análisis de los datos, mejorar el conocimiento sobre la demanda turística y contribuir a la competitividad de Colombia como destino turístico. Con el objetivo de responder a las necesidades del sector turístico referente a la disponibilidad de información de oferta, demanda y sostenibilidad, para la toma de decisiones de política pública que fomente la gobernanza y la planeación de manera objetiva en todos los niveles territoriales.

1) Incluir a los municipios PDET y comunidades indígenas con autonomía territorial legalmente constituidas a través de los organismos que agrupan y representan a los pueblos indígenas colombianos (cabildos, resguardos, asociaciones de cabildos, asociación de autoridades organizaciones indígenas y cualquier forma de autoridad indígena propia, todas ellas constituidas ante la autoridad competente nacional – MinInterior) en el listado de municipios exentos de contrapartida.

2) Crear nuevas formas de presentación de proyectos ante el Fontur, categorías en donde podrán incluirse “programas”, los cuales permitan realizar intervenciones integrales para hacer intervenciones integrales que incluyan diferentes componentes de varias líneas (competitividad, infraestructura, y promoción, etc.).

3) Ajustar el procedimiento de radicación de proyectos, para establecer un plazo mínimo de tres (3) meses de anticipación al inicio de actividades del proyecto

4) Adelantar un programa de simplificación de trámites para la presentación de proyectos ante FONTUR y para la interacción con los aportantes de la contribución parafiscal.

5) Ajustar el procedimiento de radicación de proyectos a FONTUR, de manera tal que el Viceministerio de Turismo defina su pertinencia. 6) Crear una unidad de logística al interior de FONTUR para gestionar los eventos financiados en los proyectos de promoción y competitividad sin recurrir a los OPCs.

7) Facilitar la contratación de asociaciones de base comunitaria, de mujeres y otras formas de organización y también la contratación directa de logística y conferencistas, entre otros.

Se formulará un nuevo CONPES de turismo, la adopción y redefinición e políticas turísticas, que se encuentran sin actualizar:

1) Política para el desarrollo del ecoturismo (2003)

2) Política de turismo social (2009)

3) Lineamientos de política para el desarrollo del turismo comunitario (2012)

4) Política de turismo de naturaleza (2012)

Redefinición de los instrumentos y herramientas de planificación turística, fomentar el programa nacional de Calidad Turística y el fortalecimiento y desarrollo de infraestructura turística

El MinCIT acompañará a los municipios con vocación turística, según su nivel de desarrollo, necesidades de fortalecimiento del producto turístico y dada sus vocaciones a vincular en el ordenamiento territorial el fomento de infraestructura turística resiliente. Definirá un manual de señalización turística, vinculará soluciones tecnológicas, acompañará la reglamentación de puntos de control de atractivos turísticos. El MinCIT Identificará iniciativas de inversión priorizadas en los diferentes sectores que desarrollen infraestructura de soporte para el turismo a nivel nacional.

Se crearán una línea Bancoldex para la implementación de energías renovables por parte de prestadores de servicios turísticos.

El MinCIT promoverá las inversiones en los aeropuertos troncales y regionales para el desarrollo de infraestructuras aeroportuarias (Aeronaves clase C).

El MinCIT redefinirá las actuaciones técnicas y jurídicas orientadas a la planeación, reglamentación, financiación y ejecución de la infraestructura que se requiere para el desarrollo de Proyectos Turísticos Especiales de gran escala en el país.

Se promoverán rutas aéreas a territorios regionales de alto potencial turístico, especialmente territorios PDET para incentivar la operación regular a dichas zonas, acompañando el crecimiento y desarrollo de los operadores de aviación regional y su articulación tanto a la cadena productiva turística como al desarrollo del producto turístico. La infraestructura aeroportuaria a nivel troncal y regional, articulación de modos aéreo y terrestre, sostenibilidad ambiental, operación del transporte aéreo.

https://www.mincit.gov.co/participa/consulta-ciudadana/20-12-2022-plan-sectorial-de-turismo-vfpp.aspx

Mié. 12 de Julio de 2023

Gobierno- Hacienda. Comentarios del CARF al Marco Fiscal de Mediano Plazo 2023-2034 Comité de la Regla Fiscal (2) Sobre los gastos. Programación de gasto al límite del cumplimiento de la Ley de la Regla Fiscal, que no incluye presiones adicionales que podrían venir de las reformas

a. Se programa una reducción como porcentaje del PIB en el gasto flexible

Según el MFMP, en 2024 se contabilizará el gasto público (primario sin FEPC) más alto de la historia del país, de 19,4% del PIB (20,5% del PIB con FEPC). El CARF estima que este gasto será 80 billones de pesos más alto que el valor presente del gasto antes de la pandemia. Se prevé un gasto público (primario) aún más alto para 2025, de 19,8% del PIB.

A partir de ese año empieza a corregirse para llegar a niveles de 19,1% del PIB, a partir de 2031. Esta reducción en la programación del gasto primario genera dudas debido al bajo margen de maniobra con el que cuenta el Gobierno para modificar el gasto.

El CARF estima que para 2024, cerca del 90% del gasto primario tiene algún tipo de inflexibilidad, ya sea constitucional, como el Sistema General de Participaciones; legales, como los gastos de personal y pensiones, las transferencias a Colpensiones, a la salud, al ICBF y SENA, y las vigencias futuras, entre otras; o institucionales, como las que corresponden a transferencias o subsidios que han existido por mucho tiempo y que resultan difíciles de desmontar.

Estos rubros de gasto inflexibles y la forma cómo evolucionan en el tiempo (muchas veces por encima del crecimiento de los precios y los ingresos), explican en gran medida el aumento que se ha evidenciado del gasto por encima de los niveles reales.

Una reducción en el gasto primario como la que se programa en el MFMP implicaría que los gastos flexibles tendrían que reducirse cerca de 1,5% del PIB entre 2024 y 2031 (de 2% a 0,7% del PIB), para cumplir con los techos de gasto que impone la Regla Fiscal. Lo anterior presenta un riesgo del escenario presentado en el MFMP.

b. Erogaciones por reformas no estarían incluidas

A lo anterior debe sumársele los efectos que tendrían las reformas que hacen curso en el Congreso al momento de hacer este análisis: al sistema de salud y al sistema pensional. Utilizando los números presentados por el Gobierno Nacional, el CARF estima que los costos que son medibles y que serían adicionales a los recursos contenidos en el MFMP, que se derivarían de la implementación de la reforma a la salud ascenderían a 6,7 billones de pesos, en promedio, por año.

Esto es 0,4% del PIB adicional en las erogaciones inflexibles anuales. Este cálculo supone un crecimiento de los gastos en servicios ambulatorios y hospitalarios especializados equivalente al del PIB real, supuesto conservador al no tener en cuenta el envejecimiento poblacional. Además, dicha estimación no considera los posibles sobrecostos que implique la reforma, en referencia a los 5 riesgos señalados por el CARF en su Pronunciamiento No. 7.

Por su parte, la reforma pensional incluye un pilar solidario, que sería completamente presupuestal, y que aumentaría la necesidad de recursos para transferencias sociales a los adultos mayores en condición de pobreza y vulnerabilidad, de la magnitud de la línea de pobreza extrema, unos 233 mil pesos mensuales en 2025.

Adicionalmente, el pilar semicontributivo prevé erogaciones de gasto para garantizar una rentabilidad real de 3% a las cotizaciones realizadas en Colpensiones, para la población que no se encuentra en situación de pobreza o vulnerabilidad, y que no alcanza las semanas suficientes para acceder a una pensión. Estos recursos también saldrían del Presupuesto General de la Nación.

Estas dos características del proyecto de reforma que se discute en el Congreso de la República implicarían, según estimaciones del CARF, erogaciones anuales por cerca de 5 billones de pesos actuales, 0,3% del PIB.

En resumen, el CARF observa que el MFMP programa el gasto primario al límite del cumplimiento de la Regla Fiscal, con los siguientes riesgos: primero, el programa implica una reducción como porcentaje del PIB, de los gastos flexibles en el mediano plazo, lo cual se considera improbable de realizar; y segundo, no estarían incluidas las erogaciones que pueden generarse a partir de la aprobación de las reformas a los sistemas de salud y pensiones, que se estima que asciendan en conjunto a 0,7% del PIB, ni cuál es la estrategia para financiarlas en cumplimiento de la Regla Fiscal.

https://www.carf.gov.co/webcenter/ShowProperty?nodeId=%2FConexionContent%2FWCC_CLUSTER-226233%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased

Mar. 11 de Julio de 2023

Gobierno-Telecomunicaciones. Decreto 1079 del 30 de Junio de 2023, por medio del cual se establecen las condiciones para la prestación del servicio de Internet comunitario fijo, adicionando un título al decreto único de las TICs

En sus consideraciones el decreto establece Que el artículo 31 de la Ley 1978 de 2019, "Por la cual se moderniza el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones TIC), se distribuyen competencias, se crea un regulador único y se dictan otras disposiciones", determina que la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) deben, en todos los proyectos normativos que pretendan expedir, evaluar la posibilidad de establecer medidas o reglas diferenciales para los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones que tengan menos de treinta mil (30.000) accesos, en el desarrollo de cualquier tipo de proyecto normativo bajo el ámbito de sus competencias legales con el propósito de promover el servicio y acceso universal.

En en marco de la declaratoria del internet como servicio esencial y bajo el principio de universalidad, las funciones del FONTIC incluyen financiar planes, programas y proyectos para promover prioritariamente el acceso universal a servicios TIC comunitarios en zonas rurales y urbanas, que priorice la población pobre y vulnerable.

Para aumentar la cobertura se considera necesario reglamentar el internet comunitario fijo, para lo que la SIC en la evaluación de este decreto solicitó al MINTIC un estudio para definir el límite máximo de accesos sustentado en un estudio técnico-económico, de manera que ese límite refleje las condicione del servicio de intemet comunitario fijo y con ello repercuta positivamente sobre lo usuarios comunitarios, tal y como se presenta en el documento en mención tomando una muestra y realizando el análisis de optimización lineal previamente descrito, con una sola restricción, esto es con un ARPU (average revenue per user' de $43.748,12, el número de accesos que se obtuvo fue de 2.388 y se amplía en el decreto a 3000 acceesos.

En la parte resolutiva se establecen

1.Definiciones de asociados, comunidades y servicio de internet:

1. Asociado de la comunidad: Para el caso del servicio de Internet fijo comunitario, se entiende como la persona natural o jurídica que de manera libre y voluntaria decide vincularse a la comunidad organizada de conectividad, asume un compromiso de acuerdo con lo establecido en sus estatutos y utiliza el servicio de Internet comunitario fjjo.

2. Comunidad organizada de conectividad: Para el caso del servicio de Internet comunitario fijo, se entiende como la persona jurídica de naturaleza pública o privada sin ánimo de lucro, integrada por personas naturales o jurídicas que estén unidas por lazos de vecindad y colaboración mutua, cumpliendo con fines cívicos, cooperativos, solidarios, académicos, ecológicos, educativos, recreativos, culturales o institucionales, y que pueden pertenecer a pueblos, organizaciones, comunidades o grupos étnicos.

3. Servicio de Internet comunitario fijo: Es el servicio público de acceso a Internet fijo residencial minorista provisto, sin ánimo de lucro, por la comunidad organizada de conectividad a sus asociados, qUe en ningún caso pueden superar los 3.000 accesos o presentar ingresos por la provisión del servicio superiores a lo dispuesto para microempresas en el Decreto 957 de 2019, o aquella norma que lo modifique, adicione o sustituya

Proveedores del servicio de Internet comunitario fijo. Comunidad Organizada de Conectividad proveedora del servicio de Internet comunitario fijo, en los términos establecidos en el presente título. Para todos los efectos, la provisión del servicio de internet comunitario fijo residencial se enmarca como provisión de redes y servicios de telecomunicaciones. No podrán lucrarse, directa o indirectamente, con la provisión del

servicio de Internet comunitario fijo

Se establece como requisito inscribirse en el registro único de las TIC y se señala que este servicio de internet comunitario fijo solo puede se provisto a los asociados a la comunidad organizada y será autofinanciado y gestionado directamente por la misma comunidad, que podrá prestarlo a instituciones educativas, de salud, bibliotecas públicas y a organizaciones sin ánimo de lucro, que estén ubicadas dentro de su área de cobertura.

Los proveedores del servicIo de Internet comunitario fijo podrán participar en las convocatorias que realice el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (FUTIC) de conformidad con el artículo 35 de la Ley 1341 de 2009, o aquella norma que la modifique, adicione, o sustituya.

Obligaciones de los prestadores:

1. Actualizar, aclarar o corregir la información contenida en el Registro Único de TIC de conformidad con lo establecido en el Decreto 1078 de 2015 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya.

2. Garantizar la prestación del servicio de manera eficiente, continua y segura, de conformidad con la normativa vigente.

3. Utilizar los ingresos que reciba exclusivamente para la administración, operación y mantenimiento del servicio de Internet comunitario fijo.

4. Contar con la personería jurídica y mantener vigente su reconocimiento.

5. Pagar las contraprestaciones y contribuciones de conformidad con la normativa vigente.

6. Suministrar la información que requiera el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Comisión de Regulación de Comunicaciones, para el ejercicio de sus funciones, de forma amplia, exacta, veraz y oportuna.

Contraprestaciones y contribuciones. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Comisión de Regulación de Comunicaciones, en el marco de sus competencias, establecerán el régimen de contraprestaciones y la contribución aplicable para la provisión del servicio de Internet comunitario fijo, respectivamente.

Parágrafo transitorio 1. Hasta tanto el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones defina el régimen diferencial de contraprestación aplicable para la prestación del servicio de Internet comunitario fijo, le será aplicable el régimen de contraprestación vigente en la Resolución 290 de 2010 o aquella norma que la modifique, adicione o sustituya. En todo caso dicho régimen diferencial debe reconocer la naturaleza de estos proveedores.

Parágrafo transitorio 2. Hasta tanto la Comisión de Regulación de Comunicaciones defina el régimen diferencial de contribución aplicable para la prestación del servicio de Internet comunitario fijo, le será aplicable el régimen de contribución vigente para la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones.

Parágrafo transitorio 3. Los proveedores del servicio de Internet comunitario fijo podrán ser exceptuados del pago de la contraprestación periódica única a favor del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones por cinco (5) años contados desde la fecha de incorporación en el Registro Único de TIC, en los términos del parágrafo transitorio 3 del artículo 36 de la Ley 1341 de 2009 y en aquella norma que lo reglamente, modifique, adicione o sustituya.

Regulación para la prestación del servicio de Internet comunitario fijo. El Ministerio de Tecnologías de la 'Información y las Comunicaciones y la Comisión de Regulación de Comunicaciones de conformidad con sus competencias, evaluarán la necesidad de establecer, entre otras, condiciones de calidad, seguridad de la red y protección a usuarios, para la provisión del servicio de Internet comunitario fijo.

Prohibiciones. Los proveedores del servicio de Internet comunitario fijo no podrán:

1. Tener más de 3.000 accesos a Internet o presentar ingresos por la provisión del servicio superiores a lo dispuesto para microempresas en el Decreto 957 de 2019, o aquella norma que lo modifique, adicione o sustituya. En caso de superar estos límites dejarán de ser consideradas como proveedoras del servicio de Internet comunitario fijo y, en consecuencia, le será aplicable en su totalidad el marco normativo como proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones.

2. Prestar el servicio de Internet comunitario fijo con ánimo de lucro.

3. Prestar el servicio de Internet comunitario fijo a personas naturales o jurídicas que no hagan parte de la comunidad organizada de conectividad, salvo las excepciones contempladas en el parágrafo del artículo 2.2.26.2.2 del presente decreto.

4. Interconectarse para prestar servicios de voz con proveedores de redes yservicios de telecomunicaciones.

5. Llegar a ser controlantes de manera directa o indirecta de otra(s) sociedad(es) o controlados de manera directa o indirecta por parte de otra(s) sociedad(es) a través de cualquier operación o figura jurídica, sin limitarse a adquisiciones, fusiones, escisiones o cualquier forma de transformación societaria. Lo anterior con el fin que no se desnaturalice la prestación del servicio de internet comunitario fijo.

https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%201079%20DEL%2030%20DE%20JUNIO%20DE%202023.pdf

Lun. 10 de Julio de 2023

Gobierno-General. Decreto número 1085 del 2 de julio de 2023 por medio del cual se declara la emergencia económica, social y ecológica. Estado actual de los proyectos energéticos en la zona

2. PRESUPUESTO VALORATIVO

Entre otras consideraciones, en este aparte de decreto se presenta el estado de la transición energética y los proyectos en la región:

Que el Ministerio de Minas y Energía precisa que la transición energética en La Guajira está en riesgo por el atraso en la puesta en operación de los proyectos relacionados con Fuentes No Convencionales de Energías Renovables (FENCER) y la falta de sostenibilidad financiera de los mismos.

Actualmente existen 17 proyectos de generación de energía renovable en la región, mientras el porcentaje de avance promedio de los proyectos es de 28,81 %; el porcentaje promedio de desfase de avance de los proyectos es de 54,65%.

Únicamente 2 proyectos de los 17 han cumplido el cronograma trazado a tiempo. Es decir, el 82% de los proyectos están atrasados. Recientemente, uno de los proyectos de mayor magnitud en La Guajira (200 MW) anunció su suspensión indefinida, generando la señal de que los proyectos están teniendo dificultades operativas y financieras.

Esto pone en riesgo la subsistencia de las familias y sus niños por la falta de oportunidades que implica la pérdida de demanda de bienes, servicios y empleo que resultan del desarrollo de los proyectos de transición energética en la región.

De hecho, la diversificación de la matriz energética del país y la apuesta por el desarrollo socio-integral de La Guajira está cimentada sobre los proyectos de energía eólica y solar. Para 2031 se espera que 65 parques estén en funcionamiento que corresponden a una inversión que puede superar US 6.000. millones de dólares.

Ante el riesgo de fracaso de la transición energética en La Guajira el Ministerio de Minas y Energía y sus entidades adscritas vienen adoptando alivios a través' de regulación que, si bien han tenido buen recibo por parte de los inversionistas en proyectos, no son suficientes para la sostenibilidad de estos.

Que la transición energética en La Guajira está en riesgo por la conflictividad social. Tal como se relató en el considerando anterior, el fracaso de la transición energética en La Guajira deriva en la falta de un mercado que permita la subsistencia de las familias y la comunidad en general.

Con relación a las conflictividades, luego de analizar y categorizar 110 escenarios conflictivos que impactan 160 comunidades, en la Oficina de Asun'tos Ambientales y Sociales del Ministerio de Minas y Energía (MME) se concluyó que por esta razón se ha afectado el cronograma de 10 proyectos de energías renovables. Al respecto, el Minenergía adoptó un proyecto de gerencia social en La Guajira donde dispuso de una cuadrilla de alrededor de 30 personas que trabajan tiempo completo en el acompañamiento a las comunidades y empresas, no obstante estas medidas no han sido suficientes, por lo cual se requieren de medidas inmediatas de fondo para direccionar los mecanismos de relacionamiento y participación con las comunidades hacia el avance de los proyectos y al mismo tiempo el reconocimiento de los derechos de aquellas.

Adicionalmente, se reiteran la problemática de inversión en la zona para la superación de los indicadores ya mencionados. Que, siguiendo lo expresado por la honorable Corte Constitucional, la perturbación o amenaza de perturbación del orden económico, social o ecológico, o de calamidad pública, que da lugar a la declaratoria de un EEESE, debe ser grave e inminente, debiendo explicarse las razones de tal gravedad e inminencia.

Que la grave crisis humanitaria de La Guajira se viene intensificando a partir de junio 2023 por los eventos sobrevinientes e inesperados tales como, a) la llegada temprana de la temporada de ciclones tropicales, b) el Fenómeno de El Niño, y su potencial de pasar de categoría moderado a fuerte y, e) la temporada Seca y el déficit de precipitaciones presentes en el primer semestre que de incrementarse agravarán las situaciones ya existentes en el departamento de La Guajira, i) un ecosistema de desierto; (ii) el 100% de las Cabeceras Municipal&s susceptibles al desabastecimiento de agua en temporada seca; (iii) zona donde se concentran las áreas deficitarias en términos hídricos, siendo una región mucho más vulnerable a la degradación; (iv) índice de Vulnerabilidad Hídrica -IVH- en categoría muy 'alta y en alta; (v) índice de alteración potencial de calidad del Agua, en categoría Muy Alta, Alta y media Alta, e (vi) índice de Uso de Agua (IUA) con aumentos en las condiciones críticas, lo que indica que la demanda es superior a la oferta disponible.

Que los efectos directos e irresistibles de esta situación se reflejan en la afectación de los derechos subjetivos y colectivos de los habitantes del departamento de La Guajira, tales como agua, salud, alimentación, y suministro de energía eléctrica.

La región no ha podido superar los hechos que dieron lugar a la declaratoria de ECI, se requiere la expedición de decretos con fuerza de lay para superar las situaciones del territorio.

Que si no se atiende la problemática de desnutrición, con una intervención extraordinaria a las desarrolladas actualmente por el Estado, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la Sentencia T-302 de 2017, se esperaría a diciembre de 2023, un promedio de 12 casos mensuales de defunción por desnutrición, IRA y enfermedad diarréica (los cuales pueden ascender a 24 casos por cada mes de 2023) de defunciones asociadas a estas tres causas, lo que acumularía 168 muertes adicionales a las observadas en el periodo enero-mayo de 2023, con un incremento del 26% (n=48) en las muertes esperadas frente a 2022.

En salud se registra una inadecuada distribución de las infraestructuras y un estado precario de las mismas así como una baja capacidad instalada en número de camas y una baja disponibilidad en número de profesionales 1,26 vs 2,5 por cada 1000 habitantes del promedio nacional, indicadores igualmente precarios en enfermería.

Se plantea que los actores de: sistema general de seguridad social en salud que operan en el departamento de La Guajira, no desarrollan un modelo de salup propio e intercultural concertado con las autoridades indígenas y que a la fecha no se ha diseñado el modelo de salud Wayuu.

Para las consideraciones del decreto, se requiere construir una oferta de salud que tenga en cuenta los saberes de esta cultura, así como aumentar la cobertura, calidad de la educación fortaleciendo la educación. Se hace necesario contar con tecnología, transporte escolar, educadores suficientes.

https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%201085%20DEL%202%20DE%20JULIO%20DE%202023.pdf

Noticias de la semana

Noticias

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Jue. 13 de Julio de 2023

Energía

12 de julio de 2023

Con Mensaje de Urgencia, el Gobierno busca la aprobación del proyecto de ley de transición energética
UPME publicó Plan Indicativo de Expansión de Cobertura de Energía Eléctrica -PIEC- 2019-2023

Fondos

12 de julio de 2023

Contraloría le llamó la atención a Colpensiones por faltas en su plan de mejoramiento

Gobierno

12 de julio de 2023

Esta es la adición de $ 16 billones al presupuesto general del 2023 | Ámbito Jurídico

Hidrocarburos

12 de julio de 2023

Minhacienda confirma que el precio del diésel permanecerá estable | Ámbito Jurídico
Concepto técnico del Sicom que determinó que ya no son necesarias las medidas temporales para la reducción de la mezcla de biocombustibles

Infraestructura

12 de julio de 2023

Representantes de la comunidad no aceptaron propuesta para avanzar con el proyecto Autopistas del Caribe-corredor de carga | Portal ANI

Salud

12 de julio de 2023

Minsalud establece lineamientos para aplicar vacunas contra covid-19 | Ámbito Jurídico

Telecomunicaciones

12 de julio de 2023

Por reincidencia, Claro recibe alta sanción por indebido tratamiento de datos personales | Ámbito Jurídico

Mié. 12 de Julio de 2023

Energía

11 de julio de 2023

Los desafíos y las barreras legales en Colombia para la adopción del hidrógeno verde

Fondos

11 de julio de 2023

Prescripción de mesadas pensionales no se suspende ante la falta de pronunciamiento de la entidad administrativa | Ámbito Jurídico

Hidrocarburos

11 de julio de 2023

Ministro de Hacienda confirma que el precio del diésel se va a congelar durante los próximos meses

Salud

11 de julio de 2023

MinTrabajo precisó las normas aplicables a la fecha límite para el disfrute de la Licencia de paternidad e indicó que ésta fue ampliada de ocho días hábiles a dos semanas
Precisiones de MinSalud sobre la vinculatoriedad del concepto emitido por un médico tratante no adscrito a una EPS
Asmet Salud EPS anunció cambio de su agente interventor

Servicios Financieros

11 de julio de 2023

Dividendos - Reglamentación de los cambios en la Ley 2277 de 2022

Telecomunicaciones

11 de julio de 2023

MinTIC publica el informe de evaluación de permisos de uso de espectro en banda altas

Mar. 11 de Julio de 2023

Energía

10 de julio de 2023

MinMinas convocó a los Operadores de Red del servicio de energía eléctrica para presentar Planes, Programas y/o Proyectos de Normalización de Redes Eléctricas, para la adjudicación de recursos del PRONE, así como para llevar a cabo su desarrollo
Proyecto de norma de la CREG busca hacer un ajuste a la senda de referencia de la estación a fin de que sea el nivel mínimo requerido del embalse del SIN para atender la demanda de energía confiablemente

Fondos

10 de julio de 2023

Base de cotización sobre bonos pensionales está en la agenda de la Corte Constitucional | Ámbito Jurídico

Gobierno

10 de julio de 2023

Procuraduría presentó las principales recomendaciones para cumplir la Ley de Garantías | Ámbito Jurídico

Infraestructura

10 de julio de 2023

Consejo de Estado declaró nulos tres artículos del decreto por medio del cual se priorizan y aprueban proyectos de inversión financiados con cargo a los recursos provenientes del SGR
ANI adjudica obra pública del corredor férreo La Dorada - Chiriguaná | Portal ANI

Salud

10 de julio de 2023

Reglamentan trámite de PQRS en la Adres | Ámbito Jurídico

Coyuntura normativa

Coyuntura normativa

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Jue. 13 de Julio de 2023

 

Gobierno- Plan sectorial de turismo 2022-2026. (3) Metas y proyectos.

3. Turismo como alternativa para la transición económica y la protección de la naturaleza

Busca promover la justicia ambiental en el sector y estrategias de adaptación y mitigación del cambio climático y fomentar la economía circular; fortaleciendo la sostenibilidad turística y configurándose como una alternativa para la transición de territorios dependientes de economías extractivas e ilícitas.

Turismo como estrategia para la conservación de la biodiversidad y la transición económica. SE fomentará la economía circular en los actores de la cadena de valor del turismo, las soluciones inteligentes basas en la naturaleza, que están encaminadas a la restauración, protección o gestión estratégica de los ecosistemas naturales o modificados, que abordan los desafíos sociales de manera efectiva y adaptativa garantizando el bienestarhumano, la biodiversidad, reducir emisiones, seguridad de los recursos hídicros y aire limpio.

Se promoverá la implementación y/o adecuación de infraestructuras verdes, la creación de áreas de vida para el aprovechamiento turístico, buscando incentivar la creación de bosques, estimulando la conciencia ambiental de residentes, visitantes y turistas, la búsqueda a la adaptación de efecto de l cambio climático.

Adelantar acciones y acuerdos participativos encaminados a erradicar la deforestación en lugares con alto valor para el turismo de naturaleza, garantizando la protección de los ecosistemas de la mano con las comunidades, con programas de capacitación de guías locales y guardabosques, la creación de productos turísticos, campañas de reforestación, estrategia de fomento al turismo científico y de naturaleza.

Se establece un capítulo de desarrollo sostenible del turismo, con acciones indicativas como la creación del programa misión 2030 para el cumplimiento de ODS a través del turismo, el desarrollo e implementación de acciones para el control de impactos derivados del turismo a nivel regional y local.

Brindar apoyo técnico y económico para transitar a modalidades sostenibles, impulsar actividades de turismo local y hacia empleos verdes coherente con el modelo de producción de energías renovables.

Con una estrategia que permita apoyar técnica y financieramente a las comunidades que desarrollen actividades turísticas , aprovechando el turismo de naturaleza, generando alianzas con organizaciones nacionales e internacionales, el desarrollo de productos turísticos en torno a la sosteniblidad, programas de liderazgo para mujeres y jóvenes, una estrategia de promoción de destinos.

Se buscará desarrollar un modelo de alto valor con bajo impacto, que permitan desarrollar la actividad económica con estándares de sosteniblidad y programas de formación de prestadores hacia nuevas fuentes de desarrollo sostenible a largo plazo.

Se desarrollarán acciones para el control de impactos derivados del turismo regional y local, con estrategias para medir y mantener una escala de desarrollo turístico adecuada al entorno local y nacional. Un sistema de medición e impacto de la actividad turística, que permita conocer el progreso y los resultados que están siendo alcanzados por los prestadores de servicios turísticos enfocado, pero sin limitarse, en:

• Consumo de electricidad y energía,

• Consumo de agua dulce en litros o metros cúbicos (m3)

• Producción de residuos

Implementación de estrategias para el mejoramiento de la percepción de seguridad de los territorios de paz y destinos turísticos por presencia de eventos de riesgo.

4. Turismo como dinamizador de la economía para la vida y la justicia social

El propósito de este eje es mejorar las condiciones de productividad, innovación e información en los procesos de desarrollo del sector, buscando elevar el desempeño de las empresas y la mejora de los factores de atracción de las actividades, servicios y productos turísticos. Adicionalmente, impulsar el reconocimiento del país a nivel mundial con mejores herramientas de promoción, mercadeo y comercialización.

Para el 2020, de acuerdo con los análisis de Colombia Productiva sobre los alcances de la Política de Calidad Turística (MINCIT, 2016), el 67% de los Prestadores de Servicios Turísticos (PST) no cumplen con Normas Técnicas Sectoriales (NTS) de turismo sostenible, indicando que las normatividad presenta una “amplia brecha entre el estándar nacional y los estándares internacionales” .

La generación de empleo formal y las condiciones dignas de trabajo son precarias, pues al 2022 el sector turístico presenta un 75% de informalidad, y de las 320 mil empresas con RUES - Registro Único Empresarial y Social, sólo 74 mil tienen Registro Nacional de Turismo - RNT, cifras que revelan desconocimiento frente a los alcances, forma de participación y vinculación de la población a las cadenas de valor del turismo; debido a que, las empresas turísticas son en su mayoría pequeñas y medianas empresas relacionadas con emprendimientos familiares y formas de asociatividad comunitaria de baja escala, que se enmarcan en dinámicas de la economía popular y comunitaria; caracterizada por la falta de acceso a bienes públicos fundamentales como financiamiento en justas condiciones, tecnología de punta, capital humano calificado, entre otras limitantes que conllevan a la baja productividad y bajos ingresos (Giraldo, 2017).

Como acciones indicativas se establecen:

Creación del programa "Empretur" estímulos e incentivos para economías populares y comunitarias, emprendedores, famiempresas y MiPymes vinculados al sector turístico." MinCIT ampliará las líneas de inversión destinadas a través del Banco de Proyectos Turísticos del Fontur creado por el artículo 18 de la Ley 1001 de 2006, incluyendo proyectos asociados a la competitividad la infraestructura y la promoción del sector.

Los municipios PDET, quedarán excluidos de los aportes de financiación. MinCIT redefinirá las actuaciones técnicas y jurídicas orientadas a la planeación, reglamentación, financiación y ejecución de la infraestructura que se requiere para el desarrollo de proyectos turísticos de gran escala para el mejoramiento del potencial turístico del país.

MinCIT promoverá líneas de financiación especiales para proyectos turísticos de grupos minoritarios étnicas y organizaciones comunitarias, garantizando la participación y protección de sus derechos, respetando y conservando su cosmovisión y de su cultura.

Fomento las nuevas formas de organizaciones comunitarias que incentiven el desarrollo de capacidades de líderes y lideresas para mejorar los indicadores sociales.

Fomento a nuevas formas de organizaciones comunitarias que incentiven el desarrollo de capacidades de líderes y lideresas para mejorar indicadores sociales. Diseño y desarrollo del Programa de innovación social del turismo, incorporación de oficios, arte y economía popular y comunitaria en la cadena de valor del turismo. Desarrollo y fortalecimiento de programas de atención a comunidades vulnerables con productos asociados al etnoturismo, ecoturismo, turismo comunitario, cultural y rural.

Adopción de modelos de gestión colectivos y procesos de desarrollo empresarial a la consolidación de la oferta de turismo rural.El MinCIT promoverá el diseño y creación de productos turísticos basados en el desarrollo de experiencias vivenciales significativas para el visitante, acorde con las realidades y particularidades socioeconómicas, culturales y ambientales.

El MinCIT generará estrategias de difusión de los mecanismos de financiación de proyectos turísticos y apoyará la dinamización de los mecanismos de consecución de recursos de cooperación internacional para la inversión y asesoría técnica.El MinCIT apoyará la generación de estrategias de encadenamiento que le apunten a la promoción y comercialización de la oferta de turismo rural.

El MinCIT promoverá el diseño y creación de productos turísticos a partir del desarrollo del etnoturismo y turismo indígena mediante experiencias auténticas, generando espacios de diálogos interculturales para la creación de rutas y circuitos.

Desarrollo productivo. Fortalecimiento productivo de los actores asociados a la cadena de valor del turismo. Ruta de fortalecimiento productivo para los actores de la cadena de valor del turismo.

La ruta de fortalecimiento productivo será un programa que busca orientar a los actores de la cadena de valor del turismo para mejorar sus procesos de gestión empresarial básicos para la prestación de los servicios, aspectos de calidad turística, finanzas y ventas.

Entre otros programas está la inclusión y transformación digital para el turismo, con el programa de transformación digital para los actores de la cadena de valor sectorial, la cooperación público privada y garantías para la inversión del sector, con la creación de una estrategia de cooperación internacional.

Organización de la oferta turística del país para mercados nacionales e internacionales.

En este aparte se plantean acciones indicativas en torno a Productos turísticos y se establece una política de internacionalización del turismo:

Creación y fortalecimiento de productos y experiencias con enfoque en turismo de naturaleza, cultural, salud, bienestar, MICE, sol y playa, gastronomía, ferias y fiestas, entre otros. MinCIT en articulación con las entidades territoriales a nivel nacional, apoyará a los destinos en la identificación y diseño de productos turísticos, enfocados en el aprovechamiento de sus capacidades y la vocación turística del territorio, buscando el mejoramiento de las condiciones de vida de la población y la protección del medio ambiente, estableciendo una ruta de acompañamiento para destinos incipientes y/o en introducción.

EL MinCIT T identificará los diseños de productos turísticos y las experiencias a nivel nacional evidenciando su nivel de desarrollo asociados a las diferentes tipologías de turismo y sus nichos de mercado priorizados, estableciendo los mecanismos para su fortalecimiento.

El MinCIT consolidará un ecosistema de actores con el conocimiento y experiencia para recibir eventos de talla internacional que se adapte a las nuevas dinámicas de la industria de reuniones en el marco de la sostenibilidad respetando la autenticidad sociocultural de las comunidades.

El MinCIT articulará con la red nacional de bureau y Procolombia una estrategia para la captación y promoción de eventos internacionales y el posicionamiento del país como líder regional en el mercado de la industria de reuniones bajo elementos diferenciadores como accesibilidad y un destino de eventos carbono neutro.

Internacionalización del turismo: Diseño e implementación del programa de internacionalización de destinos y empresas para el turismo receptivo.

El MinCIT liderará en articulación con ProColombia el desarrollo de una guía para la internacionalización de destinos, vinculando a toda la cadena de valor, priorizando destinos ya consolidados con altos estándares de sostenibilidad y calidad.

El MinCIT identificará los destinos y los prestadores de servicios turísticos que estén en condiciones adecuados para la atracción del mercado internacional, donde se evidencien factores de calidad, seguridad, accesibilidad, sostenibilidad, diferenciación e innovación.

El MinCIT en conjunto con ProColombia, realizará la promoción y el fortalecimiento de la consolidación de estos destinos, resaltando las ventajas competitivas de los esos lugares.

Estrategias de mercadeo y promoción para el posicionamiento de Colombia en el mapa global del turismo.

Para cumplir con el objetivo de número de visitantes no residentes que llegarán a Colombia en el gobierno actual, se hace necesario fortalecer los estudios de mercado actuales e implementar nuevos mecanismos para la identificación de potenciales clientes.

Rediseño de Política de Mercadeo y Promoción del Turismo en Colombia, así como el diseño, ejecución y seguimiento de Campañas de Promoción turística, que apoyen la cultura de paz, la generación de nuevos mercados, el posicionamiento de la marca país y la competitividad turística nacional e internacional del Colombia.

Diseño e implementación de estudios de mercado que permita descubrir cambios en los hábitos de consumo, perfiles y tendencias del mercado global futuro del turismo en Colombia, Promoción nacional e internacional de Colombia

La política de turismo busca diversificar la oferta turística con la construcción de oferta de valor en diversos territorios, con énfasis en el desarrollo de propuestas de valor desde las comunidades, la construcción de capacidades en infraestructuras de conectividad, asociativas de las comunidades.

https://www.mincit.gov.co/participa/consulta-ciudadana/20-12-2022-plan-sectorial-de-turismo-vfpp.aspx

Mié. 12 de Julio de 2023

Gobierno-Comentarios del CARF al Marco Fiscal de Mediano Plazo 2023-2034 Comité de la Regla Fiscal (3). Sobre los ingresos: nuevas cifras sobre la productividad de las tributarias de 2021 y 2022, algunos ingresos inciertos y otros no estructurales además de inciertos

a. El recaudo que proviene de las reformas tributarias

El MFMP contiene actualizaciones en el recaudo tributario esperado de las reformas de 2021 y 2022, derivados principalmente en el cambio de supuestos petroleros y macroeconómicos. Así es como, mientras en el MFMP 2022 se esperaba que por la Ley de Inversión Social (reforma de 2021) se recaudaran 1,2% del PIB en 2023 y en 2024; en el MFMP 2023 se espera un aumento de 0,5% del PIB, en cada año. De igual forma, las proyecciones iniciales (del Plan Financiero de inicios de año) sobre el recaudo esperado de la Ley de Igualdad y Justicia Social (reforma de 2022) eran de 1,3% del PIB para 2023 y 2024.

Ahora, el MFMP 2023, contiene estimaciones por 1,1% y 1,3% para esos dos años, respectivamente. En total, derivado de las dos reformas tributarias, el recaudo en 2023 pasó de 2,5% a 1,6% del PIB; y para 2024, pasó de 2,5% a 1,8% del PIB.

b. Incertidumbre sobre ingresos por gestión: 0,8% del PIB en 2024 y 1,3% del PIB en adelante El MFMP programa, también, ingresos por gestión tributaria por 0,8% del PIB en 2024, que suben a 1,3% del PIB en 2025 y permanecen en ese nivel por el resto del período de análisis, hasta 2034. Estos ingresos estarían explicados, principalmente, por el aumento de 10 mil funcionarios que duplican la planta de la DIAN con una inversión que se estima en 1,8 billones de pesos anuales.

Adicionalmente, el recaudo de gestión viene sustentado por las disposiciones aprobadas en las reformas tributarias de 2021 y 2022, con respecto a la expedición del régimen sancionatorio aduanero, control a la omisión de activos o declaraciones incompletas, creación de sanciones por declaraciones erróneas o incompletas, facilidades de pago, reducción transitoria de sanciones y de tasa de interés para omisos en la obligación de declaración de impuestos.

El CARF no puede concluir sobre la probabilidad de que se consoliden las metas de recaudo por gestión que están en el MFMP, pero señala algunos riesgos sobre el plan: por que no es fácil ni rápido llenar las vacantes.

c. Arbitramento de litigios (0,9% del PIB en 2024; 0,6% en 2025 y 0,3% en 2026): ingresos inciertos y no estructurales

Según el MFMP, la DIAN ha identificado nuevos deudores y ha sistematizado 7.000 procesos legales por cerca de 30 billones de pesos. Con esta estrategia, el MFMP espera que la Nación reciba cerca de 15 billones de pesos en 2024 por arbitramento de litigios, 0,9% del PIB; y otros 0,6% y 0,3% del PIB en los años 2025 y 2026, respectivamente.

El CARF verificó que, al 31 de diciembre de 2022, el activo contingente estimado en cuentas de orden por litigios y arbitramentos ascendía a 29 billones de pesos. No se cuenta con información de cómo se ha consolidado este acervo, de cómo han sido los flujos de estos procesos, en particular, de cuántos recursos están entrando anualmente por este concepto para financiar el Presupuesto General de la Nación. Sin embargo, el monto esperado para el primer año, 2024, por cerca de 15 billones de pesos genera preocupación por su magnitud y las consecuencias sobre el financiamiento de la Nación si estos recursos se atrasaran o no se perfeccionarán

Más allá de la certeza sobre esos recursos, al CARF le preocupa la naturaleza de estos para financiar gasto permanente. El principio de la Regla Fiscal colombiana es que solo se debe financiar gasto estructural con ingresos estructurales. Aunque lograran ingresar recursos por arbitramento de litigios mediante la estrategia normativa que propone el Gobierno, para el CARF es claro que estos recursos no tienen las características para ser considerados como ingreso estructural y, por lo tanto, en el contexto de la Regla Fiscal deben contabilizarse como transacción de única vez y deben descontarse del cálculo del Balance Primario Neto Estructural para el cumplimiento de la Regla.

El CONFIS del 26 de abril de 2022, Acta No. 719, estipula el árbol de decisión y los principios que se deben considerar para determinar si un ingreso o gasto debe ser considerado transacción de única vez. Los recursos provenientes de arbitramento de litigios corresponden a la disposición de un activo, son intrínsecamente no recurrentes, solo se programaron para 3 de los 10 años de que trata el MFMP (2024, 2025 y 2026) y se incorporarían generando un pico temporal en los patrones de ingreso de la Nación.

Al clasificar estos recursos como no estructurales en el plan financiero de 2024, 2025 y 2026, el déficit del Balance Primario Neto Estructural resulta mayor (más negativo) que lo que obliga la transición de la Regla Fiscal para 2024 y 2025, y superior (más negativo) a lo que obliga la fórmula de la Regla Fiscal para 2026; según el artículo 61 de la Ley 2155 que modifica el artículo 14 de la Ley 1473 de 2011.

Dado lo anterior, el CARF encuentra que el cumplimiento de la meta de déficit para 2024, 2025 y 2026, depende de ingresos no estructurales, de arbitramento de litigios, en un monto cercano al 1% del PIB para 2024 (0,6 para 2025 y 0,3 para 2026). El monto de gasto previsto en el MFMP no cumpliría con los preceptos de la Regla Fiscal. De programarse el presupuesto del Gobierno Nacional para 2024 con un tope de gasto como el previsto en el MFMP, se estaría programando un nivel de gasto superior al que sería compatible con el cumplimiento de la Ley de la Regla Fiscal.

d. Rentas petroleras y transición energética La producción de hidrocarburos continúa representando una fuente importante para la financiación de la Nación.

De acuerdo con el MFMP, los ingresos petroleros para el periodo 2023-2034 se estiman en promedio en 1,0% del PIB (22,3 billones de pesos de 2023). El proceso de transición energética y su impacto sobre la inversión y producción en el sector de hidrocarburos debe ser consistente con la programación fiscal en el mediano plazo. El CARF hace un llamado para que la transición energética sea pensada y programada de la mano con una transición fiscal que permita reemplazar los recursos necesarios de forma ordenada, por otros de carácter estructural que continúen financiando las cuentas fiscales de la Nación y las regiones.

5. Se programan déficits fiscales al límite del espacio que da la Regla Fiscal, con una senda alta para la deuda neta e importantes necesidades de financiamiento

a. Déficits al límite y senda alta para la deuda neta.

El MFMP programa una senda para el déficit total con 4,3% del PIB para 2023, que implica una corrección (menor déficit) de 1% del PIB frente a 2022; una ampliación del déficit a 4,5% en 2024; para después retomar una senda de reducciones consistentes en el déficit, hasta 2,6% del PIB en 2034. Más allá de los posibles riesgos sobre el escenario que se han descrito en este documento, el CARF observa que la naturaleza de transacción de única vez del arbitramento de litigios para los años 2024 al 2026, implica que la programación no estaría cumpliendo la Regla Fiscal para esos años.

De cualquier forma, la programación del MFMP implica una senda que mantiene el déficit total del Gobierno Nacional Central más negativo que en los niveles anteriores a la pandemia, a diferencia de países como Perú, Chile y México que corrigieron sus déficits a valores inferiores al 3% del PIB. Con el escenario del MFMP 2023, la deuda neta tendría una senda que está por encima de lo programado en el MFMP 2022, desde 2024 en adelante, y solo se podría converger al nivel ancla de la deuda neta, de 55% del PIB, en 2034. Este escenario implica un deterioro de cerca de 1% del PIB anual frente al del MFMP anterior.

El CARF calcula que, sumando los déficits totales y las amortizaciones de deuda programadas, las necesidades de financiamiento en 2023 y 2024 serían de 95 y 122 billones de pesos (frente a 81 y 82 billones de pesos en el MFMP 2022), respectivamente. A partir de 2025 hasta 2031, la Nación requerirá de cerca de 120 billones de pesos anuales en promedio de financiamiento interno y externo (entre 7 y 5% del PIB anuales).

Estos requerimientos de financiamiento implican un riesgo no menor, que va a seguir presionando los mercados de deuda soberana de la Nación y que necesitará de un nivel importante de credibilidad en la sostenibilidad fiscal para lograrse.

https://www.carf.gov.co/webcenter/ShowProperty?nodeId=%2FConexionContent%2FWCC_CLUSTER-226233%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased

Mar. 11 de Julio de 2023

Gobierno-Financiero. Carta Circular 40 DE 2023, que deroga las Cartas Circulares 032 y 033 de mayo de 2023, que trataban sobre el deber de colaboración de las entidades vigiladas con la 1) justicia, 2) autoridades administrativas, 3) organismos, 4) dependencias, y personal que realice actividades de inteligencia o contrainteligencia debidamente autorizado.

El texto de la carta señala:

La recolección, tratamiento y circulación de datos de los ciudadanos se debe adelantar respetando las garantías consagradas en la Constitución Política.

En este sentido, la Superintendencia Financiera ha tenido conocimiento que, ambas, la Carta Circular 032 y su alcance la Carta Circular 033 de mayo de 2023, han generado inquietudes y distintas interpretaciones sobre su sentido y alcance.

El deber de colaboración para facilitar las tareas de las autoridades de preservar la seguridad y defensa de la Nación debe lógicamente enmarcarse dentro de los postulados constitucionales, deben ser compatibles con el respeto de los derechos fundamentales y cumplirse en términos razonables y proporcionales a los propósitos que les sirven de fundamento. En cualquier caso, la disposición y la entrega de información no constituirá un desconocimiento de la reserva legal, tal como lo determinó la Honorable Corte Constitucional en la sentencia C-540 de 2012.

Este Despacho se permite refrendar que la correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables y sólo podrían ser registradas mediante orden judicial, en los casos y bajo las formalidades que establezca el ordenamiento legal.

En consecuencia, se derogan las Cartas Circulares 032 y 033 de mayo de 2023.

Se anexan las Cartas Circulares 32, 33, y 40 de 2023.

https://www.superfinanciera.gov.co/jsp/10112934

Lun. 10 de Julio de 2023

Gobierno-General. Decreto número 1085 del 2 de julio de 2023 por medio del cual se declara la emergencia económica, social y ecológica. Acciones en cada sector y parte resolutiva del decreto de emergencia económica

Salud. Se reorganizará la estructura y funcionamiento del sistema de salud en La Guajira, en cuenta la gobernanza y rectoría, financiamiento, administración y flujo de recursos con un modelo de salud propio e intercultural construido por las Autoridades Tradicionales indígenas del pueblo, para garantizar la atención en salud. Se dispondrán los recursos excepcionales necesarios.

Agua y saneamiento. El decreto establece que se requieren medidas legislativas que permitan disponer de fuentes de recursos, capacidad y cupos presupuesta les de corto y mediano plazo, provenientes del Presupuesto General de la Nación (PGN), Sistema General de Regalías (SGR) y el v . h Sistema General de Participaciones (SGP), y facultades para modificaciones presupuestales con el fin de priorizar la estructuración e· implementación de intervención en infraestructura y esquemas de gestión de agua y saneamiento básico, en el departamento de La Guajira, incluido el fortalecimiento del PDA, de manera que se aumenten las asignaciones destinadas a agua y saneamiento básico. Así mismo, se requiere la ampliación porel término de un año sobre la destinación de los recursos del SGP municipal establecidas en el artículo 11 de la Ley 1176 de 2007.

Que las entidades competentes y responsables de garantizar el derecho al acceso de agua y saneamiento básico durante la emergencia podrán adoptar y ejecutar de manera concurrente medidas de atención inmediata, sin perjuicio de las competencias de las entidades responsables de la gestión del riesgo.

Que las entidades nacionales podrán establecer condiciones y requisitos diferenciales para la aprobación y ejecución de proyectos de rehabilitación o construcción de sistemas en materia de agua y saneamiento básico presentados por entes territoriales que soliciten apoyo financiero de la nación o que las entidades nacionales determinen ejecutar directamente, para lo cual las entidades competentes deberán habilitar de manera inmediata los mecanismos necesarios en términos prediales, ambientales, autorizaciones o cualquier trámite o permiso requerido para las intervenciones que garanticen el derecho al acceso al agua para consumo humano, lo anterior incluye las acciones necesarias en resguardos o comunidades indígenas no organizadas, baldíos rurales inadjudicables, entre otros.

Que para desarrollar un plan articulado, integral y sostenible las entidades competentes podrán estructurar y ejecutar programas y proyectos de agua y saneamiento básico en La Guajira, y esquemas de gestión a través de contratación directa, convenios de asociación con entidades sin ánimo de lucro para obras públicas, organizaciones sociales, comunidades organizadas y otras personas jurídicas de derecho público y privado, incluida la facultad de crear, estructurar y conformar entidades públicas, suscribir contratos de fiducia mercantil y gerencia integral, para rehabilitación temprana, recuperación y/o reconstrucción, construcción, mantenimiento y operación de los sistemas de suministro de agua en el marco de la declaratoria.

Que la Nación podrá asumir concurrentemente con los municipios todas las competencias de la Ley 142 de 1994 para asegurar la prestación eficiente de los servicios públicos de agua y saneamiento básico en el departamento de La Guajira durante el tiempo que dure la emergencia o, hasta que el ente territorial pueda asumir la prestación eficiente, Incluso, para que se pueda crear un mecanismo transitorio que e permita brindar apoyo financiero directo a las comunidades rurales o indígenas destinado a la operación y mantenimiento de los sistemas de suministro de agua.

Sector agropecuario y rural. Que, con el fin de garantizar la seguridad y soberanía alimentaria en el departamento de La Guajira, se requieren medidas extraordinarias que permitan flexibilizar los requisitos y condiciones de la contratación de las entidades del sector agropecuario cuando se trate de convenios o contratos con personas naturales, entidades sin ánimo de lucro, Cabildos Indígenas, Asociaciones de Autoridades Tradicionales Indígenas y Consejos Comunitarios de las comunidades negras regulados por la Ley 70 de 1993.

Que, de igual forma, se requiere adoptar medidas excepcionales para el departamento de La Guajira que permitan:

(i) La financiación, comercialización, transporte, almacenamiento, venta o distribución de productos agropecuarios producidos por pequeños y medianos productores;

(ii) la titulación de tierras;

(iii) la adjudicación comunitaria o asociativa e implementación temprana de programas a cargo de la Agencia de Desarrollo Rural en materia de acompañamiento, fortalecimiento asociativo, industrialización, desarrollo y comercialización agropecuarios;

(iv) la formalización del uso y aprovechamiento del agua en la agricultura y acuicultura de subsistencia; (v) la promoción de la producción alimentaria;

(vi) la adquisición de tierras a través de mecanismos excepcionales;

(vii) el establecimiento de restricciones para la adquisición de la tierra fértil para la producción de alimentos, y

(viii) la implementación de la reforma rural integral.

Sector ambiente. Que, de lo anterior, se denota la necesidad de expedir y adoptar medidas que permitan conjurar la crisis actual y su profundización hacia el desarrollo de los fenómenos climáticos que se aproximan, lo que demanda una acción inmediata en la región, y para ello en primer lugar, será necesario establecer la priorización del uso del recurso hídrico, la preservación del caudal ecológico, al efecto se deberá revisar y ajustar de ser necesario el régimen de usos actualmente concesionados a efectos de tener caudal suficiente para su provisión con fines de atención del consumo humano, colectivo o comunitaria y los usos agropecuarios que se tengan o generen con fines de seguridad Alimentaria.

Fortalecer los sistemas de monitoreo ambiental de La Guajira, se adoptarán las medidas que agilicen tramites de concesiones, permisos o licencias ambientales que se encuentren en trámite.

Que, adicional a lo anterior, se hace necesario generar un análisis situacional de las condiciones y usos de recursos naturaies, como línea base a considerar para la disposición de proyectos de exploración y generación de energías de fuentes no convencionales solar, eólica, mareo motriz, de ser pertinente, se podrá modificar las responsabilidades y los procesos de evaluación control y seguimiento ambiental a estos proyectos, sin que en ningún caso se considere o implique una flexibilización de estándares ambientales y el trámite prioritario para las licencias y permisos ambientales de proyectos de transición energética.

Educación. Medidas para mejorar la cobertura y calidad del aprendizaje y en particular de la etnoeducación, analizando políticas, programas relacionados con infraestructura, recursos de inversión alimentación, agua y tecnología y ampliar la cobertura del PAE incluso durante el receso académico.

Energía. Se establecerán medidas para garantizar el acceso al servicio de energía eléctrica y emprendimiento de las comunidades en proyectos energéticos mediante la dinamización de mercado de bienes, servicios y empleos que supone para la población el recate de la transición energética en la región.

Que para dicho fin, entre otras medidas, se precisa la necesidad de subsidiar la implementación de techos solares, las microredes, los proyectos de energía distribuida y el almacenamiento de energía, además de implementar la transformación de Termoguajira, la distribución de los beneficios económicos provenientes de los proyectos de transición más allá del área de influencia de los proyectos, puntos de conexión social, esquemas tarifarios diferenciales para áreas con población especialmente vulnerable, modelos innovadores de constitución de proyectos de transición energética pertenecientes a las comunidades, modelos asociativos públicoprivados y popular-privados para el desarrollo de proyectos de transición, el restablecimiento del equilibrio económico en los proyectos de transición energética y el desarrollo de mecanismos de relacionamiento entre comunidades y empresas que' permita avanzar en las negociaciones de manera expedita, pero con pleno reconocimiento de los derechos de las comunidades y su participación en los proyectos de energía.

Transporte. La infraestructura vial y aérea tiene como una de sus finalidades facilitar la interconexión con los servicios básicos esenciales. Que, dada la extensión del territorio del departamento de la Guajira las infraestructuras acotadas al modo aéreo son insuficientes para garantizar la interconexión y la prestación de los servicios públicos esenciales.

Que el Gobierno nacional considera necesario, para enfrentar y superar la grave crisis humanitaria en el departamento de La Guajira e impedir la extensión de sus efectos, dictar medidas de rango legislativo que le permitan -entre otras- reforzar y ampliar la infraestructura aérea en el departamento de La Guajira. Así mismo, se deberá explorar la relevancia de establecer sobretasas por el uso de las instalaciones y servicios aeroportuarios que existan en el departamento de La Guajira, así como otras medidas de financiamiento durante ei tiempo que dure esta declaratoria de emergencia.

Tributarios e inversiones. Se requiere explorar la relevancia de establecer nuevos tributos o modificar los existentes o incluso generar incentivos a las inversiones y el turismo en el departamento de La Guajira para que sobre la base de los deberes de solidaridad contemplados en el artículo 95 de la Constitución Política, tanto el sector productivo, como la ciudadanía en general contribuyan a conjurar la crisis que afronta La Guajira.

Todo ello, dentro del marco de lo dispuesto en el artículo 215 superior sobre la relación directa y específica con el Estado de Emergencia, y la transitoriedad de estas medidas que deberán dejar de regir en el término de la siguiente vigencia fiscal, salvo que el Congreso de la República, durante el año siguiente, les otorgue carácter permanente o de ampliación por un término más largo.

Que, adicionalmente, en el contexto de las medidas tributarias que pueden adoptarse en desarrollo de los poderes que confiere la emergencia, el Gobierno considera pertinente analizar todas las medidas tributarias necesarias para afrontar y superar la grave crisis humanitaria en el departamento de La Guajira.

Se hace necesario implementar medidas que permitan agilizar el despliegue de la infraestructura de comunicaciones.

Medidas presupuestales, planeación y contratación. El Gobierno dictará medidas de rango legislativo que le permitan hacer modificaciones presupuestales, con el fin de focalizar los recursos destinados a ese propósito. Que, para el caso de los recursos del Sistema General de Regalías, todo lo relacionado con la formulación, presentación y ejecución de proyectos de inversión que se focalicen. para agua, acueductos, salud, alimentación y, programas intersectoriales, que busquen conjurar la emergencia decretada en el presente decreto de manera urgente.

Las entidades del nivel nacional y territorial deberán propender por formular y ejecutar los programas y proyectos de manera que estos sean multipropósito e integrales, para lo cual, el Departamento Nacional de Planeación coordinará la maximización de los beneficios sociales con los recursos que se asignan.

Con estas consideraciones, en la parte resolutiva se decreta:

Artículo 1. Declárese Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira, tanto en el área urbana como en la rural, por el término de treinta (30) días, contados a partir de la vigencia de este decreto.

Artículo 2. El Gobierno nacional ejercerá las facultades y obligaciones a las cuales se refiere el artículo 215 de la Constitución Política, la Ley 137 de 1994 y las demás disposiciones que requiera para conjurar la crisis.

Artículo 3. El Gobierno naciona1 adoptará mediante decretos legislativos, además de las medidas anunciadas en la parte consideratíva de este decreto, todas aquellas medidas adicionales necesarias para conjurar la crisis e impedir la propagación de sus efectos. Así mismo dispondrá las operaciones presupuestales necesarias para llevarlas a cabo.

https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%201085%20DEL%202%20DE%20JULIO%20DE%202023.pdf

Jul. 04 - Jul. 06 de 2023 

Boletín Normativo Sectorial

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Jue. 06 de Julio de 2023

Gobierno-Energía. Panel del sector energía, revista Cambio. Sobre los proyectos y perspectivas a 2025 de los proyectos de la transición energética en sus distintos segmentos y modelos de negocio. Yeimi Báez, Vicepresidente de soluciones de bajas emisiones.

Ecopetrol ha emprendido un camino de descarbonización en la energía que se consume en forma de combustibles. Teniendo en cuenta que no es fácil realizar un recambio tecnológico en la forma como movilizamos la carga en el país, lleva a que con una visión integral de toda la cadena de valor de los combustibles se hagan intervenciones. Aunque Ecopetrol tiene una ruta definida en el hidrógeno es consciente de que un recambio tecnológico para el transporte de carga requiere un tiempo.

La transición sucede todos los días, en un proceso que va a durar una década o más. En este intermedio hay que gestionar las emisiones que en Ecopetrol son elevadas, las llamadas de alcance 3, que provienen del diesel, el Jet, el gas natural, el GLP. Se están haciendo esfuerzos históricos para descarbonizar las cadenas de valor.

Ecopetrol es el consumidor más grande de energía en eléctrica y térmica en las operaciones y en este sentido tiene un roll en la eficiencia energética, que está empezando a ser protagonista en las conversaciones, ha tenido un roll fundamental para abordar las emisiones en el primer punto que es reducir el consumo de energía.

El país podría estarse desviando de la conversación crucial, con un debate más filosófico alrededor de lo que es la transición, pero la verdad es que las compañías están haciendo un esfuerzo enorme con proyectos que valen miles de millones de dólares, el país debe trabajar en una manera conjunta, distinta y diferenciada para que salgan adelante los proyectos.

Los proyectos en Ecopetrol asociados a la transición energética siguen adelante. Se creó la vicepresidencia de bajas emisiones, una organización enfocada en las soluciones de bajas emisiones con un equipo que trabaja todos los días en pro de lograr esta meta. Se está asignado capital a estos proyectos, Ecopetrol está asignando 2,4 billones de pesos anuales, lo que va a continuar. Los proyectos continúan.

El tercer punto, donde está el mayor desafío, es que los modelos de negocio están totalmente diferenciados, es muy diferente a lo que se está acostumbrado a hacer, las alianzas son cruciales. Ecopetrol a diferencia de las empresas privadas del sector no está acostumbrada a realizar project finance, o alianzas para proyectos, por que el mundo de hidrocarburos se solventa con deuda corporativa.

Construir un modelo de negocio diferenciado que traiga alianzas y modelos de fondeo diferente, que el relacionamiento sea diferenciado, que traiga alianzas, modelos de fondeo diferente, el relacionamiento territorial diferenciado.

El mayor peligro que tenemos es poner todas las discusiones en una sola bolsa y que estamos hablando de un sólo problema, por que la verdad, hay cuatro avenidas que transitar en la transición.

La primera son las tarifas de energía eléctrica y los combustibles, la segunda es la ecuación personal de cada uno de nosotros. En promedio cada persona debería estar plantando 4-5 arboles mensuales.

El tercera es de corto y mediano plazo que es el fenómeno del niño y sus implicaciones del cambio climático en el corto plazo lo que se ha trabajado por varios años en el país con las inversiones en parques eólicos y solares. La cuarta son los desafíos tecnológicos de mediano y largo plazo

Todas las avenidas son bien distintas y no es correcto plantear una sola solución a todas las 4 avenidas. Seamos muy precavidos en que las medidas no terminen impactando el mediano y largo plazo, es nuestro diálogo permanente de Ecopetrol, es entender que en la transición hay desafíos de colores muy distintos y no pueden ponerse en la misma bolsa.

En cuanto a las tarifas de energía eléctrica, en el caso de Ecopetrol son las de los combustibles, gas natural, diesel y gasolina, una acción prioritaria es cuidad a las compañías que pueden poner el músculo en este contexto, músculo financiero, operativo y técnico, Ecopetrol en el Marco Fiscal de Mediano Plazo tiene previsto hacer transferencias a la nación por impuestos, regalías, dividendos, de 37 billones de pesos en 2023.

Todos nosotros, a pesar de que la el gas y la gasolina están subiendo, somos unos privilegiados por que casi el 100%, a excepción de una parte de la gasolina que empezamos a consumir de más después del Covid son combustibles producidos en el país, es un privilegio fundamental.

En el tema de financiación, el 23 de junio se anunció el cierre de la colocación de bonos en el mercado, se recibieron ofertas por 2,5 veces el nivel de colocación que estaban buscando, con tasas competitivas del 8,6% y 9% muy competitivas en el contexto actual con ofertas de Estados Unidos, Europa, Colombia, Asia, Europa, una señal de respaldo del sector inversionista que hay que cuidar.

En los temas de la transición Ecopetrol está muy comprometido (hidrógeno, combustibles sintéticos y biomasa) pero hay que comprender que hoy Ecopetrol hace estas cosas porque es una empresa sólida fundamentada en un negocio que hoy funciona muy bien.

En transición energética no se debe pensar desde el consumo sino desde las ventajas competitivas que tiene Colombia, los vientos de la Guajira, la biomasa que tiene un potencial enorme, hace unos meses se arrancó la alianza con Refocosta y una compañía francesa para hacer un parque de generación a partir de biomasa forestal a partir de 25 MW en Villanueva Casanare y el siguiente es de 200 MW, ocho veces la capacidad del proyecto anterior.

Cuando se hace un proyecto de generación con biomasa forestal no solo se genera energía de cero emisiones o positiva sino que da acceso a la materia prima de los combustibles sintéticos (CO2 biogénico).

Se combina hidrógeno con CO2 biogénico pero que también puede ser industrial, se pasa por un proceso parecido a la refinería de petróleo al final lo que tiene es un gasolina, metanol, glp sintético que es igual a la gasolina que hoy se pone en el carro. Se hace la economía circular del CO2.Pero ninguna solución es la panacea, ni solar, biomasa o combustibles sintéticos, pero hay que trabajar en todas las opciones.

El tema del hidrógeno es fantástico, Colombia tiene ventaja competitiva en hidrógeno, no para utilizarlo nosotros con vehículos de hidrógeno, pero si para quitar el azufre a la gasolina y el diesel con el hidrógeno eliminando las emisiones para la mejor calidad del aire. Ecopetrol produce el 25% de las emisiones de CO2 en las refinerías. Tiene todo el sentido que si se tiene la oportunidad tecnológica de producir este mismo hidrógeno verde hay que avanzar en este proceso.

Las compañías internacionales están viniendo a Colombia y quieren hacer proyectos de hidrógeno por la capacidad renovable que tenemos. El año pasado se hizo el esfuerzo para que la IRENA (agencia de energías renovables) incluyera a Colombia en los cálculos dando que fuera de subsidios de países como los árabes que distorsiona el mercado, Colombia es el cuarto país con potencial de generación por hidrógeno en el mundo y por esto las compañías harán proyectos de hidrógeno en la Guajira.

Ecopetrol pasa de 208 MW de capacidad de generación en renovables no convencional a 900 MW al 2025. En 2025 en diciembre se empezará a producir la primera molécula de hidrógeno verde a nivel industrial, dos proyectos que sumados tienen una capacidad de 120 MW de electrólisis; si lo logramos serán los segundos o primeros más grandes de Suramérica. Además hay que apostarle a la diversificación tecnológica, así que al 2025 haremos el proyecto de biomasa a gran escala, habremos perforando el pozo de geotermia Valle Nereidas con nuestros socios por que no sabemos cúal es la respuesta perfecta pero hay que seguir intentando.

https://www.youtube.com/watch?v=WcrhPhrKKLc

Mié. 05 de Julio de 2023

Gobierno-Hacienda. Proyecto de decreto que reglamenta el artículo de la reforma tributaria sobre presencia significativa en Colombia, reglamentando el artículo 20-3 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 57 de la Ley 2277 de 2022

El artículo 20-3 de la reforma establece la tributación por presencia significativa en Colombia:

Se encuentran sometidos al impuesto sobre la renta y complementarios las personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa en Colombia sobre los ingresos provenientes de la venta de bienes y/o prestación de servicios a favor de clientes y/o usuarios ubicados en el territorio nacional.

La sujeción al impuesto sobre la renta aquí contemplada estará condicionada a las siguientes reglas:

1. Para la comercialización de bienes y/o servicios, se entenderá que una persona no residente o entidad no domiciliada tendrá una presencia económica significativa en Colombia cuando:

1.1. Se mantenga interacción (es) deliberada (s) y sistemática (5) en el mercado colombiano, esto es, con cliente(s) y/0 usuario(s) ubicado(s) en el territorio nacional: y

1.2. Durante el año gravable anterior o en el año gravable en curso, hubiere obtenido u obtenga ingresos brutos de treinta y un mil trescientas (31.300) UVT o más por transacciones que involucren venta de bienes con cliente(s) y/o usuario(s) ubicado(s) en el territorio nacional, y

2. Para la prestación de servicios digitales desde el exterior se encuentran sujetos al impuesto sobre la renta, siendo necesario cumplir los numerales anteriores, las personas que presten cualquiera de los siguientes:

2.1. Los servicios de publicidad online,

2.2. Los servicios de contenidos digitales, sean online o descargables, incluyendo las aplicaciones móviles, libros electrónicos, música y películas.

2.3. Los servicios de transmisión libre, incluyendo programas de televisión, películas, “streaming” música, transmisión multimedia “podcasts” y cualquier forma de contenido digital.

2.4. Cualquier forma de monetización de información y/o datos de usuarios ubicados en el territorio nacional y que han sido generados por la actividad de dichos usuarios en mercados digitales.

2.5. Los servicios online de plataformas de intermediación. 2.6. Las suscripciones digitales a medios audiovisuales incluyendo, entre otras, noticias, magacines, periódicos, música, vídeo, juegos de cualquier tipo.

Se presume que existe una (s) interacción (es) deliberada (s) y sistemática (s) en el mercado colombiano, esto es, con cliente(s) y/o usuario(s) ubicado(s) en el territorio nacional cuando:

1. La persona no residente o entidad no domiciliada en el país mantenga una interacción o despliegue de mercadeo con trescientos mil (300.000) o más clientes y/o usuarios ubicados. en el territorio colombiano durante el año gravable anterior o el año gravable en curso; o

2. La persona no residente o entidad no domiciliada en el país mantenga o establezca la posibilidad de visualizar precios en pesos colombianos (COP) O permitir. el pago en pesos colombianos (COP).

PARÁGRAFO 2. La persona no residente o entidad no domiciliada en Colombia a la que se refiere esta disposición, podrá optar por declarar y pagar en el formulario del impuesto sobre la renta, una tarifa del tres por ciento (3%) sobre la totalidad delos ingresos brutos derivados de la venta de bienes y/o prestación de servicios digitales, desde el exterior, vendidos o. prestados a usuarios ubicados en el territorio nacional.

En este caso, no aplicará el artículo 594-2 del Estatuto Tributario. Cuando la persona no residente o entidad no domiciliada en Colombia, opte por este mecanismo, podrá solicitar la no aplicación de la retención en la fuente indicada en el inciso 8 del artículo 408 del Estatuto Tributario.

Las reglas previstas en este artículo y el artículo 408 del Estatuto Tributario, en relación con la presencia económica significativa, entrarán a regir a partir del primero (1) de enero de 2024”.

para efectos de la aplicación del artículo 20-3 del Estatuto Tributario, se requiere definir los conceptos de “cliente, usuario, interfaz digital y servicio digital”, e establecer cuándo se configura la venta de bienes y/o prestación de servicios a favor de clientes y/o usuarios ubicados en territorio nacional

Que se requiere desarrollar las obligaciones de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios con presencia económica significativa -PES en Colombia, el contenido mínimo del formulario, los plazos para la presentación de la respectiva declaración y pago del impuesto, los mecanismos de recaudo anticipado del impuesto sobre la renta y complementarios, la petición y resolución de las solicitudes de no sometimiento y no aplicación de la retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta y complementarios de los contribuyentes.

Que se hace necesario establecer un mecanismo de recaudo anticipado del impuesto diferente de la retención en la fuente prevista en el artículo 20-3 del Estatuto Tributario que permita: (i) anticipar el recaudo del tributo conforme se va causando, (ii) que su cumplimiento no implique un deber formal más allá de los que se derivan del artículo 20-3

En ese orden de ideas, se propone reglamentar que la tarifa del mecanismo de recaudo anticipado de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios con presencia económica en el país corresponda al dos por ciento (2%) sobre los ingresos netos cuatrimestrales. Lo anterior en atención a que las devoluciones, descuentos y rebajas no generan un incremento patrimonial.

Se requiere también establecer las disposiciones relacionadas con la inscripción, actualización y cancelación del Registro Único Tributario –RUT, aplicables

En la parte resolutiva, as adiciona la Sección 4 al Capítulo 28 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.

En las definiciones, se establece que para efectos de la tributación por prescencia económica significativa PES en Colombia serán aplicables las definiciones de clientes, usuarios, interfaz digital y servicios digitales.

Se establece que la venta de bienes y/o prestación de servicios a favor de clientes o usuarios en el territorio nacional se configura cuando el domicilio es en Colombia, lo pagos se realizan a través de tarjetas débito, crédito o bonos por cualquier mecanismo de pago, las tarjetas han sido emitidas o la dirección donde se envían los bienes, la dirección IP, el código móvil o la simcard son o tienen lugar en Colombia.

Las personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa -PES en Colombia que cumplan los requisitos previstos en el artículo 20-3 del Estatuto Tributario estarán obligados a:

1. Determinar si optan por declarar y pagar el impuesto sobre la renta y complementarios a través del formulario que se prescriba para tal fin o si pagan el impuesto a través de la retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta y complementarios por presencia económica significativa -PES

2. Cuando se opte por declarar el impuesto a través del formulario la persona no residente o entidad no domiciliada en el país deberá inscribirse en el RUT, declarar el impuesto en el formulario designado, realizar los pagos por recaudo anticipado.

3. Cuando los contribuyentes con presencia económica significativa -PES en Colombia opten por declarar el impuesto sobre la renta y complementarios y por el no sometimiento y aplicación de la retención en la fuente a título del mismo impuesto, deberán presentar una solicitud a la Dirección de Gestión de Impuestos o la que haga sus veces de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, a través del servicio de recepción de peticiones, quejas, sugerencias y reclamos “PQSR y Denuncias”.

El contribuyente del impuesto solo se eximirá de presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios por presencia económica si la totalidad de los pagos o abonos en cuenta, fueron sometidos a retención en la fuente a título del mismo impuesto de conformidad con el inciso 8 del artículo 408 del Estatuto Tributario.

Se precisa el mecanismo de recaudo anticipado para el Impuesto -PES-: Los contribuyentes con presencia económica significativa -PES en Colombia que optaron por declarar y pagar el impuesto sobre la renta y complementarios están obligados a realizar pagos anticipados cuatrimestrales determinados de la siguiente forma:

𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑑𝑒𝑙 𝑝𝑎𝑔𝑜 𝑎𝑛𝑡𝑖𝑐𝑖𝑝𝑎𝑑𝑜 = 𝐼𝑛𝑔𝑟𝑒𝑠𝑜𝑠 𝑛𝑒𝑡𝑜𝑠 𝑐𝑢𝑎𝑡𝑟𝑖𝑚𝑒𝑠𝑡𝑟𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑝𝑜𝑟 𝑃𝐸𝑆 ∗ 2%

Estos pagos se restarán del valor al momento de declarar.

El pago anticipado se realizará en cuatrimestres enero abril, mayo-agosto, septiembre diciembre de cada año.

Los contribuyentes que adquieran bienes de empresas con PES en Colombia soportarán sus costos, deducciones e impuestos desmontables con la expedición del documento soporte en adquisiciones efectuadas a s a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente. Esto siempre y cuando las PES no emitan factura electrónica.

Los contribuyentes que adquieran bienes y/o servicios de personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa - PES en Colombia, podrán llevar los costos, deducciones e impuestos descontables derivados de tales operaciones sin que deban acreditar que sobre dichos pagos o abonos en cuenta se efectuó la retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta y complementarios, siempre que el proveedor de tales bienes y/o servicios haya optado por presentar la declaración del impuesto sobre la renta y se le haya concedido el no sometimiento y no aplicación de la retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios de que trata el inciso 8 del artículo 408 del Estatuto Tributario.

En el proyecto de decreto se establecen los requisitos de identificación para las personas prestadoras de servicios desde el exterior y las entidades o sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia que son responsables del IVA y tienen presencia significativa en Colombia. Se definen los temas de ubicación y domicilio principal, que permitan a la DIAN contactar oficialmente y para todos los efectos a las personas naturales o empresas locales o en el exterior con PES en Colombia, el procedimiento para registro en el RUT, entre otros aspectos asociados a la declaración y pago de este impuesto.

https://www.minhacienda.gov.co/webcenter/ShowProperty?nodeId=%2FConexionContent%2FWCC_CLUSTER-225540%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased

Mar. 04 de Julio de 2023

Gobierno-General. Política de reindustrialización. Ministro de comercio exterior, Germán Umaña.

Anuncia el ministro que se trabajarán tres políticas durante este gobierno, la primera es la de reindustrialización, la segunda la de turismo y la tercera la relacionada con el comercio exterior.

Señala que estando en la tercera y la cuarta revolución industrial se requiere integrar la economía a la transformación de los servicios con incorporación de progreso técnico y alto valor agregado. Se busca sumar al ordenamiento macro construido en los últimos 30 años una industria y agricultura con mayor participación en el PIB, la agricultura y los servicios de alta sofisticación.

Se requiere incorporar mayor valor agregado al agro, progreso técnico y encadenamientos productivos que promuevan una política de desarrollo, industrialización y servicios, políticas adoptadas en países como Corea que hoy registran una diferencia de 1 a 6 en términos del PIB respecto a nosotros.

En América Latina y Colombia se ha configurado en las últimas décadas una brecha importante en los territorios entre centros urbanos y el resto del país donde a pesar de generarse una parte importante del PIB hay altos niveles de desigualdad, desempleo y pobreza absoluta y donde también está parte de la economía popular.

Destaca el papel de la economía popular, la cual es generadora de riqueza, que se incorpora al desarrollo, a los mercados locales y regionales e inclusive hacia el futuro se incorpora a los mercados locales y de exportación. Son territorios donde las vocaciones productivas son diferentes a las de las ciudades principales, con una economía avanzada o una pyme que tiene ciertas características especiales del desarrollo y la economía popular que genera riqueza pero no está incorporada a los circuitos nacionales e internacionales con la propiedad que debería manejar.

Se propone la política transitar de la economía extractivista a una economía del conocimiento, productiva y sostenible, para cerrar las brechas de productividad entre regiones y respecto al mundo. Fortalecer los encadenamientos productivos y la inversión, diversificar y sofisticar la oferta interna exportable, profundizar la integración con América Latina y el Caribe y un multilateralismo con posiciones comunes con los países desarrollados.

Se plantea que la inversión esté atada a tres círculos virtuosos que destaca la teoría del desarrollo: innovación, la transferencia tecnología y el progreso técnico. La participación y promoción de la pyme en las cadenas de valor y la utilización de los recursos humanos en el desarrollo para fortalecer los encadenamientos y un círculo virtuoso para las cadenas de valor.

Hay que fortalecer los mercados internos y sus encadenamientos productivos entre regiones para poder incorporarnos con mayor valor agregado y mas estructural en el comercio internacional. Además, los productos de valor agregado, progreso técnico y empleo tienen que ver con la Comunidad Andina y ahora nuevamente con Venezuela.

Hay dos tipos de acuerdos, aquellos que provienen de la OMC+ como el TLC con Estados Unidos y el acuerdo con la Unión Europea, estos tratados están siendo revisados. La apuesta nuevamente será en un círculo virtuoso derivado de nuevas condiciones del contexto internacional , por que se tiene la biodiversidad, la amazonía, la integración eléctrica, energética, satelital, las cláusulas sociales en materia del empleo, de pensiones, ambientales, de defensa de la naturaleza. Por esto vamos a la integración latinoamericana para desarrollar posiciones conjunta en el marco de los países latinoamericanos. Internacionalización con rostro humano.

Las apuestas productivas que se plantean son:

Transición energética: se trabaja en sector automotor y movilidad, se trabaja en transformación productiva en traer IED para fortalecer la producción del sector en transporte masivo y movilidad sostenible en Bogotá en vehículos eléctricos. En esta medida se plantea la inversión de Renault en una primera plataforma de vehículos eléctricos entre los turcos, los coreanos y los chinos, con transferencia de tecnología que tiene que ver con diseño de partes y piezas de vehículos eléctricos, es parte de los acuerdos incorporando nuestros ingenieros y las alianzas pymes productoras de autopartes, donde se ha avanzado con General Motors, con Renault, con Hino y con los autopartistas que quieren hacer su transformación productiva.

Se requiere realizar la transformación energética en las energías sostenibles, para que pueda conectarse a las redes generales para poder satisfacer las necesidades de las comunidades y proyectos comprehensivos. Hay varios ejemplos mas como el amoniaco, hidrógeno verde, minerales raros, que van a hacer parte de la transición energética en su producción y transformación para exportar.

Agroindustrialización y soberanía alimentaria: Se busca una combinación virtuosa entre importaciones y soberanía alimentaria, para mejorar el porcentaje de producción local que es del 7%. Se busca convertir el agro en una industria agroalimentaria competitiva, que va para la alimentación humana y animal, para todo lo que significa la reindustrialización empezar a producir las partes, piezas, maquinaria para la transformación tecnológica de campo y la agroindustria.

Reindustrialización en el sector salud: Esto significa que en el sector salud, que se quiere fortalecer la industria nacional en la producción de vacuna para fortalecer nuestra respuesta en tiempos de contingencias en salud. El país ha producido vacunas y tiene una cadena de valor farmacéutica que ha perdido fuerza y se busca recuperar. Se espera avanzar en este tema con alianzas con las universidades en los temas científicos.

Reindustrialización para la defensa y la vida. Se tiene toda una estructura de compras públicas para el sector defensa, la desagregación tecnológica de las compras para desarrollar una industria fuerte, con avances en la producción de partes y piezas para aviones no tripulados con Airbus con un acuerdo de inversión muy importante donde la industria militar local tiene la capacidad de proveer por que ha desarrollado los estudios de ingeniería, la tecnología, los estudios científicos y las normas de calidad y toda la industria de los astilleros que está desagregando todo lo que produce la pequeña y mediana empresa de calidad para surtir la industria de exportación.

Territorios y tejido empresarial. Las vocaciones productivas de los territorios no se pueden desconocer, como en calzado, cuero, manufacturas. En el caso de algodón donde se está produciendo muy bien en el país nuevamente, se están produciendo fibras, tejidos, confecciones. En la economía circular hay muchos que trabajan en la transformación de los plásticos, en la generación de fertilizantes, sustitutos, agroquímicos, modelos virtuosos frente a necesidades de la naturaleza y los cultivos con sostenbilidad. Las vocaciones productivas de los territorios por que es su forma de incorporarse a las cadenas de valor.

No se está hablando de un sistema proteccionista, se cambia el modelo actual de generación de riqueza, desarrollo de empleo incorporación al progreso técnico y de la bioeconomía para ser los ciudadanos del mundo para estar a la vanguardia del desarrollo.

https://www.youtube.com/watch?v=zpRGnMgqjh8

Sector de la semana

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Jue. 06 de Julio de 2023

Gobierno-Energía. Panel del sector energía, revista Cambio. Sobre los proyectos y perspectivas a 2025 de la transición energética en sus distintos segmentos y modelos de negocio. Compromisos de la banca y los inversionistas en el sector energético. Manuel Maiguashca

La transición es una realidad, el mundo se esta preocupando y no va a ser suficientes, los indicadores dependen de actores distintos. En la hora y media de este seminario, China habrá producido por lo menos dos veces lo que produce en emisiones lo que produce Colombia en un año. Es un problema causado por una corriente histórica, por unos hábitos de consumo, de producción, donde Colombia es un país seguidor, debe proceder con astucia y no se deben pagar primas enormes por una transición que no tienen ningún efecto y ver muy bien los problemas que se tienen.

Hay atrasos en infraestructuras de todo tipo, lineales, incluso infraestructuras que no son lineales, que están ubicadas en lugares donde no hay intervención se atrasan por bloqueos. Los atrasos de los parques eólicos de la Guajira e Hidroituango.

Se requiere considerar la diversidad de tecnologías, no tenemos suficiente escala empresarial y de grandes Ecopetrol es un gran conglomerado luchando en la geografía colombiana, se depende de una tácita y explícita solidaridad, el gobierno tiene que liderar y contar con recursos para solventar una deuda corriente como la de los subsidios que tiene que pagar año a año, cuando esto se atrasa afecta la liquidez de las compañías y cuando vienen precios altos pues con más razón.

El gran talento de Colombia de energía limpia y que puede aportar en muchas cosas de contingencias climáticas y buenos precios son los vientos de la Guajira, mientras el sol de Colombia no es tan competitivo, aunque Colombia tuviera los mismos 18 mil MW que tenemos en la oferta nacional en solar pero no pasan la curva de demanda por la noche y los embalses no van a alcanzar, aunque son la mejor batería del mundo, que dura en promedio 3 meses, solo hay un embalse que dura más de un año, hay que regularlos, con astucia y la incertidumbre de no saber cuando va a llover o no, lo que se hace con el talento de la empresas que en esto están.

Un nuevo embalse en Colombia es muy difícil que se construya, le han dado tan duro a los embalses, igual que a la energía económica para el país del carbón, hace que se estén mermando estas fuentesw. Los vientos de la Guajira si son de talla mundial, si no se sacan adelante estos proyectos la transición es una mentira.

Cómo se comportan los bancos?. Con toda la cautela del mundo, ven el proyecto pero primero el Sponsor y entre financiar en balance y financiar fuera de balance las diferencias de precios que pueden haber en un consumidor son altísimas con grados entre 60 o 70 pesos Kwh entre que una empresa como ISAGEN o GEB hagan un proyecto por ejemplo un parque en el Cesar, por ejemplo son grandes.

También cuentan los quiebres impositivos, los quiebres impositivos que se puede hacer un productor en ahorros grande son inmensos, hay más de 60 pesos por que el que entra no tiene renta para ahorrarse.

Esto para decir es que la banca es muy cautelosa y lo que está viendo más que el proyecto es el promotor y cuando ve el proyecto es crucial: cuando va a entrar, cuánto se va a demorar, que contratos tiene. Hay proyectos que tienen que servir los contratos y no tienen proyecto, que les cuesta mucho dinero.

El mercado de capitales está cada vez crece menos, que tiene una ofertas públicas con valores que en el transar de la bolsa son menores al valor patrimonial de las empresas, un mercado que debiese reflejar la mayor liquidez y el mayor valor, en Colombia refleja todo lo contrario, hay muchas cosas y la banca se muy importante y cautelosa, los fondos internacionales, algunos entran, pero se necesitan reglas claras, instituciones que sean creíbles.

Sobre el impacto del proyecto Windpeshi, hay esperanza de Colombia y la Guajira, son vientos importantes para toda la sociedad. Empresas que están haciendo fila, como Celsia y otras. La demanda de energía sigue subiendo, si se sigue creciendo con esta tasa, se va a tener un déficit de energía en 2026 se requiere que entre Ituango. Entre mas energía se requiera los proyectos son más caros. La base de generación va a ser térmica otra vez va a ser gas, no puede dejar de fortalecerse ninguna tecnología por que esto nos lo cobra el mundo y el destino.

https://www.youtube.com/watch?v=WcrhPhrKKLc

Mié. 05 de Julio de 2023

Gobierno-Hacienda. Proyecto de decreto relacionado con el crédito fiscal por inversiones en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, ganancias ocasionales, calificación de entidades del Régimen Tributario Especial e impuesto de timbre.

Este decreto reglamentará los artículos de la pasada reforma tributaria que introdujeron modificaciones en materia del impuesto sobre la renta y su complementario de ganancias ocasionales e impuesto de timbre, en operaciones de enajenación de bienes inmuebles, tal como se describe en los considerandos siguientes

En particular, la reforma modificó:

ARTÍCULO 31°. Modifíquese el artículo 311-1 del Estatuto Tributario, el cual quedará así:

ARTÍCULO 311-1. UTILIDAD EN LA VENTA DE LA CASA O APARTAMENTO. Estarán exentas las primeras cinco mil (5.000) UVT de la utilidad generada en la venta de la casa o apartamento de habitación de las personas naturales contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, siempre que la totalidad de los dineros recibidos como consecuencia de la venta sean depositados en las cuentas de ahorro denominadas ''Ahorro para el Fomento de la Construcción, AFC'; y sean destinados a la adquisición de otra casa o apartamento de habitación, o para el pago total o parcial de uno o más créditos hipotecarios vinculados directamente con la casa o apartamento de habitación objeto de venta. En este último caso, no se requiere el depósito en la cuenta AFC; siempre que se verifique el abono directo al o a los créditos hipotecarios, en los términos que establezca el reglamento que sobre la materia expida el Gobierno Nacional.

 

El retiro de los recursos a los que se refiere este artículo para cualquier otro propósito, distinto a los señalados en esta disposición, implica que la persona natural pierda el beneficio y que se efectúen, por parte de la respectiva entidad financiera las retenciones inicialmente no realizadas de acuerdo con las normas generales en materia de retención en la fuente por enajenación de activos que correspondan a la casa o apartamento de habitación.

 

Que con esta modificación normativa, se disminuyó el límite máximo de utilidad exenta de 7.500 UVT a 5.000 UVT. Adicionalmente, se eliminó el parágrafo 1 del artículo 311-1, que establecía que el beneficio de la norma solo aplicaba a casas o apartamentos de habitación cuyo valor catastral o autoavalúo no superara 15.000 UVT.

 

Por lo tanto se requiere modificar la disposición reglamentaria sobre el tratamiento en el impuesto sobre la renta de la utilidad generada en la venta de la casa o apartamento de habitación de que trata el artículo 1.2.3.1. del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.

Que el artículo 519 del Estatuto Tributario, fue modificado parcialmente por el artículo 77 de la Ley 2277 de 2022, en lo relacionado con la causación, el hecho generador, la base gravable y la tarifa del impuesto de timbre, en los siguientes términos:

“ARTÍCULO 77. Modifíquese el inciso tercero y adiciónese un Parágrafo 3 al artículo 519 del Estatuto Tributario, así: Tratándose de documentos que hayan sido elevados a escritura pública, se causará el impuesto de timbre, en concurrencia con el impuesto de registro, siempre y cuando no se trate de la enajenación a cualquier título de bienes inmuebles cuyo valor sea inferior a veinte mil (20.000) UVT y no haya sido sujeto a este impuesto, O naves, O constitución o cancelación de hipotecas sobre los mismos. En el caso de constitución de hipoteca abierta, se pagará este impuesto sobre los respectivos documentos de deber.

PARÁGRAFO 3. A partir del año 2023, la tarifa del impuesto para el caso de documentos que hayan sido elevados a escritura pública. tratándose de la enajenación a cualquier título de bienes inmuebles cuyo valor sea igual superior a veinte mil (20.000) UVT, la tarifa se determinará conforme con la siguiente tabla:

img1676

Que con esta modificación normativa se prevé la causación, el hecho generador, la base gravable y la tarifa del impuesto de timbre en los documentos elevados a escritura pública por el perfeccionamiento de la enajenación de bienes inmuebles cuyo valor sea superior a veinte mil (20.000) UVT. Que con base en la modificación indicada en el considerando anterior, se requiere adicionar un parágrafo al artículo 1.4.1.4.5. del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria para indicar hasta el monto de las escrituras públicas sobre las cuales no se causa el impuesto de timbre.

Que el parágrafo 6 del artículo 256-1 del Estatuto Tributario fue adicionado por el artículo 22 de la Ley 2277 de 2022, así:

“PARÁGRAFO 6. Las grandes empresas podrán acceder al crédito fiscal de que trata el presente artículo siempre y cuando se trate de proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación realizados en conjunto con Micro, Pequeñas o Medianas empresas”

Que de conformidad con la norma en cita, se requiere adicionar el parágrafo 5 al artículo 1.8.2.4.3. y el artículo 1.8.2.4.14. al Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 8 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para que las grandes empresas puedan solicitar el certificado de inversión en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación cuando se realice la respectiva inversión de manera conjunta con la micro, pequeña o mediana empresa.

En la parte resolutiva se establece:

Con respecto a la utilidad exenta en la venta de casa o apartamento de habitación:

Están exentas del impuesto de ganancia ocasional las primeras cinco mil (5.000) Unidades de Valor Tributario-UVT de la utilidad generada en la venta de la casa o apartamento de habitación de las personas naturales contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, siempre y cuando se cumpla con la totalidad de los siguientes requisitos:

1. Que la casa o apartamento de habitación objeto de la venta haya sido poseída dos (2) años o más.

2. Que la totalidad de los dineros recibidos en la venta tenga uno o varios de los siguientes destinos:

2.1.Que sean depositados en una o más cuentas de ahorro denominadas Ahorro para el Fomento de la Construcción (AFC) y sean destinados a la adquisición de otra casa o apartamento de habitación, cuyo titular sea única y exclusivamente el vendedor del inmueble;

2.2.Que se destinen para el pago total o parcial de uno o más créditos hipotecarios vinculados directamente con la casa o apartamento de habitación objeto de la venta.

3. Tratándose de los dineros depositados en una o más Cuentas de Ahorro para el Fomento de la Construcción -AFC, el retiro de los mismos debe destinarse exclusivamente a la compra de otra casa o apartamento de habitación, tratándose de vivienda nueva o usada, sea o no financiada por entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia a través de crédito hipotecario, leasing habitacional o fideicomiso inmobiliario, bajo alguna de las siguientes modalidades:

3.1.Compra de contado

3.2.Cuota inicial y/o pago de las cuotas del crédito hipotecario, o de los cánones del leasing habitacional, o para cubrir el valor de la opción de compra del leasing habitacional;

3.3.Pago del precio en la etapa de preventa del proyecto en el caso del fideicomiso inmobiliario.

Parágrafo. Cuando se retire los recursos depositados en las Cuentas de Ahorro para el Fomento de la Construcción -AFC, para fines distintos a los definidos en la Ley y el presente artículo la entidad financiera actuará como agente retenedor y deberá efectuar la retención en la fuente a la tarifa prevista en el artículo 398 del Estatuto Tributario.

ARTÍCULO 1.2.1.5.1.5.Procedimiento para el registro web y comentarios de la sociedad civil.

Adiciónese el inciso 3 al artículo 1.2.1.5.1.5. de la Sección 1 del Capítulo 5 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, así:

 El procedimiento para el registro de la información en el registro web y los comentarios de la sociedad civil, que deben seguir las entidades de que trata esta sección y la sección 2 de este capítulo, será el siguiente:

1. Recibo y publicación. Una vez recibida la información a través del servicio informático electrónico, dentro de los cinco (5) días siguientes la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, procederá a su publicación en el sitio web por el término de diez (10) días calendario, con el fin de garantizar la participación de la sociedad civil a través de los comentarios que se consideren pertinentes.

De manera simultánea, los sujetos obligados al registro deberán publicar en su sitio web, por el mismo término que se establece en el inciso primero de este numeral, la información y sus anexos, conforme con lo establecido en los parágrafos 2 y 4 del artículo 364-5 del Estatuto Tributario y los artículos 1.2.1.5.1.3. y 1.2.1.5.1.4. de este decreto.

2. Recepción de los comentarios de la sociedad civil. Los comentarios de la sociedad civil se recibirán únicamente a través de los servicios informáticos electrónicos dispuestos por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.

3. Tratamiento de los comentarios de la sociedad civil. A los comentarios de la sociedad civil, recibidos a través de los servicios informáticos electrónicos dispuestos por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, se les dará el siguiente tratamiento:

3.1. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN los remitirá a los sujetos obligados al registro web, dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término de publicación de la información.

3.2. Los sujetos obligados al registro web deberán, a través del servicio informático electrónico, dar respuesta a los comentarios de la sociedad civil, en todos los casos, ya la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al recibo de los comentarios, con los soportes que correspondan.

PARÁGRAFO . En caso de no dar respuesta, no justificar o soportar los comentarios de la sociedad civil, dentro del término establecido en este artículo, procederá el rechazo de la solicitud de calificación, permanencia o actualización del Régimen Tributario Especial.

 

Este artículo se trata sobre las entidades contribuyentes del Régimen Tributario Especial

 

 

“Cuando corresponda a una solicitud de calificación en el Régimen Tributario Especial, el término de inicio de la publicación que establece en el inciso primero de este numeral comenzará a contarse a partir del vencimiento del plazo que tiene el contribuyente para subsanar las inconsistencias presentadas en la radicación de la respectiva solicitud, de conformidad con el inciso 3 del artículo 356-2 del Estatuto Tributario

ARTÍCULO 1.2.1.5.1.7.Solicitud para la calificación como entidad perteneciente al Régimen Tributario Especial.

 

Artículo 3. Modificación del parágrafo del artículo 1.2.1.5.1.7. de la Sección 1 del Capítulo 5 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.

PARÁGRAFO . La solicitud de calificación presentada ante la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impui3stos y Aduanas Nacionales -DIAN se resolverá con base en el contenido de la información remitida con el primer envío efectuado a través de los servicios informáticos electrónicos.

 

“Parágrafo. Cuando la solicitud de calificación radicada a través del registro web, no se presente con la información exigida en el artículo 364-5 del Estatuto Tributario y lo establecido en el presente artículo, la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, procederá dentro del término de diez (10) días hábiles siguientes a la radicación de la solicitud a informar al solicitante los requisitos que no se cumplieron, con el fin de que éste los subsane dentro del mes siguiente al envío de la comunicación.

 

Cumplido este plazo se continuará con el procedimiento previsto en el artículo 1.2.1.5.1.5. del presente Decreto y la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, resolverá la solicitud con base en el contenido de la información remitida a través de los servicios informáticos electrónicos. En caso de incumplimiento del plazo por parte del contribuyente, la entidad no podrá ser registrada en el Registro Único Tributario -RUT como contribuyente del Régimen Tributario Especial y se procederá a la negación de la solicitud.”

 

 

 

Artículo 4. Adición del parágrafo al artículo 1.4.1.4.5. del Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 4 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. Adiciónese un parágrafo al artículo 1.4.1.4.5. del Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 4 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, así

 

“Parágrafo. Cuando se trate de la enajenación a cualquier título de bienes inmuebles que sean elevados a escritura pública, no se causa el impuesto cuando su valor de enajenación sea inferior a veinte mil (20.000) Unidades de Valor Tributario -UVT y no haya sido sujeto a este impuesto, o naves, o aeronaves, o constitución o cancelación de hipotecas sobre los mismos.”

 

Artículo 5. Adición del parágrafo 5 al artículo 1.8.2.4.3. del Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 8 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.

Adiciónese el parágrafo 5 al artículo 1.8.2.4.3. del Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 8 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, así:

“Parágrafo 5. Cuando la inversión en el proyecto de investigación, desarrollo tecnológico e innovación se haya efectuado por una gran empresa en conjunto con una micro, pequeña o mediana empresa, el certificado que se expide de conformidad con lo previsto en el presente artículo deberá indicar adicionalmente, la razón social y número de identificación tributaria -NIT, de la micro, pequeña o mediana empresa con la que se realizó la inversión y también deberá ser reportado a la Dirección de Gestión de Impuestos, o quien haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, en los términos previstos en el artículo 1.8.2.4.3. del presente Decreto. Lo dispuesto en este parágrafo solo aplica para los proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación que realice la gran empresa en conjunto con la micro, pequeña o mediana empresa y solo puede ser usado por quien realizó la respectiva inversión.”

Artículo 6. Adición del artículo 1.8.2.4.14. al Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 8 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. Adiciónese el artículo 1.8.2.4.14. al Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 8 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, así:

“Artículo 1.8.2.4.14. Inversiones en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación realizados por la gran empresa. La gran empresa solo podrá acceder al crédito fiscal previsto en el artículo 256-1 del Estatuto Tributario, cuando las inversiones en los proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación se realicen en conjunto con la micro, pequeña o mediana empresa. Para tal efecto deberá cumplirse lo previsto en el del Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 8 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, El beneficio tributario previsto en el artículo 256-1 del Estatuto Tributario, solo puede ser solicitado por quien realizó la respectiva inversión”

Mar. 04 de Julio de 2023

Gobierno-General. Política de reindustrialización. Viceministra de comercio exterior (hoy de hacienda). María Fernanda Valdés.

La política de reindustrialización se construyó con el apoyo de 19 expertos y expertas y consultando con las regiones en encuentros regionales para recoger sus expectativas en torno a la reindustrialización y que se podría mejorar en torno a lo que ya se venía haciendo en el país en temas del desarrollo productivo.

De este trabajo salieron unos enfoques:

1. Se prioriza en cinco apuestas producitvas.

2. Se implementa de abajo hacia arriba, no desde el centro sino desde los territorios

3. Promueve la territorialización: que se apropien de la política y van a estar estas apuestas

4. Reconoce la heterogeneidad estructural, destacando al economía popular. Hay tres Colombias desde lo productivo: una que es muy moderna, que existe, otra que son las pyme que crece pero está rezagada tecnológicamente y otra que es la Colombia de la economía popular. Lo que necesita la Colombia más moderna no es lo mismo que requiere la de la Economía Popular.

5. Es flexible y se evalúa periódicamente. Son políticas que pueden rehacerse, que están vivas, que puede cambiar rápidamente lo que no funciona.

6. Tiene perspectiva de género y sostenbilidad. Se espera ser pioneros con una apuesta para reducir brechas de desigualdad de género y sostenibilidad en lo que se conoce en el mundo como política industrial verde.

Se plantean cuatro medidas de intervención generales:

1. Compras públicas para la reindustrialización. Se quiere utilizar las compras públicas como elemento de política industrial.

2.Inversiones de empresas públicas y mixtas. Se quiere que el sector público haga inversiones en tecnologías en las cuales el sector privado no realiza.

3. Política de comercio e internacionalización inclusiva y sostenible. Se considera que el país no puede industrializarse el país si no se cambia la política de comercio y atracción de inversión del país.

4. Inversión

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Noticias de la semana

Noticias

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Jue. 06 de Julio de 2023

Energía

5 de julio de 2023

Texto de la sentencia de la Corte en la que determinó que el trámite de aprobación de la Ley sobre transición y dinamización del mercado energético, no incurrió en los vicios de procedimiento

Fondos

5 de julio de 2023

Se puede reconocer pensión de vejez a quien previamente haya recibido indemnización sustitutiva | Ámbito Jurídico

Gobierno

5 de julio de 2023

Corte realizará audiencia pública sobre deducción de regalías del impuesto sobre la renta
Gobierno hace una adición al presupuesto del sistema general de regalías 2023-2024 | Ámbito Jurídico
Durante el Gobierno del Presidente Petro se han aprobado 403 proyectos avaluados en $1,3 billones para territorios PDET

Infraestructura

5 de julio de 2023

Gobierno lanzó herramienta de gestión de activos para actualizar información de vías secundarias y terciarias en Colombia

Telecomunicaciones

5 de julio de 2023

Mintic establece condiciones para prestación de servicio de internet comunitario fijo | Ámbito Jurídico

Mié. 05 de Julio de 2023

Energía

4 de julio de 2023

MinMinas explicó en qué se pueden invertir los recursos del Sector Eléctrico con destino a los Municipios
CREG modificó, para el año 2023, el cronograma de asignación de capacidad de transporte establecido en la Resolución CREG 075 de 2021 para los proyectos clase 1

Fondos

4 de julio de 2023

Exhortan a Colpensiones a informar y asesorar sobre los mecanismos para la protección del riesgo de vejez | Ámbito Jurídico

Gobierno

4 de julio de 2023

Este es el decreto de la emergencia económica, social y ecológica en La Guajira | Ámbito Jurídico
Estos son los decretos que conforman el Ministerio de la Igualdad y Equidad | Ámbito Jurídico

Salud

4 de julio de 2023

¿En La Guajira se implementaría la reforma a la salud?

Telecomunicaciones

4 de julio de 2023

MinTIC publica informe de evaluación del corte 3 de bandas bajas

Mar. 04 de Julio de 2023

Energía

30 de junio de 2023

Gobierno firma pacto por la transición energética justa en La Guajira | Ámbito Jurídico

29 de junio de 2023

MinMinas explicó qué se entiende por “obras públicas que se construyan para generación y transmisión de energía eléctrica”
Consejo de Estado analizó la norma que integró la solidaridad y la redistribución de ingresos en la estructura tarifaria del sector eléctrico y el artículo que creó una contribución especial a cargo de los usuarios residenciales y no residenciales

Gobierno

30 de junio de 2023

Presidente Petro declaró emergencia social y económica en La Guajira | Ámbito Jurídico
Este es el balance de las iniciativas del Gobierno en el Congreso | Ámbito Jurídico

29 de junio de 2023

Comienza aplicación de Ley de Garantías para elecciones de octubre | Ámbito Jurídico

Hidrocarburos

30 de junio de 2023

Gustavo Petro propone usar las regalías del carbón para financiar proyectos de energías limpias en La Guajira - Infobae

Infraestructura

30 de junio de 2023

Un total de 30 propuestas se recibieron en cierre de licitación para atender punto crítico en la vía Necoclí - Arboletes, Antioquia
Invías adjudicó a la empresa European Dredging Company Sucursal Colombia dragado de mantenimiento para recuperar profundidad del canal de acceso al puerto de Buenaventura

29 de junio de 2023

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29 de junio de 2023

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01 de julio de 2023

Gobierno firma Decreto de Comunidades de Conectividad

30 de junio de 2023

Propuesta regulatoria para el proyecto "Revisión de las metodologías de actualización tarifaria"

Coyuntura normativa

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Jue. 06 de Julio de 2023

Gobierno-Energía. Panel del sector energía, revista Cambio. Sobre los proyectos y perspectivas a 2025 de los proyectos de la transición energética en sus distintos segmentos y modelos de negocio. Compromisos de la banca y los inversionistas en el sector energético. Alejandro Mesa, socio director de Baker and Mckensie

La manera como se hace la transición en Colombia debe pensarse de manera muy específica. A los inversionistas en general no les gusta el cambio de reglas del juego, lo primero que hacen es pausar inversiones para esperar a ver que va a pasar.

Hay que balancear los cambios que se pretenden con la institucionalidad que en el tema energético lleva muchísimos años y que no podemos olvidar, que viene de las leyes 142 y 143 y fue una respuesta a una situación de apagón, que se ha evitado desde el apagón de los 90 con estas normas que han promovido la inversión en el sector. El mantenimiento del flujo de inversiones que ha sido muy tradicional e importante.

Los cambios de la estructuras regulatorias, que buscan en transformar modelos que han permitido realizar inversiones enormes en el sector y transformar modelos de realizar inversiones y pagar el costo a modelos concesionales donde a partir de un momento se deja de remunerar la inversión que se hizo, esto tiene impacto en el apetito de los inversionistas. Estos son los cambios que pueden generar atraso en los inversionistas en financiar el tipo de proyectos.

El tema de las consultas previas es una deuda lleva 12 años la ley de consultas previas, tiene que pasar para poderle dar institucionalidad, la propia Corte Constitucional ha reconocido que no existe una manera para poder establecer una regulación, es un tema muy importante.

El tema forestal, en particular el tema de las APPs verdes, son una oportunidad por explotar que se incluyó en el Plan Nacional de Desarrollo, el tema de aforestación en zonas poco pobladas del territorio nacional, un tema del que nadie habla, que debería tener un apoyo institucional muy significativo por que tiene la potencialidad de generar un impacto real en términos de la contribución de Colombia en términos de gases de efecto invernadero.

Hay inversionistas que entienden que tienen inversiones en un número de países en los que consideran que se puede invertir pero las grandes compañías multinacionales miran el mundo con las diferentes opciones de los países, hay que mantener la construcción de confianza en torno a la estabilidad de la inversión desde las instituciones para que la inversión fluya al país.

Un ejemplo fue el desfondeo que hubo para proyectos petroleros cuando México hizo su reforma generando enormes oportunidades, todos los capitales se fueron para este país y la ANH tuvo que hacer un esfuerzo muy importantes para volver a capturar la inversión.

No se puede olvidar que el mercado energético es global donde hay una competencia real por los fondos, los inversionistas simplemente dicen que si esta muy difícil invertir o el margen no es suficiente van donde el margen sea mejor.

El impacto del proyecto de Windpeshi es la revisión de la cartera de proyectos, ante la enorme dificultad. La solución es un apoyo institucional muy sólido para que los proyectos de consultas puedan salir adelante, lo que pasó en la Guajira es la cuota inicial de todo el trabajo que hay que hacer. Hay que tener un entendimiento más holístico de la situación para que haya coordinación institucional con los jueces que deberían ver el problema de manera global.

El problema de la tutela es que cada juez va a fallar como le parece razonable por que no existe una ley estatutaria, si existiera, los jueces tendrían una línea de acción. La coordinación interinstitucional entre Minas y Energía y el Mininterior es vital.

https://www.youtube.com/watch?v=WcrhPhrKKLc

Mié. 05 de Julio de 2023

Gobierno-Financiero. Circular 011 del 30 de junio de 2023. Imparte instrucciones relativas a la metodología de cálculo de la exposición crediticia en derivados financieros y productos estructurados, y sobre el cálculo de la duración para títulos de renta fija pactados en tasa variable

En desarrollo del proceso de convergencia gradual a mejores prácticas y estándares internacionales que viene adelantando la Superintendencia Financiera de Colombia, se considera necesario modificar la metodología de cálculo de la exposición crediticia en operaciones con instrumentos financieros derivados y productos estructurados, con el objetivo de promover una adecuada medición y gestión del riesgo de crédito en este tipo de operaciones tomando en cuenta la aproximación estandarizada definida por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (BCBS).

En esa misma línea, esta Superintendencia considera necesario modificar las instrucciones en materia del cálculo de la «duración» de los instrumentos de renta fija pactados en tasa flotante, de acuerdo con los lineamientos del BCBS en materia de administración del riesgo de mercado asociado a las tasas de interés, según los cuales el cálculo de la «duración» debe tener en cuenta el plazo al vencimiento o el plazo remanente a las siguientes fechas de reprecio de los instrumentos de deuda, según se trate de títulos en tasa fija o en tasa flotante.

En consideración de lo expuesto, y en ejercicio de las facultades previstas en el literal a) del numeral 3 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en los numerales 4 y 5 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, esta Superintendencia se permite impartir las siguientes instrucciones:

PRIMERA: Modificar el Anexo 3 del Capítulo XVIII «Instrumentos financieros derivados y productos estructurados» de la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF) para ajustar la metodología de cálculo de la exposición crediticia en operaciones de instrumentos financieros derivados y productos estructurados, de conformidad con la aproximación estandarizada para el cálculo de la exposición ante el incumplimiento de acuerdo con lo establecido por el BCBS.

SEGUNDA: Modificar el literal b. del numeral 2.1.2.1.1. del Anexo 6 y el literal b. del numeral 2.2.1.1. del Anexo 8 del Capítulo XXXI «Sistema Integral de Administración de Riesgos (SIAR)» de la CBCF, referentes al cálculo de la duración de los instrumentos de renta fija pactados en tasa variable.

TERCERA: Vigencia. Las instrucciones de la presente Circular Externa empezarán a regir a partir de su publicación, con excepción de la instrucción primera que entrará en vigencia a partir del 01 de julio de 2024.

Se anexa archivo con las modificaciones

Mar. 04 de Julio de 2023

Gobierno-General. Política de reindustrialización. Director de productividad y competitividad MICT. Mario Valencia

Se identifican al menos 30 instrumentos que son necesarios para poder reindustrializar el país agrupados en grandes grupos donde participan muchas entidades, requiriendo un nivel de coordinación interinsticuional y articulación que no ha sido visto en el país. Son los agentes económicos del sector privado para que se unan a esta estrategia, un compromiso que debe implicar una seguridad institucional, jurídica y un mensaje de transparencia a los agentes económicos públicos y sociales e instituciones del gobierno.

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1. Capital y financiamiento. En la implementación de la política de reindustrialización, el factor principal para la transformación productiva es el capital y el financiamiento y la forma en que esta política utiliza estos factores de producción es orientándolos hacia el cumplimiento de estos objetivos en torno a la necesidad de hacer transferencia de tecnología, de fortalecer las capacidades humanas, de articularse con las cadenas regionales y globales de valor.

Se han planteado cuatro instrumentos: la inversión de empresas públicas y mixtas en actividades de nuevas tecnologías que son las que el sector privado no tiene tantos incentivo sy esquemas de atracción de inversión por medio de las apuestas productivas.

En segundo lugar de fortalecer la oferta de financiamiento por parte de nuestra banca de desarrollo incluyendo financieramente a la economía popular con condiciones especiales para favorecer su crecimiento. También se promueve el fortalecimiento de la internacionalización desde la financiación en Bancoldex mas crear agencias de crédito a las exportaciones y a la productividad para la internacionalización. Finalmente, el incremento de las fuentes de financiación para la investigación y el desarrollo asociada asociadas con las apuestas de la reindustrialización del país.

Desde el grupo bicentenario se presentarán nuevas líneas de nanocrédito y otros.

La idea es desarrollar los factores de producción necesarios para la reindustrialización.

2. Capacidades Humanas

Soraya Caro, asesora del consejo superior del comercio exterior, habla sobre las capacidades humanas para la reindustrialización:

Se trabajará en el cierre de brechas en formación de capacidades, con una agenda integral en la que la oferta y la demanda puedan cerrar la brecha para la apropiación del conocimiento, de la transferencia de tecnología, del desarrollo de la innovación en los sectores productivos en particular los relacionados con las apuestas productivas de esta política:

Profundización en todos los niveles de la educación desde primaria hasta superior con construcción de capacidades básicas y aplicadas, con el fomento a la educación dual (institución y empresas).

Incrementando el número de programas académicos en áreas STEM (ciencia y tecnología, ingenierías, matemáticas).

En educación media y básica fortaleciendo los programas en las disciplinas, como la inteligencia artificial, el análisis de datos y la formación primaria profundizando en los temas de bilingüismo y formación digital como barreras de las empresas para internacionalizarse.

Para los hacedores de políticas, la estrategia es profundizar relaciones con América Latina y nuevos bloques económicos que no conocemos para negociar como es el caso del ASIA.

La otra área es la formación asociada con el mejor uso del conocimiento ancestral, fortaleciendo los grupos asociativos que permitan proyectar las industria de medicina preventiva, artesanías, etc.

El último hace referencia al mejor uso y trabajo articulado con la diáspora, que ya tiene redes de transferencia de tecnología y conocimiento que puede poner a disposición del país.

3. Infraestructura

El siguiente factor es el de infraestructura-conectividad. Se está haciendo referencia ala conectividad funcional, la industria nacional debe participar de los proyectos de infraestructura vial, férrea, de TICS, por lo que está acompañando a las entidades del sector transporte, telecomunicaciones, de defensa y todos que trabajan en la construcción de nuevos corredores económicos para garantizar que la industria nacional, con los programas de desagregación tecnológica pues sean efectivos y garanticen la participación de la industria nacional.

Las áreas estratégicas son las fronteras, las vías terciarias, el desarrollo de la industria astillera y aeroespacial.

4. Tecnología.

Aurelio Mejía, gerente general de Colombia Productiva, señala que en tecnología se agrupan los instrumentos que tanto desde Impulsa Colombia como desde Colombia Productiva se desarrollan para promover el emprendimiento, la calidad, la productividad y el valor agregado de las empresas. El objetivo de estas tecnologías busca cerrar las brechas tecnológicas tanto entre las empresas entre tamaños, segmentos, regiones, el país y el mundo. El desarrollo de tecnologías institucionales como el fortalecimiento de la infraestructura de la calidad, que dará soporte para aumentar la oferta exportable del país con el objetivo de escalar (poder llegar a un mayor número de empresas) como de sofisticar estos instrumentos ajustándolos para que respondan a las necesidades de la política y las apuestas que se han planteado.

Hernán Ceballos, gerente de Innpulsa, señala van a trabajar lo relacionado con emprendimiento y creación de empresas y temas relacionados con innovación. Se fortalece e integra el ecosistema de emprendimiento de alto impacto que cuenta con emprendimientos interesantes.

El segundo en la alianza empresa-estado para articular la economía del conocimiento con la economía productiva a través del cambio técnico y los emprendimientos de base tecnológica. Las universidades están produciendo muchos emprendimientos y se quiere que no se quede solamente en un ejercicio académico sino que realmente puedan ser dinamizados. Se va a hacer un pacto de reindustrialización con la ingeniería.

La tercera línea es la de Economía Popular, donde se trabajará tenderos, reciclajes y una figura que se trabajó con el presidente Petro desde la Alcaldía de Bogotá con centros de desarrollo productivo, que apoyan en diseño de producto, diseño de proceso productivo, el tema de organización, el tema de innovación y de crédito. Se plantea se plantean crear 100 centros Zascas.

https://www.youtube.com/watch?v=zpRGnMgqjh8